Hace 6 años | Por --434325--
Publicado hace 6 años por --434325--

Comentarios

D

#32 Entonces, digo yo, que si Puigdemont no está de acuerdo con la resolución del Senado y la interpretación del 155 por parte del Gobierno, puede ir al constitucional a pedir la paralización del mismo y que resuelva si tiene o no competencias para hacer lo que quieren hacer. ¿No?

Nekobasu

#32 Desde Memphis, Tennessee, se ha odio el ZAS.. joder como golepas.
Mis respetos a tus conocimientos.. pero reconoceras que haran lo que les de la gana y dentro de 6 meses o un anyo, si los reprueban.. el danyo ya estara hecho.

Caso egunkaria de manual

J

#26 No sé si ignoras la lógica de la organización del Estado o qué. El titular de una consejería no es más que su representante legal ante las competencias legales de dicha consejería. Por encima de tal consejería estaría la Generalitat, representada por el President, y por encima de la Generalitat estaría el Estado representado por el Rey y delegada tal representación en la mayoría de los casos en el Gobierno. El 155.2 está habilitando al Estado a tomar literalmente toda autoridad, y por tanto ordenar a la autoridad a hacer lo que le pete en lo que apruebe el Senado.
La lectura del artículo deja bien claro que es la autoridad lo que prima y no sus representantes legales. Y eso no cambia. En el preámbulo de lo que solicita el Gobierno al Senado se indica que los representantes de tales competencias del Estado en dicha Comunidad se han negado una y otra vez a cumplir la ley y por eso se pide facultar al Gobierno la potestad para cesarlos porque si no han obedecido antes a la ley para lo que representan, el Estado, no tiene sentido tenerlos en nómina porque los actos a corregir han de ser confirmados por los representantes de las autoridades que se niegan a colaborar, ergo si necesitas la firma de un consejero para que una medida se publique en el boletín de turno y éste se niega, no tiene sentido sacar una ley ad-hoc para suplantar su firma porque su firma en realidad es la de la autoridad (jurídica).
Todo correcto, rebuscar donde no hay no tiene lugar, y así lo veremos en el Senado, que podrá o no hacer cambios.

D

#28 #John_Doe y #Livingstone85 por qué no vamos a la constitución alemana de la que se copió este artículo? Porque los alemanes lo tienen bien redactada, y dice claramente que se debe obligar al gobierno de la autonomía en cuestión a cumplir la ley, y en el caso de negarse y después de tomar las medidas judiciales concretas, será el delegado del gobierno en la region quien asuma el cargo para la convocación de elecciones.
Lo que ha hecho Rajoy a esto no se parece en nada.
El 155 está mal redactado, eso es un hecho, no está ni desarroyado, otra chapuza, pero lo que pone dice claramente que Rajoy no puede quitar a nadie porque él lo vale y ponerse a si mismo o a cualquier otro que él elija a dedo.

D

#5 Ninguno está justificado en el contexto descrito.

D

#6 Tampoco con los controladores aéreos, pero se ejecuto. http://queaprendemoshoy.com/el-estado-de-alarma-y-la-crisis-de-los-controladores-aereos/
Sé que es desproporcionado, pero si quiere destituir a puchi, no hay otro.

D

#7 Puestos a hacer cosas ilegales, hay muchos métodos.

par

#7 No se si te he entendido bien. Estas diciendo que cuando va con tus intereses, entonces si que se pueden hacer cosas ilegales?

D

#58 No son mis intereses, sólo expongo lo que sucedió. Para mi este estado es un estado fallido e ilegítimo.

par

#59 Ok, como decias que si se quiere destituir a 'Puchi', no hay otra, habia entendido que decias que el objetivo justificava como se hacia.

D

#60 No, sólo indicaba los pasos que parece y pueden dar.

J

#22 No sé de dónde te sacas lo de 'virrey' por consejero. La Generalitat es la autoridad y el Govern sus titulares. El único titular elegido en el Parlamento, es decir, por vía popular indirecta (que no directa) es el President, el resto del Govern es a dedo (ergo nada de voluntad popular).
El 155.2 habla de autoridad no de titular de autoridades (lo cuál es lógico en tanto que los titulares cambian y no así las autoridades). Ergo el Estado ordena a la autoridad a cesar a sus titulares, no veo el problema legal ya que, insisto, no se habla de Govern interino o titulares o personas, si no de autoridades, y los titulares no son la autoridad, simplemente la representan según proceda.

D

#22 y dale con el virrey, desde luego los argumentarios de JxS dan poco margen para sinónimos.

Ejemplo práctico, hacienda de Cataluña, pasa a ser fiscalizada por el ministerio de hacienda. Seguirá teniendo autonomía, salvo que contravenga la ley. Punto pelota.

D

#24 El poder ejecutivo puede destituir parte del poder ejecutivo, alegando que no están cumpliendo sus obligaciones, y mediante la aprobación del Senado.

Qué solución propones, si tienes un gobierno regional que se pasa por el forro el poder judicial?

D

#33 "El poder ejecutivo puede destituir parte del poder ejecutivo".

No, no puede, solo el judicial puede hacerlo.

"Qué solución propones"

Muy sencillo, lo mismo, pero pasando por un tribunal.

La clave de la cagada que estamos haciendo está aquí: "Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España"

Quien ha determinado que incumplen con sus obligaciones? Todavia nadie (no, el constitucional ha declarado ilegales algunas actuaciones pero no se ha pronunciado a este respecto).

Se qué es un engorro llevar a alguien a juicio, especialmente cuando sabes que es culpable, pero el estado de derecho es asi (y tenemos que respetarlo):

Es necesario que el gobierno lleve a un tribunal en qué puntos han incumplido y por qué razones. Y es necesario aceptar la defensa que el govern quiera presentar.

Y si un juez dictamina que han incumplido, entonces y solo entonces el ejecutivo podrá actuar.

Es que no os hacéis a la idea de la caja de pandora que estamos abriendo (Page ya ha solicitado la suspensión del gobierno de castilla y el portavoz del PP del Pais Vasco ha insinuado que esa comunidad podría seguir el mismo camino).

Nos estamos meando en nuestro estado de derecho.

Hasta Maduro tuvo que pasar por el supremo para declarar inconstitucional y asumir las funciones del parlamento controlado por la oposición.

¿Es nuestro estado de derecho peor que el venezolano?

f

#34 Supongo que quería decir el legislativo, que sí puede destituir parte del poder ejecutivo. El caso más claro es la moción de censura.

Y es lo que se está haciendo ahora, por otra parte. El senado es legislativo.

i

#34 Entiendo lo que dices, puede que lo de que lo decida un juez tenga sentido. A parte de eso lo de que "cumple con sus obligaciones" puede que sea algo ambiguo pero lo de "que atente gravemente al interés general de España" creo que está bastante claro que sí se cumple en este caso.

D

#62 Es que no puede ser de otra forma.

Mira, entre las obligaciones de la generalitat está la de cumplir y hacer cumplir la constitución. Ergo, mi opinión es que no cumple con sus obligaciones. y mi opinión también es que atenta contra el interés general de España.

Pero... por suerte (y es una suerte) mi opinión en este respecto no importa salvo para dirigir mi voto en las siguientes elecciones.

La clave aquí está en ¿y la opinión de quién importa? ¿La del poder ejecutivo? ¿o la del poder judicial?.

En un estado de derecho únicamente la opinión del poder judicial puede importar.

Si admitimos que es la opinión del poder ejecutivo la que importa abrimos la puerta a un problema muy serio. Si echamos un vistazo a como se construyó la alemania nazi, fue exactamente así, usando resquicios estúpidos que no deberían de existir para ir arrojando la poder ejecutivo y a la presidencia poderes que no deberían de tener.

Yo no creo que el PP sea la Alemania nazi. Pero que el PP abrá esta puerta incluso si es por una buena causa es un peligro enorme por que convierte a España en el paraiso del dictador.

Y eso no lo van a hacer con mi consentimiento. (Si ocurre ocurrirá, pero me voy a cagar en todo y votar a cualquiera que diga que esto es una locura, incluso si para eso tengo que votar a VOX o a los comunistas. Esto
es de una gravedad que trasciende todos los demás problemas de nuestra democracia).

Res_cogitans

A mí no me parece constitucional la aplicación que han hecho del 155, por la siguiente frase:
"[...] podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general".

¿Qué obligaciones va a fozar cumplir a la generalitat? Actualmente en Cataluña no hay ninguna situación ilegal. Las leyes de referéndum y de transitoriedad están anuladas y no ha habido declaración de independencia, al no haber aparecido en el diario de sesiones del parlament. Por otro lado, no se puede forzar unas elecciones, y menos una destitución, cuando la generalitat no tenía esa obligación.

Y si nos atenemos a la protección del interés general, no hay ningún interés general que requiera ser protegido cuando no hay en vigor ninguna ley que lo pueda afectar. Además, el interés general es una fórmula tan vaga que da vergüenza ajena.

Battlestar

En que parte de "medidas necesarias" no entra destituir el govern? Lo necesario es lo necesario para solucionar la situación, estas pueden ser desde invocar a Cthulu, hasta enviar soldados vestidas de folclóricas o destituir al gobierno y convocar elecciones.

daphoene

#8 "estas pueden ser desde invocar a Cthulu, hasta enviar soldados vestidas de folclóricas"

😂 😂 😂

Qué grande...

s

#10 Y falso

themarquesito

#11 Supongo que si las autoridades de la autonomía se niegan a cumplir órdenes, se les puede acusar de desobediencia a la autoridad, pero no parece la gran cosa.

Artículo 556
1. Serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a dieciocho meses, los que, sin estar comprendidos en el artículo 550, resistieren o desobedecieren gravemente a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, o al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

D

#29 Y más cosas, como prevaricación o malversación de fondos si dedican dinero público a fines expresamente prohibidos

s

#29 Exacto. Será el poder judicial quien quitará a esas personas pero no el ejecutivo saltándose el judicial y violando el artículo 2 de la constitución que además de la indivisibilidad (que pretende violar puigdemont si no se dialoga con él, pero aún no ha hecho) protege la autonomía, que se vería eliminada con este "155" tal como se ha preparado para la ocasión

Los jueces serían quienes quitarían cada persona concreta por razones concretas (y desde la autonomía se verían obligados a poner otras) no cargarse el ejecutivo directamente la autonomía para poner un ministro gobernante

s

#8 El mismo artículo 2 de la constitución que se quiere salvaguardar sería violado si se hace

**
? Lo necesario es lo necesario para solucionar la situación, estas pueden ser desde invocar a Cthulu,
*+

Jamás. Han de estar de acuerdo con el resto de la cnostitución no violarla. La misma constitución te fija los límites de lo que no se puede hacer si un artículo no lo dice explícitamente, está el resto de articulado

Y estamos que se va a violar el artículo 2 y algunos otros...

D

#3 Estado de excepción por una reunión surrealista del parlament donde ni siquiera se declaró la independencia retóricamente? Sería una monstruosidad.

D

#4 Hay 3: alarma, sitio y excepción --> http://queaprendemoshoy.com/estado-de-alarma-y/

s

#17 pero no a cargarse la autonomía

J

#44 Nada se dice sobre ese tema, todo lo contrario. El susodicho artículo y la petición del Gobierno deja bien claro que lo primario es restablecer el orden constitucional para poder ejercer el estatuto de autonomía porque ambas cosas han sido violadas repetidamente.

J

#39 No, véase #66. Deberías examinar lo que dice la CE acerca de la organización territorial además de el correspondiente estatuto y leyes aplicables antes de emitir veredictos que sólo el TC tiene potestad y credenciales para ello.

s

#67 Sí es eliminar la autonomía lo que van a hacer no lo que se supone es el 155

MIra de verdad tu lo que se dice. Cuidado

Lo que se va a hacer no lo dice el 155, y viola el artículo 2 de la constitución y el estatuto de autonomía

Es un golpe de estado palaciego sin legitimidad al extralimitarse en arrogandose capacidades el ejecutivo que carece para esto

Cuidado

s

#66 Aplicar el 155 para suspender la autonomía (no dice nada de suspender la autonomía) es una violación de la constitución artículo 2 y del estatuto de autonomía

Es un golpe de estado palaciego con esa excusa. Pero lo que se hace es otra cosa de la que se intenta vender

Tanto una cosa como la otra son violados con la anulación de la autonomía y del estatuto que es lo que se va a hacer... el 155 no dice nada de eso. Y esto es contrario a la misma constitución

O sea que

Nekobasu

Todo les importa mas bien poco..

Como era aquello... Es mejor pedir perdon que permiso??
Pues eso..y luego la fiscalia te lo afina.

s

POr ciertto según el estatuto catalán para elegir el presidente de TV3 se necesita mayoría parlamentaria (etc). Por tanto también esta suspensión de autonomía suspende y anula el estatuto de autonomía

Duernu

#16 no lo creo, ademas son dos apartados, y el primero viene a decir que hagan lo que les de la gana.

Que no, que está muy pillado por los pelos.

Si en tiempos de Convergencia y Unió en el Congreso se hubieran molestado en intentar una ley que diere un desarrollo al 155 y lo acotara de alguna manera otro gallo cantaría, pero creo que estaban muy contentos pactando con todos los gobiernos para trincar para Catalunya pasta y acuerdos que el resto de pueblos de España no podíamos ni oler.

Duernu

#0 el punto 2 dice "podrá", no dice "debe", con lo que en realidad es una opción, no una obligación.

Así que no, no tienes razón. Ni tú ni todos los víctimas tras que esgrimen esta chorrada desde Catalunya.

J

#12 La cuestión es quién es la autoridad aquí, entiendo que el Govern no es más que un trabajador de la autoridad, que es la Generalitat. Es decir, el Estado ordena a la Generalitat (y no a Puigdemont) a que haga A o B, y si tal Generalitat, en manos de Puigdemont se niega, entonces el Estado ordena a la Generalitat a que cese a ese Govern. El 155 habilita a que el Estado cese a esos trabajadores.
Apartar del cargo podría ser más adecuado, pero no es más que un epíteto de cesar.
El 155 no se ha desarrollado en ninguna ley, así que se lo han tenido que montar en estos meses. Supongo que a posteriori de esto veremos alguna ley al respecto que desarrolla el tema con lo aprendido para futuras ocasiones (que esperemos no haya más que ésta).

Duernu

#12 “se usa siempre”

citation needed

C

#9 Ya, pero es como las "recomendaciones" de la RAE. Lo que te está diciendo es que lo hagas.

s

#9 Una opción que no tiene sentido si el 155 es una suspensión de autonomia la cual choca de plano con el artículo 2 de la constitución

N

podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general

Dejando claro que opino que todo lo que hace Rajoy es una demostración de torpeza política (todo, en cualquier momento) de la que a largo plazo se arrepentirá, empeñarse en hacer interpretaciones personales de lo que pone el artículo 155 no va a cambiar lo que pone el artículo 155.

podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones Ese aquella, se refiere a la comonidad autónoma, algo bastante interpretable. Si para eso hay que amenazar con la destitución, es evidente que lo permite y para que una amenaza tenga efecto, tiene que ir en serio. En cualquier caso, como el objetivo es obligar a cumplir con sus obligaciones, permite la destitución desde el momento en el que es única forma hacer cumplir las obligaciones. Y si no lo permite, el artículo no vale para nada.

podrá adoptar las medidas necesarias … o para la protección del mencionado interés general

Y por si de lo anterior nos quisieramos cegar con que se trata de obligar al gobierno de la comunidad autónoma (que cuando dice lo de obligar, no menciona al gobierno, sino a la comunidad) tenemos esta otra parte en la que cabe todo: desde enviar niños con flores el día de San Jordi, hasta bombardeos aéreos a Cataluña con niños con flores el día de San Jordi (exagerando un poquito).

Pero, en fin, que sí, que te pongas como te pongas permite la destitución primero porque sobre todo no especifica que no se pueda hacer, y segundo porque ese artículo está pensado con toda la ambigüedad del mundo para que el gobierno haga lo que estime oportuno, destituciones incluidas.

D

#1 No estoy de acuerdo. Habla de "instituciones autonómicas" y un virrey nombrado por Rajoy no puede serlo. Aparte el requerimiento es premisa inexcusable para iniciar el proceso, que solo puede derivar en instrucciones concretas (previamente aprobadas por el Senado) a las autoridades autónomicas.

J

#2 En el acuerdo del consejo de ministros no se habla de virrey, se habla de "órganos" o "autoridades". Ésta es la clave, y por eso serán los ministerios quienes asuman las competencias, que a su vez delegaran en los órganos correspondientes.
Nada se dice de nombrar a un nuevo Govern porque eso sí sería dictatorial, aunque en la práctica existirá un 'Govern' de perfil técnico que serían justamente esos órganos y autoridades. También deja bien claro que el control de las acciones será frecuente y por parte del Senado, que es quien a su vez aprobará esto o no.
No creo que la idea del Gobierno sea precisamente reconvertir a Cataluña y más bien dejar que la gente haga su trabajo en lugar de dedicar prácticamente dos meses en el mismo tema dejando el resto de la autonomía en suspenso sin hacer nada (¿qué ha hecho el Parlament desde primeros de Septiembre?). Y eso se verá en el Senado, a la par que veremos si el Parlament vuelve a su actividad parlamentaria habitual o se convierte en una colección de plenos para condenar el intrusismo del estado y poco más (que probablemente será lo que ocurra vistos los antecedentes).

s

#18
*+
Ésta es la clave, y por eso serán los ministerios quienes asuman las competencias, que a su vez delegaran en los órganos correspondientes.
**

Eso es eliminar la autonomia, es anticonstitucional

s

#2 Solo por curiosidad,¿ cuál es exactamente tu formación en derecho constitucional?

s

#1 esto entra en conflicto con el propio artículo 2 de la constitución que es precisamente lo que se quiere salavguardar. El presidente es quien tiene la potestad por ejemplo de ordenar nuevas elecciones y el representante de los votos... Te cargas la autonomía...

POr eso Rajoy lo primero que dijo fue que no se suspendía la autonomía aunque lo haga porque sabe que traspasa la linea

t

Podrían presentar un recurso ante el Constitucional.

a

La constitución tiene varias clausulas trampas con ambiguedad calculada. La redacción es extremadamente torticera.

Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.

No dice deberá, dice podrá. En otras palabras, esa segunda cláusula no añade absolutamente nada a la anterior y más valdría tacharla para no inducir a confusión.

Nuestra constitución permite una amplia libertad al gobierno pero y se va a actuar dentro de la constitución, pero convendría modificarla, porque su redacción es torticera. Se hizo así buscando contentar a todo el mundo, pero tiene varias chapuzas.

Marinmenyo

Resumiendo, destituir el govern seria ilegal y anticonstitucional?

jaspeao

Sí, siguiente pregunta.

Nylo

#51 lo de la cárcel sí, pero detenerlo y quitarlo de su puesto lo hace cualquier juez en cero coma.

demostenes

podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.

En este caso se toman las medidas necesarias para la protección del interés general que no tienen limitación alguna, salvo la propia Constitución claro está.
Además que así lo ha dicho Rajoy por activa y por pasiva. Es cuestión de leer la resolución del consejo de ministros.
Punto y pelota.

D

#19 No...tienen la limitación del apartado 2. Solo instrucciones, y nunca destitución para suplantar a la voluntad popular de los catalanes y controlar desde Madrid la comunidad autonoma.

s

#19
*
que no tienen limitación alguna, salvo la propia Constitución claro está.
*

Y por tanto no se puede hacer lo que quieren. POr ejemplo artículo 2 de la constitución... Sí suspenden la autonomía aunque lo nieguen

Etc...

demostenes

#45 Precisamente el 155 es para garantizar el funcionamiento de la autonomía catalana. Los indepes han desmontado la autonomía: Si no tienen ni un triste parlamento funcionando...

s

#70 No te enteras de nada. Esto no es un 155 sino la suspensión de la autonomía y control de las comunicaciones que es anticonstitucional. Nombrar el 155 como excusa es un mero paripé de cara a la galería y las intenciones son muy diferentes de lo que crees

demostenes

#71 Si piensas que una autonomía puede suspenderse es que no tienes ni idea de administración pública, ni tampoco lo permite la Constitución.
Lo que se hace es quitar a los dirigentes autónomicos que no es lo mismo que suspender la autonomía.
Esa confusión entre políticos y estado es fascismo puro. Aunque ya Luis XIV decía "El estado soy yo"

s

#72
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#71 Si piensas que una autonomía puede suspenderse es que no tienes ni idea de administración pública, ni tampoco lo permite la Constitución.
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Exactamente. POr tanto lo que van a hacer desde el ejecutivo es una aberración

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Lo que se hace es quitar a los dirigentes autónomicos
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No. Realmente se suspende. No se quitan unos dirigentes puntales y ya. LO que se va a hacer es suspender la autonomía. Lételo todo

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Esa confusión entre políticos y estado es fascismo puro.
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nadie los confunde. No se trata de quitar a unos políticos. Se trata de controlar la política entera (también funciones del legislativo), la admisnitración, finanzas, fuerzas del orden etc

Es suspender de facto la autonomía. No quitar cuatro políticos. POr eso es una aberración

Luego rajoy vendrá de salvador y quedará como un rey evitando el daño toda la mierda que está ¿en las noticias? casi no se habla de lo que está saliendo del PP y también de Rajoy...

Nylo

¿Así que sólo puede dar órdenes? ¿Y qué diferencia hay? "Convoque elecciones y dimita". Ya está. ¿No quiere? Inhabilitación permanente, cárcel y que pase el siguiente hasta que uno quiera.

D

#49 la diferencia es que eso que propones implica pasar por un tribunal.

D

Son solo relaciones de Poder, en este caso de sometimiento más que de influencia. Todo lo demás es pura paja. Papel mojado que da igual lo que diga.

enmafa

puede todo lo que quieran, por eso es peligroso aplicarlo, pero entiendo que es lo que querían conseguir los indepes, ahora no se quejen..