La nueva redacción del Código (art. 161) admite que los ciudadanos puedan detener a otras personas si se encuentran en cualquiera de estas tres circunstancias: que sea sorprendido en delito flagrante, que tenga una orden nacional o internacional de detención o que se encuentre en situación de quebrantamiento de condena, por ejemplo un fugado de prisión.
#1:
Pues los políticos no van a poder salir a la calle
De todas formas esta ley ya existía ¿no?
#34:
Qué novedad supone respecto a la ley vigente?
Artículo 490.
Cualquier persona puede detener:
Al que intentare cometer un delito, en el momento de ir a cometerlo.
Al delincuente in fraganti.
Al que se fugare del establecimiento penal en que se halle extinguiendo condena.
Al que se fugare de la cárcel en que estuviere esperando su traslación al establecimiento penal o lugar en que deba cumplir la condena que se le hubiese impuesto por sentencia firme.
Al que se fugare al ser conducido al establecimiento o lugar mencionado en el número anterior.
Al que se fugare estando detenido o preso por causa pendiente.
Al procesado o condenado que estuviere en rebeldía.
#17:
Por fin podré montrar mi propio Equipo A!! Ya me veo en el garaje soldando ametralladoras y planchas de acero a la furgona
Alguien necesita ayuda?
#133:
"Autoriza a los ciudadanos a detener a otro si le sorprende en delito flagrante. Ésta es una de las novedades que contempla el nuevo código (...)"
Pero ¿DE DÓNDE HAN SACADO ESTA INFORMACIÓN? Esto es así DESDE HACE 131 AÑOS..
El artículo 490 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, VIGENTE DESDE 1882, ya recoge: "CUALQUIER PERSONA PUEDE DETENER:
1. Al que intentare cometer un delito, en el momento de ir a cometerlo.
2. Al delincuente in fraganti.
3. Al que se fugare del establecimiento penal en que se halle extinguiendo condena.
4. Al que se fugare de la cárcel en que estuviere esperando su traslación al establecimiento penal o lugar en que deba cumplir la condena que se le hubiese impuesto por sentencia firme.
5. Al que se fugare al ser conducido al establecimiento o lugar mencionado en el número anterior.
6. Al que se fugare estando detenido o preso por causa pendiente.
7. Al procesado o condenado que estuviere en rebeldía".
#3:
¿Se les puede denunciar si se sospecha que son rojos?
#31:
¿que chorrada de noticia es esta? Esto es así desde hace décadas menudos periodistas.
#18:
"Sorprendido en delito flagrante". Ahora sólo queda aleccionar a toda la ciudadanía para que sepa cuándo se produce un delito flagrante y cuándo no. Por ejemplo, ¿sabe el común de los mortales la diferencia entre hurto y robo en la jerga judicial? (Un robo siempre es delito, un hurto, por ejemplo, no)
Yo no entiendo si estas leyes las hacen para dotar de más poder a la seguridad privada, para permitir mayor acción a los grupos paramilitares o a qué necesidades que no veo responden estas leyes. ¿No deberían los cuerpos del estado realizar su trabajo?
#120:
#17 Yo soy un tío elegante y guapete. Además puedo conseguirte lo que necesites (todo legal ). Cuenta conmigo.
#22:
Si no estoy equivocado en la redacción del artículo hay un error de bulto.
No es lo mismo detener que retener.
El ciudadano puede retener a un delincuente hasta dejarlo en manos de las fuerzas del orden, detener solo pueden hacerlo estos últimos.
Aunque parecen dos situaciones iguales hay matices.
Si lo fueran, supondría que alguien se arroga el poder de llevarse al otro a la comisaría con el riesgo que eso conlleva si da la casualidad que te equivocas.
#92:
#17 Mi mujer tiene un monton de collares, me da miedo ir en avion y en verano me pongo negro con el sol, asi que me presento para el "Aquipo"
#10:
Siguiente paso: la ley autoriza a los ciudadanos a efectuar operaciones de cirugía menor si no hay un hospital cercano abierto.
#47:
#11 Yo al último que entro en mi casa le obligue a vestirse de sevillana y que me cantese el "Se me enamora el alma"
Pues debía existir porque me compré hace unos años un libro que entre otras cosas explica como arrestar a un ciudadano.
El libro se llama "211 cosas que un chico listo debe saber".
Según en este libro puedes detener por un periodo de 24 horas a otra persona con solamente tener sospechas de que ha cometido, está cometiendo o va a cometer un delito aunque luego resulte que no ha sido así, vamos un error.
Si decides detener a alguién esta es la forma de proceder según el citado libro:
- Lo agarrás, le anuncias que lo estás deteniendo y el motivo. También tienes que mencionarle sus derechos.
- Lo llevas a la comisaría más cercana avisando de antemano a la policía o a un juez y allí entregas los cargos que tengas contra el sujeto.
- Anota o intenta recordar todo lo que diga el detenido indicando las horas aproximadas lo que te serviría más tarde cuando se celebre el juicio.
Se permite utilizar la fuerza hasta cierto punto y no se puede detener alguién por el mero hecho de estar incordiando o ser un maleducado.
En mi opinión a pesar de ser un derecho que poseemos hay que tenerlos de adamantium para ir a detener a alguién sobre todo si la persona a la que se va a detener pertenece a grupos que tienden a ser muy reencorosos como por ejemplo los gitanos.
#2 Mi pregunta ahora es: con qué contundencia se le puede "detener" al delincuente. No se si esta ley vendrá por ejemplo cuando robaron hace poco a un joyero y la emprendió a tiros.
#7 Aclarado, aunque no deja de ser curioso que esté en paradero desconocido, como cuando Julio Iglesias toca a 100 metros del juzgado que lo busca. (Ahora es cuando también resulta que lo buscan para una nimiedad :$ )
#7 Es antiguo ya. Y como digo en mi post, hay niveles en la búsqueda de alguien por parte de un Juzgado. El tipo éste, está en el anterior al de busca y captura,parece. Y lo que nos preguntamos todos es por qué el Juzzgado no da el paso, o parece incapaz de encontrarle pese a que acude a actos publicos con Cifuentes.
#5 El 99% (porcentaje inventado) de los comentarios políticos en mename vienen a decir que los políticos son unos ladrones, unos mentirosos y unos hipócritas. Lo de la busca y captura del marido de Cifuentes es una tergiversación interesada de los hechos, y no hacía falta leer el enlace de #7 para saber que apestaba a falso. Así que deberías pensar dos veces las cosas antes de escribirlas si no quieres convertirte en lo que precisamente estás criticando.
#1 Si, la ley dice eso, pero si el delincuente te parte la cara a ti, no es lo mismo que si le agrede a un agente de las FSE que es agente de la autoridad. #53 A un policia si le agredes, aun estando fuera de servicio es agresion a un agente de autoridad, y te cae un puro de cojones. #61 Tu sigue la corriente si quieres seguir teniendo karma y no tener la espada de damocles del baneo.
#61 ¿Y qué hay de malo en mi post? Ya digo que hay otras busquedas, y la busca y captura es el ultimo nivel. El caso es que el marido de Cifuentes está en busqueda para notificacion, que misteriosamente, pese a que se pasea por ahi el juzgado no da con él, y que en esta ley podrian haber incluido la posibilidad de colaboracion ciudadaana en ello y no lo han hecho.
#66 Te lo repito otra vez, lee o infórmate antes de escribir algo. Si te hubieras leído el enlace de #7, pone que cuando descubrió que salía en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid se puso en contacto con el juzgado y actualizó su dirección para que le llegasen directamente las notificaciones del caso. Además, aquí el fallo es del juzgado. El procedimiento normal cuando no encuentras a alguien es ponerte en contacto con su abogado. El juzgado pasó directamente a publicar su nombre en el Boletín.
No le busques tres patas al gato. A Cifuentes se le podrán reprochar muchísimas cosas, pero insistir con esto es hacer el ridículo.
#93 Yo tengo otra lectura: cuando aparecio en el BOE, o en edicto, o como fuera, y antes que el asunto fuera a mayores, se dirigió al Juzgado, pese a saber desde hacia tiempo que le buscaban, y para ahorrarle sonrojo a su mujer en cada rueda de prensa o entrevista.
#96 Eso no es una lectura, simplemente te estás inventado datos y tergiversando la historia. A no ser, claro, que seas íntimo del marido de Cifuentes y sepas lo que se le pasaba por la cabeza en ese momento
#61 Welcome to Meneame, donde las noticias se menean cuando vas por la mitad del titular, leerlas es innecesario y contrastar o analizar su credibilidad es de frikis.
Pues debía existir porque me compré hace unos años un libro que entre otras cosas explica como arrestar a un ciudadano.
El libro se llama "211 cosas que un chico listo debe saber".
Según en este libro puedes detener por un periodo de 24 horas a otra persona con solamente tener sospechas de que ha cometido, está cometiendo o va a cometer un delito aunque luego resulte que no ha sido así, vamos un error.
Si decides detener a alguién esta es la forma de proceder según el citado libro:
- Lo agarrás, le anuncias que lo estás deteniendo y el motivo. También tienes que mencionarle sus derechos.
- Lo llevas a la comisaría más cercana avisando de antemano a la policía o a un juez y allí entregas los cargos que tengas contra el sujeto.
- Anota o intenta recordar todo lo que diga el detenido indicando las horas aproximadas lo que te serviría más tarde cuando se celebre el juicio.
Se permite utilizar la fuerza hasta cierto punto y no se puede detener alguién por el mero hecho de estar incordiando o ser un maleducado.
En mi opinión a pesar de ser un derecho que poseemos hay que tenerlos de adamantium para ir a detener a alguién sobre todo si la persona a la que se va a detener pertenece a grupos que tienden a ser muy reencorosos como por ejemplo los gitanos.
#43 Hombre, principalmente porque si alguien se acerca a mi y me dice que me va a retener porque es el cherif del lugar, lo primero que hago es pillar cualquier objeto largo y compacto y abrirle la puta cabeza a la altura de las cejas. (O intentarlo al menos)
Es lo que tiene convertir las calles en el salvaje oeste y otorgar a ciudadanos sin dos dedos de frente la posibilidad de interpretar las leyes a su gusto, que igual te empiezas a encontrar muertos en las aceras disfrazados de Batman. (Principalmente porque la gente por la calle aun no sabe la diferencia entre hurto y robo, etc etc)
#43 "En mi opinión a pesar de ser un derecho que poseemos hay que tenerlos de adamantium para ir a detener a alguién sobre todo si la persona a la que se va a detener pertenece a grupos que tienden a ser muy reencorosos como por ejemplo los gitanos."
#82 Eso que dices es simplemente, mentira. La RAE -a pesar del profundo respeto que le tengo a la institución puede decir misa, que aquí lo que importa es lo que dice la Ley de Enjuiciamiento Criminal:
Artículo 795
(...)
1. Que se trate de delitos flagrantes. A estos efectos, se considerará delito flagrante el que se estuviese cometiendo o se acabare de cometer cuando el delincuente sea sorprendido en el acto. Se entenderá sorprendido en el acto no sólo al delincuente que fuere detenido en el momento de estar cometiendo el delito, sino también al detenido o perseguido inmediatamente después de cometerlo, si la persecución durare o no se suspendiere mientras el delincuente no se ponga fuera del inmediato alcance de los que le persiguen. También se considerará delincuente in fraganti aquel a quien se sorprendiere inmediatamente después de cometido un delito con efectos, instrumentos o vestigios que permitan presumir su participación en él.
#88 Bueno, eso es lo que yo había entendido del diccionario... Toma en cuenta que el diccionario dice "sin que el autor haya podido huir". Eso, en mi opinión (y parece que en la de los legisladores) implica que durante la huida sigue siendo delito flagrante. Únicamente si logró escaparse y ya dejaron de perseguirlo deja de ser flagrante.
Al que intentare cometer un delito, en el momento de ir a cometerlo.
Al delincuente in fraganti.
Al que se fugare del establecimiento penal en que se halle extinguiendo condena.
Al que se fugare de la cárcel en que estuviere esperando su traslación al establecimiento penal o lugar en que deba cumplir la condena que se le hubiese impuesto por sentencia firme.
Al que se fugare al ser conducido al establecimiento o lugar mencionado en el número anterior.
Al que se fugare estando detenido o preso por causa pendiente.
Al procesado o condenado que estuviere en rebeldía.
#34 Cuando he leído el titular entraba a decirlo. No hay ninguna diferencia, así que si Gallardón vende esto como novedad demostrará una vez más no tener ni idea.
#34 Uno más que se suma a lo ya dicho, y es que sabía lo de la "detención civil" y no me sonaba a nada nuevo. Que yo sepa, y quizás me equivoque, no hay nadie en prisión por evitar que un criminal se fugue. Claro está que será si no le propinas paliza alguna o te lo cargas, y es que está extendido lo de que "si lo detienes, encima te denunciará".
Bueno, a ver, si los antidisturbios no llevan identificación, ¿les podremos detener porque quizás es alguien disfrazado? Con que 10 pacíficos manifestantes se echen encima creo que habría suficiente.
#31 Esta noticia básicamente arma revuelo con una obviedad que como comentas, existe desde hace décadas (http://es.wikipedia.org/wiki/Detenci%C3%B3n), para a continuación tratar de forma fugaz y esquiva (a mi parecer claro) otro punto: Agente encubierto
El nuevo código procesal penal regula la figura del agente encubierto, a quien proporciona más atribuciones y autoriza más supuestos para realizar su trabajo.
¿En que supuestos no estaban autorizados agentes encubiertos, y ahora si?
¿Que atribuciones no tenía un agente encubierto a diferencia de otros policías, y cuales tendrá a partir de ahora?
"Sorprendido en delito flagrante". Ahora sólo queda aleccionar a toda la ciudadanía para que sepa cuándo se produce un delito flagrante y cuándo no. Por ejemplo, ¿sabe el común de los mortales la diferencia entre hurto y robo en la jerga judicial? (Un robo siempre es delito, un hurto, por ejemplo, no)
Yo no entiendo si estas leyes las hacen para dotar de más poder a la seguridad privada, para permitir mayor acción a los grupos paramilitares o a qué necesidades que no veo responden estas leyes. ¿No deberían los cuerpos del estado realizar su trabajo?
#18#27 Bueno, quizá lo que pretendan sea crear algún cuerpo paramilitar, al estilo del Somatén y entonces habremos llegado a la sociedad ideal, gente recelando de gente, gente vigilando a gente, gente reteniendo al que no le guste o parezca sospechoso, provocando para justificar su retención, etc. etc.
Si no estoy equivocado en la redacción del artículo hay un error de bulto.
No es lo mismo detener que retener.
El ciudadano puede retener a un delincuente hasta dejarlo en manos de las fuerzas del orden, detener solo pueden hacerlo estos últimos.
Aunque parecen dos situaciones iguales hay matices.
Si lo fueran, supondría que alguien se arroga el poder de llevarse al otro a la comisaría con el riesgo que eso conlleva si da la casualidad que te equivocas.
Digo yo, que si no se deja y lo agarras... te puede denunciar por detención ilegal o secuestro... y si alguien te ve, te puede detener por ese motivo, y si te resistes entonces te detienen por resistencia a la autoridad, y si alguien suelta una torta entonces... er... agresión... pero si pasa un gato por ahí y se asusta, maltrato animal... y...
Esto es como poder ser cazarrecompensas, no? mi pregunta es... se podría detener a la gente que hace infracciones conduciendo? si veo alguien que se salta un semaforo, o va en contra dirección, podría llegar a detenerle? porque lo de contra dirección me lo encuentro mil veces por donde vivo en una calle pequeña.
#8 saltarse un semáforo, creo, es una falta, no un delito. Si fuese un delito terminaría en juzgado siempre, en vez de en una recetita del señor agente.
¿Se puede detener a alguien por no guardar la distancia de seguridad entre vehículos y circular encendiendo las luces "largas" para que uno se aparte de su camino?
#48 Cómprate una de esas sirenas de policía con la base imantada. Como las de Starsky y Hutch y cuando alguien te incordie la sacas por la ventanilla y la pegas al techo. Mano de santo
#95 Vuelve a la autoescuela porque las luces largas no se deberían usar para la finalidad que tú indicas.
Incluso en los tramos con dos carriles cuando uno va adelantando ligeramente por encima del límite de velocidad siempre hay algún subnormal que viene lanzado excediendo de largo el límite y dando las largas para que le dejen vía libre.
#100 Prefiero que me den una ráfaga con las largas que besar mi trasero y tengamos un accidente. Si pone las largas de noche para deslumbrar es cuando me dan ganas de sacar un bazooka y reventarle el coche.
que tenga una orden nacional o internacional de detención
nos reservamos esta para cuando acabe el juicio contra el franquismo en Argentina salgan las órdenes internacionales de búsqueda y captura contra los genocidas que siguen vivos
La primera opción lo tengo claro pero ¿cómo sabemos que la persona tiene una orden nacional o internacional de detención o que se encuentre en situación de quebrantamiento de condena? Para eso tendrían que poner una base de datos abierta porque no creo que nos dejen mirar en la base interna de las diferentes sedes policiales
¿Lo de detener a alguien que está cometiendo un delito no estaba ya recogido en el anterior código penal? Porque yo tenía entendido que sí.
Si alguien que sepa de leyes lo puede acalarar mejor que mejor.
#89 Los seguratas siempre te pudieron detener para eso tiene las esposa de hecho la diferencia entre segurata y ciudadano es que el segureta esta obligado en el ejercicio de sus funciones (no fuera de su trabajo que no es obligatorio)
Lo que no te pueden es llevar a una habitación del Carrefour ni para registrate si tu no estas de acuerdo. El registro y la detención tiene que ser publico salvo que tu vayas voluntariamente a un sitio más apartado.
menos mal que esto ha degenerado en discusión de tráfico..
por que la noticia es antigua....por lo menos de cuando se abolió la figura de Guardia Jurado y entró la de Vigilante de Seguridad
#98 y #101 : de donde coño habeís sacado que existen esas cosas??
como dotación existen los GRILLETES (llamar a eso "Esposas" si no es un insulto,no sé lo que es.. respecto a las porras, gran desayuno que toman nuestros cuerpos y fuerzas de seguridad portando sus DEFENSAS)
Y cuando vayas a detenerle, lo haces suave y educadamente, no sea que le vayas hacerle un moratón de una bofetada y te demanda por agresión. Y como le partas un brazo o una costilla el que va a la carcel eres tu.
#9 Es verdad que hay que tener cuidado con no hacerle mucho daño, pero que pasa si nos equivocamos¿? Señores tengamos cuidado con esto de meternos a sheriff porque al final se nos sube a la cabeza y los que acabamos en el calabozo somos nosotros!!
Como ya han dicho más arriba la antigua Ley de Enjuiciamiento Criminal ya lo permitía, aunque mucha gente lo desconociera. El ciudadano puede detener y el policía tiene la obligación de hacerlo. Se han sacado una noticia de la nada.
Esta figura ya existía para delitos flagrantes, es lo que se denomina "detención facultativa". Igual que la que puede ejercer un vigilante de seguridad.
¿Es delito que unos cuantos polis hagan correr a manporrazos a la gente que anda por la calle después de una mani? ¿Podemos cambiar el sentido de la corrida y detenerlos? ¿Podemos detenerlos por detenernos sin identificarse?. ¿Podemos? Ehhh?
#23 Si, si, si ya sabemos lo que es, pero el problema es decidir cuando está bien aplicada la definición, y el ejemplo típico es cuando ves a uno romper el cristal de un coche, y entonces te dice: "Es que he perdido las llaves"
#35 Je, eso me recuerda a la vez que mi ex bloqueó las puertas del coche, cerró la última puerta y me dejó fuera con el coche arrancado enmedio de la calle...
Y por no seguir siendo muy offtopic, si de aquellas alguien hubiera intentado decirme algo, con el cabreo a lo mejor le suelto alguna burrada, pero es trivial demostrar que es tu coche si tienes toda la documentación, así que no habría mayor problema.
#6 Si no me equivoco antes si pillabas a alguien dentro de tu casa por ejemplo robando, no podías ni siquiera retenerlo y ahora sí. A mi me parece bien, ya era hora.
Y se podrá detener a los policias infiltrados que no se identifican como tales en las manifestaciones? Puedo llegar a pensar que se está cometiendo un secuestro. ¿no?
Se acabó eso de que la policía no está cuando se necesita. Tu obligación es detener al comando de ex-miliares ucraniano que está asaltando tu propiedad fusil en mano. ¡Hay que quejarse menos y trabajar más!
Ahora, cuando lo denuncies, podrán reprocharte ¿y no los detuviste?
Yo propongo que autoricen que si entra algun ladrón a tu casa tengas derecho a hacer lo que te de la gana sin ser denunciado por el ladrón (igual que en EEUU). Ya esta bien de cachondeo!!
Si sirve para detener la violencia machista o de genero me parece bien. Hay un rumor, de que si te atreves a ponerle una mano encima a un maltratador, el que termina entre rejas eres tu
¿Y cómo se le detiene? ¿Blandiendo el Código Penal en una mano?
Porque de usar armas nada de nada. Y ojo con tocarle un pelo que te cae una demanda por agresión.
Delito flagrante??? Tenemos que saber cuales son y cuales no??? Me gustaria y mucho, poder denunciar cuando veo a los perros de las personas cagar y mear en la calle. Que placer más grande me daria poder hacer eso.
Me gustaría que me expliquen cómo detener a alguien que no quiere, evitar su fuga y asegurar su integridad física (sin que me muela a hostias) hasta que llegue la policía, con lo que suelen tardar. Ese día debí faltar a clase.
¿Y que pasa si un ciudadano me detiene y después resulta que no estaba cometiendo ningún delito? ¿Puedo detener yo al otro ciudadano por detención ilegal? Que absurdo, ahora resulta que la gente tiene que hacer el trabajo de aquellos que en teoría se forman y trabajan para ello. AL final acabarán proponiendo que la gente en la manifestaciones ya se vayan golpeando ellos mismos que así ahorramos en horas extra de antidisturbios.
#55 Ese es un caso anecdotico, espera algo mucho peor: Un ejercito de mercenarios formado por cadetes de policia, seguratas y violentos afiliados al PP.
Quieren sustituir a los policias funcionarios por una ETT con trabajadores precarios que puedan manipular sin problemas.
¿ te autoriza a detener a un político que está tomando decisiones erroneas a sabiendas en perjuicio de los ciudadanos, para mantenerse en el poder y quizás disfrutar de beneficio en su patrimonio ? ¿ O sólo te autoriza a detener el ciudadano pobre que esta robando en un supermercado porque no tiene con que alimentarse ? Magnifica respuesta.
Que tiemblen los maridos de ciertas dirigentes políticas. ¿Mi pregunta es, dado que la tarea de "detención" la puede llevar a cabo una persona que no está preparada, quien se hace cargo de posibles agresiones por parte del detenido o que le ocurre al ciudadano que actúa de bien pero se equivoca de persona o considera delito algo que no lo es? En el desarrollo de la noticia no queda claro.
Si lo hace la policia mal, si lo hace el ciudadano mal, aqui mucho protestar con la impunidad pero a la hora de ponerse manos a la obra...es que, pero.. ya.
Comentarios
Pues los políticos no van a poder salir a la calle
De todas formas esta ley ya existía ¿no?
#1 Creo que sí. En delito flagrante.
#2 Mi pregunta ahora es: con qué contundencia se le puede "detener" al delincuente. No se si esta ley vendrá por ejemplo cuando robaron hace poco a un joyero y la emprendió a tiros.
#1 Se han cuidado de incluir esas otras ordenes de búsqueda, como la que afecta al marido de Cifuentes, que no llegan al nivel de busca y captura.
#4 y #5 os recomiendo la lectura de este artículo de Nacho Escolar: http://www.eldiario.es/escolar/verdad-marido-Cristina-Cifuentes_6_95250489.html
#7 Aclarado, aunque no deja de ser curioso que esté en paradero desconocido, como cuando Julio Iglesias toca a 100 metros del juzgado que lo busca. (Ahora es cuando también resulta que lo buscan para una nimiedad :$ )
Gracias por tu info
#7 Es antiguo ya. Y como digo en mi post, hay niveles en la búsqueda de alguien por parte de un Juzgado. El tipo éste, está en el anterior al de busca y captura,parece. Y lo que nos preguntamos todos es por qué el Juzzgado no da el paso, o parece incapaz de encontrarle pese a que acude a actos publicos con Cifuentes.
#5 El 99% (porcentaje inventado) de los comentarios políticos en mename vienen a decir que los políticos son unos ladrones, unos mentirosos y unos hipócritas. Lo de la busca y captura del marido de Cifuentes es una tergiversación interesada de los hechos, y no hacía falta leer el enlace de #7 para saber que apestaba a falso. Así que deberías pensar dos veces las cosas antes de escribirlas si no quieres convertirte en lo que precisamente estás criticando.
#1 Si, la ley dice eso, pero si el delincuente te parte la cara a ti, no es lo mismo que si le agrede a un agente de las FSE que es agente de la autoridad.
#53 A un policia si le agredes, aun estando fuera de servicio es agresion a un agente de autoridad, y te cae un puro de cojones.
#61 Tu sigue la corriente si quieres seguir teniendo karma y no tener la espada de damocles del baneo.
#61 ¿Y qué hay de malo en mi post? Ya digo que hay otras busquedas, y la busca y captura es el ultimo nivel. El caso es que el marido de Cifuentes está en busqueda para notificacion, que misteriosamente, pese a que se pasea por ahi el juzgado no da con él, y que en esta ley podrian haber incluido la posibilidad de colaboracion ciudadaana en ello y no lo han hecho.
#66 Te lo repito otra vez, lee o infórmate antes de escribir algo. Si te hubieras leído el enlace de #7, pone que cuando descubrió que salía en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid se puso en contacto con el juzgado y actualizó su dirección para que le llegasen directamente las notificaciones del caso. Además, aquí el fallo es del juzgado. El procedimiento normal cuando no encuentras a alguien es ponerte en contacto con su abogado. El juzgado pasó directamente a publicar su nombre en el Boletín.
No le busques tres patas al gato. A Cifuentes se le podrán reprochar muchísimas cosas, pero insistir con esto es hacer el ridículo.
#93 Yo tengo otra lectura: cuando aparecio en el BOE, o en edicto, o como fuera, y antes que el asunto fuera a mayores, se dirigió al Juzgado, pese a saber desde hacia tiempo que le buscaban, y para ahorrarle sonrojo a su mujer en cada rueda de prensa o entrevista.
#96 Eso no es una lectura, simplemente te estás inventado datos y tergiversando la historia. A no ser, claro, que seas íntimo del marido de Cifuentes y sepas lo que se le pasaba por la cabeza en ese momento
#61 Presuntos ladrones, que si no incurres en delito
#61 Welcome to Meneame, donde las noticias se menean cuando vas por la mitad del titular, leerlas es innecesario y contrastar o analizar su credibilidad es de frikis.
#7 Aquí también se aclaran algunas cosas del artículo de Escolar: El cuento de Navidad del marido de Cristina Cifuentes
El cuento de Navidad del marido de Cristina Cifuen...
diagonalperiodico.net#1 Hasta podías retener al delincuente por veinticuatro horas.
#1 De todas formas esta ley ya existía ¿no?
Pues debía existir porque me compré hace unos años un libro que entre otras cosas explica como arrestar a un ciudadano.
El libro se llama "211 cosas que un chico listo debe saber".
Según en este libro puedes detener por un periodo de 24 horas a otra persona con solamente tener sospechas de que ha cometido, está cometiendo o va a cometer un delito aunque luego resulte que no ha sido así, vamos un error.
Si decides detener a alguién esta es la forma de proceder según el citado libro:
- Lo agarrás, le anuncias que lo estás deteniendo y el motivo. También tienes que mencionarle sus derechos.
- Lo llevas a la comisaría más cercana avisando de antemano a la policía o a un juez y allí entregas los cargos que tengas contra el sujeto.
- Anota o intenta recordar todo lo que diga el detenido indicando las horas aproximadas lo que te serviría más tarde cuando se celebre el juicio.
Se permite utilizar la fuerza hasta cierto punto y no se puede detener alguién por el mero hecho de estar incordiando o ser un maleducado.
En mi opinión a pesar de ser un derecho que poseemos hay que tenerlos de adamantium para ir a detener a alguién sobre todo si la persona a la que se va a detener pertenece a grupos que tienden a ser muy reencorosos como por ejemplo los gitanos.
#43 Hombre, principalmente porque si alguien se acerca a mi y me dice que me va a retener porque es el cherif del lugar, lo primero que hago es pillar cualquier objeto largo y compacto y abrirle la puta cabeza a la altura de las cejas. (O intentarlo al menos)
Es lo que tiene convertir las calles en el salvaje oeste y otorgar a ciudadanos sin dos dedos de frente la posibilidad de interpretar las leyes a su gusto, que igual te empiezas a encontrar muertos en las aceras disfrazados de Batman. (Principalmente porque la gente por la calle aun no sabe la diferencia entre hurto y robo, etc etc)
Menuda mierda de pais ...
#43 "En mi opinión a pesar de ser un derecho que poseemos hay que tenerlos de adamantium para ir a detener a alguién sobre todo si la persona a la que se va a detener pertenece a grupos que tienden a ser muy reencorosos como por ejemplo los gitanos."
Hay que ser como Judge Dredd
#1 Los políticos se han cubierto muy bien las espaldas al incluir la clausula de "si le sorprende".
#1 Éso iba yo a decir... ya estamos tardando en detener a todos los políticos y a los policías incluídos.
#1 esto se aplica si veo por la calle a Bárcenas?¿?
#76 No creo. Por más que estés seguro de que una persona ha cometido un delito, si no lo está cometiendo en ese momento, no es "flagrante".
flagrante.
[...]
en ~.
1. loc. adv. En el mismo momento de estarse cometiendo un delito, sin que el autor haya podido huir.
Real Academia Española © Todos los derechos reservados
Quedan los otros motivos: que se haya fugado de la cárcel o que tenga orden de detención, que tampoco sería el caso.
#82 Eso que dices es simplemente, mentira. La RAE -a pesar del profundo respeto que le tengo a la institución puede decir misa, que aquí lo que importa es lo que dice la Ley de Enjuiciamiento Criminal:
Artículo 795
(...)
1. Que se trate de delitos flagrantes. A estos efectos, se considerará delito flagrante el que se estuviese cometiendo o se acabare de cometer cuando el delincuente sea sorprendido en el acto. Se entenderá sorprendido en el acto no sólo al delincuente que fuere detenido en el momento de estar cometiendo el delito, sino también al detenido o perseguido inmediatamente después de cometerlo, si la persecución durare o no se suspendiere mientras el delincuente no se ponga fuera del inmediato alcance de los que le persiguen. También se considerará delincuente in fraganti aquel a quien se sorprendiere inmediatamente después de cometido un delito con efectos, instrumentos o vestigios que permitan presumir su participación en él.
#88 Bueno, eso es lo que yo había entendido del diccionario... Toma en cuenta que el diccionario dice "sin que el autor haya podido huir". Eso, en mi opinión (y parece que en la de los legisladores) implica que durante la huida sigue siendo delito flagrante. Únicamente si logró escaparse y ya dejaron de perseguirlo deja de ser flagrante.
Qué novedad supone respecto a la ley vigente?
Artículo 490.
Cualquier persona puede detener:
Al que intentare cometer un delito, en el momento de ir a cometerlo.
Al delincuente in fraganti.
Al que se fugare del establecimiento penal en que se halle extinguiendo condena.
Al que se fugare de la cárcel en que estuviere esperando su traslación al establecimiento penal o lugar en que deba cumplir la condena que se le hubiese impuesto por sentencia firme.
Al que se fugare al ser conducido al establecimiento o lugar mencionado en el número anterior.
Al que se fugare estando detenido o preso por causa pendiente.
Al procesado o condenado que estuviere en rebeldía.
#34 Te me has adelantado. La llamada "detención ciudadana" está contemplada, como tú dices, en la actual Ley de Enjuicimiento Criminal.
#34 Cuando he leído el titular entraba a decirlo. No hay ninguna diferencia, así que si Gallardón vende esto como novedad demostrará una vez más no tener ni idea.
#34 Creo que ahora se podrá retener al delincuente hasta 24 horas y antes no
#91 No, eso ya está contemplado en la LECrim actual. Yo creo que el periodista de la SER se ha liado un poco.
#34 Ninguna, supongo que en la Sr están faltos de periodistas con un poco de cultura.
#34 Uno más que se suma a lo ya dicho, y es que sabía lo de la "detención civil" y no me sonaba a nada nuevo. Que yo sepa, y quizás me equivoque, no hay nadie en prisión por evitar que un criminal se fugue. Claro está que será si no le propinas paliza alguna o te lo cargas, y es que está extendido lo de que "si lo detienes, encima te denunciará".
Bueno, a ver, si los antidisturbios no llevan identificación, ¿les podremos detener porque quizás es alguien disfrazado? Con que 10 pacíficos manifestantes se echen encima creo que habría suficiente.
Por fin podré montrar mi propio Equipo A!! Ya me veo en el garaje soldando ametralladoras y planchas de acero a la furgona
Alguien necesita ayuda?
#17 Yo se pilotar aviones y estoy muy loco, déjame formar parte del equipo.
#17 Mi mujer tiene un monton de collares, me da miedo ir en avion y en verano me pongo negro con el sol, asi que me presento para el "Aquipo"
#17 Yo soy un tío elegante y guapete. Además puedo conseguirte lo que necesites (todo legal ). Cuenta conmigo.
¿Se les puede denunciar si se sospecha que son rojos?
#3 Ese será el siguiente paso
¿que chorrada de noticia es esta? Esto es así desde hace décadas menudos periodistas.
#31 Esta noticia básicamente arma revuelo con una obviedad que como comentas, existe desde hace décadas (http://es.wikipedia.org/wiki/Detenci%C3%B3n), para a continuación tratar de forma fugaz y esquiva (a mi parecer claro) otro punto: Agente encubierto
El nuevo código procesal penal regula la figura del agente encubierto, a quien proporciona más atribuciones y autoriza más supuestos para realizar su trabajo.
¿En que supuestos no estaban autorizados agentes encubiertos, y ahora si?
¿Que atribuciones no tenía un agente encubierto a diferencia de otros policías, y cuales tendrá a partir de ahora?
¿Alguien sabría aclarar esto?
Noticia pobre y a mi juicio, manipuladora ...
Siguiente paso: la ley autoriza a los ciudadanos a efectuar operaciones de cirugía menor si no hay un hospital cercano abierto.
"Sorprendido en delito flagrante". Ahora sólo queda aleccionar a toda la ciudadanía para que sepa cuándo se produce un delito flagrante y cuándo no. Por ejemplo, ¿sabe el común de los mortales la diferencia entre hurto y robo en la jerga judicial? (Un robo siempre es delito, un hurto, por ejemplo, no)
Yo no entiendo si estas leyes las hacen para dotar de más poder a la seguridad privada, para permitir mayor acción a los grupos paramilitares o a qué necesidades que no veo responden estas leyes. ¿No deberían los cuerpos del estado realizar su trabajo?
#18 #27 Bueno, quizá lo que pretendan sea crear algún cuerpo paramilitar, al estilo del Somatén y entonces habremos llegado a la sociedad ideal, gente recelando de gente, gente vigilando a gente, gente reteniendo al que no le guste o parezca sospechoso, provocando para justificar su retención, etc. etc.
http://es.wikipedia.org/wiki/Somat%C3%A9n
#18 ¿Delito flagrante no es aquel delito que huele muy bien?
Si no estoy equivocado en la redacción del artículo hay un error de bulto.
No es lo mismo detener que retener.
El ciudadano puede retener a un delincuente hasta dejarlo en manos de las fuerzas del orden, detener solo pueden hacerlo estos últimos.
Aunque parecen dos situaciones iguales hay matices.
Si lo fueran, supondría que alguien se arroga el poder de llevarse al otro a la comisaría con el riesgo que eso conlleva si da la casualidad que te equivocas.
#22 Efectivamente estás confundido, el concepto de retención referida a personas no existe en la ley española. Sólo el de detención.
No portar la identificación por parte de los antidisturbios, se considera infracción flagrante de la ley?
Digo yo, que si no se deja y lo agarras... te puede denunciar por detención ilegal o secuestro... y si alguien te ve, te puede detener por ese motivo, y si te resistes entonces te detienen por resistencia a la autoridad, y si alguien suelta una torta entonces... er... agresión... pero si pasa un gato por ahí y se asusta, maltrato animal... y...
¿Mentir descaradamente para ganar unas elecciones nacionales se consiera delito?
Esto es como poder ser cazarrecompensas, no? mi pregunta es... se podría detener a la gente que hace infracciones conduciendo? si veo alguien que se salta un semaforo, o va en contra dirección, podría llegar a detenerle? porque lo de contra dirección me lo encuentro mil veces por donde vivo en una calle pequeña.
#8 saltarse un semáforo, creo, es una falta, no un delito. Si fuese un delito terminaría en juzgado siempre, en vez de en una recetita del señor agente.
y va a acabar en portada
¿Se puede detener a alguien por no guardar la distancia de seguridad entre vehículos y circular encendiendo las luces "largas" para que uno se aparte de su camino?
#48 Cómprate una de esas sirenas de policía con la base imantada. Como las de Starsky y Hutch y cuando alguien te incordie la sacas por la ventanilla y la pegas al techo. Mano de santo
http://www.solostocks.com/venta-productos/suministros-policiales-militares/otros-suministros-policiales-militares/sirena-luminosa-ultimas-unidades-1738634
#48 A mí me gustaría no tener que dar las luces largas a los melones que van por el carril central con la autovía vacía
#95 Vuelve a la autoescuela porque las luces largas no se deberían usar para la finalidad que tú indicas.
Incluso en los tramos con dos carriles cuando uno va adelantando ligeramente por encima del límite de velocidad siempre hay algún subnormal que viene lanzado excediendo de largo el límite y dando las largas para que le dejen vía libre.
#100 Prefiero que me den una ráfaga con las largas que besar mi trasero y tengamos un accidente. Si pone las largas de noche para deslumbrar es cuando me dan ganas de sacar un bazooka y reventarle el coche.
que tenga una orden nacional o internacional de detención
nos reservamos esta para cuando acabe el juicio contra el franquismo en Argentina salgan las órdenes internacionales de búsqueda y captura contra los genocidas que siguen vivos
Patrullas ciudadanas deteniendo a inmigrantes ilegales, estilo amanecer dorado.
Me dan miedo este tipo de medidas.
Que pasa?? Que hay pocos policias??
Igual es que no estan a lo que deberían.
La primera opción lo tengo claro pero ¿cómo sabemos que la persona tiene una orden nacional o internacional de detención o que se encuentre en situación de quebrantamiento de condena? Para eso tendrían que poner una base de datos abierta porque no creo que nos dejen mirar en la base interna de las diferentes sedes policiales
¿Y a los policías sin identificación?,es delito suplantar a las fuerzas de seguridad,¿no?
¿Lo de detener a alguien que está cometiendo un delito no estaba ya recogido en el anterior código penal? Porque yo tenía entendido que sí.
Si alguien que sepa de leyes lo puede acalarar mejor que mejor.
Buf, pues si nos ponemos a ello habrá días, por no decir todos, en que saldremos a la calle y no daremos abasto.
Vamos los seguratas ya podrán retenerte en una habitación del Carrefour si te pillan mangando.
#89 Los seguratas siempre te pudieron detener para eso tiene las esposa de hecho la diferencia entre segurata y ciudadano es que el segureta esta obligado en el ejercicio de sus funciones (no fuera de su trabajo que no es obligatorio)
Lo que no te pueden es llevar a una habitación del Carrefour ni para registrate si tu no estas de acuerdo. El registro y la detención tiene que ser publico salvo que tu vayas voluntariamente a un sitio más apartado.
#97 Yo pensaba que las esposas era para imponer en contraposición con sus enormes barrigas cervezeras.
#98 para eso esa la porra, por que utilidad ante una confrontación poca y dispersar masas uno solo con una porra es un poco peligroso
menos mal que esto ha degenerado en discusión de tráfico..
por que la noticia es antigua....por lo menos de cuando se abolió la figura de Guardia Jurado y entró la de Vigilante de Seguridad
#98 y #101 : de donde coño habeís sacado que existen esas cosas??
como dotación existen los GRILLETES (llamar a eso "Esposas" si no es un insulto,no sé lo que es.. respecto a las porras, gran desayuno que toman nuestros cuerpos y fuerzas de seguridad portando sus DEFENSAS)
GRILLETES
DEFENSAS
PORRASESPOSASAhora cualquiera podrá detener 24h en su casa a alguien que pille en una manifestación.
Y cuando vayas a detenerle, lo haces suave y educadamente, no sea que le vayas hacerle un moratón de una bofetada y te demanda por agresión. Y como le partas un brazo o una costilla el que va a la carcel eres tu.
#9 Es verdad que hay que tener cuidado con no hacerle mucho daño, pero que pasa si nos equivocamos¿? Señores tengamos cuidado con esto de meternos a sheriff porque al final se nos sube a la cabeza y los que acabamos en el calabozo somos nosotros!!
Como ya han dicho más arriba la antigua Ley de Enjuiciamiento Criminal ya lo permitía, aunque mucha gente lo desconociera. El ciudadano puede detener y el policía tiene la obligación de hacerlo. Se han sacado una noticia de la nada.
Esta figura ya existía para delitos flagrantes, es lo que se denomina "detención facultativa". Igual que la que puede ejercer un vigilante de seguridad.
¿Es delito que unos cuantos polis hagan correr a manporrazos a la gente que anda por la calle después de una mani? ¿Podemos cambiar el sentido de la corrida y detenerlos? ¿Podemos detenerlos por detenernos sin identificarse?. ¿Podemos? Ehhh?
¿Podemos entonces detener o retener a UIPs que agreden a inocentes?
Una escusa para que se diga que los secreta que nos detienen son ciudadanos normales.
¿Y pagarán por hacer el trabajo de la Policía? [/pregunta retórica]
Y entonces el ciudadano-juez-policía, decide sobre la marcha lo que es un "delito flagrante".
#6 http://es.wikipedia.org/wiki/Delito_flagrante
No lo decide nadie, es lo que es...
#23 Si, si, si ya sabemos lo que es, pero el problema es decidir cuando está bien aplicada la definición, y el ejemplo típico es cuando ves a uno romper el cristal de un coche, y entonces te dice: "Es que he perdido las llaves"
#35 Je, eso me recuerda a la vez que mi ex bloqueó las puertas del coche, cerró la última puerta y me dejó fuera con el coche arrancado enmedio de la calle...
#51 y por eso le dejaste me imagino
#57 no ayudó a mantener la relación, desde luego
Y por no seguir siendo muy offtopic, si de aquellas alguien hubiera intentado decirme algo, con el cabreo a lo mejor le suelto alguna burrada, pero es trivial demostrar que es tu coche si tienes toda la documentación, así que no habría mayor problema.
#35 Romper un cristal, por mucho que te guste, no es un delito.
#6 Si no me equivoco antes si pillabas a alguien dentro de tu casa por ejemplo robando, no podías ni siquiera retenerlo y ahora sí. A mi me parece bien, ya era hora.
Están preparando un ERE para las FSE, dejaran algunos mandos y al resto a la calle, ya están los ciudadanos para patrullar.
Y se podrá detener a los policias infiltrados que no se identifican como tales en las manifestaciones? Puedo llegar a pensar que se está cometiendo un secuestro. ¿no?
Está bien. ¿Pero las esposas se compran o te las regalan?
Salu2
¡Divide y vencerás!
¿Quién vigila al vigilante?
Se acabó eso de que la policía no está cuando se necesita. Tu obligación es detener al comando de ex-miliares ucraniano que está asaltando tu propiedad fusil en mano. ¡Hay que quejarse menos y trabajar más!
Ahora, cuando lo denuncies, podrán reprocharte ¿y no los detuviste?
Yo propongo que autoricen que si entra algun ladrón a tu casa tengas derecho a hacer lo que te de la gana sin ser denunciado por el ladrón (igual que en EEUU). Ya esta bien de cachondeo!!
#11 Yo al último que entro en mi casa le obligue a vestirse de sevillana y que me cantese el "Se me enamora el alma"
#47 Torturador!!!!
Si sirve para detener la violencia machista o de genero me parece bien. Hay un rumor, de que si te atreves a ponerle una mano encima a un maltratador, el que termina entre rejas eres tu
Si no recuerdo mal, esto ya venía en la Constitución.
¿Y cómo se le detiene? ¿Blandiendo el Código Penal en una mano?
Porque de usar armas nada de nada. Y ojo con tocarle un pelo que te cae una demanda por agresión.
Delito flagrante??? Tenemos que saber cuales son y cuales no??? Me gustaria y mucho, poder denunciar cuando veo a los perros de las personas cagar y mear en la calle. Que placer más grande me daria poder hacer eso.
#74 Eso no es delito.
Si no sabes que es delito y que es falta administrativa mejor que no detengas a nadie por que el delito lo estaras cometiendo tu
#75 Imaginaba que no era delito, pero para mi lo es y mucho. Y asi nos va, las calles son autenticos basureros.
#75 Y si tú no sabes distinguir entre falta e infracción administrativa, mejor no deberías ir dando lecciones por ahí de Derecho.
Ahora nos dan permiso para jugar a ser policias y hacer el trabajo gratis mientras a otros les pagan por partirnos la cara. This is spain!!
Uyyyyy, cuantos Carlitos Bronson van a salir. Yo soy la Justicia!!
Me gustaría que me expliquen cómo detener a alguien que no quiere, evitar su fuga y asegurar su integridad física (sin que me muela a hostias) hasta que llegue la policía, con lo que suelen tardar. Ese día debí faltar a clase.
Entonces podemos ir a por el marido de NaZifuentes sin que sus escoltas mercenarios nos ejecuten??
#26 No, por que no ha cometido delito alguno.
Preparaos para el nuevo ejercito privado de mercenarios que van ha utilizar para suplir a la policia.
Imposible!!!, no habría un policía fuera de la cárcel.
¿Y que pasa si un ciudadano me detiene y después resulta que no estaba cometiendo ningún delito? ¿Puedo detener yo al otro ciudadano por detención ilegal? Que absurdo, ahora resulta que la gente tiene que hacer el trabajo de aquellos que en teoría se forman y trabajan para ello. AL final acabarán proponiendo que la gente en la manifestaciones ya se vayan golpeando ellos mismos que así ahorramos en horas extra de antidisturbios.
#55 Ese es un caso anecdotico, espera algo mucho peor: Un ejercito de mercenarios formado por cadetes de policia, seguratas y violentos afiliados al PP.
Quieren sustituir a los policias funcionarios por una ETT con trabajadores precarios que puedan manipular sin problemas.
¿ te autoriza a detener a un político que está tomando decisiones erroneas a sabiendas en perjuicio de los ciudadanos, para mantenerse en el poder y quizás disfrutar de beneficio en su patrimonio ? ¿ O sólo te autoriza a detener el ciudadano pobre que esta robando en un supermercado porque no tiene con que alimentarse ? Magnifica respuesta.
Que tiemblen los maridos de ciertas dirigentes políticas. ¿Mi pregunta es, dado que la tarea de "detención" la puede llevar a cabo una persona que no está preparada, quien se hace cargo de posibles agresiones por parte del detenido o que le ocurre al ciudadano que actúa de bien pero se equivoca de persona o considera delito algo que no lo es? En el desarrollo de la noticia no queda claro.
Ya sabéis, si pilláis al marido de la Cifuentes por la calle, a por él
Si lo hace la policia mal, si lo hace el ciudadano mal, aqui mucho protestar con la impunidad pero a la hora de ponerse manos a la obra...es que, pero.. ya.