Publicado hace 5 años por capitanpepinillo a cuestiondehonor.com

Solo puede administrarse en dos supuestos; el primero, padecer una enfermedad grave o incurable, que cause sufrimiento tanto físico como psíquico constante e insoportable y sin posibilidad de alivio, con un pronóstico de vida limitado. El segundo se centra en tener una discapacidad crónica grave, una invalidez generalizada, sin que existan tampoco posibilidades de curación.

Comentarios

PeterDry

Muchos de los que se opongan a esta Ley se acogerán a ella cuando les toque sufrir.

Nachtmahr6

#1 Totalmente. Anda que si a Álvaro Lapuerta le llegan a ofrecer la eutanasia antes de palmarlas en medio de todo el meollo por la caja B..

Kuishi

#1 Es un clásico. El divorcio, el aborto, el matrimonio homosexual. Siempre me ha tocado los huevos que la gente que ha hecho una férrea oposición a este tipo de cosas, luego cuando se consiguen las difrutan como el que más.

Los miembros del partido que no apoyen este tipo de medidas, tendrían que tener prohibido acogerse a ellas. Los veriamos postrados en la cama sufriendo un infierno, sin escapatoria...

D

#1 Y cuando haya un nuevo cambio de gobierno y se derogue, se irán a suiza a morir.