Hace 5 años | Por PresoTieso a elconfidencial.com
Publicado hace 5 años por PresoTieso a elconfidencial.com

La Audiencia Provincial de Álava ha condenado a diez años de cárcel a un hombre de 28 años que mantuvo relaciones sexuales consentidas en varias ocasiones con una menor de edad que en el momento de los hechos tenía 14. En España la edad de consentimiento sexual se sitúa en los 16 años por lo que las relaciones con menores de esa edad constituyen un delito y si incluyen penetración, como en este caso, se castigan con penas de prisión de ocho a doce años, según el artículo 183.1 del Código Penal.

Comentarios

B

#16 y ademas que él con 28 ha podido liar a la niña de modo que uno de su edad no lo hubiera sabido hacer : es que si no es de la misma edad o tambien menor como ella su consentimiento es sospechosamente manipulado

neotobarra2

#16 No es comparable echar un polvo con firmar un contrato, casarte o siquiera hacerte un tatuaje (aunque esto último tampoco lo prohibiría a esas edades, al final quien quiere lo hace igual). Es algo natural que los menores quieren hacer y van a hacer igualmente. No tiene sentido prohibir algo natural que de todas formas va a suceder sin mayores consecuencias.

Y hay gente que con quince años ya sabe perfectamente que se tiene que poner un condón (que no es más que eso), y quien no lo sabe igual es porque no se lo han enseñado. La falta de educación sexual es un problema no achacable a una supuesta incapacidad intelectual. Ni que fueran subnormales...

Yo conocí el caso de una chica que, con 16 años y de forma totalmente voluntaria y consciente, se lió con uno de 25. Ambos querían, y no hubo ningún problema en esa relación. Si la llega a pillar un par de meses antes, habría sido ilegal y él habría ido a la cárcel. Me parece absurdo.

Varlak

#27 No tiene sentido prohibir algo natural que de todas formas va a suceder sin mayores consecuencias.
Es que lo de "de todas formas va a suceder sin mayores consecuencias" no lo sabes

Varlak

Pues no entiendo porqué esto es noticia. Estupro claro, a la carcel, bien hecho.

voidcarlos

#1 ¿Cómo sabes que es estupro? No se dice ni se deduce en ninguna parte de la noticia.

neotobarra2

#1 Pues yo lo que no entiendo es por qué el Estado tiene que meterse también en nuestra vida sexual hasta el punto de decir a qué edad se puede consentir y a qué edad somos demasiado estúpidos como para hacerlo. A día de hoy mucha gente pierde la virginidad con menos de 16 años, cosa que por otra parte es bastante natural (biológicamente es normal sentir la "llamada" antes de esa edad). ¿Por qué tenemos que estipular legalmente que con menos de 16 años una persona no tiene la capacidad de consentimiento, y que por tanto cualquier relación sexual que pudiera mantener con alguien mayor de edad es ilegal? ¿De verdad es necesario eso para luchar contra los abusos sexuales y la pederastia?

w

#15 nadie te obliga a acatar estas reglas, puedes escoger otros países que no tienen estas reglas, como Siria, eso si, quizá te encuentres con que tu esperanza de vida pasa a ser la biológica, y no la de nuestra sociedad y sus reglas absurdas...

voidcarlos

#12 No hay delito. Es de valoración judicial, y cabe esperar que se aplique siempre que sea posible, ya que en caso de duda se debe fallar a favor del reo.

w

Yo tampoco entiendo la noticia, y me parece sensacionalista. Si tenía menos de 16 años, no tenía sexo consentido con ella, dado que para consentir lo debe ser mayor de 16. Al quitar consentido, dado que la cría NO pudo dárselo como tampoco puede cambiar su domicilio sin consentimiento del tutor, sólo tuvo sexo con ella, lo cual en España es un delito. Nº veo la noticia.
Si fuera el titular: acusado joven de 28 por sexo con joven de 14. Y luego en la entradilla dicen que fue consentido, no pensaría en sensacionalismo del cutre.

PasaPollo

#3 Podemos hablar de que hubo lo que técnicamente se llama "consentimiento viciado" o "consentimiento nulo". A efectos jurídicos casi siempre es el mismo, pero en lenguaje de calle no veo mal que hablen de "consentimiento" aunque, como digo, legalmente poco importe.

wondering

#3 Completamente de acuerdo. Un menor de 16, por definición, no puede consentir, por el mero hecho de ser menor.

Ahora, podría llegar a entender que la pena fuera diferente si la menor es forzada físicamente.

D

#3 habla de consentimiento en el sentido en que no fue forzado. Otra cosa es que obviamente a efectos legales no puede consentir.

Derko_89

En este caso es claro, el tipo doblaba en edad a la chica.

¿Pero si en vez de 28 hubiera tenido 19, también hubiera sido delito?

w

#2 si tb es fácil sexo con menor delito. Si los dos fueran menores de 16 tengo más dudas
Edito: creo recordar q en caso de sexo entre dos menores de 16 el palo, en todos los sentidos, es para los padres

w

#6 pues debo leer mal. La noticia dice ''Rechaza aplicar la exención de responsabilidad''. No entiendo que quiera decir que si la edad está muy junta no haya delito, sino que se te exime de responsabilidad, y aquí lo juzgará el juez o Le cae el marrón a tus padres...

voidcarlos

#8 Pues ya te lo digo yo, si la edad está muy junta no hay delito, artículo 183 quater:

El consentimiento libre del menor de dieciséis años excluirá la responsabilidad penal por los delitos previstos en este Capítulo, cuando el autor sea una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez.

w

#10 dado que se te ve más suelto que a mí, eximir de responsabilidad = no hay delito?? Y volvemos a mi afirmación, próxima en edad y madurez es un criterio objetivo o de valoración judicial?? Lo digo pq no vaya a ser q algún menor nos lea y la cosa termine mal lol

S

#12 es un criterio judicial que se basará en informes psicológicos y forenses. No solo se alude a escasa diferencia de edad, sino desarrollo y madurez.

Cuando eso ocurre se exime de responsabilidad penal. Es como si follan dos de 15 años. Técnicamente cometen delito los dos, pero aplicando ese criterio se les exime a ambos de responsabilidad. O 16-15, o 17-14.....no hay un límite establecido, se valora en cada caso

Derko_89

#4 Pero si la edad media de la primera relación sexual en mujeres se situa en 16'2 años, quiere decir que casi la mitad de las menores de 16 años han tenido relaciones sexuales. ¿Les va a caer el palo a casi la mitad de los padres de chicas menores de 16 años?

w

#11 veamos, si lees a DemonDary, que me parece que es muy correcto de ese porcentaje tendríamos que incluir los que en la valoración judicial estuvieran próximos en edad&madurez, excluimos tb los que los padres no mostrarán una negligencia, y tb la gran mayoría los no judicializados(stigma social, costumbre cultural o similares que lleva a que sólo un bajo porcentaje termine delante de un juez)... Si ha eso añadimos que las media las carga el diablo, si tanto nos gusta la estadisticaa, lo ideal en esta caso es el valor de moda.... Verás que estadística mente no son tantos los padres...

voidcarlos

#11 Si una persona de 14 pierde la virginidad con uno de 18 es ok por proximidad en edad y grado de desarrollo.

Derko_89

#20 Gracias, es la respuesta que esperaba. Porque el caso de la noticia es obvio, pero me resultaba poco creíble que pudiera ser condenable el sexo entre una menor y un chico de 18-19 años.

S

#20 bueno, habría que verlo, eso es valorable. No siempre será delito pero puede serlo

S

#11 no, obviamente. Por qué mentais a los padres? La responsabilidad penal, si la hay, será de quién se acueste con alguien menor de 16 años. No de los padres del menor....

D

#2 Menor de 14. Delito.
Otra cosa es si él hubiera sido también menor de edad.

S

#7 no tiene nada que ver la edad del "otro". El código penal no menciona nada de la edad del posible infractor.