edición general
amlluch

amlluch

En menéame desde noviembre de 2010

9,72 Karma
1.769 Ranking
429 Enviadas
54 Publicadas
1.856 Comentarios
8 Notas
  1. @Tumbadito Pasate por twitter y así te haces una idea de lo que hay.
  2. @Tumbadito No, no sigue aquí aunque me estoy planteando dejarle volver para que me dejéis a mi en paz. La energía negativa de los meneantes con quien gestiona vuestras discordias es infinita.
  3. @vazana Todísimo el sentido, sí.
  4. @Catapulta Husmearé a ver. Uno se tira unos días de vacaciones y todo se altera.
  5. @Catapulta ¿De qué hablas? Eso me lo perdí.
  6. @angelitoMagno "Es que ya no se puede decir nada, estamos silenciados" dice un famoso mediático en El Hormiguero.
  7. @lamonjamellada Eso es verdad, pero no hay que la necesidad de una firma de un padre o marido era un imperativo legal, y aquí estamos discutiendo sobre imponer un imperativo legal sobre cómo debe vestirse una mujer. No sé si me explico, pero igual la hostia viene por otra parte.

    Personalmente pienso que es de esos problemas cuya solución debe venir por parte del soft power social. No siendo yo anarquista ni mucho menos, y creyendo en un Estado fuerte, se me plantean dudas a dejar la puerta abierta a un Gobierno con capacidad de decisión sobre la vestimenta de las mujeres cuando cambie (como ya lo está haciendo) el sentir político y los derechistas católicos vuelvan al poder.
  8. @lamonjamellada Puf, ya, pero ¿cómo lo prohíbes? ¿Dices expresamente "burka" y "niqab"? Pueden ponerse una simple sábana por encima y ya no lo sería. ¿Eres generalista y para evitarte temas de discriminación religiosa hablas de rostro tapado sin nombrar las priendas? Entonces cuando yo bajo de la moto a comprar una cosa con el casco puesto, ¿lo incumpliría? Y para evitar esto, ¿hablas de prendas de ropa exlusivamente? Entonces en carnavales habrá un montón de infractores. ¿El chador y el hiyab entran o no? Si hace frío, ¿no puedo ponerme una braga de cuello y unas gafas de sol?

    @paumal
  9. @Golan_Trevize Estoy de acuerdo contigo en general en el plano moral, no me entiendas mal. Es sólo que su encaje jurídico es complicado y no veo manera de legislarlo sin que a la vez toques derechos muy sensibles, y no me refiero solamente a los derechos religiosos.
  10. @paumal Añadiría yo que por compliance algún negocio privado podría requerir el descubrirse. Recuerdo que a un amigo, durante la pandemia, le robaron la cartera e hicieron operaciones en persona en el banco, con la mascarilla. Mi amigo consiguió anular las operaciones y percibir una indemnización tras un acuerdo judicial con el banco (nunca pudieron atrapar al ladrón) por negligencia a la hora de identificar al supuesto cliente, así que en esos casos también veo legítimo que un negocio privado pida que te descubras para poder operar, pero es un tema discutible.

    @lamonjamellada @Catapulta
  11. @PasaPollo Quicir, que da por hecho de que habrá gente con el rostro cubierto, y que en ese caso se le puede requerir que lo descubra, pero sólo a los efectos de identificarle. Lo mismo podría suceder para realizar ciertos trámites administrativos o privados en los que se deba cotejar tu identidad, pero más allá de ello (ir caminando por la calle) no le veo ninguna prohibición legal. @lamonjamellada @Catapulta
  12. @lamonjamellada Yo no tengo clara la ilegalidad de ir con el rostro cubierto. De hecho la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana implícitamente da por hecho que puedes ir con la cara tapada:

    Artículo 16. Identificación de personas.
    1. En el cumplimiento de sus funciones de indagación y prevención delictiva, así como para la sanción de infracciones penales y administrativas, los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán requerir la identificación de las personas en los siguientes supuestos:
    a) Cuando existan indicios de que han podido participar en la comisión de una infracción.
    b) Cuando, en atención a las circunstancias concurrentes, se considere razonablemente necesario que acrediten su identidad para prevenir la comisión de un delito.
    En estos supuestos, los agentes podrán realizar las comprobaciones necesarias en la vía pública o en el lugar donde se hubiese hecho el requerimiento, incluida la identificación de las personas cuyo rostro no sea visible total o parcialmente por utilizar cualquier tipo de prenda u objeto que lo cubra, impidiendo o dificultando la identificación, cuando fuere preciso a los efectos indicados.


    @Catapulta
  13. @yoma @eirene Es la primera vez que veo que se cierra una noticia. En el editor no me sale esa opción.
  14. @Grahml @Nadieenespecial Lo acabo de arreglar. Disculpad el error. Es sobre Casas rurales.
  15. @Nadieenespecial He subido por error una imagen de 970 en lugar de 300. Ya debe de funcionar y si no recargar.
  16. @DatosOMientes Sí, estoy llegando a la oficina. 10 min
  17. @atrapao ya tienes. Sí alguien necesita que pida.
  18. @Rembrandt @mis_cojones_en_bata @TheGreatDoc En 15 minutos los pongo en 6.05
  19. @juanitoborromea Estoy fuera tres días y no tengo ganas de escuchar las bumbuambulancias atravesando raudas las pistas del Nótame. A mí vuelta y la de mis cuatro personalidades múltiples lo restablezco a 5.25 #nodrama
  20. @carademalo @Charles_Dexter_Ward A mí no me afecta tengo un script cerebral que se llama SilvioySacramento.sh que me hace ignorar las ignoraciones de los ignoradores que demuestran ignorancia al ignorar lo ignorado.
  21. @Ripio @woody_alien @carademalo Son dos. Rantamplan es aún peor. Debe tener un toc o algo así porque está 24 horas al día intentando colar usuarios.
  22. @Charles_Dexter_Ward @tnt80 @dogday @eirene Yo creo que antes entenderás tú que rantamplan se pasa 24 horas aquí intentando colar comentarios solo para ver como tú (y otros) reaccionan. En serio, pasa de él. Si ves que entra avisas y listo. Sin «mensajitos» infantiles.
  23. @tnt80 @dogday @eirene no hace falta. Mañana pongo un nuevo bloqueo y les costará el triple comentar. Es alucinante el tiempo que dedican a esto.
« anterior123451263

menéame