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Freud es un charlatán afortunado. Escogió un tema fantástico para su obra literaria. Un tema al que le había llegado su momento. Su época es la época en la que se pone todo en cuestión (el orden establecido, la naturaleza animal del hombre, la evolución de las especies, la estructura de la materia). También era el momento de cuestionar el alma, y nada mejor que hacerlo con una palabrería pseudocientífica.
#137 No, creo que el que no lo sabes era tu, ya que en la sentencia ha quedado acreditado que el lugar es un lugar de culto (no importa para qué religión, la condena hubiera sido la misma si el rito celebrado hubiese sido mormón o judío), y que se estaba celebrando un rito de una religión legalizada y autorizada.
Que la instauración vaya en contra de la normativa de la universidad (algo que ignoro si es cierto) es irrelevante: en el momento en el que existe ese lugar de culto a efectos legales (y la normativa interna de una universidad apenas si tiene efectos legales), los ritos celebrados en ella deben ser protegidos, ya que así lo recoge la norma de mayor rango (la Constitución).
Y todo esto dicho, repito, desde la convicción personal de que no debería haber espacios religiosos en la universidad publica.
#135 por supuesto que no... debe ser un espacio registrado, o una evento autorizado, para una religión legalizada en el registro de actividades religiosas.
#130 Claro. La ley de los paises civilizados protegen la libertad religiosa y los lugares de culto de las religiones legalmente constituidas. Como no podría ser de otra forma.
Freud es un charlatán afortunado. Escogió un tema fantástico para su obra literaria. Un tema al que le había llegado su momento. Su época es la época en la que se pone todo en cuestión (el orden establecido, la naturaleza animal del hombre, la evolución de las especies, la estructura de la materia). También era el momento de cuestionar el alma, y nada mejor que hacerlo con una palabrería pseudocientífica.
Física, química, matemáticas, biología, biotecnología, geología… ¿Cuál es la disciplina científica más importante? Son innumerables los debates que se han establecido entre los defensores de cada rama de la ciencia para establecer su supremacía. ¿Quién tiene razón?
(...) se considera ginebra el alcohol etílico de origen agrícola aromatizado con enebro. Y ni siquiera ha de ser enebro. Se permite que se utilicen preparados aromatizantes, naturales o no, siempre que tengan sabor a enebro. Para entendernos: en el caso de un licor de hierbas basta con usar alcohol etílico de origen agrícola, rebajarlo con agua, añadir un tinte, jarabe de glucosa para endulzarlo y esas sustancias aromatizantes. O lo que es lo mismo: de orujo de uva y hierbas aromáticas, nada de nada. (...)
Se presentan cinco candidatos a unas elecciones a presidente de la comunidad de propietarios. Se pide a los vecinos que los ordenen de mejor a peor. Podríamos llamar a los candidatos, como hace William F. Lucas —el autor de los números que daré—, A, B, C, D y E. Pero me parece demasiado frío. Así que les pondré cara, nombre y resultados: son Mariano, Albert, Pedro, Pablo y Alberto (..)
Según Canaccord Genuity, el terminal estrella de Apple habría conseguido un 94% de los beneficios del mercado de smartphones en el trimestre de septiembre. El segundo fabricante es un distante Samsung con un 11% de la cuota de beneficios. La suma de ambos porcentajes supera el 100% debido a que la mayoría de fabricantes restantes han perdido dinero en el mercado
#141 por favor, pensaba que el debate era serio, no una sucesión de argumentos absurdos que no tiene nada que ver con el tema. Si vas a discutir, un poco de rigor, por favor.
Es muy sencillo: no se puede interrumpir un rito en un lugar de culto legalmente constituido o un evento legalmente autorizado. Aquí y en todo el mundo civilizado es un delito. Es lo que ha hecho Maestre. Es lo que se ha condenado. Punto. El recinto tenía autorización para la celebración de rituales religiosos, se estaba celebrando un rito religioso y se interrumpió intencionadamente. Es un delito. Punto. No hay más consideraciones.
La Complutense tenía un Convenio con el Obispado por el cual destinaban 5 espacios en su facultad para el culto. La normativa interna de la Complutense pude decir lo que quiera, pero desde el momento de la firma del Convenio y hasta su caducidad, los espacios cedidos son lugares de rito, y por tanto, protegidos por la ley de libertades religiosas. Y no hay nada más que considerar.
#137 No, creo que el que no lo sabes era tu, ya que en la sentencia ha quedado acreditado que el lugar es un lugar de culto (no importa para qué religión, la condena hubiera sido la misma si el rito celebrado hubiese sido mormón o judío), y que se estaba celebrando un rito de una religión legalizada y autorizada.
Que la instauración vaya en contra de la normativa de la universidad (algo que ignoro si es cierto) es irrelevante: en el momento en el que existe ese lugar de culto a efectos legales (y la normativa interna de una universidad apenas si tiene efectos legales), los ritos celebrados en ella deben ser protegidos, ya que así lo recoge la norma de mayor rango (la Constitución).
Y todo esto dicho, repito, desde la convicción personal de que no debería haber espacios religiosos en la universidad publica.
#135 por supuesto que no... debe ser un espacio registrado, o una evento autorizado, para una religión legalizada en el registro de actividades religiosas.
#130 Claro. La ley de los paises civilizados protegen la libertad religiosa y los lugares de culto de las religiones legalmente constituidas. Como no podría ser de otra forma.
#38 no es cierto. La condena judicial es objetivamente aséptica: una persona irrumpe en un rito religioso, y la celebración de ritos religiosos en espacios habilitados para tal fin es un delito, aquí y en todos los paises civilizados: en todo occidente Maestre hubiese sido condenada por ese acto.
El auto del fiscal es malo, por las razones que se exponen en el artículo. Que son, precisamente, que no es preciso aludir a ningún aspecto religiosos-católico para, objetivamente, concluir que ha habido un obvio delito contra las libertades religiosas.
Disclaimer: yo también creo que la religión debería estar fuera de la universidad y de la vida pública.
#141 por favor, pensaba que el debate era serio, no una sucesión de argumentos absurdos que no tiene nada que ver con el tema. Si vas a discutir, un poco de rigor, por favor.
Es muy sencillo: no se puede interrumpir un rito en un lugar de culto legalmente constituido o un evento legalmente autorizado. Aquí y en todo el mundo civilizado es un delito. Es lo que ha hecho Maestre. Es lo que se ha condenado. Punto. El recinto tenía autorización para la celebración de rituales religiosos, se estaba celebrando un rito religioso y se interrumpió intencionadamente. Es un delito. Punto. No hay más consideraciones.
La Complutense tenía un Convenio con el Obispado por el cual destinaban 5 espacios en su facultad para el culto. La normativa interna de la Complutense pude decir lo que quiera, pero desde el momento de la firma del Convenio y hasta su caducidad, los espacios cedidos son lugares de rito, y por tanto, protegidos por la ley de libertades religiosas. Y no hay nada más que considerar.