Hace 6 años | Por --555342-- a publico.es
Publicado hace 6 años por --555342-- a publico.es

El Congreso de los Diputados ha apoyado por unanimidad una proposición no de ley por la que insta al Gobierno a promover las reformas legales necesarias para crear una categoría especial en el Código Civil donde se defina a los animales como "seres vivos dotados de sensibilidad".

Comentarios

pepel

Los animales siempre han sido animales.

D

#2 y las tazas, tazas. pero eso no impide que pueda cambiarse su consideración en el ordenamiento jurídico y, por tanto, los derechos que les asisten.

D

#3 No sois conscientes de lo que supone. Una de las primeras consecuencias es que se convierten en bien inembargable y por eso los criadores de caballos están haciendo su agosto. La gente con dinero está invirtiendo en caballos que no llega ni a ver, simplemente los compra y los vende sin moverlos de las cuadras. Se han convertido en una forma perfecta de mover dinero negro.

D

#4 En serio?

D

#5 A tí te parece una broma ?

i

#6 perdón por el dedazo.
A mi me parece mundo today sí.
.

D

#9 #11 donde vivo hay mucho criador de caballos y no dan abasto desde la noticia de que se iba a aprobar la ley. Que no os lo creáis es otro tema. Hay gente metiendo 1 millón de euros en caballos de pura raza para venderlos a las dos semanas. Es una forma de mover dinero .

D

#13 El nuevo oro...h

D

#6 No. Me parece mentira... Porque de ningún modo son un valor refugio aquellos bienes cuyo valor, antes o después, será cero.
Esto traerá consecuencias como que se establezca un régimen de visitas para la mascota si hay un divorcio o que si te declares insolvente, un caballo no acabe embargado por un banco que ni lo alimenta ni lo cuida.
¿Quién va a esconder su dinero en un bien que expirará en unos años, careciendo de valor?

GatoMaula

#5 Y no sólo con caballos, también con reses bravas, o con razas "nobles" de perros y gatos.

GatoMaula

#2 Y los domésticos siempre tuvieron su tratamiento jurídico diferenciado, son bienes semovientes, o eran por que ahora, con tanta oyoyada decadente, uno ya no sabe a qué atenerse.

GingoBiloba

#2 y los cristianos cristianos y no por eso se los damos de comer a los leones.

Pakipallá

A mi me parece estupendo y sensato, pero... ¿que hacemos con las avispas velutinas, las moscas cojoneras, las ratas de cloaca, etc? ¿Qué entra y que no en la definición de "animal"?

Maseo

#7 La ley se refiere a animales domésticos, diría que ninguno de esos que dices se consideran así. De todas formas supongo que aportaran un criterio de qué animales y en que situaciones se pueden considerar domésticos.

Pakipallá

#12 Supongo que ya has caído en que "animal doméstico" y "mascota" no son la misma cosa... a la mosca cojonera también se la conoce como mosca doméstica, sin ir más lejos.

D

#12 Hay quien entiende que definir la mosca como animal doméstico es un argumento poderoso. No le des muchas vueltas porque tonterías por el estilo te vas a encontrar a cientos...

GatoMaula

#16 #12 Pero, bromitas aparte, seguro que sabéis que la abejas melíferas son animales domésticos no?. Y que la cosa no es de ahora, sino que ya viene regulada desde los tiempos del viejo derecho romano, también lo sabíais, verdad?
https://www.botanical-online.com/animales/abeja.htm

D

#23 Sí... Nada más hace falta ver el art. 612 de Código Civil. Uno puede ser propietario de un enjambre de abejas y por ello tener responsabilidad civil, penal o la que corresponda por los daños que éstas originen.
Pero el que definía la mosca "doméstica" como animal doméstico, que trate de pedir responsabilidades a alguien porque una mosca que moraba en una casa ahora no le deja dormir.

D

#25 Hay habría que valorar lo que dice el Ordenamiento Jurídico sobre la culpa o negligencia y ver si el laboratorio ha incurrido en alguna de ellas dejando escapar al bichejo en cuestión.

GatoMaula

#26 Pero ahora como quedará la cosa?. Serán seres vivos dotados de sensibilidad? Podrán ser objeto de embargo?

D

#27 Ya te digo algo cuando la ley entre en vigor.

efectogamonal

#21 También podría ser AEDE, pero no es el caso roll 🔥

efectogamonal

#0 (14.02.2017) roll 🔥

D

#20 ¡Qué será lo siguiente!
Por Dios bendito...

J

Contrato de Compraventa: cuando uno tiene obligación de pagar precio y otro entregar cosa o derecho (creo recordar art, 1476 codigo civil)
Si los animales domesticos dejan de ser cosas, no se podrán comprar ni vender.

ur_quan_master

Estupendo. A ver si ahora por fin dejan de venderse mascotas.

GingoBiloba

Lo que me parece cojonudo es los argumentos de cada uno.
Ciudadanos: que los animales no se traten como bienes inmuebles.
Podemos: ley de bienestar animal para que los animales tenga mejor calidad de vida.
PP: Los hijos no se embargan. Hay gente que sus mascotas son como hijos. Las mascotas no se embargan.
Ahí dejo dicho.