Hace 1 año | Por Kasterot a elcorreo.com
Publicado hace 1 año por Kasterot a elcorreo.com

Su aplicación será «selectiva» y, en caso de que se producirse una nueva crisis sanitaria, se establecerá «vía decreto» qué colectivos tendrán que recibir los sueros. Este último aspecto, el de elaborar normativa específica que complemente la ley en caso de necesidad

Comentarios

EsanZerbait

Problema de matemáticas :si el año pasado el 9% de la población no vacunada causaba prácticamente la totalidad d los ingresos en hospitales, según meneantes medios, esta año se extingue la humanidad?

dqenk

#2 No.

Kasterot

"Además de a la vacunación, el texto da soporte jurídico a la aplicación de otro tipo de acciones cuando exista una amenaza sanitaria grave. Entre ellas están las «restricciones en la libertad de movilidad», el «control individual sobre la persona o grupos de personas» o «el aislamiento domiciliario». Estas medidas, en caso de volver a aplicarse, deberán tener una duración determinada, ajustada al tiempo necesario para poner fin a esa situación de riesgo."

Blindandose por qué en la anterior no tenían cobertura jurídica