Hace 9 años | Por conversador a vozpopuli.com
Publicado hace 9 años por conversador a vozpopuli.com

La dimitida ministra no sólo ignoró el Jaguar aparcado en su garaje. Tampoco detectó la entrada en la economía familiar de 732.640, 37 euros de origen ilícito en apenas seis años y de los que sí disfrutó, según las conclusiones del juez. Complementaria de Ruz archiva la causa contra Acebes y declara a Ana Mato partícipe a título lucrativo
Hace 9 años | Por amlluch a europapress.es
Publicado hace 9 años por amlluch
a europapress.es

El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz ha archivado la causa que seguía contra el exsecretario g [...]

Comentarios

D

No entiendo por qué se le exculpa a ella en el titular, cuando está claro que también recibió mucho.
Pero vivimos en un país que es así: enseguida que sale un corrupto, la prensa y todo el mundo a defenderla.
Así nos va, que solo triunfan los corruptos, a los que aupamos al poder y a la cima de la sociedad.
Para hacérnoslo mirar.

ShogunShuriken

Pero si no llega a un millón, calderilla de corrupción, eso son 4 bolsos, un par de Jaguar y mucho confeti

D

Da para mucho confetti.

D

#6 vamos, que si encargo robar un cuadro para mi colección privada no se me puede acusar de robo.

Y si lo vendo y pongo la pasta en un paraíso fiscal, no me pueden acusar ni de lucrarme con ello

Es fantástico, no sé para qué me levanto a las 7 todos los días.

Mayoría_Popular

#7 Si encargas robar un cuadro serías co-autor o cómplice del delito de robo.

Si te quedas con un cuadro que sabes que es robado aunque tú no hayas tenido nada que ver con ese robo, estarías cometiendo un delito de receptación.

Si en tu colección privada tienes un cuadro que te han regalado y que proviene de un robo pero desconocías que proviniese de un robo o de cualquier tipo de origen delictivo, entonces estarías excluido de responsabilidad penal, pero serías partícipe a título lucrativo (que no oneroso, que sería si hubiera habido una venta de por medio, como la que mencionas tú). Se te podría solicitar que, por ejemplo, devolvieses el cuadro, ya que por mucho que no supieras que no provenía de un robo ese cuadro no deberías tenerlo tú. Y tú luego podrías reclamar, en procedimiento aparte, al autor del robo por el perjuicio causado al tener que devolver el cuadro.

Este último caso es el de Ana Mato.

D

#9 imposible demostrar que el encargo del robo del cuadro ha sido mío. No lo he puesto por escrito

De ahí la ignorancia sobre los negocios turbios de las mujeres.

Casate con un politico corrupto, o con un traficante, y no hagas preguntas.

Todo esto me recuerda mucho a Catherine Zeta Jones en Traffic.

ccguy

#6 El juez lo que dice, POR AHORA, es que se benefició económicamente. Cosa que por otro lado es obvia, no ha dicho nada nuevo.

De ninguna manera dice específicamente que no participase. Todavía habrá que verlo.

Mayoría_Popular

#14 Tampoco ha dicho específicamente que no tenía empresas ilegales en medio planeta. ¿Y?

El juez no la ha imputado ni ha considerado que tenga ninguna responsabilidad penal en ese tema. Únicamente le ha atribuido ser partícipe a título lucrativo por el hecho de que ella disfrutó de esos bienes con origen ilícito, independientemente de que no supiera que provenían de un acto delictivo. Lo cual es una obviedad.

Y si aún hubiese que verlo, razón de más para que no tenga ningún sentido lanzar la horda de comentarios típica como si esta persona hubiese sido condenada penalmente, cuando no ha sido siquiera imputada ni se ha considerado que tenga responsabilidad penal.

ccguy

#15 Te falta hablar de la presunción de inocencia, vamos.

Si tú crees que la Gurtel le pagaba los confetis por su cara bonita, allá tú.

Mayoría_Popular

#16 No, no he mencionado siquiera la presunción de inocencia porque soy consciente de que, siendo un pilar básico de cualquier democracia y del Estado de Derecho, es un concepto muy difícil de asimilar por aquí.

Y que la Gurtel cubriese gastos de la familia del corrupto en cuestión no implica que uno de los miembros de la familia fuese consciente del origen delictivo o que hubiese participado de forma alguna en la comisión de esos delitos. Ahora, si tú tienes información que nadie más tiene, te sugiero se la remitas al juez.

ccguy

#17 Más difícil parece ser asimilar el sentido común.
Si te quieres creer que Mato no sabía de donde salía el dinero, o que el dinero llegaba sólo por lo chachiguays que son, allá tú.
La presunción de inocencia en un político es un concepto muy cachondo, dado que son estos mismos políticos los responsables de 1) Justicia lenta 2) Prescripción de delitos de corrupción en todas sus variantes en un plazo cortísimo 3) Continuos retrasos de las instrucciones.
Vamos, un chiringuito montado a su medida para que nunca les pillen judicialmente.

Mayoría_Popular

#18 Que haya margen de mejoría en el sistema judicial es una cosa, y que Ana Mato sea culpable de algo es otra. El juez directamente no ha considerado que tenga responsabilidad penal ni que deba imputársele delito alguno, independientemente de lo lenta que sea la justicia, de la prescripción de los delitos o del retraso de las instrucciones. A otros implicados no ha tenido problema en imputarles y en mantenerles la imputación.

D

No lo vio porque el confetti se le metió en los ojos

reithor

No lo veía porque estaba con las garitas protectoras de rayos UVA. Son opacas.

#7si te levantas a las siete y estas escribiendo a las seis y veintiuno duermes media hora... Eso es malo para la salud, ya lo dirá el nuevo ministro (la anterior no sabia hablar sin trabarse)

D

¡EH! Y esta gente conserva unos 7 u 8 millones de votos......

Este país no tiene solución.

JackNorte

Yo ahora mismo firmo que me den dinero. 700 mil y dentro de unos años ya lo devuelvo, con o sin intereses?

Mayoría_Popular

No, no detectó que el dinero del que disfrutó tuviera un origen ilícito. Por eso mismo el juez no la ha imputado como receptaria (delito penal que contempla justo ese caso, de alguien que sin ser autor ni cómplice se beneficia de un delito patrimonial siendo consciente de la existencia del delito: http://es.wikipedia.org/wiki/Receptaci%C3%B3n) y únicamente la cita como partícipe a título lucrativo, es decir, aun no sabiendo que ese dinero provenía de una fuente delictiva sí se benefició de él, por lo que se le harán las cuestiones pertinentes y, en su caso, se le podrá solicitar la devolución de parte del dinero del que se benefició. Es por ello que ni se le imputa ni se considera que tenga responsabilidad penal alguna, como ya expliqué en la otra noticia.

Eso sí, no faltará aquí la marea correspondiente de noticias sobre este tema en el que se insista, sin informarse mínimamente y atendiendo únicamente al deseo de linchamiento, en la supuesta corruptela que no es tal de la ex ministra Ana Mato. Que la verdad no estropee unos buenos comentarios o envíos karmawhorísticos, incluso aunque sea el propio juez el que no considere que Mato fuera consciente del origen ilícito del dinero y la excluya de cualquier responsabilidad penal. roll

Que empiecen los comentarios sobre el "confetti" para intentar tapar con gracietas lo que el mismo juez desmiente.

D

#1 me encanta la terminología jurídica que se les aplica a los políticos: "partícipe a título lucrativo"

Mayoría_Popular

#3 Que la primera vez que hayas escuchado hablar de él sea por un caso mediático no quiere decir que se aplique sólo a los políticos. De hecho es una figura muy apropiada para este caso, remarcando además que es a título lucrativo y no oneroso (es decir, sin contraprestación).


"El precepto cumple una función de captación. No es aplicable al receptador penal al tratarse de un delito autónomo, respondiendo éste conforme al art. 116 CP -EDL 1995/16398-.
Los sujetos mencionados en el precitado precepto sustantivo, en puridad, no son propiamente responsables civiles, si bien pueden ser compelidos a cumplir una obligación civil como lo es la de restituir o resarcir.
El partícipe a título lucrativo lo es de los efectos del delito en cuanto aprovechamiento de los rendimientos materiales, tangibles y evaluables generados por el ilícito penal, valorables y susceptibles de restitución (cosas) o de resarcimiento (valor).
En esencia, el partícipe a título lucrativo, es una tercera persona (física o jurídica o incluso un Partido Político) que aún cuando no se halle implicado, incriminado, como responsable criminal en el procedimiento penal puede ser llamado a responder civilmente, en el seno del propio proceso penal."
http://www.elderecho.com/tribuna/penal/participe_a_titulo_lucrativo-proceso_penal-titulo_lucrativo_en_el_proceso_penal_11_573055003.html

Ojo, que como ahí bien se señala el partícipe a título lucrativo no puede ser el responsable de receptación, que es DELITO y se trata de aquel que, sin ser tampoco el autor o cómplice del delito, SÍ es consciente del origen ilícito del dinero o bienes de los que se ha beneficiado.

Es decir, el propio juez no considera que Mato fuera consciente de ese origen ilícito del dinero y además la excluye de cualquier responsabilidad penal. La figura de partícipe a título lucrativo se utiliza porque, aunque tú no hayas sido consciente de que te has beneficiado de un dinero ilícito, igualmente se te puede requerir responsabilidad civil para devolver la parte que corresponda. Y eso sin perjuicio de que luego Ana Mato requiera posteriormente a su marido, en procedimiento aparte, que le abone aquello que se le haya solicitado devolver a ella, ya que ella no tuvo responsabilidad penal alguna ni fue consciente de que estuviera aprovechándose de un dinero con origen delictivo.

D

#1 "aunque sea el propio juez el que no considere que Mato fuera consciente del origen ilícito del dinero y la excluya de cualquier responsabilidad penal"

Me encanta la justicia: "mi marido es el roba, yo solo soy la que me lo gasto"

Y si les imputamos por asociación de malhechores???