Hace 8 años | Por --167763-- a facua.org
Publicado hace 8 años por --167763-- a facua.org

Los bancos y las inmobiliarias adeudan a las comunidades de propietarios cientos de millones de euros por el impago de las cuotas en pisos que han sido objeto de desahucios e inmuebles que mantienen vacíos o en régimen de alquiler. Las comunidades afectadas de que pueden llevar a los bancos y sociedades inmobiliarias morosas a los tribunales sin coste alguno.

Comentarios

Hastaloshuevos

Joder que noticia más buena. Espero no le den la vuelta a la tortilla y terminen pagando con penalizaciones inclusives todo lo que han seguido robando.

conversador

En 1802 Thomas Jefferson, hablando sobre la banca dijo esta frase: “Pienso que las instituciones bancarias son más peligrosas para nuestras libertades que ejércitos enteros listos para el combate“. Imaginaros lo que son para una Comunidad de Vecinos

ElCuraMerino

Perdón, pero esto no es ninguna noticia. Que las comunidades de propietarios pueden llevar a los Tribunales a bancos e inmobiliarias morosas sin coste alguno viene siendo así desde el año 2001 en que lo estableció la Ley de Enjuiciamiento Civil (art. 23).

Es más, las comunidades de propietarios pueden llevar a cualquiera, sea banco, inmobiliaria o Perico de los Palotes, a los Tribunales sin coste alguno, de la misma forma que con los bancos, mediante el procedimiento monitorio.

ann_pe

#3 En parte es un artículo informativo y en parte noticia, aunque no sea de última hora:

"desde el pasado marzo las comunidades están exentas de pagar las tasas judiciales."

ElCuraMerino

#4 Pero bueno, desde el pasado marzo todo el mundo está exento de pagar las tasas judiciales. Menos las empresas, claro.

Fibergran

#3 #4 y #5 No es noticia, no es novedad y es erróneo. Las comunidades de propietarios no pagan tasas, (discutible: su naturaleza es más parecida a la de una persona jurídica, que a una persona física), peeeeeeero, ay, amigo, en un monitorio pagan abogado y procurador. Porque sólo se exceptúa la intervención de abogado y procurador la petición inicial, ex art.23 y art.31 de la LEC, y no desde el 2001, sino unos cuantos años más tarde cuando se modificó la cantidad. Para todo lo demás... Así que aquello de "sin costes" no es verdad. Errónea y lo siento. #0

ElCuraMerino

#6 #6 Creo que te has liado un poco. La noticia no es noticia y no es novedad, efectivamente, porque justamente "llevar a los Tribunales" es la petición inicial de monitorio, y eso se puede hacer sin costes desde el año 2001, cuando entró en vigor la LEC 2000. Pero efectivamente, no es noticia.

Fibergran

#7 Lee de nuevo mi comentario. Petición inicial excluida, para lo demás, las reglas generales de la cuantía, y esa cuantía no se fijó ab initio con la aprobación de la Lec, fue posteriormente modificada.

ElCuraMerino

#8 Ya lo he leído. ¿Quién está hablando de "lo demás" que no sea petición inicial de monitorio? Sólo tú. La petición inicial de monitorio está exceptuada desde que se aprobó la LEC en 2000.

Fibergran

#9 ¡La cuantía no!