Hace 7 años | Por Pepox a consultingdms.com
Publicado hace 7 años por Pepox a consultingdms.com

Nueva sentencia relevante del Tribunal Europeo del pasado 1 de diciembre. Los despidos injustificados de trabajadores en situación de baja médica no son discriminatorios en general, pero aquellos de larga duración o de duración incierta pueden ser impugnados reclamando nulidad con derecho a reincorporación e indemnización por daños. Lo fundamental será acreditar en sede judicial que no se trata de una baja de corta duración o de duración cierta.

Comentarios

a

#3 Vulneración de derechos fundamentales, le despiden por haber reclamado judicialmente. Otra cosa es que vayas a juicio y lo ganes o pierdas, pero vamos, si fuera como tu dices todas las empresas obligadas a readmitir a un trabajador lo despedirían el día de la incorporación con un improcedente.

P

#3 discriminación porque su despido es por haber reclamado... si no todos lo harían...

D

#4 El despido es libre. La mayoría es PADEFA, yo incluido.

Leo un poco la sentencia y parece que lo que les preocupa es la discriminación a "discapacitados".

la Directiva 2000/78 tiene por objeto establecer un marco general para luchar, en el ámbito del empleo y la ocupación, contra las discriminaciones basadas en cualquiera de los motivos mencionados en dicho artículo, entre los que está la discapacidad. (...)  En el caso de autos, el juzgado remitente pretende que se dilucide si el estado del Sr. Daouidi, despedido mientras se hallaba en situación de incapacidad temporal, con arreglo al Derecho nacional, de duración incierta, está comprendido en el concepto de «discapacidad» en el sentido de dicha Directiva.

Me queda la duda de en que casos se puede despedir de manera improcedente a quien está de baja médica por accidente de trabajo.

D

Conseguir la nulidad implica que la empresa no le despidió y por tanto tiene que pagarle todas sus nóminas. Cuando se reincorpore tras la baja médica, harán un despido improcedente con su correspondiente finiquito y asunto zanjado.

P

#1 yo creo que tan sencillo no lo tendrán, porque volvería a pedir la nulidad o la indemnización máxima...

D

#2 CUANDO SE REINCORPORE DE LA BAJA MÉDICA ¿qué nulidad van a pedir?