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Efectivamente, los boletines no tienen fecha de caducidad... Que he hecho y firmado decenas... no te enteras!!
Has dejado de leer porque te das cuenta de que has topado con alguien que sabe de lo que habla, no como tú, que te suenan las cosas de oidas. Has quedado en evidencia completamente...
Que no tengo que buscar en Google, que soy instalador!!!
Para tí @KoLoRo, que sé que leerás esto... No se puede quedar más en ridículo.
#231 Bueno... parece que, una vez más, estamos ante un caso de Dunning-Krugger de cojones... pero bueno, te explico:
Efectivamente, la potencia máxima admisible de una vivienda no está limitada por la acometida, que es la parte de la instalación propiedad de la distribuidora. Por ejemplo, UFD utiliza habitualmente para acometidas subterráneas 50 mm² en aluminio, que aguanta unos 150 A. Esto son 34,5 kW en monofásico... en muchos casos para una vivienda unifamiliar que en el CIE quizás tiene 3,45 kW (25 A)... para que te hagas una idea...
Eso entendiendo como "acometida" lo que se conoce estrictamente como tal... Pero puede ser que tú con tal término te estés refiriendo a la Derivación Individual, que es el tramo desde el contador hasta la vivienda. En este caso, la potencia máxima admisible de la instalación no está definida estrictamente por la Derivación Individual, sino que la determina el Interruptor General Automático de la instalación... por ejemplo si es de 25 A, serán 5,75 kW. Nada impide que la sección de la Derivación Individual esté sobredimensionada en intensidad admisible. También hay que señalar que la Derivación Individual debe de estar protegida por fusibles en el contador, por lo que se anula el riesgo de quemar esta parte de la instalación por una sobrecarga en el interior de la vivienda.
Mentira, ahora tienes el contador limitando.... que es lo que no entendéis ni queréis entender. Cambiar el IGP te lleva 5 minutos y 40€ lo que puede suponer que se queme la vivienda. Que tampoco quieres entender.
No es ninguna mentira... es una realidad que quien quiera eliminar protecciones también lo puede hacer ahora. Es cierto que la limitación del contador otorga una protección adicional, pero ya se te ha explicado que este no es su fin teórico, además de que el contador se puede dejar limitado con la potencia máxima admisible de la instalación, por lo que no tendrías problema.
Es lo que tiene ser un ignorante del tema, que si no sabes
Efectivamente, los boletines no tienen fecha de caducidad... Que he hecho y firmado decenas... no te enteras!!
Has dejado de leer porque te das cuenta de que has topado con alguien que sabe de lo que habla, no como tú, que te suenan las cosas de oidas. Has quedado en evidencia completamente...
Que no tengo que buscar en Google, que soy instalador!!!
Para tí @KoLoRo, que sé que leerás esto... No se puede quedar más en ridículo.
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