Hace 3 meses | Por Actualité44 a infobae.com
Publicado hace 3 meses por Actualité44 a infobae.com

Los propietarios optan por dejar reflejado en los contratos un punto que, con total desconocimiento de los inquilinos, limita las garantías y los derechos de una persona que accede a un alquiler.

Comentarios

cubaman

#3 Por no saber, no saben ni lo que votan...

O

#28 Desde la ignorancia. ¿No te tienen que avisar con un mes?

P

#28 #88 Cuando acabe la prórroga de 3 años no tengo ni idea, pero al menos en mi contrato tengo puesto que al terminar los 5 años tienen que avisarme con 4 meses de antelación o el contrato se prorroga durante 3 años más. Y creo que es así por ley.

trivi

#28 Sugerencia, cuando te quede poco tiempo de contrato habla con tu casero para firmar otro antes y si no asume que tendrás que buscar otro sitio y si lo encuentras múdate y pierde algo de pasta pagando la penalización por lo que te quede del año de alquiler en curso.
No se lleva mucho mejor, pero ayuda a no tragar con muchas mierdas al menos mientras te quede tiempo para seguir buscando.

Ofendidito

#49 Hostia, algún contrato de estos he leído y a una amiga le tuve que decir que esa mierda de cláusula era nula y tenía tanta validez como si el casero le decía "cada fin de mes, me la tienes que chupar".
Lo peor es que la zagala se pensó que "si estaba en un contrato, era legal".

Era una cláusula de mierda de estas de preavisos absurdos y penalizaciones invent.

p

#24 En mi comentario #70 puedes comprobar que la cláusula no es ilegal. Se puede renunciar a la tutela judicial efectiva acudiendo a un arbitraje.
kiss

YoAcuso

#70 Interesante comentario. Pués si, parece que tienes razón en eso.

d

#70 Todo esto seria interpretable ante un juez porque la tutela judicial efectiva es un derecho constitucional y hay sentencias sobre ello.

«que
vulnera entre otros preceptos el artículo 24 de la Constitución Española al renunciarse
al derecho de acceso a la tutela judicial efectiva» y «es contraria a la jurisprudencia del
Tribunal Constitucional, que impone un criterio restrictivo en la admisión de la renun-
cia de derechos».

p

#81 No renuncia al derecho sin más, acude a un arbitraje de manera compensatoria. Por eso es posible, de una manera u otra tiene protección (a través de un arbitraje).

Y lo está acordando de caracter previo al posible conflicto y de forma transparente.

p

#92 #91 Ya sabéis de antemano que todo esto es ilegal. lol lol lol

En #70 podéis abundar en el tema.

b

#70 tal cual

p

#110 Otro cegado por sus sesgos. En #70 abundo acerca de su legalidad en nuestro ordenamiento jurídico.

Comentáis sin saber. lol lol lol lol

thorin

#70 A mí me parece que claramente #49 se refiere a cláusulas de mala fe.

El arbitraje generalmente es beneficioso para ambas partes, sobre todo por la rapidez frente a un juicio (Y también porque los árbitros sin ser jueces suelen ser expertos de la ley) y por eso calificarlo de cláusula abusiva es bastante cuestionable.

Otra cosa es que en el caso del artículo se fastidie el beneficio para la parte más débil porque parte de la lentitud del proceso judicial viene de procedimientos garantistas que deberían protegerle. Con lo que el arbitraje pierde su sentido al ser instrumentalizado.

d

#49 Esto es como la clausula de Prohibido empadronarse, que he visto en algunos contratos.... Si es que hay que reirse

YoAcuso

#72 Si el contrato de arrendamiento es de temporada, me parece una cláusula lógica.

E

#80 de hecho si no la pusieran les acusarían de fraude de ley al no ser realmente contratos de temporada/ estudiantes

YoAcuso

#86 Y en el caso de contrato de vivienda de uso habitual, supongo que otra persona que tenga domicilio o esté empadronado, no podrá hacer 2 contratos de vivienda de uso habitual porque realmente si es contrato de vivienda de uso habitual, no puedes alquilar para estar unos meses de vacaciones o unos fines de semana como me propuso uno hace tiempo.

i

#86 Es obligatorio empadronarse aunque sólo vayas a pasar el curso lectivo, tienes que empadronarse en el lugar donde pases más tiempo a lo largo del año. Empadronarse no es una declaración de que vas a vivir toda la vida ahí, aunque sean 7 meses, vives ahí.

Imagina que eres de Granada y estas estudiando en Madrid, cuando vas al médico etc no vas a volver a Granada, tienes que empadronarte, pedir médico etc

Mark_

#49 muy correcto, gracias a una buena amiga y mejor abogada no tuve que pagar por desperfectos (faltaban cosas, según la casera) en un piso porque si no hay un inventario exhaustivo de lo que hay en un piso, no te lo pueden reclamar al salir amparándose en "si faltan cosas".

D

#49 ya estás bastante respondido, no es una renuncia de ningún derecho, es el cambio de una jurisdicción.
Y como este hay muchos otros tipos de términos 3 que si son legales.

#49 Pues creo que no

https://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l29-1994.t1.html#a4

Ley de Arrendamientos Urbanos artículo 4.5 "Las partes podrán pactar la sumisión a mediación o arbitraje de aquéllas controversias que por su naturaleza puedan resolverse a través de estas formas de resolución de conflictos, de conformidad con lo establecido en la legislación reguladora de la mediación en asuntos civiles y mercantiles y del arbitraje."


Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles

https://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l5-2012.html#a2

artñiculo 2 " Quedan excluidos, en todo caso, del ámbito de aplicación de esta Ley:

a) La mediación penal.
b) La mediación con las Administraciones públicas.
c) La mediación laboral."

I

#5 Próxima parada: el agua.

y

#5 Ningun pais del mundo ha legislado al respecto, solo los comunistas, y no funciona, la intervencion total del mercado inmobiliario seria el mayor desastre de la historia de españa. Y por eso ni los comunistas del gobierno lo proponen, pero aqui en meneame teneis esa ocurrencia todos los dias, sin saber que no se puede ir contra del que pone el dinero para los pisos.

y

#30 me refiero la expropiacion de pisos a particulares para regalarlos o alquilarlos, ponme ejemplos.

s

#31 No hace falta expropiar nada, sólo invertir a largo plazo en un bien de primera necesidad, y cuando la oferta barata es grande la especulación cae por su propio peso.
Austria en general y Viena en particular es el ejemplo a seguir, Mucha oferta pública de vivienda en alquiler a precio asequible, y el que quiera especular se come un mojón.
https://cincodias.elpais.com/economia/2023-05-02/viena-la-estrella-indiscutible-del-mercado-europeo-del-alquiler.html
https://www.eldiario.es/economia/lecciones-viena-ciudad-modelo-politica-alquiler-vivienda-no-tratarse-mercado_1_7300074.html

y

#42 pues eso es cosa del gobierno de turno, no de los particulares.
Yo no creo en vivienda publica para nada, pero al menos que lo paguen todos con impuestos, no solo unos pocos con su propiedad privada.
Viena no vale como ejemplo, fueron conseguidas esas viviendas cuando valian un 90% (literalmente) menos que ahora, no es extrapolable. Es imposible hacer vivienda en sitios con mucha demanda sin soltar 200k minimo por vivienda.

"El arraigo de la vivienda social en la capital austríaca se remonta al período de entreguerras y a los años de lo que se conoce como la época de la Viena Roja, entre 1919 y 1934, en que el partido socialdemócrata transformó de forma radical el urbanismo de la ciudad con viviendas pensadas para trabajadores y con un cuidado diseño, que sigue siendo referencia para los arquitectos a día de hoy. En aquellos años se construyeron en Viena más de 60.000 viviendas sociales que en su mayoría siguen en pie y que fueron el germen de una política municipal que durante décadas no ha desviado el foco del alquiler social."

s

#43 Lo siento pero todo los argumentos que dices me suenan a disculpas...
Si se tiene voluntad política se puede hacer, obviamente no es una labor de poco tiempo, lleva décadas llegar a algo como Viena, pero se puede.
El problema aquí es que el afán de especulación y del dinero rápido de las sucesivas burbujas inmobiliarias ciega a casi todo el mundo, no hay interés.

y

#45 Si se tiene voluntad policita se puede hacer que españa pertenezca a estados unidos o rusia, decir eso es no decir nada.
Lo de viena viene de corrido, implantar eso en ciudades como madrid, barcelona, ny, pais, berlin, roma, etc etc es imposible.
Da igual el interes, no hay dinero que lo pague, y aparte yo no quiero pagar por la vivienda de otro.

s

#48 Claro, esa es la diferencia entre tu y yo, yo si quiero pagar por la vivienda de otro, y por su salud, y por su educación, y que el otro también me pague la mía si las cosas vienen mal dadas.
Se llama estado del bienestar, yo quiero eso, y no lo que tienen en USA, por ejemplo.

y

#51 Pero es que la salud y educacion es de TODOS; todos tenemos acceso a ella, la vivienda no, es de uso particular. Es irreal que el estado de vivienda al 100% de la poblacion que lo pida, en cambio da ahora mismo salud y educacion al 100% de los que la piden.
En los paises nordicos que son lo top del estado del bienestar les regalan las viviendas?
Es un tema simple de aritmetica, para lo que tu dices, no hay dinero, seria para a lo mejor 50k o 100k familias, irrelevante, y un coste elevadiiiiiiiisimo.
Y habria muchiiiiiiiiiiiiisimo fraude, no hay fraude en el que va a sanidad o al colegio.

s

#57 Nadie habla de regalar, no te salgas por la tangente, estamos hablando de no permitir la especulación salvaje con un bien de primera necesidad y de hacer políticas de vivienda pública en alquiler para evitarlo.
Y por cierto, la sanidad y la educación tampoco se regalan, se pagan con impuestos, a los que todos debemos aportar en base a nuestro nivel de ingresos.

y

#59 "hacer políticas de vivienda pública en alquiler para evitarlo."
NO HAY dinero, a ver si entendemos el concepto. Hazme las cuentas, no hay dinero y habria muchiiiiiiiiisimo fraude, el hijo de papa rico es un nini y como el no tiene ingresos, pues le damos vivienda, te suena la historia?
"Y por cierto, la sanidad y la educación tampoco se regalan, se pagan con impuestos, a los que todos debemos aportar en base a nuestro nivel de ingresos."
Es asumible, para eso hay dinero, todos hacemos uso, todos nos beneficiamos, TODOS, no solo un 1% que tendria acceso a vivienda en condiciones ventajosas. Y no hay fraude.
HAZ CUENTAS; numero de viviendas necesarias, numero de familias beneficiadas, y fraude estimado doble; los que la tienen sin que se lo merezcan, y los que no la tienen mereciendola, coste burocratico, politico, y mangoneo.
No hay dinero, es facil entenderlo. Y yo querria dentista gratis en la sanidad, pero no hay dinero, y clases de ingles extra, pero no hay dinero.

s

#60 Hay dinero para parar un tren, sólo hay que recaudarlo y no gastarlo en pagar chiringuitos de amigotes. Ahí está la diferencia entre unos partidos y otros, los que suben impuestos a los ricos para tener más dinero y hacen presupuestos con más gasto social, y los que hacen justo lo contrario.
Ejemplo clarísimo de lo que digo, el mandato de Manuela Carmena en el ayuntamiento de Madrid, en solo un mandato reducción espectacular de deuda, sólo dejando de robar a manos llenas (dejando de dar contratos a precios astronómicos a amiguetes, como la gestión privada de los hospitales a la Quirón, por ejemplo).
https://www.eldiario.es/madrid/herencia-carmena-almeida-saneadas-millones_1_1529071.html
Ejemplos hay a patadas, dinero hay si se administra bien.

y

#69 Y cuanta vivienda social se hizo en el mandato de carmena? tan bien que lo hizo que por eso la echaron?
HAZME LAS CUENTAS; yo te digo que no salen.
180mil viviendas a 200mil euros (si son viviendas razonables en zonas "caras") son 36mil millones de euros!!!!. Eso es una burrada de dinero. EL TRIPLE que todo el presupuesto de todo sanidad y educacion juntos. Y eso es para que se beneficien el 1.8% de familias que hay en españa (18millones). Y no te cuento gastos administrativos, de gestion de las ayudas, de las listas de quien tiene derecho, reclamaciones, judiciales, etc etc

s

#71 Claro claro, que ahora es culpa de Carmena que no haya casi vivienda pública en Madrid, jajaja, ella solita la tenía que haber construido ladrillo a ladrillo, no te digo...
Por favor, ya sabemos que es un proyecto a largo plazo, eso es obvio, es un proyecto gigante que llevaría décadas, pero es viable si se quiere y se invierte en ello.

Mira, así si salen las cuentas:
https://www.economiadigital.es/politica/carmena-detiene-el-alquiler-de-una-flota-de-vehiculos-que-doblaba-el-precio-de-mercado_177670_102.html

Así no salen:
https://www.eldiario.es/madrid/somos/malasana/almeida-prorroga-vez-concesion-franquista-empresa-paga-383-euros-mes-edificios-municipales_1_10710170.html

k

#31 "ningún país del mundo ha legislado al respecto" = "expropiación de pisos a particulares para regalarlos o alquilarlos"
Bien bien... todo bien... aquí no hay nada que ver... circulen.

y

#61 respecto me referia a la expropiacion, lee el hilo.

A

#31 ¿Cuando en el comentario inicial ha dicho nada de expropiar?
Algunos tenéis ya tan interiorizado eso de "Bolivarianos" que pensáis que el meme de."expropiese" es la vida real.

y

#64 habia contestado yo un hilo justo antes con la expropiacion:
blanca-anciana-barcelona-debia-88-euros-desahuciada-ira-vivir/c0155#c-155

Hace 3 meses | Por Imag0 a eldiario.es

10 minutos antes para ser exactos.....
con +50 mensajes en 24 horas me lo perdonas? o hay que hacer penitencia?

A

#68 ¿Vas a ir de victimita por la vida?
El que has soltado la patochada has sido tú, tu sabrás si tienes alucinaciones, si necesitas medicacion, o si con rezar tres padres nuestros te basta.

y

#87 No he soltado patochada, me referia a una cosa que di por sentado que tu no entendiste porque era de otro hilo, comprensible por otras cosas, no hay guerra que ganar, pero si quieres ganarla, me rindo, di por supuesto una cosa que no deberia haber dado por supuesto.

A

#89 No haber empezado con los lloriqueos de si te perdono.
El único que te puede perdonar por tus errores, eres tú mismo. Quiérete más, no busques la aprobación en otros.

y

#30 Y no hay mejor leyes que en españa, que no te deshaucian hasta pasados años, con contratos que se extienden hasta 7 años, dime en que ciudad de eeuu hay mejores leyes.

dani.oro.5

#19 mira Viena merluzo.

y

#78 lee el hilo, lo tengo explicado.

dani.oro.5

#79 a posteriori. Admite que eres un cunado y hablas sin tener ni idea.

y

#83 leete el hilo. mis mensajes del hilo.

N

#19 No se si algún país ha legislado al respecto, pero es unir dos putos puntos, entiendo que a la gente de derechas le cueste entender algo tan simple, pero en realidad no tiene ningún tipo de complicación, te lo resumire en una frase "LA VIVIENDA ES PARA VIVIR NO PARA QUE LOS PRIVILEGIADOS LO SEAN AÚN MÁS A COSTA DE LOS QUE TIENEN MENOS RECURSOS", espero que te haya quedado claro pues de forma más sencilla no te lo puedo explicar

PD: El mayor desastre de España es que no se expulse a cierta carroña parásita de la sociedad, y así nos luce el pelo

y

#100 El que alquila la alquila alguien PARA VIVIR!!!
Que pretendes prohibir el alquiler?

Quepasapollo

#5 sustrayéndoles el sueldo a los demàs lol lol lol te ha faltado decir a punta de pistola!!

Parásitos si los hay sí...y muchos se aprovechan del sobreblindaje a los deshaucios que algunos os gustaria proteger aún más...

N

#38 Claro, no no se aprovechan, por que todo el mundo sabe que la alternativa a vivir en una casa es hacerlo debajo de un puente ¿verdad?

p

#24 El artículo no dice que sea ilegal. Es legal. En este caso no se habla de nulidad de la cláusula (sería nula en caso de ser ilegal).

Pero bueno, está fenomenal firmar contratos sin entenderlos o sin leerlos completamente.

p

#56 Lee mejor tú, majete.

El abogado del artículo no indica que sea ilegal y remarca:
Al firmar contratos con esta cláusula, entra en juego el tribunal de arbitraje: “Para empezar, ya no es un juez, es un árbitro especializado en la materia. No tiene las mismas garantías procesales que un juzgado. Cuando te llega la demanda del propietario, solo tienes siete días naturales para reaccionar. No tienes las garantías de defensa, no puedes pedir justicia gratuita... Pasa una semana y ya tienes que dejar el piso”

Si fuera ilegal expondría directamente que es nula, sin embargo explica las consecuencias de aceptar la cláusula.

YoAcuso

#65 Por lo que veo, esta claúsula tiene mucha tela que cortar. 

b

#56 yo he entendido que se someten voluntariamente a un tribunal de arbitraje en vez de los juzgados, lo que cambia las garantías de ambos.

D

#97 Y quien constituye ese tribunal de arbitraje ? roll

M

#56 Renuncian arrendador y arrendatario en favor de un arbitraje. No es un derecho quitado a una de las partes, es un acuerdo de resolución.

M

#56 La posibilidad de recurrir al arbitraje para la resolución de disputas entre arrendador y arrendatario puede establecerse en el contrato de arrendamiento bajo el principio de autonomía de la voluntad de las partes, siempre y cuando no se contravengan disposiciones legales imperativas. Aunque la LAU no establezca expresamente el uso de tribunales de arbitraje, las partes pueden acordar voluntariamente someter sus disputas a arbitraje. La Ley de Arbitraje en España establece cómo se debe realizar el acuerdo de arbitraje, cómo se nombran los árbitros, el procedimiento arbitral, y la ejecución de los laudos arbitrales.

A

#39 Claro, si la gente tuviese posibilidad de elegir.
Pero tal y como está el mercado del alquiler, me parece que los que vean la cláusula se la van a tener que comer con patatas la quieran o no.
De hecho en ese artículo "sensacionalista" ya indican que se la están encontrando el los contratos de las personas más vulnerables.

R

#39 si es legal o no lo dictaminará el primer juez al que se recurra.

Y se puede firmar, entender lo que firmas y no tener opción. Hay lugares donde alquilar es imposible y acabas pagando a la agencia o firmando cosas porque o firmas o te vas.


Todo el mundo sabe que las horas extra se cobran, pero a veces te las tienes que comer

N

#39 Es nula de facto así que ya puedes firmarla con sangre que sigue sin ser legal. Es como cuando firmas en un contrato laboral algo que empeora tu convenio y/o el estatuto de los trabajadores. Luego puedes ignorarla porque no te van a llevar a juicio, lo tienen perdido de base. Preavisos por contrato de meses yo los he firmado unas cuantas veces y cuando he presentado el preaviso de 15 días y me lo han dicho les he informado que es una clausula no válida por abusiva y que no pensaba respetarla y jamás han seguido adelante. Si cuela, cuela, pero si no cuela no luchan porque es causa perdida (y dinero en el proceso).

Borbone

#39 Claro, cuando encuentras el.único piso del barrio que puedes pagar le vas a decir eeeeeh, está cláusula no me interesa, alquílaselo a otro que yo sigo bajo el puente.

No hay capacidad de negociación alguna en la inmensa mayoría de casos.

b

#24 eso del desconocimiento es más perverso que la cláusula...

p

#1 Estás equivocado. Es una cláusula legal que los firmantes no leen y aceptan.

Si está en el contrato, no puede decirse que es "con total desconocimiento de los inquilinos". Sensacionalista.

R

#11 que este en el contrato no la hace legal.

En cualquier caso, si el inquilino se niega a pagar o a irse, un arbitraje no puede decretar un desahucio, así que poco aporta esto

tsumy

#1 gana primero el juicio por haber firmado que renunciabas a la justicia para mediar en tu alquiler, y luego ya si eso desahuciado desde hace años ya te metes.

c

#12 En caso de pleito, no te pueden desahuciar sin sentencia firme. Como crees que se tiran los ocupas años en pisos en los que no tienen ningún derecho a estar?

thorin

#1 El arbitraje está presente en muchos contratos.

Muy posiblemente en tu último billete de autobús interurbano o tren hayas aceptado someterte a un arbitraje en caso de problemas. Si te pierden las maletas, es mas facil reclamar por ahí si se ponen tontos y no quieren pagarte lo acordado por ley.


Otra cosa es pensar que el arbitraje es el demonio, en los casos que he visto han dictado lo que decía la ley.

Obviamente, en los casos que describe un artículo puede haber un abuso de ese mecanismo.

jonolulu

#4 Es que no es una cláusula, es lo que dice la ley, y tiene su sentido. Otro caso es que haya fraude de ley sistemático

Dene

#9 me he leido la noticia.. es qeu hay que comentar el 100% de lo que dice?

C

#9 #4 No tiene nada que ver con alegar que necesitas la vivienda. El tribunal de arbitraje está para resolver un conflicto, por lo que para que para que éste decida que debe abandonar la vivienda debe haber un motivo, que haya habido un impago por ejemplo.

tsumy

#16 "No tiene las mismas garantías procesales que un juzgado. Cuando te llega la demanda del propietario, solo tienes siete días naturales para reaccionar. No tienes las garantías de defensa, no puedes pedir justicia gratuita... Pasa una semana y ya tienes que dejar el piso”, explica el abogado de CAES"

Lo mismo es. En 7 días se resuelve que a la calle y pista. Sea cual sea el motivo. Y encuentra y paga el abogado antes

C

#22 No hace falta ningún abogado, hay que exponer el caso en arbitraje y que decida quien tiene razón.

f

#9 Si la clausula va en contra de ley es nula de pleno derecho. Y me parece que muy legal no es.

D

#47 ir a arbitraje no es contrario a la ley, y efectivamente es legal y vinculante.

BuckMulligan

#4 Esa leí que se puede pelear pidiendo por escrito el padron de esa pwraona en tres meses.

jonolulu

#13 Ya, pero ya te han echado de casa

Pablosky

#15 Y te tienen que indemnizar después.

jonolulu

#29 Pero habrás tenido que buscar otra casa con urgencia y probablemente pagues bastante más de renta si llevabas varios años

A

#29 Y exigir retornar a tu vivienda de la que te han expulsado en fraude de ley.
Y probablemente pedir una compensacion por daños morales, por tener que buscar otra casa y mudarte, etc.

Sir

falta el #teahorrounclick : el inquilino acepta la sumisión a un tribunal de arbitraje como clausula del contrato de alquiler. Rechaza así que la Justicia interceda en un conflicto y pierde muchas garantías reflejadas en la ley de vivienda.

Sir

#17 #18 según como esté escrito, es legal bajo la Ley de Arbitraje.

Ejemplo con el Consejo Arbitral para el Alquiler, de la Comunidad de Madrid: https://www.comunidad.madrid/servicios/vivienda/consejo-arbitral-alquiler#panel-60437

#32 Ley de Arbitraje tiene entidad menor que la constitución. Si un derecho esta en conflicto entre una ley y la Constitución, vale lo que diga la Constitución... El tema es que suelen tocarte jueces del estilo "Garcia Castellón" y entonces vale lo que digan sus cojones morenos ..

D

#17 https://www.administraciondejusticia.gob.es/arbitraje
No renuncia a nada, acepta un cambio de jurisdicción.

Pablosky

#18 Cierto, a mi una vez me dijo un abogado que las clausulas de contratos entre empresas y entre personas son completamente diferentes, en el primer caso cabe casi todo y en el segundo hay una protección de derechos fundamentales que no te puedes saltar.

Esto suena a cláusula abusiva de manual.

Además, el lanzamiento sí o sí sólo lo puede ordenar el juez, así que...

raistlinM

#33 Es lo que más me chirría a mi, hasta donde pensaba un lanzamiento tiene que ordenarlo un juez , luego eso va al juzgado de todas todas.

Con como está el patio de alquiler en algunos sitios... La peña firma lo q sea

t

#18 segun eso renuncias a dicho derecho derivándolo a otro, como bien pone en el articulo.

#46 Los derechos fundamentales no se pueden son irrenunciables y no se pueden "derivar"... La efectiva tutela juridica (creo que se dice asi) no es renunciable. El problema es que creo que a los jueces, la constitución y los derechos fundamentales, se la soplan.

e

Consejo: cuando un artículo tiene un titular clickbait, empezar siempre leyendo por abajo, que es donde van a responder la pregunta del titular. El 90% es relleno. Cc #14

filemon314

Clausulas abusivas están para incumplirlas.

y

#7 hay que demostrar que es abusiva.

f

Y para echar a los okupas nunca sale nada. Curioso.

alehopio

#26 Lo que dices es totalmente absurdo.
No solo por el hecho de que la ocupación no representa un problema muy extendido, si no porque entonces el que no paga decide no irse y ya es un ocupa y no le puede pasar nada (según tu comentario).

La realidad es que al ocupa se le puede sacar de la casa ocupada con la ley en la mano y de forma no muy compleja ni lenta.

K

#26 Eso mismo he pensado yo al leer esto: "Al firmar contratos con esta cláusula, entra en juego el tribunal de arbitraje: “Para empezar, ya no es un juez, es un árbitro especializado en la materia. No tiene las mismas garantías procesales que un juzgado. Cuando te llega la demanda del propietario, solo tienes siete días naturales para reaccionar. No tienes las garantías de defensa, no puedes pedir justicia gratuita... Pasa una semana y ya tienes que dejar el piso”, explica el abogado de CAES."
Si con contrato de por medio, por esa cláusula, tienes que dejar el piso en una semana, ¿sin contrato debería ser aún en menos tiempo, no?
A no ser que la imagen del problema de la "okupación" no sea del todo real y que, como comenta #41, la realidad sea otra.

g

#26 En España, hubo una media de 71 desahucios al dia en 2023. Eso son casi 26,000 al año.
Eso son muchos desahucios como para decir que para echar a los okupas nunca sale nada. Curioso.

S

#67 Ese comentario es manipulador, en primer lugar siempre se aluden a ese tipo de numeros sin contexto para decir que es mucho o poco.

- Ese dato tendrá que ir contrastado por la población total, quizás el número de contratos/hipotecas, y lo mismo contrastado con datos de otros paises. Si no es así, bien podría seguirme pareciendo mucho hablemos de Portugal, Málaga, o de EE. UU., no tiene sentido. Sin entrar en las trampas de qué consideres desahucio nominalmente y que no, o inlcuso que sean datos de la Tanned Balls University.
-Muchas veces esos desahucios ocurren años después de la denuncia, y tampoco me extrañaría que en muchos casos fueran más que justificados y merecidos.
- Como suele ser habitual en muchos casos, las personas que intentan vivir dentro de la legalidad son las más perjudicadas, alguien que sea un hdp que hace de okupa puede joderte durante años.

Aviso, no estoy diciendo que sean pocos, ni que te los hayas inventado, solo que como dato ese comentario es manipulador e insuficiente. Y antes de que me menciones la fuente, pues es como las estadísticas de denuncias falsas, cuando empiezas a ver como se recogen los datos, pues empiezas a ver que hay trampa en los números... inlcuso si son oficiales.

miq

Tenéis la clausula escrita literal? Es para un amigo

Supercinexin

#2 Te la puedo escribir yo: "Por la presente, renuncio totalmente a que se nos aplique la legalidad española a mí y a mi casero miq".

Y ahora ve y enséñale eso a un juez, a ver qué te dice. Si es que os creéis cualquier cirimbelada que leéis en éstos panfletos de internet, jajaj

Esfingo

...

ayatolah

¿Desconocida?
Esa ya me la aplicaron a mi en el 2001 y para una sobrina de la propietaria.

G

Pardillos haciendo leyes. Hecha la ley hecha la trampa.

j

Pues que alguien denuncie un contrato que tenga esa cláusula y la lleve a que la declaren abusiva o fraude de ley, o contrario al derecho de tutela judicial efectiva.
Hay algún abogado en la sala?. roll

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