Uno de los casos más habituales es el de padres de edad avanzada que incluyen a sus hijos como cotitulares en una cuenta bancaria, movimiento que podría ser interpretado por Hacienda como una donación encubierta a los hijos. Una reciente consulta vinculante a la Dirección General de Tributos aclara esta duda oficialmente e indica que, en estos casos, no se produce una donación efectiva.
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En una cuenta corriente o a la vista, además de titulares puede haber autorizados, que son personas que sin ser titulares están capacitados para realizar la mayoría de las operaciones, salvo cerrarla o cambiar la titularidad.
Yo he estado autorizado en las cuentas en España de mi hijo cuando estuvo 7 años en los lluesei. Y para otras cosas su madre tenía un poder notarial.
La figura del "autorizado" que puede hacer lo mismo que el titular incluyendo gastarse toda la pasta no existe en otros países, por cierto.