Hace 8 años | Por Feindesland
Publicado hace 8 años por Feindesland

Según ha aclarado hoy la Agencia Tributaria en una circular informativa, no se podrán desgravar como gastos de viaje los gastos que se originen cuando tu jefe te mande a tomar por culo. En el caso de los autónomos, según esta misma circular, el hecho de irse a tomar por culo puede tener otro significado, referente al cese la actividad, y computarse, por tanto, como parte de la liquidación.

Comentarios

D

Y si me voy a tomar por culo en diferido, ¿Lo tengo que declarar el año de inicio o el de final?

Feindesland

#1 En el ejercicio en que te bajes los pantalonee. Principio del devengo