Hace 5 meses | Por yosoyali a idealista.com
Publicado hace 5 meses por yosoyali a idealista.com

Un juzgado de Barcelona obliga a la entidad a devolver a 2.973,45 euros al considerar nula la cláusula de los gastos hipotecarios, más 1.000 euros de intereses. El portal reclamador.es asegura que es una sentencia muy importante porque se establece que no hay prescripción, es decir, que siguiendo cualquiera de los dos criterios posibles sobre el inicio del cómputo de la prescripción que plantea el Tribunal Supremo, la acción de nulidad de pleno derecho de la cláusula abusiva no estaría prescrita.

Comentarios

pitercio

#2 más cara que espalda es lo que tienen.

pitercio

Es que tendría wevos que un acto nulo tuviera prescripción cuando existe un perjudicado y un beneficiado.

y

#1 pues espera que la justicia en España ha preguntado a la justicia de Europa si tienen o no prescripción...