"la seguridad jurídica absoluta no existe, pero en los contratos bilaterales, en muchas ocasiones, se incluyen cláusulas donde se especifica fuerza mayor por motivos regulatorios que hagan imposible el suministro o lo afecte de manera importante", señalan fuentes del sector gasista europeo. "Incluso, algunas veces, se incluye una cláusula para obligar a las empresas a mostrar públicamente su oposición para que se acepte por la otra parte la fuerza mayor". Y una vez que se rompe el contrato, "se dejan abiertas otras alternativa, por ejemplo..."
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