Publicado hace 9 años por DetectordeHipocresía a noticias.lainformacion.com

El director de la Agencia Española de Protección de Datos (AEDP), José Luis Rodríguez Álvarez, ha asegurado que "la normativa de protección de datos no impide publicar datos de morosos" con la Hacienda Pública, en relación con una de las medidas contra el fraude fiscal incluidas en el anteproyecto de Ley de Reforma de la Ley General Tributaria —incluida en la reforma fiscal que entrará en vigor a partir del 1 de enero del 2015—.

Comentarios

A

Bueno, la AEPD se ha caracterizado siempre por sus interpretaciones y resoluciones ambiguas de la ley de protección de datos.

D

El mayor moroso se llama Bankia.

m

¿Y que pasa si te incluyen y luego resulta que no eres moroso? ¿Por qué eso a penas se indemniza?

Stash

#3 Si la AEPD emite una resolución a tu favor y quieres indemnización tienes que reclamarlo por vía civil en el juzgado ordinario.
¿A como sale?
Pues depende de los perjuicios que consigas probar y lo que consideres tu como indemnización suficiente y el juez estime.
De la AEPD no obtienes un duro.
Otra cosa es que la legislación haya dado un giro de 180º desde la LORTAD y ahora se protege más los intereses de las empresas que los derechos de los ciudadanos.

m

#4: A eso me refiero, que aquí te incluyen en una lista de morosos sin querer... y luego te toca reclamar a ti por algo que deberían darte casi sin pedirlo, y encima dirán "como eres pobre seguro que no perdiste mucho dinero, no te pagamos nada", y además, pagando tasas.