Llamar "nazi", "neonazi" o "matón" a Daniel Esteve no supone intromisión ilegítima en su derecho al honor. Así lo ha determinado en una sentencia el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Barcelona por la que condena en costas al jefe de Desokupa tras demandar al periodista Fonsi Loaiza por dedicarle esos calificativos en tres tuits. "Debe tenerse en cuenta que la expresión “nazi” o “fascista” es la adscripción a una ideología política totalitaria que no respeta los Derechos Fundamentales pero que desgraciadamente sigue en el debate público.