Consumir o portar droga en un vehículo particular estacionado no conllevará ninguna sanción administrativa en virtud de la Ley de Seguridad Ciudadana. Es lo que fija una nueva instrucción de la Secretaria de Estado de Seguridad, dependiente del Ministerio del Interior, dirigida a todos los cuerpos policiales. Distintas sentencias han reconocido que los vehículos particulares gozan de una protección reforzada por pertenecer a la esfera de privacidad de los ciudadanos.
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Ya veréis que prudente es el criterio de los agentes.
¿Demagogia? Puede, pero se me viene a la mente aquello que las leyes son igual para todos (ricos y pobres), como robar pequeñas cantidades de comida, mendigar, o dormir en el parque o bajo un puente.
(Es por entrar en theOjete)
Dormido en el coche estacionado y borracho = Conducción bajo los efectos del alcohol
Fumaste un porro la semana pasada = Conducción bajo los efectos de la droga
Y así habrá cientos de ejemplos más.