Joven español comete delito del art 561 que dice "Quien afirme falsamente o simule una situación de peligro para la comunidad o la producción de un siniestro a consecuencia del cual es necesario prestar auxilio a otro, y con ello provoque la movilización de los servicios de policía, asistencia o salvamento, será castigado con la pena de prisión de tres meses y un día a un año o multa de tres a dieciocho meses." Las autoridades estadounidenses denuncia el delito en España, y las autoridades españolas lo procesan ya que aparentemente ha cometido un delito. USA, como perjudicado, reclama el coste del operativo en el juicio. ¿De dónde sale EEUU multa?
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Hasta donde yo se, todavía está por ver que la AN sea competente para conocer del delito de sedición. La LOPJ no es clara, y hay alguna sentencia de la propia AN inhibiéndose de conocer de estos asuntos. Por otra parte, hay que matizar que si un asunto llega a la AN, teniendo en cuenta que los instructores son 6, y que el reparto de asuntos es automático y por turno, tienes 1/6 de posibilidades de que te toque este magistrado, no hay que ser tan conspiranoico. Por otra parte, y precisando la noticia, los jueces de instrucción no juzgan, instruyen. La Audiencia Nacional, se llama "Audiencia", no Juzgado, porque es un órgano colegiado, y los magistrados que juzgan tienen que tomar las decisiones por mayoría.