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Toda persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran constituir infracción en materias competencia de la ITSS (laboral, seguridad y salud laboral, seguridad social, empleo, etc.) puede reclamar los servicios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social . A estos efectos se consideran infracciones en el orden social las acciones y omisiones de los sujetos responsables (personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes) tipificadas y sancionadas en la normativa del orden social.
menéame
Dos veces que he denunciado temas de trabajo y de hacienda, me han obligado a poner mis datos.
Al final eso echa para atrás.
No sabes si tus datos acabarán en manos de los denunciados y luego te metes en un problema.
Ahora mismo estoy ante la duda con otra denuncia.
Conozco un sitio donde tienen a dos personas en condiciones de esclavitud. A una la tienen sin contrato (cobra 300€), y la otra trabaja once horas con un contrato de cuatro (y encima cobra 600€)
Esa persona debería denunciar pero no se atreve por no quedarse en el paro.
Si lo hago yo me estoy metiendo en algo que no me corresponde.
Pero me jode comprobar como sus jefes viven a cuerpo de rey, mientras esas personas están siendo explotadas.
Respuesta:................. Un profundo e incómodo silencio.
#4 Lo ideal es que esas mismas personas denunciaran. Son inmigrantes (los dos con papeles) pero aún tienen miedo a que su denuncia las estigmatice para próximos trabajos. Yo intento animarles a que o hagan y que dejen de explotarles, pero no se animan. Hasta les he dado el teléfono de mi abogada para que se informen.
#6 En países del norte de europa via web puedes consultar los ingresos, impuestos que pagan,etc. de cualquier ciudadano, de esta forma cualquier ciudadano puede denunciar a un vecino si por ejemplo cobrando 1000€ tiene un ferrari. A lo que voy es que tenemos la mentalidad que si denunciamos jodemos al que denunciamos, cuando el "denunciado" nos esta jodiendo a todos.
Si han cambiado la legislación y ahora pueden ser anónimas, me alegro. Ojalá fuera así.
Seguro que más de un explotador se lo pensaba.
Mira.....te pongo otro ejemplo.
Un día un amigo (dejó de serlo aquel día) me invitó a ir a un sitio a tomar unas copas. Resumo lo que vi: tráfico de drogas y prostitución de menores.
Vi salir por una puerta a un tío de unos 50 años, acompañado de una chica de no más de 17 años, y con la típica llave de hostal barato (con un taco de madera para no perderla).
Automáticamente me piré de allí.
Al día siguiente contacto con una dotación de la policía nacional (en Catalunya, así que mira si hace años) y el policía, después de informarlo, me dice que me tengo que presentar en comisaría, formular denuncia y dejar los datos.
Les respondí "Buenas tardes y hasta luego".
Con Hacienda lo mismo.......o das los datos o nada.
Así, obligando a que la gente dé la cara, nadie se quiere mojar. En este mundo, el que suele dar la cara se la acaban partiendo.
Es curioso que para algo tan fundamental como esto no pueda haber denuncias anónimas y sí para cosas como la normativa lingüística del catalán. Por ejemplo, puedes denunciar anónimamente (y por web) a un comerciante que no pone el cartel de "Tomates baratos" en català.
Esa gente, implicada y con conciencia, bien podrían poner la denuncia en su nombre, pues haciendolo más problemas de los que ya tienen no van a tener.
Tal vez necesitamos una web, donde la gente que conoce casos y quiere denunciar de forma anónima, se pueda poner en contacto con gente que no tiene miedo a denunciar.
Pero claro, eso si trabajaran como tienen que trabajar
Las denuncias ante la Inspección de Trabajo tienen la doble y, en apariencia, contradictoria cualidad de ser, a la vez, “secretas” y “públicas”.
Son “secretas” ya que la ley establece, tajantemente, que los inspectores de Trabajo y Seguridad Social y los subinspectores de Empleo y Seguridad Social considerarán confidencial el origen de cualquier queja sobre incumplimiento de las disposiciones legales (Ley 42/1997, artículo 12.1).
Son “públicas” porque cualquier ciudadano (aunque no tenga ningún interés directo en el asunto) puede denunciar el incumplimiento de las leyes sociales. (Ley 42/1997, artículo 13.1: “Es pública la acción de denuncia del incumplimiento de la legislación de orden social”.)
El sigilo sobre la identidad del denunciante viene impuesto por los Convenios de la OIT 81 y 129, sobre Inspección de Trabajo, ratificados por España [los inspectores del trabajo deberán considerar absolutamente confidencial el origen de cualquier queja que les dé a conocer un defecto o una infracción de las disposiciones legales y no manifestarán al empleador o a su representante que la visita de inspección se ha efectuado por haberse recibido dicha queja, artículo 15.c COIT 81 y, análogo, artículo 20.c COIT 129], y responde a la intención de evitar, en lo posible, que el empleador pueda ejercer represalias frente a los trabajadores que le hubieran denunciado
lacomunidad.elpais.com/consultaslaboralesgratis/2011/1/21/las-denuncia
Así que ya sabeis, si conoceis una situación ilícita, echad una mano y denunciad.
Claro que te aseguran que la denuncia será confidencial, pero no te quedas muy tranquilo sabiendo que corruptelas hay en todas partes.
Te pongo un ejemplo.
La denuncia que hice ante inspección de trabajo (en Barcelona) no era de una ni dos deficiencias, sino de varias.
Deficiencias que podrían suponer accidentes laborales graves (en algún caso hasta mortales).
Pues bien....vino una inspectora, miró las deficiencias, aplicó una moratoria para dar tiempo a que los errores fueran subsanados, y puso una multa irrisoria.
Tres años después, las deficiencias continuaban.
Vuelvo a presentarme para pedir explicaciones (en Travessera de Grácia 303 de Barcelona), y me dicen que el proceso es secreto (incluso para el que puso la denuncia, que en este caso era yo).
Me fuí de esa empresa hace un año (después de estar 16 años trabajando), y los problemas graves prosiguen.
Máquinas que podían cortar y/o aplastar manos (con las protecciones quitadas), máquinas perdiendo hidraúlico por las válvulas (todo el suelo pringado y resbaloso), máquinas con los cables empalmados con regletas en el exterior, máquinas sin el doble botón para evitar el aplastamiento, suelos irregulares y con baches, indumentaria sin la seguridad adecuada, vestuarios insalubres y (atenta) con los mandos del agua de las duchas dando calambre, etc, etc.
Pues me vine y nada arreglado.
¿Para qué sirvió mi denuncia?
Ahora añades la incompetencia del servicio de inspección. Bueno, me temo que eso es harina de otro costal:
- tienen unos medios muy limitados (por ejemplo toda la provincia de León está en manos de dos personas, no les da más que para revisar los accidentes laborales y a veces tarde y arrastras)
- la normativa es bastante garantista, su objetivo es más corregir las cosas que sancionar, de modo que si dices que corriges te libras de buena parte del problema. Sobre todo porque el primer punto hace que la visita de comprobación tarde mucho y entretanto "todos felices"...
El truco de los sindicatos para esto es insistir re-denunciando lo mismo otra vez en cuanto ven que se cierra el primer expediente, porque la reincidencia aumenta la sanción y la nueva denuncia obliga a repetir la visita, abrir nuevo expediente, etc.
En cualquier caso, lo que es seguro es que sin denuncia no hay inspección (las de oficio o rutinarias casi no les da para hacerlas), y sin inspección nadie será sancionado y nada será corregido. En el caso que comentas en #1, la vía lógica es denuncia a través de sindicato o similar, porque el trabajador, sí o sí, tendrá que testificar cuando el empresario asegure que trabaja las horas por las que está contratado, etc.
Tanto en #1 como en #22 digo que sé que son anónimas (hacia el denunciado)
Quizás es que no me explicado nada bien por intentar resumir todo.
Cuando digo: Vuelvo a presentarme para pedir explicaciones (en Travessera de Grácia 303 de Barcelona), y me dicen que el proceso es secreto (incluso para el que puso la denuncia, que en este caso era yo).
Me refiero al significado de anónimas, como algo que se hace sin necesidad de dar ningún dato a ninguna persona.
La cuestión no es que alguien sepa o no que has puesto la denuncia, el problema es que has de ir con el DNI en los dientes para que te hagan caso, y tampoco eso te asegura que no llegue a trascender tu identidad.
El lío creo que viene al usar "anónimo" en ambas vertientes.
Una como "que nadie sepa que tu has denunciado"
La otra "que no tengas la necesidad de ir con DNI por delante"
He mezclado ambos conceptos y veo que se ha liado (por mi culpa).
Respecto a la eficacia o ineficacia, creo que hay de todo y dependerá mucho del Inspector con el que topes, sí que es cierto que los medios con los que cuentan suelen ser escasos.
Lo que sí me da la impresión es que a veces se fijan o dedican el tiempo a temas sin demasiada importancia y los temas importantes, normalmente más complejos los dejan de lado porque dan más trabajo o quizás puedan afectar a empresas más importantes.
"...pero yo he estado en visitas de Inspección en las que la denuncia está encima de la mesa y puedes ver quien la ha hecho, persona física o sindicato"
Así pocas ganas de denunciar por parte de nadie.
Por otra parte, la acción de denuncia es pública, lo que quiere decir que, si tú no quieres denunciar, puede denunciar el incumplimiento de la normativa social tu madre, tu abuela o tu vecina enrollada del quinto. Al denunciante le llegará una carta en la que se le informará de que se han procedido a realizar tales o cuales actuaciones a propósito de su denuncia.
#7 Si la Inspección declina su competencia no es porque a los inspectores no les apetezca trabajar, sino porque la competencia del caso la tienen los tribunales de orden social. Y otras veces la Inspección tampoco puede actuar porque el asunto se encuentra sub judice (un tribunal está conociendo del asunto). Si te pasas mucho por la Inspección aprovecha para que te expliquen esto.
No te van a informar del montante de la multa aunque seas el denunciante, porque el único interesado, una vez que se ha abierto el procedimiento sancionador es el presunto responsable.
Lo de la moratoria de que hablas es un requerimiento: Si la empresa no hace esto en este plazo, se le impone la multa. Y esto para según que casos.
Si tienes conocimiento de que siguen pasando las mismas cosas pasado el tiempo, deberías denunciar con más motivo, la reincidencia en las conductas infractoras es un agravante de las sanciones.
Lamento que hayas tenido una mala experiencia, pero te animo a denunciar todo lo que veas. Es un deber ciudadano, y muchas empresas hacen auténticas barbaridades por la sensación de impunidad que tienen.
Nos tenía que dar vergüenza ir haciendo de chivatos de esta casta repugnante.
noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg5-2000.html#a40
Igualmente he presentado bastantes denuncias en el mismo sitio e, igualmente, tengo la certeza que jamás han dicho quién denunciaba (aunque en mi caso me daba igual: soy asesor laboral y para mí son cosas profesionales, no personales)
en otros sitios no os puedo comentar.
¿Alguien cree que valió de algo? A día de hoy, la empresa sigue abierta, funcionando y cometiendo las mismas irregularidades.