Los representantes de los trabajadores (comité de empresa y delegados de personal) no solo tienen derechos y privilegios legales, sino que también tienen obligaciones respecto de los trabajadores de la empresa o centro de trabajo donde fueron nombrados en las elecciones sindicales. No obligaciones éticas o morales, que también, sino obligaciones recogidas en las leyes que incluyen “denunciar” a la empresa e informar a los trabajadores.
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