Hace 4 años | Por --637383-- a 20minutos.es
Publicado hace 4 años por --637383-- a 20minutos.es

El estado de alarma decretado por el Gobierno con el objetivo de frenar la expansión del coronavirus, que ha contagiado a miles de personas en España, determina la suspensión de los plazos para cuestiones procesales, administrativas y con ello los que hagan referencia a multas. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en el que finalice esta nueva situación en la que va a entrar el país a partir del lunes. Inicialmente las medidas tienen una vigencia de quince días, pero podrían prorrogarse.

Comentarios

e

obvio los plazos se refieren siempre a dias habiles,

j

#3 Va a ser que no. Hay un galimatías de plazos para alegaciones, recursos, derecho a bonificación y prescripción y creo que en todos ellos el cálculo es en días naturales o meses.

D

Que podrian prorrogarse no, que se prorrogan fijo. En quince dias estaremos incluso peor.

S

Si caduca la firma electrónica, también se aplaza, (ya se que se puede renovar por la web pero como te de un problema y no tengas a mano el IE o firefox 68, pues yo uso Linux)

i

#1 Menos mal que renové el DNI y el certificado la semana pasada.