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Los comuns se querellan por revelación de secretos contra el presidente del tribunal que condenó al fiscal general

Los comuns se querellan por revelación de secretos contra el presidente del tribunal que condenó al fiscal general

Los comuns, a través de su eurodiputado Jaume Asens, han presentado este jueves una querella contra el presidente de la sala del Tribunal Supremo que ha condenado al fiscal general del Estado en funciones, Álvaro García Ortiz. La formación catalana considera que Andrés Martínez Arrieta ha podido cometer un delito de revelación de secretos previsto y penado en el artículo 417 del Código Penal

| etiquetas: comuns , querella , revelación , secretos , presidente ts
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Comentarios destacados:                        
#7 #5 Léete la noticia, melón.

Si iba a ser ponente de la sentencia significaba que Susana Polo presentaría un voto particular y, por tanto e inexorablemente, que el fallo de la sentencia era culpable, cosa que hasta ese momento no se sabía tal y como indican los primeros párrafos de la crónica que copio y pego a continuación:

""estaba revelando información internamente reservada sobre el estado de la deliberación y la elaboración de la sentencia"".

Si es que te tienes que despollar de la risa si no es por la gravedad de la prevaricación manifiesta de ese cueva de apandadores con toga.

O sea, condenan al Fiscal General por revelación de secretos y el primero que revela uno es el sinvergüenza del Presidente del Tribunal a su cuchipandi de fachas, que encima le han pagado pasta por el curso que han montado los propios acusadores del fiscal.

P.D.: Por cierto, @kumo, sensacionilasta, mis cojones 33. :troll:
No admitida a tramite ... circulen.

Hay que reformar este sistema de Juan Palomos yo me lo giso yo me lo como ...

El CGPJ está demostrado que es un fracaso como elemento controlador.
#1 Hombre, si lo eligen los políticos... Sin separación de poderes no esperes que un poder controle a otro.
#17 Lo eligen de una lista cerrada de juristas (100 creo recordar) elegida por juristas. No es que puedan elegir al primero que pasaba por alli del partido.
#18 Lo eligen pues los políticos de entre 100 que han medrado en instancias inferiores por similares vías corruptas.
#22 No, en esa lista no puede entrar cualquiera. Pero vamos, que te da igual. OK.
#25 No, claro que no entra cualquiera, entran los que han medrado desde juzgados inferiores a base de chanchulleo como de toda la vida.
#18 elegida por juristas que han ascendido por favores políticos, no seamos inocentes. En éste país la separación de poderes ni existe ni se espera.
#17 Que sabrás tú lo que es la separación de poderes....

Que lo elija un político no le resta un ápice de independencia. Una vez elegido nadie puede indicarle lo que debe o no debe hacer.
#21 Me voy a reír un rato.
#23 Mejor leete las leyes, que te hace falta.
Principalmente la Constitución.
#24 La constitución no es una ley. De nada.
#28 No. Está por encima de ellas.

Prueba a leerla. Te lo aconsejo.
#31 A cuento de qué me pides leer la constitución? Para algo relacionado al caso? Porque tal vez, si te expresas mejor, alguien podría entenderte.
#33 La Constitución garantiza la independencia de los jueces. Los nombre quien los nombre.

De nada.
#35 Vamos, que si pedro o Rajoy con mayoría en el senado colocan a su hijo fiel adepto de juez en el cgpj, nos garantiza que su hijo actuará con total independencia y sin coacciones de nadie porque la constitución le permitirá ejercer su sesgo por el cual su padre le colocó. Genial, oye.
#36 Vamos, que si pedro o Rajoy con mayoría en el senado colocan a su hijo fiel adepto de juez en el cgpj,
Tienen un hijo que cumpla los requisitos ?

Por otro lado, examina un poco a ver que tal va de servida la carrera judicial de endogamia...

su hijo actuará con total independencia y sin coacciones de nadie porque la constitución le permitirá ejercer su sesgo por el cual su padre le colocó.
Efectivamente. Su hijo podría actuar con total independencia y nadie podría…   » ver todo el comentario
#37 Pues ese sesgo es el que eligen los políticos, por tanto, a la mierda.
#39 Es que no existen jueces sin sesgo, igual que no hay personas sin sesgo. Pero los Jueces pueden ejercer su labor de modo totalmente independiente. La constitución lo garantiza.
#21 "Que lo elija un político no le resta un ápice de independencia"
Tú eres tonto

Edit: #35 Pero tonto tonto
#41 Ajá.

Gran Argumento. A tu altura.

Es un hecho objetivo. Pero allá tú con tu tontería.
#42 Estoy de acuerdo en que es un hecho objetivo
#44 Exacto, es un hecho objetivo que tu argumento refleja tu capacidad intelectual y los argumentos de los que dispones y que la independencia de los jueces está garantizada.

Las dos cosas lo son.
#46 venga anda, a dormir, que ya te has lucido bastante hoy
#35 La Constitución se la follan cuando quieren y como quieren, se la saltan todos los días los mismos que se dedican a hacerla cumplir. En este país la justicia te hace doctrinas dependiendo si tu apellido o titulo nobiliario es de los suyos, al resto de los mortales se nos aplica a rajatabla. La Constitución NO nos garantiza nada.
#52 La Constitución se la follan cuando quieren y como quieren
No exageremos.
Hay cosas que no se pueden "follar".
Por ejemplo, el gobierno no puede decidir que "ya no hay rey".
Ni expulsar a un juez de la carrera judicial o de su puesto.

En este país la justicia te hace doctrinas dependiendo si tu apellido o titulo nobiliario es de los suyos, al resto de los mortales se nos aplica a rajatabla.
Y la independencia del poder judicial garantiza que puedan hacerlo sin que les tosan. Mientras sean capaces de "razonar" que cumplen la ley, son intocables. Y solo el CGPJ tiene la capacidad de sancionarles.
#53
- La Constitución se la follan cuando quieren y como quieren: es.wikipedia.org/wiki/Reforma_constitucional_española_de_2011 - Follada un 15 de Agosto con media España de vacaciones
- se la saltan todos los días los mismos que se dedican a hacerla cumplir: www.lasexta.com/noticias/sociedad/investigan-policia-borrar-videos-mov (¿Derecho a la intimidad y secreto de las comunicaciones? JA!)
- La justicia te…   » ver todo el comentario
#55 La reforma Constitucional del 2011 no requería de referendum, si te refieres a eso. Y de todos modos, aunque tienes razón, hay cosas que no es posible saltarse.

Por ejemplo, ni el parlamento ni el gobierno , ni jueces pueden decidir que a partir de mañana ya no hay Rey y destituirlo.

- La justicia te hace doctrinas dependiendo si tu apellido o titulo nobiliario es de los suyos
Cosas de la independencia del poder Judicial. Pueden hacer eso si quieren y el Parlamento se jode y se…   » ver todo el comentario
#57 No estoy en contra de lo que dices, para nada, se que tienes razón en lo técnico, pero quiero contraponer lo práctico y empírico que al fin y al cabo es "lo real" para nuestra vida del día a día. Por todo eso mi conclusión de que no garantiza nada, la Constitución es más bien "una guía de buenas prácticas" que otra cosa para el desarrollo de las leyes, pero aunque la intención de esa "guía" es buena, por si misma es inútil y no garantiza nada más allá de lo que…   » ver todo el comentario
#59 Bien. Estamos bastante de acuerdo en eso.

Entonces estarás tambien de acuerdo que cambiar el modo de elección de los jueces no le da más independencia ni mas objetividad al poder judicial. Y le quita soberanía al pueblo
#57 Por cierto...donde viene regulado como se cambia de un régimen monárquico a otro republicano?
#62 Modificando la Constitución.
#35 Que gracioso. Que les garantiza? No pegar golpe, tener un sueldo de ministro y poderte meter en la cárcel por robar dos gallinas.
No los veo luchando a brazo partido contra la corrupción, el narcotráfico, la delincuencia, el bullying, .......
#71 Que les garantiza?
Su independencia.
Pueden tomar cualquier decisión dentro de la ley con total libertad e impunidad. Nadie les puede "castigar" por ello de ningún modo.
#28 tremendo zasca
#28 app.congreso.es/consti/constitucion/zonajoven/pregunta1.htm
La Constitución es, en primer lugar, una cosa inmaterial : la ley fundamental por la que se rige el sistema de gobierno de un país; pero es también, al mismo tiempo, una cosa material : el librito donde se contiene el texto articulado de esa ley fundamental.

De la propia web del Congreso.
#75 No es una ley.
#24 Y que? Papel mojado. Tú procura no caer en un problema judicial, que sabrás comse las gastan.
Inútiles y peligrosos.
#24 Por mucho que en la constitución se hable de la separación de poderes, no quiere decir que exista. Hay muchas cosas de la constitución que es bonito, buenrrollista y mentira.
#100 Puedo estar de acuerdo con eso. Pero eso implica que no es que el parlamento elija a los jueces lo que determina o no su independencia.

Son cuestiones mas mundanas. Hay gente honesta y hay granujas. Que los granujas elijan a los granujas no da mayor independencia.

Lo razonable es que el CGPJ sea elegido cada 5 años por nuestros representantes. Y eso no les resta un ápice de independencia
#21
España ni ninguna monarquía parlamentaria es una democracia con separación de poderes por definición. Es separación de funciones (Montesquieue)
Y en España menos porque de una única elección se elige al legislativo, al ejecutivo y al CGPJ.
#48 España ni ninguna monarquía parlamentaria es una democracia con separación de poderes por definición.
Artículo 117 (Poder Judicial)

1. La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley.
2. Los Jueces y Magistrados no podrán ser separados, suspendidos, trasladados ni jubilados, sino por alguna de las causas y con las

…   » ver todo el comentario
#51
Un estado de derecho con su bonito artículado no significa ni democracia ni separación.. porque emplee la palabra poder o independencia si la propia forma de estado no lo soporta.

¿qué significa emana del pueblo? Que no son elegidos en origen si no por otro poder.
La primera falsedad ¿A caso la Constitución que transcribes surgió de un proceso constituyente o es una carta otorgada de los de arriba a abajo para que la refrendaran?

El poder es lo que da independencia y el poder sólo se…   » ver todo el comentario
#54 Un estado de derecho con su bonito artículado no significa ni democracia ni separación..
Yo no he dicho eso.
Yo he dicho que garantiza la independencia de los Jueces. Y que no es más independiente un Juez porque lo elija el parlamento o lo elijan los demás jueces, por ejemplo.

La independencia de los jueces está garantizada constitucionalmente.

En ese párrafo hay cosas "interpretables" y cosas que no lo son. "Emana del Pueblo" por ejemplo puede querer decir que…   » ver todo el comentario
#56 "no es más independiente un Juez porque lo elija el parlamento o lo elijan los demás jueces,"
sigues confundiendo una facultad con poder que es lo que garantiza independencia.

"La constitución no dice eso."
art 122 "cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados, y cuatro a propuesta del Senado"
desde 2001 son 6+6 que son más de la mitad del CGPJ. La Constitución siquiera blindó a los jefes de los jueces del control de los partidos.
Pero qué independencia…   » ver todo el comentario
#58 No confundo nada. Esta frase:

"no es más independiente un Juez porque lo elija el parlamento o lo elijan los demás jueces,"

Es rigurosamente cierta. Y si no estás de acuerdo, seguro que sabes argumentar por qué no lo es.

Del art 122 te olvidas de lo de "en los términos que establezca la ley orgánica", que de facto permite que la ley establezca otros métodos de elección.

Si no, a que viene esa petición inconstitucinal de que "los jueces elijan a los…   » ver todo el comentario
"#67
"Del art 122 te olvidas de lo de "en los términos que establezca la ley orgánica",
Todo un párrafo de lo que significa eso y me dices que me olvido :wall:

"aquí se regula o se expulsa a un juez según una ley orgánica Que ley organica es esa?"
Chico la misma!! art 417.9 de la LOPJ.

"no es más independiente un Juez porque lo elija el parlamento o lo elijan los demás jueces," Es rigurosamente cierta. Y si no estás de acuerdo, seguro que sabes…   » ver todo el comentario
#80 <ii>Todo un párrafo de lo que significa eso y me dices que me olvido :wall:
Pusiste un párrrafo. Pero no "de lo que significa eso", que no necesita ningún párrafo. "En los términoos que establezca la ley orgánica" significa ni más ni menos que debe existir una LEY ORGÁNICA que establezca los términos exactos.

Chico la misma!! art 417.9 de la LOPJ.
Vamos a ver. Eso es una ley que indica las actuaciones o no actuaciones que se consideran faltas graves en el…   » ver todo el comentario
#82 son fundamentos de filosofía política no son bobadas no digo que lo que tú dices es de credulidad infantil.
Me hablas de garantías constitucionales y resulta que se desarrolla en una ley orgánica puede alterar lo que quieran.. incluso el reparto que está en el artículo y ya hubo sentencia constitucional (partidos) para decir que también se podía cambiar eso.

?A caso los diputados no están también blindados por la Constitución del mandato imperativo y son independientes y son los titulares…   » ver todo el comentario
#86 No. Tus argumentos no son argumentos de filosofía política.
Y usar "son argumentos de filosofia politica" cono argumento es ya el culmen de la argumentación falaz.

No tienes un argumento de peso?

resulta que se desarrolla en una ley orgánica puede alterar lo que quieran..
No. Lo que quieran no.
Por ejemplo, no se puede establecer en una ley organica que el Parlamento pueda sustituir a un Juez. Tampoco que se instaura la República y despedir al rey


A caso los

…   » ver todo el comentario
#89 Un diputado se debe a quién lo nombra que es quien le da el poder. De eso nada. q
Que los elijan la mayoría de partidos no les resta absolutamente ninguna independencia.

Será de broma.

Emplear la definición de los autores que crean los conceptos como separación de poderes es una argumentación falaz ..
La tuya es circular.... porque lo importante es lo que pone en un papel no lo que sucede en la realidad. Pues bajo ese prisma estamos de acuerdo según el papel son independiente diputados y jueces. España esa democracia plena que nos dimos (tm) .
#90 Un diputado se debe a quién lo nombra que es quien le da el poder
Falso.
Y hay numerosos diputados que lo han demostrado.

Emplear la definición de los autores que crean los conceptos como separación de poderes es una argumentación falaz ..
Y aqui tenemos, señores, otro ejemplo perfecto de argumentación falaz, reuniendo varias falacias en una única frase.

No. Mi argumentación no es circular. Lo que pone en el papel es EXACTAMENTE lo que sucede en realidad.
Lo que hacen los jueces, te guste o no, lo hacen por voluntad propia. Nadie les obliga a nada porque no tienen posibilidad de hacerlo
#91 yaya el 99.9% de diputados son monos el 99.9% para apretar el botón que les dicten por casualidad .. no tiene que nada que ver con la forma de estado.. sucede casualmente porque son independientes.. de hecho vuelven a ser electos en la lista del partido por su propia.voluntad.

Otro concepto básico de filosofía política es la diferencia entre formal (el papel) y material.

Llamas falacia a no entender conceptos de teoría política,.se cita para no tener que explicarlos por lo evidente..Ahora que tú tienes tus propias teorías y definiciones pues bien por eso no es posible entendernos. Que una función es un poder o que algo es independiente porque pone.. pues no hay discusión.
#92 el 99.9% de diputados son monos el 99.9% para apretar el botón que les dicten por casualidad

Eso es porque quieren. No hay nada que pueda obligarlos a hacer eso. Y sobran ejemplos. Hasta han puesto a la oposición de su propio partido a gobernar, así que imagínate.

Y no es algo comparable a los jueces.

Otro concepto básico de filosofía política es la diferencia entre formal (el papel) y material
Ya. ¿ Y qué ?

Llamas falacia a no entender conceptos de teoría política,.se

…   » ver todo el comentario
#93 lo que si tengo son ideas propias, algo de lo que da la impresión que tu careces.
Porque yo me declaro incapaz

Primero lee a los autores de filosofía política de los conceptos que aplicas y luego habla de ideas propias. Que no lo son, simplemente son los lugares comunes que le interesa a los partidos no vaya a ser.. como democracia plena, que nos dimos, etc..
Que una monarquía parlamentaria constitucional tiene rey y separación de funciones, que no de poderes lo que es su principal defecto, viene en cualquier libro.
#94 :palm:

Antes de leer cosas que demuestras están fuera de tu capacidad cultural y probablemente intelectual, entrena un poco tu razonamiento lógico.

Perder el tiempo en cosas que ni entiendes ni sabes encajar luego con la realidad es muy muy triste.

No me extraña nada que seas incapaz de tener ideas propias

Sin acritud.
#95
Al menos yo las he leído. Tu recurso al insulto demuestra la ignorancia de estos conceptos. No es que me ha puesto esto negro sobre blanco entonces.. es muy tierno la verdad. Gente así es lo que produce y necesita el régimen.
#82 Esas normas, las interpreta el poder judicial

El CGPJ elegido por mayoría por los partidos luego no es un poder independiente el que interpreta.
?pero por qué crees en la Constitución sólo elegían ocho y los partidos se lo cambiaron?
Cómo cambián cualquier criterio de esa ley.
#87 El CGPJ elegido por mayoría por los partidos luego no es un poder independiente el que interpreta.
Falso. Tu argumento es Falaz, lo que presentas como una consecuencia no lo es en absoluto.
Que los elijan la mayoría de partidos no les resta absolutamente ninguna independencia. Su independencia está protegida Constitucionalmente.
#21 Lo suyo es que sea elegido proporcionalmente según toda la cámara de representantes y de una lista totalmente abierta cumpliendo unos requisitos mínimos, no de una lista de opusinos y falangistas.
#21 Ahhhh, pero hacen algo bien?
#17 Yo no sé que pensáis que es la separación de poderes. La separación de poderes implica tres poderes que se controlan entre si para que ninguno abuse de su posición. Es decir, exige mecanismos de control de unos a otros ¿Me puedes contar, por favor, según tú, que mecanismos de control pueden tener el ejecutivo y el legislativo sobre el judicial si no es elegir a alguno de sus órganos rectores? Por que vamos, que según tu concepto de "separación de poderes" los jueces tampoco…   » ver todo el comentario
#32 Pfff mucho has concluido de mis pocas palabras. Pero bueno, si a ti te gusta este sistema, felicidades, vivimos en el.
#34 Ningún sistema es perfecto. Pero como digo ¿Cómo propones que el legislativo o el ejecutivo controlen los desmanes del poder judicial? Por ejemplo, el legislativo puede destituir al ejecutivo por una moción de censura, el ejecutivo puede destituir al legislativo disolviendo las cortes y convocando elecciones. El judicial puede juzgar al ejecutivo y al legislativo (tanto a las personas como sus acciones y leyes e invalidarlas, el constitucional, por ejemplo). Y finalmente el ejecutivo y el…   » ver todo el comentario
#79 Yo soy anarquista así que paso de estos dilemas de partitocracia capitalista.
#32 Discrepo. Que políticos electos participen en algunos nombramientos judiciales garantiza que la democracia entra en la judicatura, que la judicatura, como las Cortes, es representativa de la voluntad general.
Para mí el problema del sesgo del poder judicial está en la forma de acceso a todo salvo quizá los abogados. Necesitas una vida muy acomodada para poderte triturar los temas sin tener que preocuparte por subsistir. La inclinación está más que servida.

#17
#50 Ahí entra la nueva ley del poder judicial que al PP, VOX y asociaciones judiciales de derechas no les gusta nada, por que acabaría con eso (mas o menos). La nueva ley propone que para entrar en la carrera judicial se haga a través de la escuela judicial (jueces) y el centro de estudios jurídicos (fiscales) para intentar que el acceso sea mas igualitario. No es del todo perfecta, ya que para entrar hay que prepararse las pruebas de acceso que podrían llevarnos a lo mismo, pero mas atenuado, espero.
#32 la propia definición de separación de Montesquieue requiere separación en origen por lo que define al parlamentarismo como separación de funciones.. Si aquí como dices se elige todo desde una misma elección: legislativo que elige al ejecutivo y a la mayoría del CGPJ
#17 Para empezar no se que separación de poderes puede haber si es el legislativo el que elije al ejecutivo, cosa de la que por lo que sea no habla ningún partido
#17 Y si lo eligen los de bata negra, pues igual. Una mafia bien montada y con sueldos estratosféricos.
#17 claro, pq cuando se eligen los jueces entre ellos, con una predominación absoluta de la caspa, no eligen afines, verdad?

Que elijan los políticos mal, que elijan los propios jueces peor
#17 en tu favor por un profesor de filosofía política:

www.publico.es/opinion/columnas/separacion-poderes-constitucion.html
#98 Gracias, al fin alguien que da su apoyo xD
#1 Menéame no falla. xD xD xD
Con el chascarrillo, reveló que él iba a ser el ponente de la sentencia. Que cosas... A ver cómo le intentan dar la vuelta los "Neutrales" a esto. :popcorn:
Circulen ...con facha pass no le va pasar nada. Entre bomberos no se pisan la manguera
#10 No, la magistrada ponente ya estaba decidida, de hecho se nombra en los primeros momentos de la causa, desde que se reparte a la sala y sección correspondiente. Ahí queda fijado el tribunal, el/la presidente, el/la ponente.

En este caso, estaba designada Susana Polo. Lo que sucede es que si el ponente emite un voto particular, no comparte el sentido del fallo mayoritario, debe ceder esa ponencia a otro magistrado que sí haya votado en el sentido mayoritario.

Así que en este caso, cuando…   » ver todo el comentario
No creo que llegue a nada, pero si llega a algo sería un salto con triple tirabuzón. ¡Vaya pirueta! Quien condena a alguien de revelación de secretos inculpado a su vez por revelación de secretos por algo relacionado por el asunto de revelación de secretos.
#3 Eso lo sabemos cualquiera que haya seguido las alucinantes extravagancias en los fallos judiciales, la dilación de juicios prolongados durante décadas, las sentencias judiciales que Europa manda a la mierda cuando son revisadas, los procedimientos de instrucción con más trampas que un templo de Indiana Johns y en las que se usa el pensamiento mágico en lugar del lógico para las argumentaciones, e incluso la creación de nuevas acepciones en el significado de palabras como: terorismo,…   » ver todo el comentario
#9 ¿No lo dirás por el juicio a Yoda?
Ojalá vengan más demandas. Estaría dispuesto a colaborar, los 10€ que puse para la demanda de Rato son de las mejores inversiones que he hecho.
#6 Cuenta con mi apoyo también
Lo que más jode a estos seres de negra luz es que se les saque de su oscuridad, desde donde hacen lo que pueden. Se les pone cara, se ata su nombre a querellas recibidas por su mala praxis, y aunque no acaben inhabilitados dos años por el corporativismo que lucen, ya les has amargado una temporada.
#10 mentira
En ese momento, lo único que se conocía era que la ponencia la iba a redactar otra magistrada y no el
Con eso reveló que la magistrada estaba en contra y que el fallo estaba ya decidido, antes de acabar el juicio
Ojalá lo empuren
#16 Solo un detalle, el juicio sí había acabado, estaba visto para sentencia. Los cursos del Colegio Abogado empezaron... al día siguiente.
A por ellos oeeeeeee :troll:
Que lo juzguen y si le condenan que lo inhabiliten. No es tan difícil, con el Ex FGE funciona igual.
Se van a limpiar el culo con la demanda mientras se descojonan de todos nosotros.
#27 Asi es, de hecho publicar el fallo un 20N es un mensaje claro de "somos fachas, no nos escondemos y estamos muy orgullosos de ello"
A ver si le toca a un Juez que la admita...
Revisa el hilo, anda.

Te pongas como te pongas "lo pone en mi libro" no es un argumento válido

Luego vuelve si quieres.
Cada vez me parece más creíble que todo esto es para declarar nulo éste proceso y así salvarse el noviozuelo de IDA, con lo que no contaban son los otros procesos que tiene abiertos, veremos más pantomimas.
#38 Tú sí que estás agarrándote a cualquier interpretación, la tuya propia, para no entender esto.
"Poner la sentencia" significa ser el ponente, cosa que, casualmente, finalmente fue así.

Pero él no era el ponente designado de inicio, y revelar un cambio de ponente delata muchas cosas: como mínimo, que la ponente inicialmente designada emitiría un voto particular. Y eso ya es revelar un secreto de la deliberación.
¿Por qué no se estuvo calladito? ¿Por qué tuvo que decir que él era el ponente de la sentencia?
No le veo mucho recorrido al asunto salvo que el decir que va a ser ponente constituya en si mismo una revelación.
Porque no se le puede acusar de revelar el sentido de la sentencia.

Que la ponente inicial no vaya a ser ponente puede, en primer lugar, darse no solo porque esta vaya a emitir un voto particular.
Pero aunque tu concluyas que sea porque vaya a emitir un voto particular y no otra causa eso no indica el sentido de este.

Podría ser que el resto del tribunal hubiera encontrado al…   » ver todo el comentario
Pa'lante :popcorn: :troll: :popcorn:
Si un juez mindundi es dificilísimo de condenar, un juez del supremo que acaba de condenar al Fiscal General podría matar a alguien en la Gran Vía y no le pasaría nada.

Dado que los únicos que pueden hacer algo son sus colegas, estos se saben intocables. El juez al que le caiga está demanda dice "no admitida por mis cojones" y no hay nada más que hacer. Un ciudadano no puede defenderse ante una injusticia cometida por la propia justicia.
Cuándo la IA empezará a remplazar toda esa gentuza agarrada a la profesión legal, tan golosa para mamones y oportunistas
#5 Léete la noticia, melón.

Si iba a ser ponente de la sentencia significaba que Susana Polo presentaría un voto particular y, por tanto e inexorablemente, que el fallo de la sentencia era culpable, cosa que hasta ese momento no se sabía tal y como indican los primeros párrafos de la crónica que copio y pego a continuación:

""estaba revelando información internamente reservada sobre el estado de la deliberación y la elaboración de la sentencia"".

Si…   » ver todo el comentario
#7 No, en ese momento no se sabía ni el fallo, ni quien iba a ser el ponente de la sentencia.
Se conoció todo eso después, el mismo día cuando se comunicó el fallo.
#7 Un sinsentido. Como lo de que adelanten el fallo condenatorio a alguien por no custodiar una información "para que no se filtre", ya que la única forma de que se filtrase sería que ellos mismos la filtrasen. Al 20N.
#7 Y espera que no te has enterado de una mas:

Ayuso convierte al Colegio de Abogados de Madrid en el primer centro universitario impulsado por un colegio profesional

cadenaser.com/audio/1764252353868/
#7 no te esfuerces #5 es cuenta trollete creada en septiembre de 2025.

Es un Cachorro que viene de grupos de Telegram lleno de catetos, garrulos y cuñaos con palillo en boca y pulserita
nacional

No tengo pruebas ni dudas que podría estar en estos selfies

menea.me/2gaxj
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