Publicado hace 9 años por Espiñeta a laboro-spain.blogspot.com.es

¿Pueden dejar de pagarte? Lo primero que tendrías que hacer es comprobar que es verdad que te pagan el salario obligatorio por convenio, porque puede suceder que te creas que no te deben nada pero sí que te deban y no poco, en cuyo caso podrías interponer la demanda de reclamación de cantidad laboral por diferencias salariales.

Comentarios

Soriano77

Cuantos trabajadores he conocido que deberían haber sabido esto y cuanto dinero se han llevado los "pistolas" de España por desconocimiento de los trabajadores. Como dice #1 ...

D

#1 Derecho laboral es una asignatura obligatoria en todos los ciclos de FP. Los únicos que no lo estudian son los que abandonan sus estudios y los universitarios.

#7 Yo es la primera vez que veo eso de que sólo te pueden descontar la cantidad mensual de quebranto de moneda, y ni un euro más. Me hubiera venido bien saberlo en el pasado.

o

#9 Siempre me ha llamado la atención la falta de cultura laboral de los universitarios, unida a la falta de conciencia de clase.

BeCor

#11 Yo también me extrañaba al llegar al universidad que haya poca 'conciencia' y lucha. Luego pasados unos años aprendí que las diferencias educativas entre 'ricos' y 'pobres' se dan en la educación básica y primaria. La gente que llega a la universidad es de cierto nivel económico alto...

o

#20 Bueno... eso que se lo digan a los licenciados inframileuristas...
Por otra parte, no veo la relación entre nivel económico alto y conciencia de clase: puedes ser un profesional bien remunerado (que ya es decir en estos tiempos) y al mismo tiempo ser un asalariado o padefo deluxe...

piratux

#9 #34 Yo ando ahora mismo haciendo un Grado Medio mientras llega y no la fecha del juicio por mi despido, en FOL se da derecho laboral pero con cierto sesgo (Pro-Empresa), el libro que uso para dicha asignatura es el siguiente http://libreria.tulibrodefp.es/index.php?id_product=1&controller=product, la cuestión legal es neutra, pero las lecturas complementarias apestan, menos mal que me tienen en clase y por mi formación en el sindicato CNT les induzco y muestro otra visión.

unodemadrid

#35 Yo estudio por libre, compro los que creo que me pueden servir, pero elijo siempre Editex, a mi me parecieron siempre neutral, cuando las estudiaba ya que las aprobé una hace un año y otra este.

piratux

#36 Yo estoy ahora mismo con ella y créeme que hay sesgo, estoy preparando un trabajo sobre el "trabajo en equipo".

D

#1 Es una hipocresía que lo sea. En realidad el empresario puede hacer lo que quiera y lo sabes. ¿Para que estudiar una teoria que no se aplica en la realidad?

Espiñeta

#31 ¿Para que empiecen a cambiar las cosas?

Por ejemplo.

unodemadrid

#1 En todos los grados de FP se llama FOL, Formación y orientación laboral y es junto con Empresa e iniciativa emprendedora de las asignaturas mas difíciles.

delcarglo

En las surogaciones suelen emplear el truco de "complemento no consolidado" para bajarte el sueldo. De denuncia.

sleep_timer

A mi si me intentan hacer eso, saco a pasear a mi amigo:
http://gearpatrol.com/wp-content/uploads/2009/04/reebok-vector-o-baseball-bat1.jpg

A

#2 están muy chulos, y tienen pinta de que sale muy fácil la sangre....XD

oskarluis

#17 Si se caen todo el tiempo no vales para camarero. Te lo hacen saber con educacion te dan el finiquito y tan amigos. Pero el salario es sagrado

conversador

Manual "para ir avanzando en la Reforma Laboral" pensará Rajoy

D

#42 En las empresas grandes se incluye sitemáticamente el coste del despido como parte de los costes laborales. Pero me parece lógico que si hay vacas flacas se utilice todo el capital disponible en mantener el negocio abierto.

Lo mejor que puedes hacer es aprender a reducir esas indemnizaciones de forma legal y sin pagar asesores ni abogados, pero tampoco es un camino de rosas.

"A lo que yo hago referencia, y muchos otros empleadores también piensan, es que siempre es mejor pagar más durante el contrato, pero poder cancelarlo sin mayor inconveniente cuando sea necesario, es decir, trasladar al empleado la carga de su propia protección (ya que es un adulto responsable con capacidad de contratar) o al estado (que en función de ello ha ido retirando un dinero del bolsillo del empleado)."

De ahí el éxito de la externalización, los freelance, etc, uno de sus argumentos de ventas es ese.

El lucro cesante es el que deja de cobrar el empleado a causa de la finalización del contrato por voluntad del empleador. Cierto que cobrará un paro pero eso no quita que haya un lucro cesante. Y hay muchas variantes en la forma de terminar una relación laboral, normalmente cuanto mayor sea el incumplimiento contractual por parte del empresario mayor suele ser la indemnización que tenga que pagar en términos relativos (ya que en términos absolutos depenede de la antiguedad), y por otro lado, cuanto más se respete el contrato y la legalidad, menos indemnización tendrá que pagar en términos relativos, lo cual parece justo. Por otro lado, si al empresario alguien externo le provoca un daño que le impida abrir su negocio, también tiene derecho a recibir el lucro cesante como indenmización.

"En cuanto a la parte más débil... me sorprende que se siga hablando de esa falacia"
Esto es un concepto básico en derecho, no conozco que haya sido objeto de controversia.
La parte débil de las relaciones contractuales no se suele medir por cómo se finaliza el contrato, sino por cómo se establecen las condiciones del contrato en su comienzo. Lo que dices sobre que una vez finalizdo el contrato el trabajador tiene un sistema de seguridad social obligatoria (pagado por el empresario, al igual que el salario) no tiene relación con quién era la parte fuerte o debil durante el contrato, y nada impide al empresario contratar en el mercado un seguro social mucho mejor que el de sus empleados. Tanto el empresario, como la empresa de consumo o servicios, como los caseros en el caso del alquiler, todos pueden establecer en el contrato todas aquellas condiciones que les favorezcan sin grandes problemas, dado que son las partes que redactan el contrato unilateralmente, mientras que la otra parte lo tiene más difícil para negociar. Por ejemplo, ¿alguna vez has incluido en el contrato de trabajo alguna cláusula a petición del trabajador? no es lo habitual que los contratos se negocien, de modo que se producirían abusos sobre la parte débil.
Veo que razonas sobre que la parte más debil es el empresario porque es quien asume el mayor riesgo monetario en el negocio, pero eso es una debilidad de tipo económico, que le hará más o menos capaz de hacer frente a pagos imprevistos o le deja en posición de debilidad si la otra parte retrasa el pago, y está claro que quien asume créditos personales corre mayores riesgos, pero no es una debilidad contractual con sus empleados.

D

#43 Concuerdo en todo, excepto en el concepto de debilidad. Esa debilidad no es un concepto inmutable, sino que en nuestro caso viene de unas relaciones cuasipaternales provenientes del franquismo (el "honrado productor") que a ningún gobierno de la democracia le ha interesado modificar.

Era un tiempo en el que tener una empresa era harto dificil y por ello apenas "los capitalistas" podian ser empresarios, una "casta" que no era especialmente querida por Franco siendo él como era más pobre que las ratas en una ciudad de funcionarios como Ferrol.

Por otra parte, nuestra concepción católica del dinero hace que este sea visto como malo, algo que empapa todo lo que toca, incluidas las relaciones laborales que se ven como algo en lo que el estado debe, necesariamente, entrometerse para regularlo, sin entender que no es más que el derivado de la coyuntura de cada momento.

Por poner un ejemplo, en los buenos tiempos de la burbuja conseguir un palista era harto imposible; era muy normal que un buen retropala se lo disputaran varias empresas y éste podía, sin más que un preaviso de 15 días (o ni eso) saltar de empresa en empresa multiplicando a cada vez su sueldo.

Las propias circunstancias del mercado propiciaban que fuera el empresario el que realmente saliera perjudicado porque firmaba contratos indefinidos, realizaba formación y pagaba abultados sueldos a alguien que, sin más que esos 15 días, podría dejarlo en la estacada sin más. Nadie se planteó proteger al empleador en contra de esa deslealtad que... por otra parte, no es tal, sino simple oferta y demanda.

Sin embargo... ahora que vienen mal dadas para el empleado... es de nuevo el empleador el que de nuevo sale perjudicado porque tiene que asegurar por ley indefinidamente las condiciones pactadas en un tiempo distinto, sin apenas poder variarlas más que dentro de una horquilla muy cerrada.

Y eso, en realidad, es lo que está reprimiendo la contratación: la incertidumbre y los costes que de ello se derivan.

Mi opinion, y la de algunos otros, es que un despido libre favorece la contratación porque el empresario no asume más riesgos que los estrictamente necesarios. En otro caso, y con un mercado tan hiperregulado y favorecedor del trabajador... la consecuencia son los autónomos freelance, cuyo crecimiento imparable debería hacernos reflexionar sobre la hiperprotección de una de las partes.

D

#46 "Las propias circunstancias del mercado propiciaban que fuera el empresario el que realmente saliera perjudicado porque firmaba contratos indefinidos, realizaba formación y pagaba abultados sueldos a alguien que, sin más que esos 15 días, podría dejarlo en la estacada sin más. Nadie se planteó proteger al empleador en contra de esa deslealtad que... por otra parte, no es tal, sino simple oferta y demanda."

Bueno, eso está previsto en la legislación española desde hace varias décadas. Es el empresario el que decide si utilizar los mecanismos legales para retener o no a ese empleado.
Si se le ha proporcionado una formación basta que utilizar el poder que tiene el empresario para incluir o añadir al contrato un pacto de permanencia de dos años en la empresa sin coste adicional (aparte del coste de la formación, que se puede realizar con medios propios).
Si no se le ha dado ninguna formación, se puede formalizar en cualquier momento un pacto de no competencia para impedir que durante 6 meses o 2 años vuelva a trabajar en el sector de la construcción para un ámbito geográfico a elección de la empresa, la pega es que hay que pagar al trabajador para compensarle por esa cláusula que le impide pedir la baja e irse a la competencia.
En general los deptos. de RRHH sólo hacen uso de estos pactos para el personal clave o técnicos muy cualificados que han recibido formación muy costosa (pilotos), no para retener albañiles que se pueden sustituir fácilmente.

http://blog.sage.es/economia-empresa/pactos-de-no-concurrencia-para-limitar-la-competencia-entre-empresa-y-empleados/
http://tuasesorlaboral.bligoo.es/el-pacto-de-plena-dedicacion-y-el-pacto-de-permanencia-estudio-juridico#.VFqXoE0tDcs

Se podría discutir también si a día de hoy la legislación protege demasiado al trabajador, pues tras las últimas reformas el nivel de protección se ha disminuido significativamente.
También es discutible achacar a los costes de despido el bajo nivel de contratación que estamos sufriendo, se tiende a exagerar la influencia de ese factor, cuando hay otros factores más relevante como por ejemplo la incertidumbre en mantener el nivel de ingresos de la empresa. La relación entre desregulación contractual y una mayor contratación, que parece tener su lógica si lo pensamos de modo subjetivo, nunca ha podido ser constatada científicamente utilizando los datos de las muchas reformas laborales realizadas, por lo que es un tema en el cual no hay consenso. Lo cierto es que, para los trabajadores indefinidos, la indemnización más habitual antes de 2012 era la de 45 días y ahora la más corriente es la de 20 días.

Quel

#28 Luego ya preguntar cómo le va a preocupar una mierda a un trabajador su empresa sabiendo cómo funcionan en general las empresas en España

Es decir, como las grandes empresas son unas "hijas de puta", que se jodan todos. ¿ Eres consciente de que el 95.7% de las empresas en españa tienen menos de 10 trabajadores ?. Porcentaje que sube hasta el 99.3% si contamos todas las empresas con menos de 50 trabajadores.
Luego ya preguntar como le va a preocupar una mierda a un empresario sus trabajadores sabiendo que les culpan por el comportamiento de un 4.3% de las empresas en España ... pues se contesta solo.

Si ser empresario te parece un chollo. No dudes en montar tu empresa y a vivir la vida padre.

D

#30 No es cuestión de chollos. Es cuestión de que una de las 2 partes del sistema productivo cuenta con superidad innata, mucho mayor dadas las circunstancias, y esa superioridad tiene que corregirla la ley favoreciendo a la parte más débil. Es lo que hace una legislación justa que busque justicia y equidad. Malutilizarla es un problema aparte posiblemente inevitable como toda ley.

Quel

#44 ¿ De que "superioridad" hablas ?.

Si una empresa se va a carajo, el trabajador se queda a la calle y en el peor de los casos sin cobrar indemnización. Solo el paro. Para el empresario lo mismo, salvo que se queda sin paro y que posiblemente sin casa y endeudado hasta la tercera generación.

Ya ves tu que superioridad. Todo tiene sus pros y sus contras.

Y no me hables de las "grandes empresas". Pues estas son un ínfimo porcentaje del tejido empresarial español.

D

#47 Si, claro... cuando yo hablo de empresas... hablo de las de verdad, de las que son el tejido empresarial normal. El IBEX es otra galaxia y debería tener una regulación laboral específica.

D

#17 nadie nace aprendido. Y aunque tengas una experiencia de años,a veces es inevitable que se te caigan. (clientes, tropezones, resbalones, ...)

D

yo yo yo yo la se, con este gobierno cuando les salga de las putas pelotas

D

Conozco un sitio donde descontaban 4,5€ por copa rota. Si se te caia la bandeja entera hacían un favor y solo te descontaban 20€.

D

#8 pues si se te caen todo el tiempo no veo porque no es problema del camarero y si del dueño.....

LaInsistencia

#8 pues siento decirte que con la ley en la mano, a menos que en la nomina de turno viniera un concepto de bolsa para perdidas, no pueden tocar ni un duro del sueldo de nadie. No legalmente, quiero decir. Un móvil indiscreto grabando, una denuncia oportuna, una bonita inspección de trabajo a juego y que cruce los dedos el dueño para que no salte nada mas. Pero claro, estas cosas requieren pensar y tener cojones...

editado:
y no estar metido en pufos, claro

D

Cuando eres autonomo.

k

#48 Pues coincido en que ninguno de los implicados oír separado son capaces de producir riqueza, pero tampoco el empresario sólo. Es una labor de toda la sociedad. Puedes tener la iniciativa y los huevos para montar una empresa, pero si no cuentas con talento, trabajo y a veces inversión, te será prácticamente imposible crear ningún tipo de riqueza. Todas las partes de la ecuación son importantes y sólo desde un punto de vista muy sesgado, se puede opinar que uno es más importante que otro. Es la simbiosis en la que nos ha tocado vivir.

S

El artículo se entiende a nivel individual del trabajador, sin embargo debo añadir que a nivel colectivo se puede bajar el salario a través del art. 82.3 del Estatuto de los Trabajadores siempre que esté legitimados por el art. 87 del mismo texto. Se trata del conocido "descuelge salarial" aunque sólo se puede utilziar cuando concurran causas económicas, organizativas, de técnicas y de producción y que con la reforma del PP justitificar una causa económica es lo más sencillo del mundo.

borrico

¿Cuándo quitará Laboro la mitad del fondo en gris ese que molesta al leer?

rook1

La respuesta es: si.

k

#42 Me parecía interesante tu punto de vista hasta que has dicho que es el empresario el único que crea riqueza.

D

#45 Ah, pues estoy convencido de ello.

Básicamente, parto de la idea de que ni el capital, ni el talento, ni el trabajador, cada uno por su lado y cuenta, son capaces de generar excedente (beneficio) a menos que sean capaces de unirse para un proyecto que ofrezca un valor por el cual un cliente es capaz de pagar más que los meros costes de inputs.

Desde ese punto de vista, es el empresario (llámale como quieras) el que es capaz de juntar esos factores para que se produzca algo que es más valioso que la suma de las partes implicadas. Es por ello que digo que solo el empresario es el que crea beneficio (lo que no quiere decir que las partes no colaboren a ello, pero colaborar es condicion necesaria, pero no suficiente)

D

#40 Soy una persona muy apegada a la ley, y en el tema de los contratos soy muy estricto con su cumplimiento, y no solo miro la parte que me conviene sino que trato de tener en cuenta las obligaciones e intereses de las dos partes. También soy flexible y puedo negociar cuando las cosas se tuercen, para evitar los conflictos, y soy consciente de las muchas desventajas de tener que acudir a juicio para exigir el cumplimiento de los contratos (aunque por desgracia haya acabado teniendo unos cuantos pleitos cuando la otra parte se sale de la racionalidad y se cierra en banda).

Llendo al tema, es cierto que el empresario que tiene un empleado es porque espera obtener un beneficio de su trabajo (o no tener pérdidas por tenerlo empleado), y cuando cambia la situación y tener al empleado trabajado te da pérdidas y se ve que no es algo puntual, y tampoco hay posibilidades de recolocar al empleado, entonces el empresario tiene la necesidad de romper el contrato. Pero para eso existe la legislación sobre temporalidad y el despido por causas objetivas, y un gestor previsor debe ahorrar parte de esos beneficios que ha obtenido del trabajador para poder pagarle la indenmización que corresponda, como si fuese un gasto salarial más, solo que se paga en diferido. También es necesario y conveniente estudiarse la legislación al respecto, que es amplia y compleja, y esta página la explica con mucha exactitud y claridad, por supuesto que un empresario tiene mucho que aprender de esta web. El tono anti empresario de la web se puede ignorar, no deja de ser una herramienta de marketing de laboro para vender su producto. Por último, la indemnización es por el daño que se ocasiona al trabajador por el lucro cesante, y en relación a ello por desistir del contrato antes de cumplirse el plazo fijado. Esto sucede igual en todo tipo de contratos comunes, como un alquiler o un contrato de servicios con plazo temporal, por ejemplo. Y no olvides que la legislación proteje al consumidor, al inquilino y al trabajador por ser las partes más débiles en sus relaciones contractuales, dado que la parte fuerte puede imponer todas las condiciones que desee en el contrato, se establecen unos mínimos legales para evitar los evidentes abusos que se producirían en ausencia de dichos mínimos.

D

#41 Estoy contigo en que un gestor "previsor" puede acumular las indemnizaciones a las que tendrá que hacer frente en caso de despido, pero esto no deja de ser una perversión del sistema porque:

1) Obliga a incluir como parte del coste del cumplimiento del contrato la posible cancelación del mismo por causas ajenas y sobrevenidas (crisis económica, enfermedad que incapacite al empleador...)

2) En la mayoría de los casos (los que yo conozco) ese dinero y cualquier otro se invierten en seguir manteniendo la empresa a flote a la espera de que pasen las vicisitudes. Un empresario siempre invierte mucho más que un empleado y raras veces "cierra" a las primeras de cambio (cuando aún hay "cash") porque simplemente su empresa es su forma de vida. Lo más habitual es llegar a invertir ahorros, hipotecas, etc.

En cuanto al lucro cesante, y es realmente ese el quid de la cuestión, en estepais solo se contemplan, a partir de un plazo determinado, los contratos indefinidos, que cargan sobre el empresario un coste sobrevenido de forma obligada, sin ninguna otra posibilidad (no exactamente, existe el caso de jubilación del empleador).

A lo que yo hago referencia, y muchos otros empleadores también piensan, es que siempre es mejor pagar más durante el contrato, pero poder cancelarlo sin mayor inconveniente cuando sea necesario, es decir, trasladar al empleado la carga de su propia protección (ya que es un adulto responsable con capacidad de contratar) o al estado (que en función de ello ha ido retirando un dinero del bolsillo del empleado).

En cuanto a la parte más débil... me sorprende que se siga hablando de esa falacia. Porque cuando un empleado es despedido por motivos económicos (quiebra, impagos...) obtiene el derecho a una prestación de desempleo y una indeminzación. El empleador, que ha invertido su dinero, esfuerzo e ingenio en su empresa, se quedará sin desempleo, sin indemnización y con todas las deudas sobrevenidas de sus obligaciones.

Yo (y algunos otros) pensamos que la realidad es que el que está realmente desprotegido es el empresario. Que además es el único que crea riqueza.

De ahí mi visión sobre el despido libre.

G

¿Y lo de que demandas a la empresa y a la mínima te echan? Con las facilidades que les han otorgado para eso...

pepe.lotas.7140

De un tiempo a esta parte, cuando les sale de los huevos.

e

Si eres funcionario, cuando lo decidan por Decreto los corruptos de turno.

CalifaRojo

Que típico eso de que falte dinero en la caja y que tenga que pagar el trabajador...

jainkone

como bien dice #10 ,yo voy al curro a ganar dinero.

anda que no las he tenido hasta por 1 jodido euro que pretenden que adelante para algo que he pedido yo mismo

#7 si falta pasta el problema es de... no haber sabido controlarla. le van a descontar a su hija la coja

D

Cuando tengan cojones de quitarme la pasta de mis frias y muertas manos.

D

Es por esto (y otras cosas) que el despido debería ser libre, gratuito e inmediato. Al trabajador no le importa en absoluto si la empresa cobra o no. A la empresa no tiene porqué importarle que el trabajador se quede en el paro o no (sino que es cuestión del estado, que para eso ha estado sacando dinero del bolsillo del empleado)

D

#16 Lo de cumplir los contratos y respetar los acuerdos no va contigo, ¿no?
Hablamos de que una de las partes que ha cumplido con su parte del contrato exije a la otra que cumpla con lo comprometido. Y tu conclusión es que la parte que no cumple debería tener el derecho de romper el contrato de inmediato, ocasionando nuevos daños a la otra parte, pero sin consecuancia alguna por sus incumplimientos.
El cumplimiento de los contratos no puede quedar al arbitrio de una sola de las partes.

D

#21 Lo de cumplir contratos es sagrado para mí. Desconozco si lo es para tí en la misma medida. Pero no es a eso a lo que hago referencia, sino al hecho expresado en la frase "al trabajador le importan los problemas de la empresa..." y, en general, al espíritu del artículo.

A lo que hago yo referencia con mi idea, es que el despido no puede estar penalizado, ha de ser libre e inmediato porque inmediata es la realidad. Y la realidad es que, si tienes trabajadores ganas mucho y si no tienes trabajadores ganas poco o menos; lo sabemos cualquiera que tengamos empleados.

Si un empresario despide no es, en general, por gusto, sino porque no le queda más remedio: falta de asistencia, falta de profesionalidad, falta de ingresos.... y cuando ha de hacerlo, en muchos casos, es porque ya no hay dinero, por lo que la obligación de pagar una "indemnización" en concepto de no-se-sabe-muy-bien porqué creo que debería eliminarse. Nadie pagar por contratar, nadie debería pagar por despedir.

#24 El currante tiene unos derechos que, a mi modo de ver, son abusivos y no le corresponden. No hay contraprestación equivalente, porque el empleado no paga al empleador cuando se inicia la relación, así que no sé porqué debería ser normal al revés. El contrato de trabajo es un contrato entre partes que se reconocen a sí mismas la capacidad de contratar, así que no veo porqué una de las partes debe asumir más cargas que las estrictamente derivadas de la acción del propio contrato (la indeminzación no es algo "inherente" al contrato, sino a la acción de su finalización). Las partes se comprometen a unas prestaciones y contraprestaciones mientras dura ese contrato y así debe ser; Obligar vía estado a que el contrato tenga más obligaciones que las estrictamente laborales obliga a los empresarios a no realizar contratos indefinidos, que sólo tienen desventajas para el empleador y ventajas para el empleado. Esa es la realidad.

#25 Cierto. En una relación entre adultos iguales y responsables, ambos tienen las obligaciones que pacten. Ni una más.

Por supuesto, se ha de cumplir la legislación vigente, como es lógico. Pero eso no quita para que se pueda opinar que es lesiva para el empresario (sobre todo para autónomos y pymes) y totalmente sobreprotectora para el empleado, como si éste fuera una especie de minusválido legal al que hay que cuidar porque no sabe hacerlo solo (o mediante sindicación)

Un apunte: http://juanramonrallo.com/2013/05/el-empresario-no-explota-al-trabajador/

PD: si alguien desea responder ad-hominem sin aportar ni haber leido el link, puede ahorrárselo

Canet

#16 No hay "modo irónico" en tu respuesta. ¿O sí? Da igual. El currante, tiene consolidados unos derechos, que, en caso de finalizarse el contrato, no debería perder. Eso, antes de la PPreforma de los cullons. Si a ti te parece que el despido puede ser inmediato, gratuito y libre, es tanto como decir: el trabajador no tiene ni debe tener derecho alguno. La Patronal, puede y debe disponer del trabajador como le salga de sus santos cojones. Bien! Mira, eso que has dicho, que te lo apliquen a tí, si tan feliz te hace y tan justo te parece.

Quel

#24 Creo que a lo que se refiere #16, es que; ¿ Si a un trabajador no le importa una mierda la empresa, porque debería la empresa de preocuparse por ese trabajador ?.

Lo óptimo sería una especie de comprensión mutua. La empresa debería de tener un mínimo de preocupación por el bienestar de sus trabajadores. Pero al mismo tiempo los trabajadores también debería importarles la empresa, mas allá de si les va a pagar el suelto a fin de mes o no.
Ya que aquí hablamos de la empresa que intenta ahorrarse cada céntimo que pueda pagarle al trabajador, omitiendo que el trabajador también intenta cobrarle cada céntimo que pueda a la empresa.
Cada cual barre para su casa.

D

#25 el derecho laboral no es una cuestión de afecto o solidaridad. Compensa desigualdades. La posición del empresario es superior siempre a la del trabajador por cuestión de ser un mero producto con muchísima oferta, lucha de clases aparte. Y por esto la ley debe estar hecha para proteger al trabajador antes que al empresario, con el inevitable riesgo de que en un % de casos se aplique "injustamente" para el último.

Luego ya preguntar cómo le va a preocupar una mierda a un trabajador su empresa sabiendo cómo funcionan en general las empresas en España... pues se contesta solo.