Hace 8 meses | Por ccguy a laboro-spain.blogspot.com
Publicado hace 8 meses por ccguy a laboro-spain.blogspot.com

En las relaciones laborales, hay muchas ocasiones en las que es necesario y conveniente redactar y firmar el acta de una reunión colectiva. Los casos más típicos son las reuniones convocadas de los representantes de los trabajadores (el comité de empresa o los delegados de personal) y especialmente las reuniones con la empresa para negociar un convenio, un ERTE, un ERE, una modificación sustancial colectiva, un traslado colectivo… ¿Pero qué tiene que decir el acta, quién la redacta y quién la firma? Pues bien, hay que (...)

Comentarios

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Pues mi fácil, poniendo "todo lo que el amo quiera", a ver si ahora va a resultar que los trabajadores van a tener voz y derechos.