Publicado hace 1 año por Meneador_Compulsivo a niusdiario.es

La Fiscalía se negó a que el indulto que el Gobierno planeaba otorgar a María Sevilla computase la patria potestad ya que podría fomentar la sustracción de menores. Sin embargo, el BOE informó que “se han considerado los informes del Tribunal y la Fiscalía,estimando que, atendiendo a las circunstancias de la condenada y de acuerdo a la información en el expediente, concurren razones de justicia y equidad”. Es decir: que para realizar el cambio sobre la patria potestad, el Ministerio dice que valoró un informe fiscal...que dice todo lo contrario

Comentarios

tiopio

Pues no veas ya la impunidad que supone saber que te van a indultar en caso de que los sustraigas.

D

Entre este indulto y el apoyo a Juana Rivas, ambos en contra de los jueces, deberemos preguntarnos si este gobierno de izquierdas también se pasa la justicia por donde le sale.

Están haciendo mucho daño a las mujeres realmente maltratadas, a los hijos que sufren las separaciones, además de hacer saltar las lágrimas a la ultraderecha casposa de VOX

D

#5 A Vox más que generarles lágrimas les están haciendo salivar.

t

#5 Dirán que la justicia es de ultraderecha y se quedarán tan panchos... (nótese la ironía, por pancho sanchez)

GeneWilder

#5 Ni tapándose la nariz se puede votar ya a esta gente.

MaKaNaS

#13 Hace falta una intervención quirúrgica para extraer la pituitaria para tal fin...

D

#5 deberemos preguntarnos
¿Tú te lo preguntas? ¡Por que yo no!

#5 Exacto. El indulto es prerrogativa del gobierno, y debe ser otorgado con cautela, atendiendo las circunstancias del caso y, sobre todo, si existen razones fundadas para suponer que el beneficiado no va a delinquir de nuevo.

Cuando concedes un indulto por razones puramente políticas o ideológicas, das a entender que tu concepto de la justicia, de la democracia y del Estado de Derecho deja mucho que desear. O dicho de otra manera, que esos pilares básicos de una democracia te importan una puta mierda.

Ahora, trasladado al público en general, el gobierno da a entender que cualquier mujer puede llevarse a los churumbeles por su santo coño y denunciar al padre. El motivo de la denuncia será lo de menos; no tendrá importancia. Y mucha menos importancia si es real o no.

D

#5 hay muchos motivos por los que indultar a delincuentes del calibre de secuestradores es una catastofre. No ya no solo hablamos de que podrían volver a hacerlo, ayudar a alguien a hacerlo, o incitar a otras personas a hacerlo. Ya es que cuando ganen los siguientes e indulten a cualquier sinvergüenza, nadie, pero nadie en política va a poder decir nada.

v

A esa fiscalía le falta ponerse las gafas moradas, habrá sido eso

k

#4 Curso de parcialidad en la justicia.

D

#4 que perspectiva de género hicieron en este?

Real Decreto 184/2021, de 23 de marzo, por el que se indulta a don Agustín Acosta Haro. Condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Cádiz, en sentencia de 25 de febrero de 2015, como autor de un delito de sustracción de menores

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-4601

camvalf

Mentir no mienten han, valorado el informe pero no la han hecho ni puto caso pero valorar lo valoraron.

H

Es que es tal tropelía que ni la fiscalía te lo afina...

t

pobre que despues de acusar falsamente a su ex de abuso sexual, de raptar a su hijo, esconderlo para que no lo viera su padre incumpliendo una condena va a tener que hacer 180 dias de trabajos a la comunidad, pobrecita coño, si es que ya no se puede delinquir tranquilamente

D

Esta fiscaliia está necesitando unos cuantos cursos de perpestiva de Género.
Mientras tanto el Ministerio siempre puede usar el comodin del pusy pass.

pablisako

Los menores no votan

c

Nooooo, enserio???? No se podía saber....

Algarroba

¿Podrías aportar más información acerca del caso?

D

Y este no lo es?

Real Decreto 184/2021, de 23 de marzo, por el que se indulta a don Agustín Acosta Haro. Condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Cádiz, en sentencia de 25 de febrero de 2015, como autor de un delito de sustracción de menores

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-4601

Ya veo ya, es que son una vergüenza solo los que tú digas

babuino

#19 Me ha llamado la atención el hilo, he entrado y me ha llamado también la atención tu comentario. He ido al enlace al BOE sobre el indulto al tal Agustín Acosta y leo:

"TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de indulto de don Agustín Acosta Haro, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Cádiz, en sentencia de 25 de febrero de 2015, como autor de un delito de sustracción de menores concurriendo un error vencible de prohibición, a la pena de un año de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo y para el ejercicio de la patria potestad durante el tiempo de un año, y un delito de desobediencia a la autoridad, a la pena de seis meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2012, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de marzo de 2021,

Vengo en indultar a don Agustín Acosta Haro la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, en interés del menor, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 23 de marzo de 2021.

FELIPE R.

El Ministro de Justicia,

JUAN CARLOS CAMPO MORENO"

El BOE con el indulto a María Sevilla: https://boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-8542

"TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de indulto de doña María Sevilla Sánchez, condenada por el Juzgado de lo Penal número 23 de Madrid, en sentencia de 19 de octubre de 2020, como autora de un delito de sustracción de menores a la pena de prisión de 2 años y 4 meses, con accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y a la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad durante 4 años, por hechos cometidos en el año 2017, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias de la condenada y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta de la Ministra de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de mayo de 2022,

Vengo en conmutar a doña María Sevilla Sánchez la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, y conmutar la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad por ciento ochenta días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 24 de mayo de 2022.

FELIPE R.

La Ministra de Justicia,

MARÍA PILAR LLOP CUENCA"

No conozco el caso de Agustín Acosta, el de María Sevilla lo conozco algo mejor. La pena de Acosta es de 1 año de prisión por sustracción de menores (con lo que no ingresaría, si no tuviera antecedentes) más la inhabilitación y retirada de patria potestad, y otra pena de 6 meses de prisión (seguiría sin ingresar en prisión, el total es menos de 2 años) y otra inhabilitación. A Sevilla se la condena directamente a más de 2 años (2 años y 4 meses, con lo que sí iría a prisión) y retirada de la patria potestad 4 años.
Atendiendo al peso de las dos condenas, parece claro que los casos no son equiparables y que el de la Sra. Sevilla es más grave.

D

#20 y? Es un indulto o no? A cuento de qué ha sido indultado? ha habido perspectiva de género? Y no nos confundamos es que a mi no me parece mal ese indulto, pero aquí la gente se rasga las vestiduras según el sexo del indultado y con otros chitoncito, lo de que si entra o deja de entrar en prisión es IRRELEVANTE a ese tio también le quitaron la patria potestad y se la han quitado

Vengo en indultar a don Agustín Acosta Haro la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, en interés del menor, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

y aquí está escupiendo todo cristo bilis porque a Maria Sevilla no es que se la hayan quitado es que se la han SUSTITUIDO por 180 días de trabajos a la comunidad, casi na, tírate 180 días libres echando tiempo en ir al sitio, y quitarte esa pena a ver de donde sacas tiempo para la patria potestad mientras curras, que la sacará pero va a ser bien poquita, hola y adiós


FIN