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AnnBottle el 24-11-2012 22:19 UTC publicado: 25-11-2012 01:35 UTC

Los empleados públicos no sólo perderán la paga extra de Navidad, sino que su sueldo de diciembre será inferior al de un mes normal. Se les descontará del salario las cuotas sociales de la nómina del mes y las correspondientes a la extra, un cambio que se ha colado a través de la Ley de Tasas de la Justicia.
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Sumate al cambio.
Hacienda no controlará el origen del dinero que se utilice para pagar las nuevas tasas judiciales. Así lo establece la ley que ha entrado ya en vigor y que, al hablar del pago, detalla que “no será necesario que el mismo se provea de un número de identificación fiscal con carácter previo a la autoliquidación”. En términos prácticos, eso significa que la ley permite a Hacienda aceptar dinero en efectivo y no exige a la Agencia Tributaria comprobar el origen de esos fondos.
Relacionada:www.meneame.net/story/ley-gallardon-permite-pagar-tasas-judiciales-din
¿Has oído hablar de las churras y las siguientes? Pues lo mismo...
También me sorprende esa alegre valoración de un sistema fiscal cuando se desconoce absolutamente lo que es un tributo en concepto de "tasa",
Es que les faltó completar la frase .
Bueno ellos hacen como si pagan y nosotros haremos como si trabajamos.
O vivimos en un país de sadomasoquistas y a mí no me han dado aún mi uniforme de cuero, o la gente se informa mirando el sálvame deluxe.
De hecho, sería necesario perderle el respeto a los votantes que han contribuido al hundimiento nacional.
No sé si estás muy mal informado con respecto a la vida real, pero veo que sí lo estás con respecto a la realidad de los empleados públicos.
No hay nada mejor para desmotivar al personal que tomar este tipo de medidas y que la gente las aplauda y no hay nada mejor para rebajar la calidad del servicio que se presta en la administración que tener al personal desmotivado. Luego cuando el político de turno proponga privatizar otro servicio público por ser ineficiente nos acordaremos de este tipo de medidas.
Y encima del mismo medio.
O yo no me he enterado bien o eso ya estaba en la ley anteriormente.
Si alguien me lo puede explicar, se lo agradezco.
No lo tomes como algo personal, creo que el sensacionalismo es del medio.
Lo cuela en una ley que nada tiene que ver (tasas judiciales), y la cosa es que lo añade expresamente, y en norma con forma de ley ordinaria. El Real Decreto Ley no lo regulaba, pero ésto se deducía de que no había modificado la Ley de Clases Pasivas. Así que no sé dónde ves el sensacionalismo.
Y no me lo he tomado como algo personal, porque creo que no nos conocemos, pero lo lógico es que si no estás seguro de haberlo entendido preguntes y luego votes y no al revés.
Un saludo.
El RDL de julio no habla de clases pasivas, solo de recortar a 13 pagas.
Esta norma simplemente será (suposición mía, porque no la he leído) para describir jurídicamente cómo hacer esas 14 cuotas en 13 nóminas. Pero no cuelan ningún pago extra que no contemplara la ley.
Eso es lo que yo interpreto, pero a lo mejor los de lainformacion.com saben algo más y sí es un ajuste extra (diferente del ajuste extra que ya estaba en la ley).
Una Ley tiene rango precisamente de Ley y un R.D.L. cuya utilización es tan excesiva como improcedente, va contra su propia naturaleza que determina que se aplicará de manera excepcional y por razones de urgencia.
El propio artículo dice: "La utilización indiscriminada del Real Decreto para modificar leyes de mayor rango es el principal ejemplo de esta mala praxis, aunque tampoco faltan ejemplos de modificaciones legales encajadas a martillazos en proyectos legales que nada tienen que ver con el precepto modificado.
Y en esas estamos...
Amigo esto es como el rey león, todos estamos conectados y si a uno le dan por culo, al otro le escuece el ano.
Ya dije en la noticia anterior que salió que, gracias a una retorcida lógica en la interpretación de la norma, los funcionarios del régimen general han seguido cotizando a la SS igual que si no hubieran cobrado la extra durante estos 6 meses. ¿No es igual de lógico que si en las clases pasivas se retienen estas cantidades en el pago de la extra, se les retenga igualmente? Si alguien sabe exactamente cómo va lo de las clases pasivas que me saque del error, por favor.
En este caso parece que la norma ha intentado disipar la duda que aún existía sobre las clases pasivas: también se os va a robar la extra y las correspondientes cotizaciones, como al resto de empleados públicos.
Ah!... Que no...
Si embargan la casa a un funcionario porque ya no les llega para pagar la hipoteca ¿les pondrán abogado? Ah!... que tampoco... Es más, tienen pagar una tasa para recurrir el embargo.
A disfurtar.
Esa es la cuestión, se abusa muchiiisiimo del RDL , y las razones de urgencia son o inexistentes o estúpidas.
Ya lo decía el Catedrático Parada. Más o menos