Hace 7 años | Por --478676-- a confilegal.com
Publicado hace 7 años por --478676-- a confilegal.com

El Juez Villegas, Decano de Guadalajara, solicita a Proteccion de Datos que se sancione al Ministerio y que se suprima la difusión, tanto de su DNI como de su correo electrónico, que figura en su firma electrónica.

Comentarios

Kuttlas

#4 Prefiero pensar en un periodista torpe que un juez incompetente

D

#3 Se puede alegar que el reglamento entero que citas no se aplica al caso.

Artículo 2.1.
El presente reglamento será de aplicación a los datos de carácter personal registrados en soporte físico, que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado
”.

No veo defendible que la intención de los documentos firmados por un juez sea hacer sus datos personales susceptibles de tratamiento alguno.

Por ello, si lees el artículo, verás que el juez se apoya en la LOPD 15/99 aludiendo al ”deber de secreto”, así como en jurisprudencia previa.

Incluso se puede ir más allá y alegar que el estado no es persona jurídica cuando actúa en el ejercicio sus funciones (sólo lo es cuando actúa en el plano privado y patrimonial), tumbando de un plumazo la excepción que citas. Dudo infinitamente que nadie se atreva a defender la legalidad de la publicación sin consentimiento de datos personales de funcionarios.

Kuttlas

#6 El Estado es una persona jurídica, lo que tal vez no sea es una entidad mercantil.

No he defendido que se puedan difundir datos personales de los funcionarios, discuto que el e-mail profesional sea un dato personal y te indico el artículo que lo dice claramente.

D

#9 No veo que el artículo que indicas diga que no se trata de datos personales, ni claramente ni de ninguna manera.

De hecho habla específicamente de ”datos referidos a personas físicas”, que prácticamente es la definición de ”dato personal”. Y lo concreta en ejemplos como ”nombre y apellidos, funciones o puestos desempeñados, dirección postal o electrónica, teléfono”... Si pretendes convencer a alguien de que eso no son datos personales, lo tienes claro.

Y no, el estado no es persona jurídica cuando actúa en el ejercicio de sus funciones, sólo lo es cuando actúa en el ámbito privado o patrimonial (y obviamente no es el caso).

D

#14 Así que eres de esos trolls payasos que pone enlaces aleatorios que NO confirman lo que dice, sólo para hacer perder el tiempo a su interlocutor...

Bueno es saberlo, para no molestarme en leer nada más que enlaces tú.

Kuttlas

#15 Tu no mandas links para justificar las tonterías que dices, directamente dices el primer cuñadismo que regurcitas de tu mente.

ogrydc

#3 Ese reglamento se aplica a la creación de registros para su posterior tratamiento, no a la publicación de datos de carácter personal. Se aplica la LOPD, y es en lo que el juez basa su denuncia.

D

#1 #0 este tio es gilipollas, se aprovecha de una ley para tumbar un sistema que no tiene otro método de certificar que no hay duplicados en la firma electrónica. Yo he estado en la subdelegación de nuevas tecnologías del ministerio de justicia administrando la plataforma de firma, la Digitalización de la Audiencia Nacional y Lexnet

Las tarjetas que tienen usan los mismos datos que el DNI electrónico, el certificado lleva en el DNI y no el nombre sólo para prevenir duplicados, si sólo pones el nombre incumples automáticamente uno de los cuatro principios de la comunicación segura, la autenticación al no garantizarse que no pueda haber un duplicado en el nombre y apellidos y pueda tratarse de otra persona

Es la propiedad que permite identificar el generador de la información. Por ejemplo al recibir un mensaje de alguien, estar seguro que es de ese alguien el que lo ha mandado, y no una tercera persona haciéndose pasar por la otra (suplantación de identidad)

https://es.wikipedia.org/wiki/Seguridad_de_la_informaci%C3%B3n

Es cierto que está tirando de la LOPD y se la bufa las limitaciones tecnológicas pero va a conseguir justo lo contrario, que no haya garantía en una firma digital

Ganas de salir en las noticias tocando los cojones

Y sí, hay soluciones pero pasaría por usar la codificación del ADN como firma digital, un posible sistema de huella digital junto a otro sistema biométrico secundario (las huellas se pueden falsificar) o usar el número de magistrado como firma pero habría que cambiar todo el sistema con el coste en el que ello se traduce

a

#19 ¿Para prevenir duplicados no serviría un hash del DNI?

D

#26 Sí, que se haga un hash de todos los datos del DNI o cualquier otro algoritmo de cifrado suficientemente seguro como SHA256 (que es lo más seguro actualmente), también, pero de nuevo habría que cambiar los certificados, en este caso las tarjetas que usan

PedroMateu

#1 Los "jueces" se inventan sus propias leyes, los intocables.

D

Este procedimiento de DNI completo y email profesional ya lo utilizan otros funcionarios del Ministerio de Justicia en su firma electrónica.
El señor juez no sabe hacia que mundo viajamos. Que se olvide de esas privacidades. Ya no disfruta de otras que ignora que no las disfruta y ojos que no ven corazón que no siente. La humanidad ha entrado en otro modelo de civilizacion muy distinto al anterior en muchos aspectos. Ya no habrá esa privacidad. Estamos en vigilancia total. Para dirigir con eficacia el mundo hace falta ese control total, pero nos dirán que los datos son de uso "neutral" que no los usarán contra nosotros sino para favorecer el bienestar general. Asi que anda desorientado su señoria sobre el contexto que le ha tocado vivir.
En los aspectos legales pues la Agencia adaptará su jurisprudencia a los nuevos amos y punto.

RivaSilvercrown

#5 pero, mientras tanto, puede denunciar. Y es cierto que adapta la legislación: en 2 años debería de entrar en vigor el reglamento nuevo por el que la multa es un % de la facturación, no una cuota fija (ya que a muchas empresas más o menos grandes les salía más rentable pagar la multa que hacer las cosas bien).

D

#8 Las entidades públicas no pagan multas, están exentas, su condena solo es una declaración de infracción sin más consecuencias prácticas.

D

#5 ¿Y te parece mal que se denuncie?

D

#13 Claro que no, sin privacidad no hay alma humana, pero hay que ser realistas, estamos ante un mundo en demolición y derribo de cuyas ruinas emerge otro pero que muy distinto. Los de la vigilancia total nos tienen cogidos por los huevos y no tenemos capacidad de resistencia efectiva.

D

Pues menuda idiotez. Si firmas un documento es para acreditar que tú lo has firmado, y sólo tu nombre no es suficiente para identificarte, pues puede haber más personas con tu mismo nombre.

devnull

#16 Es lo primero que he pensado.. ¿Alguien ha denunciado al BOE cuando publican los DNIs?

Unregistered

#16 Esa información ya está asociada a la clave pública (PKI) que es con la que firma, es única y nos identifica a todos y cada uno de nosotros en el DNI-E, no es necesario publicar los datos restantes, de hecho supone un riesgo para su seguridad (suplantación de identidad, privacidad, etc).

https://es.wikipedia.org/wiki/Infraestructura_de_clave_p%C3%BAblica

D

Es terrible que esta persona tenga que exponerse de esta manera, lo justo sería que pudiera juzgar tranquilamente tras una mámpara que preservara su privacidad y firmar las sentencias con algún pseudónimo que evitara su identificación, tal que viciosilla69 o castigador1956 le condenan a 3 años y un día.

D

#18 En Perú los tribunales contra el grupo Sendero Luminoso se constituían con jueces cuyos rostros eran tapados por pasamontañas, recibiendo la denominación de "jueces sin rostro"; tanto la Corte Interamericana de DH como el Comité de Derechos Humanos declararon contrario a los derechos humanos los tribunales de "jueces sin rostro"; imaginate las barrabasadas de los jueces españoles a plena cara que ya hacen (un juez español medio o del montón es como un policia gamberro impune) si pudieran actuar ocultando hasta el nombre y aspecto físico instaurarían ya el fascismo judicial que ya han soportado cientos de miles de "justiciables" y si no preguntad.

D

Pues me da a mi que le va a caer un puro de tres pares por parte de la agencia . La Unidad Central de Seguridad Privada , UCSP , por orden del Comisario Sr Gandara , se le ocurrio poner el numero de dni en la tarjeta de identidad profesional de los vigilantes de seguridad . Se recurrio en base a la LOPD y se gano . El Sr Gandara recurrio y volvio a perder . Ademas la Agencia Española de Proteccion de Datos es un ente independiente que se autofinancia con las multas por lo que blanco y en botella

D

#7 ¿quien pone al director? Yo recuerdo que el partido mayoritario. La Agencia se financia de las propias multas? Jajaja, entonces "sirve con objetividad los intereses generales"como dice la Constitucion sobre la Administración Pública si tiene intereses propios en su financiacion. Me recuerda como se pagaba a los jueces en tiempos de Cervantes y aun mucho más recientes, un tercio de la multa al denunciante, otro tercio al juez y un tercio para el rey.