Cultura y divulgación
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Obligaciones como hijo: Qué dice la ley y qué implica no cumplirla

Los artículos 142 y siguientes del Código Civil establecen la obligación de prestar asistencia a los padres bajo el término “alimentos entre parientes”. Por alimentos se entiende todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica. Por lo tanto, los hijos están obligados a prestar a sus padres esa asistencia cuando ellos mismos no se la pueden procurar. Existe la posibilidad de que esa obligación se haga, a elección de los hijos, pagando la pensión que se fije o recibiendo y manteniendo en su propia casa.

| etiquetas: obligaciones filiales , ley , manutención , herencia

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