Hace 2 años | Por ikatza a elpais.com
Publicado hace 2 años por ikatza a elpais.com

El proyecto de sentencia del Tribunal Constitucional sobre el recurso de Vox contra el primer estado de alarma frente a la covid-19 ha provocado un encendido debate en la comunidad jurídica, muy dividida sobre si lo que se produjo durante aquella etapa de la pandemia fue una simple limitación o una suspensión de derechos. En la comunidad jurídica no reina precisamente la unanimidad a este respecto, en parte porque el concepto de estado de excepción se vincula a situaciones que nada tienen que ver con una emergencia sanitaria.

Comentarios

ikatza

Noticia de hace tres días cuando la sentencia no se conocía pero se intuía, explica bastante bien ambas posturas.

D

Estado de hijoputismo en la oposición trifachita.

mariKarmo

#2 Salvar vidas? meh.... mejor desgastar al gobierno para pillar votos.

España, 2020-2021.

d

Lo que tendrian que haber echo es dejar todo abierto, ni mascarillas, ni Estado de Alarma ni nada. Libertad carajo! Y enseñar a Europa quien tiene las pelotas mas grandes, perdon ovarios! Y despues conceder al Corte Ingles el proceso de vacunacion! Y no contratar personal sanitario! Libetad o Comunismo!

Tuzarin

#3 El proceso de vacunación y darle licencia para que monten también una funeraria...

d

#13 que vision de negocio!

metrosesuarl

De la España experta en virología al la España experta en legislación constitucional. Para que luego digan que los españoles somos incultos.

mariKarmo

Estado de borregos, eso es lo que es España. Un estado de borregos mentales sin un gramo de sentido común. El único Estado que ha llevado a la justicia una medida que hasta la OMS solicitaba con urgencia.

Debemos ser la risa-peste de Europa. Menuda imagen de capullos mentales estamos dando. De niñatos inmaduros que solo buscan juegos políticos.

Lo impresionante de toda esta mierda es que el objetivo único del partido que ha llevado esto a la justicia es el desgaste del gobierno y el ataque político. Lo de salvar vidas les suda la polla. Lo de aliviar los hospitales les suda la polla. Lo de que estuviesen muriendo sanitarios en lo que intentaban salvar vidas les suda la polla.

themarquesito

#6 Lo que se ha llevado a la justicia no es la medida sino el mecanismo legal para aplicarla.
No es el único estado, por cierto. En la República Checa también ocurrió y su tribunal de garantías consideró inconstitucional la medida.

skaworld

#6 #9 Lo cual lleva a pensar que si mañana revienta la caldera de Yellowstone y arrasa la tierra las primeras medidas a tomar para garantizar la supervivencia de la raza humana serán dilucidar dentro del parlamento si adoptamos o no medidas. De nuestro parlamento. Ese en el que apenas se pierde tiempo y siempre siempre se llega a consenso porque hay voluntad de converger en torno al maximo beneficio de la ciudadanía sin fines partidistas.

Yo solo espero morir en la primera ola de forma rápida y que mi cadaver no se fosilize en una posicion demasiado vergonzosa

m

#6 El único no, en otros países también se ha acudido a la justicia para tumbar medidas.
En Bélgica la justicia obligó al gobierno a quitar todas o casi todas las medidas que había tomado, justamente por inconstitucionales.

mariKarmo

#10 El Estado de Alarma y confinamiento domiciliario? NO.

m

#11 Aquí tampoco se tumba el estado de alarma, se tumban las medidas tomadas al amparo del estado de alarma.

Al igual que en Bélgica lo que se tumbaron fueron las medidas:
- cierre de establecimientos
- limitación o suspensión de movimientos
- limitación de reuniones
etc

Vamos, lo veo muy parecido.

themarquesito

#6 Corrijo, se llevó el instrumento al tribunal de garantías, no la medida.

Bacillus

Para mi lo grave no es que Espanna no tuviera herramienta legal para tratar una pandemia... sino que tras todo este tiempo, si hay otra en unos meses, no hay otras herramientas legales. Eso es lo grave como "estado".

homedoson

Que haya debate de si es o no constitucional ya me preocupa bastante, porque la Constitución es bastante clara respecto a los derechos fundamentales y las formas de suspenderlos. Era necesario el confinamiento, pero con estado de alarma es inconstitucional a todas luces.

ikatza

#5 ¿Un confinamiento donde puedes ir a trabajar, de compras o a pasear al perro es una limitación del derecho de circulación total o parcial? ¿Un estado de excepción, que recordemos no solo implica confinamiento sino intervención de las comunicaciones y medios, detenciones arbitrarias y registros sin orden judicial, era la herramiento proporcional para una crisis sanitaria o mejor un estado de alarma reforzado? No lo veo tan blanco o negro.

homedoson

#17 Si se restringe la libertad de movimiento de los ciudadanos que es un derecho fundamental, aunque sea parcialmente... Recuerda que incluso te multaban por ir a determinadas zonas. Vamos, eso solo se puede hacer en excepción o de sitio según la Constitución. Escrito está, no ha lugar a interpretación alguna, más que los que priorizan una ideología a una ley. Y no lo digo por tí, sino por ciertos magistrados.

oceanon3d

#21 No...te recuero, por si te no te acuerdas, que abril del 2020 pasado, un mes después de decretarse el confinamiento, este mismo tribunal dictó un auto en el que reconocía que ese instrumento "era la única posibilidad de salvar vidas".

También varias sentencias del TS que avalan la norma tomada por el congreso de los diputados....que no por el gobierno del PSOE.

El tema legal no es claro ¿o dices los cinco que votaron en contra, incluido el presidente que es conservador, prevarican ante un texto legal claro y diáfano? ¿no sera que se puede interpretar de otra manera y los jueces apadrinados del PP se han tirado para el monte?.

Huele a lo que huele; a jueces haciendo política (todos los que votaron a favor son asiduos de la Faes) llevando la ley con elucubraciones doctrinales hasta convertirla en una parodia. Ya por ideología o por apadrinamiento. Una sentencia de este calibre con una división de seis contra cinco jamas debería salir del TC ... JAMAS

homedoson

#22 Una cosa es el tribunal Supremo y otra el constitucional. Este último es el que dictamina si cumple o no la Constitución y se pronunció ayer formalmente. Claro está. Te recuerdo que cualquier tribunal puede dictar un resolución inconstitucional, pero para eso está el TC para dar resolución final.

oceanon3d

#24 ¿Tu lees lo que escribo o vas a piñón fijo? En abril del 2020 el TC (ESTE MISMO DE AHORA) dictó un auto en el que reconocía que ese instrumento "era la única posibilidad de salvar vidas". La única puta opción.

¿Te lo repito o te hago un croquis a ver si lo entiendes?

homedoson

#25 Mira, que no tengas mucha idea idea de lo que dices es tu problema no el mío. Ese auto del que hablas el mismo TC dice en el mismo que no entra a analizar el Estado de Alarma, sino que solo analiza el derecho de reunión de un caso concreto. Hay que leer las cosas antes de decir nada. El primer y único pronunciamiento del TC sobre la legalidad del estado de alarma fue el de hace dos días. Te hago un dibujo yo ahora?

#17 Ah, entonces el estado de excepción está solo para el caso de que haya que prohibir a todo el mundo trabajar y encerrarlos en sus casas sin posibilidad siquiera de obtener alimentos, mientras sus perros se cagan y mean encima. Todo lo que sea menos que eso, estado de alarma, ¿no?

Y no, el estado de excepción no implica ninguna de las chorradas sin sentido que te has sacado de la manga. El estado de excepción permite la suspensión de derechos, pero obviamente declarar el estado de excepción no obliga a suspender todos los que la constitución permite.

O

#5 uy si, es inconstitucional A TODAS LUCES... Era tan evidente, que de 11 magistrados del Tribunal Constitucional 5 votaron en contra... Será anticonstitucional, pero no es tan evidente como tu nos vendes

vindio

Igual el origen del problema se encuentra en la redacción de la Constitución Española. Si para el caso de pandemias define un estado de alarma que se queda corto y el estado de excepción se pasa de frenada, tal vez habría que actualizar esos artículos y evitarnos problemas en el futuro.
Y ya puestos a mejorar cosas del texto también se podría revisar el asunto ese casposo de la monarquía

#18 La constitución en ningún sitio dice que el estado de alarma sea para pandemias. Es la ley orgánica de los estados de alarma, excepción y sitio la que habla del estado de alarma para supuestos de crisis sanitarias. Obviamente, el hecho de que la ley esté mal escrita no habilitaba al gobierno para saltarse la constitución y suspender derechos en estado de alarma.

vindio

#27 entiéndase pandemia como un caso particular de crisis sanitaria.

#28 Eso no lo discuto. Pero aun así, quien establece que procede el estado de alarma ante crisis sanitarias no es la CE, sino la ley orgánica. No es posible interpretar la ley orgánica de manera que nos permita ignorar lo previsto en la CE. Si había que cambiar la ley orgánica, que se juntaran y la cambiaran. Aunque no creo que fuera necesario, porque la posibilidad de interrupción de "servicios públicos esenciales" por la saturación de hospitales pienso que tendría que ser justificación suficiente para el estado de excepción.

O

Pues se me ocurre que el Tribunal debería meter en la cárcel a los miembros de vox que pidieron el Estado de alarma y los que votaron a favor de la prórroga, porque EVIDENTEMENTE sabían que estaban cometiendo una ilegalidad.