Hace 10 años | Por --320894-- a hojaderouter.com
Publicado hace 10 años por --320894-- a hojaderouter.com

Un comunicado de la empresa gallega R pone punto y aparte tras la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona. El operador de cable afirma que no hará efectiva la sentencia al no poder conocer qué cliente hay tras el nick "nito75"

Comentarios

c

La historia es buenísima. Mejor que la TV de largo
#7 no hay nadie de "delitos telemáticos" en esta historia. Si la policía española o la G. Civil hubiera investigado algo, desde luego sabría de quien se trata.

Acido

#13
Claro, no hay nadie de delitos telemáticos porque no se ha cometido ningún delito (penal), es sólo un ilícito (civil), como mucho. Como ya explica #37

cc #7 #16 #30 #34

f

#6 La sentencia en si es absurda, seguro que la han fabricado gente que no tiene ni puta idea de internet, ni de ordenadores ni nada que no sea trincar dinero del trabajo de otros ejem ejem.

dreierfahrer

#6 Es peor.... es que imaginate que es alguien que le roba la wifi al vecino!!!!!!!!!!!!

D

#46 Había repasado la sentencia por encima y no me había parecido ver ni una IP.

Pero este procedimiento no es penal, y que yo sepa sólo en los procedimientos penales se puede identificar la IP y se procede a una entrada y registro de la vivienda. Sin la entrada es imposible determinar si ese usuario era el infractor. Es más el juez pasa del tema con el usuario y solo le interesa que con esa línea se ha cometido un ilicito civil.

Esto en España que yo sepa para música y películas no se puede en usuarios particulares, por eso no se va contra el usuario en esa causa. Nuestra ley sólo persigue las páginas web de descargas.

A los demandantes como dicen algunos no le interesa el usuario, lo que le interesa es crear jurisprudencia para conseguir más adelante cortes de conexión a la gente que descargue.

#47 Eso creo, igual lo que intentan es que llegue al Supremo, pero como no se ha personado en la causa R, aquí acaba la cosa.

Acido

#72

"casi todas las sentencias son recurribles por los perjudicados, en este caso al TS sería un recurso de casación "

Sí, pero deberían recurrirlo los perjudicados, es decir, la empresa R.
Como la empresa R no parece que se vea muy afectada... le han dado una sentencia que no puede cumplir, así que se limpiará el culo con ella.

Si la sentencia hubiese sido un fallo negativo (contrario a la parte acusadora, es decir, a Promusicae y demás) entonces la parte perjudicada serían Promusicae y demás y ellos podrían hacer recurso de casación al Supremo.
Este último es el esquema de casación que aparece como ejemplo en la Wikipedia:

http://es.wikipedia.org/wiki/Recurso_de_casaci%C3%B3n#Espa.C3.B1a

(primero, en primera instancia de la Audiencia Provincial, si el fallo no es positivo se recurre en segunda instancia en la Audiencia Provincial, si el fallo tampoco es positivo se hace recurso de casación ante el Tribunal Supremo ... )

#67 Nota importante:
Tal como yo lo entiendo, si se lleva al Supremo y el Supremo dicta negativamente (en contra de Promusicae) podría ir en su contra también en el futuro... así que no siempre llevarlo al Supremo beneficia a una de las partes (en este caso la parte de Promusicae y discográficas.

Y, por otro lado, conseguirlo una vez en el Supremo no sería suficiente para jurisprudencia... y en otra primera instancia y/o segunda instancia un juez podría fallar negativamente en un caso similar... incluso el Supremo podría dar una sentencia contraria a otra del Supremo. Cuando ya haya 2 sentencias del Supremo en el mismo sentido (a favor o en contra) es cuando habría jurisprudencia y todos los tribunales (primera instancia, segunda instancia y Supremo) están obligados a considerar dicha jurisprudencia. Si hay 2 sentencias en sentido contrario (cosa que creo que sería raro) imagino que es como si hubiese una o ninguna, es decir, no habría jurisprudencia por no haber 2 en el mismo sentido.

http://es.wikipedia.org/wiki/Jurisprudencia#Espa.C3.B1a

Por último, comentar que este asunto siendo un ilícito civil y demás me da la sensación que es de poca importancia... y que tardaría mucho en llegar al Supremo y más llegar dos veces con sentencias en el mismo sentido, ya que hay asuntos mucho más importantes creo yo.

cc #12 #16 #24 #47 #76

Nova6K0

La verdad vuelvo a decir que la AP ha hecho el imbécil, y posiblemente sus jueces sean de los que menos entienden de tecnología, y esto no es un insulto es un hecho.

Por otro lado lo que dice #12 Realmente jurisprudencia como tal, sólo pueden crearlas el Tribunal Supremos con 2 sentencias en el mismo sentido y el Tribunal Constitucional con una sóla sentencia, lo que pasa es que respecto a la jerarquía jurídica el más alto Tribunal es el Supremo, el Constitucional es un poco a parte (no en vano el TC no está formado por jueces en sí).

Salu2

D

La sentencia no tiene ni pies ni cabeza. Vale ya entiendo para crear jurisprudencia.

Si uno se lee la sentencia, condena a R a desconectar a nito75, pero para hacer eso debería asociarse a una IP asociada a cuando estaba compartiendo los ficheros.

En la sentencia no aparece ni una IP, en todo momento habla de un nick. Quiero pensar que si había IP y al no poderla identificar no la han puesto en el sentencia.

#1 Claro hombre, entonces en los procedimientos penales donde tras saber la IP en un tiempo determinado se solicita a la operadora quien es el titular de la línea como se hacen.

En este caso no se puede al ser una demanda civil.

#4 El nick es el asociado a un programa p2p.

p

#18 En España creo haber leído que hay jurisprudencia sobre el tema, y la IP no es un dato identificativo válido. Con lo cual están atados de pies y manos.

D

#26 Ni idea, pero en un procedimiento penal, esa identificación de IP si da lugar a una entrada y registro en un domicilio particular.

D

#35 Es que sería una tomadura de pelo ya que la IP no vincula a una persona si acaso a la línea pero el delito no necesariamente lo ha hecho el titular de la línea y si puede haberlo hecho cualquiera que le haya roto la seguridad de la WIFI.

Como dice el juez, solo con esa prueba no es suficiente, no deberían tener nada más y por eso el juez se lo tumbó a la policía.

Pero en un procedimiento penal con la IP del infractor un juez autoriza un registro y la policía recaba pruebas. Si no hay nada ahí se acaba el tema y no deberían imputarte, si tienes algo pues imputado.

Además de la IP necesitas algo más, pero esto solo es posible en un registro del domicilio. Esto solo es posible en procedimientos penales y no civiles que yo sepa.

mtdla

#18 En la sentencia que ha colgado #31 si que aparece la IP (213.60.28.13), pero como no incluye fecha y hora de la conexión no sirve para identificar la linea (podría tener IP dinámica).


De todas formas, como han dicho por aquí, una IP no es suficiente para identificar a una persona. Si de verdad quisieran hacerlo bien tendrían que darle al juez la fecha y hora de la conexión y este tendría que emitir una orden judicial para que R busque y le de el nombre y dirección del titular de la linea.

Entonces habría que investigar si alguno de los que viven en esa vivienda es ese tal nito75 (suponiendo que no se conecte desde la universidad, por ejemplo), para ello hay que incautar todos los ordenadores de la vivienda y analizar los datos para ver quien usa ese programa con ese nick (suponiendo que no sea el vecino robando el wifi)

Aun así no se podría bloquear la conexión a Internet a nito75 sin afectar a sus familiares, con lo que en la practica todo esto no serviría de nada.



Todo esto suponiendo que sea un procedimiento penal, ya que como dices en una demanda civil es imposible conseguir que se ordene todo eso...

D

#32 "La IP identifica al titular de la cuenta" Pero no al autor.

#46 Falseando la MAC la asociación que haga el router es totalmente indemostrable, sobre todo si es wifi.

D

#53 ¿? yo no he dicho que identifique al autor, deberias leer los comentarios enteros antes de responder

delawen

#53 "Falseando la MAC la asociación que haga el router es totalmente indemostrable, sobre todo si es wifi."

Es una de las formas de piratear internet (ahora sí, piratear bien usado). Si tienes la instalación hecha (de cable, fibra o ADSL) y enchufas un router cualquiera, éste no te dará IP. Salvo que falsees la MAC y le hagas creer que eres un usuario de los que sí pagan. Entonces (y con algún retoque más que no voy a contar), tienes internet gratis.

Así que sí, encontrar a nito75 es prácticamente imposible.

D

#59 Aunque estoy de acuerdo en general con el planteamiento inicial de que una ip/mac no sirve para identificar a un usuario, sería como decir que si grabamos un robo en una cámara de vigilancia la ropa que llevaba esa persona no identifica a nadie. Así mismo, como decir que una matrícula de un coche no le identifica porque cualquiera puede cambiar la suya.

Y es cierto, no identifica a nadie, pero es que no tenemos porqué quedarnos ahí, se busca esa persona con esa ropa o ese coche con esa matrícula y luego se sigue investigando.

Esto en parte lo digo porque a veces nos ponemos muy "filosóficos" en estos temas, y la realidad tampoco es así, ahora bien, pues sí es mucho más absurdo que los ejemplos anteriores buscar a alguien por un número que se asigna como la vez en una panadería.

delawen

#63 Mi comentario iba en la línea de lo que se está comentando de que esto sirve para abrir precedente y empezar a cerrar masivamente líneas de internet. La cosa es que no podrían hacerlo.

Conozco un caso de una multa de tráfico que identificaron por la matrícula (hace tiempo). Resulta que era un coche mismo modelo y color similar que uno que teníamos, solo que en vez de una F (el nuestro), tenía una E en la matrícula. Con el rabito de abajo despintado (ignoro si a propósito). Costó un poco de trabajo demostrar que nuestro coche no estaba en la otra punta de España ese día y a esa hora, pero fue posible demostrar que esa matrícula no era la nuestra.

Imagina si es algo aún más fácil de falsificar como una IP. Claro que hay que empezar a tirar de algún hilo para investigar, pero no debería poder ser considerado una prueba concluyente de esas que cierran el caso. Como mucho, circunstancial.

O sea, que porque la IP X esté descargando contenido ilegal (habría que reabrir ese debate también), eso no significa que el titular de la línea que tiene asignada esa IP sea el responsable.

D

#65 Sí, por si acaso, yo lo digo porque a veces parece que con una IP no puedes hacer nada, cuando ocurre como en muchos otros casos, es un indicio/prueba/rastro que conduce a algún sitio. Así como también podría ser encontrar una colilla de cigarrillo en un escenario de un crimen, según el lugar, puede ser de cualquiera pero se investiga.

Ahora bien, otra cosa es que para estos temas en los que para empezar ya es discutible que haya algún delito, encima tengan que rastrear a nadie y hacer indagaciones, encima si nisiquiera se denuncia al usuario sino a la compañía. Es que esto no tiene ni pies ni cabeza. lol

kampanita

#59 Mi ip cambia a diario. Mi nick tambien. Mi MAC y Serial a veces

D

#70 Para algo están los logs, tu IP el día que bajaste X está bien guardadita...

kampanita

#77 Creo que no te has enterado de lo que comentamos ;) ...
Pueden tener los logs del dia D a la hora H bajandome los ficheros F, pero una IP no identifica nunca a un equipo fisicamente, para eso se usa la MAC que es, debiera ser, única por dispositivo de red....y no debiera poderse cambiar, pero eso sería en un mundo ideal.

En el mundo real, la MAC puede cambiarse ...

Por otro lado, la peña que hace estas cosas de las que hablaba con #53 ni siquiera tiene porque estar registrado con su nombre y direccion en el ISP, asi que...una cosa sea que le encuentren ( que tampoco es tan sencillo ) y otra que puedan demostrar que esa MAC/IP las estabas usando tu ;)

D

#79 Pero sí una conexión que te pueden cortar.

kampanita

#79 ¿? déjalo, no entiendes. Y lo del negativo que me has cascao, el que no lo entiende soy yo. En fin...

D

#81 No llores por un negativo...

Tío, si te crees más listo que nadie por cambiar tu mac (uooo, eres un hacker! lol) entonces ya se lo contarás al juez...

Seguro que acabas ganando el juicio, pero hasta entonces tus ordenadores habrán sido secuestrados y tu conexión cortada.

Si no entiendes eso, es que no vives en el mundo real del que tanto haces gala de conocer.

Suerte.

kampanita

#82 Llorar ¿?
Vete a trollear al periodistaDigital.

D

#83 Vamos, que no lo has entendido.

kampanita

#84 perfectamente

D

#77 A mi es lo único que me molesta de este tema, el negacionismo absoluto que hay. lol Una IP, MAC, por sí misma no significa nada, pero si se investiga se puede terminar juntando con otras cosas que sí sean totalmente incriminatorias.

Al final se mezcla el buenismo de ser pro-compartir archivos con negar totalmente cualquier investigación en base a ips del ámbito que sea. Aquí luego aparece un meneo que diga que desde una IP del congreso se descargaba pornografía y salen todos a quemar a los diputados (en los comentarios eso sí, nadie se mueve del sillón).

En informática hay logs de todos, uno de los que descubrí recientemente es que se guarda información de todos los dispositivos usb que conectas, identificándolos uno a uno. Y hay logs para todo, la única razón por la que internet es medianamente anónimo es porque la cantidad de información que hay es ingente, con pocos medios es muy dificil seguir a una hormiga entre millones.

D

#59 La MAC del cliente. No del router.

delawen

#87 ???

Obviamente la MAC que falsearás será la del aparato que conectes a la red externa. El cual se conectará al router al otro lado de la línea dándole una IP pública en función de esa MAC. No entiendo tu comentario.

D

#88 Para piratear el ADSL se falseaba la MAC del router, no el cliente que se coencte a este. En #59 das a entender lo contrario.

Si no, estaría jodido que no pudiese conectar el PC que me diese la gana en mi línea

delawen

#89 Ah, pues no era mi intención. Creo que queda bastante claro que lo que es común es el método (falsear la MAC para hacerte pasar por otro) y no el hardware (ordenador/router).

D

#90 Me refiero a que dabas a entender que se falseaba la MAC de la tarjeta de red, no del router.

Pero yo me refería a cambiar la MAC del cliente para evitar identificar IP->usuario.

D

#1 #4 La IP identifica al titular de la cuenta, "Nito75" puede ser el hijo, el hermano o cualquiera. El juez da por hecho de forma errónea que "Nito75" y el titular al que se le presta el servicio de internet son la misma persona cuando ordena "suspender de forma definitiva la prestación del servicio de acceso a Internet al usuario que utiliza el nickname “nito75"".

edmont

#9 Bueno, en mi pueblo había un alcalde-cacique al que una vez le hicieron desperfectos en su casa el día de los disfraces de fiestas. Pues fue a la Guardia Civil a denunciar y estos llegaron al pueblo con una "lista de sospechosos", con nombres como "Cape", "Pablo el de la Francisca" o "uno que vive por la calle arriba y va vestido de pastor". El caso es que al final localizaron a todos casa por casa (eran las 10 de la mañana) y como solo vino una patrulla, tuvo que llevar algún padre a los demás a declarar al cuartelillo. Pofesionales, mu pofesionales.

c

#10 Sí que tenían la IP. Quizás si el juez hubiese preguntado al operador en su momento sobre quien la tenía, podían haber preguntado al dueño de la línea a ver si daba el nombre del usuario que es el que ha cometido la ilicitud

sam2001

#14 efectivamente

espinor

#14 Pero es que la demanda estaba dirigida a R, no al usuario.

t

#3 me hace gracia que se mande la noticia de la pagina web oficial con el comunicado en gallego y español y no suba y manden esta que debería ser votada como duplicada y suba a portada

Lokewen

#36 Quiero creer que eso es por que el titulo de esta noticia es mas "descriptivo" que la original y mucha gente vota sin mirar ni tan siquiera los comentarios. Imagino que en muchas ocasiones tras hacerlo, menean la mia para compensar, y eso explicaria que subiera el karma de esta. Quiero pensar que es eso y no una conspiracion judeo-masonica-meneante para tener a unos pocos elegidos lol

De cualquier caso, el usuario de esta noticia tambien pudo retirarla al ver que era duplicada, pero eso ya va dentro de cada uno, por lo menos se le dio difusion a la noticia

D

#36 Estoy de acuerdo, pero un detalle, si la otra no subió a portada esta no puede ser duplicada, otra cosa es que una vez más esté de acuerdo porque debería subir la fuente más "original" si es posible, especialmente si sus derivadas no añaden nada importante.

benderin

#3 #36 ¿Y por qué no habéis votado como DUPLICADA esta noticia? El voto negativo a envíos está para algo...

Brugal-con-cola

/nick nito75
hola!

nito75

#2 #51 Hola

Patrañator

#54 Tío, por tu culpa desaparecerá del mundo la música y, además, los amaneceres sin ella nos parecerán como si estuvieran solo teñidos de blanco y negro. Plis, córtate un píe.

c

Estoy por crear la cuenta nito76 XXDDD

Libertual

La IP no es vinculante ni identificativa.

Mark_

#1 En un futuro llevaremos un chip en la muñeca con una IP interna que tendremos que mantener cerca de todos nuestros dispositivos para encenderlos automáticamente o "para no volver a escribir una contraseña jamás, ni poner un sólo PIN"... y para tenernos bien identificados y no vuelvan a pasar cosas como ésta.

Tiempo al tiempo.

k

#45 ¿Has visto el capítulo de los agentes de Shield donde se la ponen a una de las protas, no??

Mark_

#93 que va, es sólo un miedo que tengo. No veo esa serie.

VictorGael

Como lea esto Bárcenas lo va a llevar como alegato al juicio exculpandose de ser (nick) "Luis el cabrón".

D

el señor nito75 se queda con su wifi, pero a las discográficas les ha salido bien la jugada igualmente. Ya han sentado jurisprudencia y el siguiente juez podrá ordenar a la policía investigar qué persona se esconde tras el nick. Creo yo, no sé si tendrían legitimidad para ello, pero de alguna forma podría hacerse legal.

Shotokax

#24 no tengo ni idea de derecho, ¿pero no cabe la posibilidad de que pretendan recurrir esto en el Tribunal Supremo y así conseguir su objetivo?

D

#67 claro, casi todas las sentencias son recurribles por los perjudicados, en este caso al TS sería un recurso de casación, otra cosa es que compense en función del argumento de la sentencia, medios de recurso, costes etc.

El tema aquí es que no se sienta ningún tipo de jurisprudencia, es decir que mañana otro juzgado puede decir lo contrario y también sería recurrible etc etc. Para sentar jurisprudencia se necesita además, más de una resolución del TS.

D

Me extraña que el primer usuario desconectado no sea el tal "http//emule-project.net".

Ferran

No, no puede ser cualquiera,Nito75Nito75 sólo hay uno

henritoad

Por regla general, cuando un medio publica una noticia sobre una sentencia y la sentencia no parece tener sentido, la mayor parte de las veces el problema es de la noticia y no de la sentencia. A ver si publican la sentencia por aquí y la podemos leer.

roker

nito75 somos todos

santim123

Nito75 puede ser cualquiera. Nito75 es el que roba wifi al vecino, un colega que viene a veces por tu casa, el tio que se conecta con el portatil en el bar de tu calle. Es que Nito75 somos todos y es cualquiera.

Me preocuparía enormemente que R Cable pudiese identificar a Nito75 con nombre y apellidos, y en ese momento yo rompería mi contrato con R y les arreo una denuncia por espiar mis comunicaciones.

s

La realidad supera a ElMundoToday

p

Ese juez es muy listo o muy cachondo.

f

cualquiera puede ser ese "nito75" es esa la función de un nick, incluso no se sabe si se esta usando un proxy y esta accediendo desde otro lugar del mundo a esa conexión ni con la IP ni con el nick no se puede saber de ninguna forma

sugiero que quien use programas de compartir que use ese nombre así "nito75" somos todos

superplinio

¡Yo soy Espartaco nito75!

Arista

Para qué dirán el nick, ya le he cogido cariño. Luego sufriré si lo desconectan como con el tamagochi.

D

Esto es lo que pasa cuando te puede juzgar alguien que no tiene ni puta idea de lo que juzga.

malkair

Sobre la sentencia ya está todo dicho. Se genera una condena inaudita parte a un tercero ajeno a la demanda sin oírle. Cualquier juez de Españistán sabe perfectamente que no se puede dictar una sentencia así. Pero la sentencia ya está dictada y es inamovible salvo recurso, que no se va a formular, así que así se queda.

Apuesto a que las cosas seguirán así:

R no puede desconectar a un usuario partiendo de un nick, por lo que sencillamente se personarán en el pleito y presentarán un escrito diciendo que no pueden dar cumplimiento a la sentencia porque desconocen la identidad de nito75.

Seguidamente Promusicae instará la ejecución de sentencia, interesando que se determine la titularidad de la IP. Pedirán que se requiera al demandado (R) para que diga a quién pertenece esa IP, con apercibimiento de incurrir en desobediencia y generar daños y perjuicios.

Y aquí, dos opciones:

R, al recibir el requerimiento, contestará que esa IP es dinámica y que no puede determinarse su "titularidad" sin concretar una fecha y hora concretas; datos que, si mal no recuerdo, no constan en la sentencia y seguramente tampoco en la demanda. En ese caso, la sentencia será inejecutable (no se pueden añadir ahora nuevos datos como serían la fecha y hora) y fin de la historia.

Si la IP fuera fija, R deberá dar la identidad de su cliente, que será don Fuckencio Fápez Forníquez; y como ese nombre no se corresponde con el de "nito75", que es a quien hay que desconectar, el Juzgado dirá que no se puede ejecutar la sentencia al no poderse determinar la identidad de la persona a quien hay que desconectar. Fin de la historia.

Al final veremos si todo este revuelo no es más que una trampa judicial perfectamente orquestada para que las Promusicaes y similares se den cuenta que es imposible seguir por este camino.

Cantro

Es más... puede haber más de un "nito75" siendo distintas personas. Uno en irc-hispano, otro en undernet, en emule, en gmail, en meneame.net... ¿a cuál de ellos, señoría? ¿Tiene R que ir entrando en todas las redes imaginables intentando cazar al susodicho?

La sentencia no es ejecutable y si el usuario hubiera sido condenado además podría haber recurrido indicando que le han colgado el muerto de otro, por ejemplo.

Además no sé hasta qué punto es legal que PROMUSICAE vaya recolectando datos personales de titulares sin su consentimiento...

D

Pensaba que la sentencia especificaba un nombre de persona, no un nick.
Así pues, te puedes limpiar el culo con ella tranquilamente.

Ineptos. Quizá también haya sido adrede.

D

nito75 es ETA..(alguien tenía que decirlo)
Pero la cúpula de anonymous ya está entre rejas ¿no?...

Uff, yo tengo R y tengo todo el día puesto el bittorrent, me descargue algo o no.. compartiendo como un perrete.

D

A todo esto, debería haber algún mecanismo legal que permita directamente pasar de primeras y segundas instancias, especialmente cuando se sabe que las partes van a recurrir. Sé que no tengo ni idea de como funciona todo esto, pero me resulta poco eficiente que se dirima sobre la misma cuestión tres o cuatro veces.

D

Tienen que hacerlo. Como le desconecten, habrá una desbandada. Y un apunte, R opera en Galicia pero ya no es gallega.

D

Yo de momento ya he cambiado mi nick en emule a nito75. Ya veras tu cuando promusicae vea q ahora hay mas nitos75!!!!!

g

Yo soy Espartaco..

superplinio

#38 Sal de mi cabeza..

ElPerroDeLosCinco

Qué raro que nadie haya dicho todavía que NITO75 ES ETA.

D

Eso le pasa por bajar música, si bajase películas y series no le tocarían los huevos.

D

deberia haber en todos los chats y foros un usuario con el nick de nito75

Capitan_Centollo

Puertas al campo. Es lo que tiene.

lucas.rosillofuste

lo triste que isp no de la cara por los clientes y la privacidad.

Konata_Izumi_II

Bueno a ver si hay huevos de dejar sin internet al usuario: http://emule-project.net

S

Que una empresa permita a un presunto delincuente seguir delinquiendo es lamentable. Los argumento de los piratas, cada día más absurdos: http://www.diariolacamara.com/2014/01/analisis-la-justicia-empieza-hacer.html