Para entender la Constitución y muchos de sus artículos hay que verla desde el contexto en que fue creada.
La Constitución se creó como el acto más representativo de la nueva forma que estaba tomando el estado tras los 36 años de dictadura franquista.
Tanto el artículo 16 como el 27 que comentan más arriba hacen clara referencia a lo que ocurría antes de la democracia, y eso era que la Iglesia Católica tenía el carácter de iglesia oficial del estado, estaba obligada a darse en las escuelas y era la única religión legal.
Con estos dos artículos de la constitución se estaba abriendo el estado a la entrada y legalización de todas las demás religiones, dando, por tanto, el poder de decidir la educación moral a los progenitores y no al estado.
La libertad de credo radica en que cualquier persona, puede formarse en la religión que quiera. Pero también significa que nadie puede obligarte a tener una ni a recibir ningún tipo de educación al respecto.
Es por tanto que el estado no puede ofrecer una asignatura de religión en el plan de educación nacional, porque se estaría violando el espíritu constitucional y lo que se quiso ofrecer durante la redacción de esos artículos, dado que o se ofrece una clase de religión según todas las religiones apuntadas en las listas de religiones en España, o se favorece a una sobre el resto (que es lo que se está haciendo), que sería claramente anticonstitucional.
Debido a ello la única opción viable para el plan de estudios es relegar la educación moral al ámbito familiar y religioso, donde son los padres quienes apuntarán o no a sus hijos a determinados cultos, cosa, que por otra parte, la constitución garantiza que pueden hacer sin ningún problema.
Ahora bien, y según mi punto de vista, un niño no debería ser obligado a que sus progenitores o representantes legales, a estudiar una religión u otra según las creencias de los mismos, y debería ser el niño, en su propia evolución como persona quien, si quiere, debería buscar su propio camino moral, a través de las religiones o de su propias apreciaciones.
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Es que se parte de una base errónea, y es la de que las opiniones son respetables. NO! las opiniones no son respetables bajo ningún concepto, porque por definición una opinión es un argumento no fundado y carente de pruebas por eso mismo, las opiniones no pueden ser respetadas, una persona no se puede aferrar a sus opiniones como si fueran algo inamovibles, puesto que ni siquiera las leyes físicas son inamovibles.
No, la gente usa sus opiniones como si de dogmas se trataran, y eso no es cierto, porque yo puedo decir que opino que la tierra es un objeto sólido de hierro, plano y que está inmóvil en el centro del universo, entonces viene un sismólogo y me dice que la tierra tiene diferentes capas que se pueden comprobar gracias al estudio de las variaciones en las ondas sísmicas, luego viene un astrónomo y me enseña cómo la tierra gira al rededor del Sol, cómo este y los ocho planetas del sistema solar, giran en una parte de nuestra galaxia...
Esa infundada y errónea opinión fue refutada con pruebas, con infinidad de métodos que llevan al mismo resultado, la tierra no es plana, es un objeto esférico que contiene diferentes capas y que gira al rededor del Sol, en una galaxia llama Vía Láctea.
Ahora me viene un tipo y me dice que tal dios existe, que es quien creo todo lo que veo y todo porque según él lo pone en un libro del cual ni siquiera sabe su procedencia. Qué quieres que te diga, al menos los griegos eran más graciosos hora de explicar sus dioses.
itsmeraf, el ateísmo no es una religión no nos equipares a ellos, para que exista una religión tiene que existir, fe, tiene que haber dogmas, pilares básicos en la que se fundamente, y tiene que existir una creencia en algo.
El ateísmo no es la negación sistemática de los dioses porque sí, eso serían dogmas, el ateísmo se basa en pruebas, en hechos y datos. Y en el mayor fallo de todas y cada una de las religiones, la total falta de pruebas empíricas de lo que dicen.