El estado de alarma decretado por el Gobierno con el objetivo de frenar la expansión del coronavirus, que ha contagiado a miles de personas en España, determina la suspensión de los plazos para cuestiones procesales, administrativas y con ello los que hagan referencia a multas. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en el que finalice esta nueva situación en la que va a entrar el país a partir del lunes. Inicialmente las medidas tienen una vigencia de quince días, pero podrían prorrogarse.
Comentarios
obvio los plazos se refieren siempre a dias habiles,
#3 Va a ser que no. Hay un galimatías de plazos para alegaciones, recursos, derecho a bonificación y prescripción y creo que en todos ellos el cálculo es en días naturales o meses.
Que podrian prorrogarse no, que se prorrogan fijo. En quince dias estaremos incluso peor.
Si caduca la firma electrónica, también se aplaza, (ya se que se puede renovar por la web pero como te de un problema y no tengas a mano el IE o firefox 68, pues yo uso Linux)
#1 Menos mal que renové el DNI y el certificado la semana pasada.