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Los Mossos d'Esquadra no encuentran suficientes indicios incriminatorios contra las dos monitoras de la Escuela L'Olivera de Vallirana, en el Baix Llobregat, denunciadas por agresión sexual. La policía, ante esta falta de pruebas incriminatorias, elevará el expediente al juez, quien deberá decidir si archiva el caso. Relacionada: Ascienden a siete los menores que presuntamente sufrieron agresiones sexuales en un colegio de Vallirana (Barcelona)
Hace 6 meses | Por --736055-- a vilapress.cat
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Según han explicado algunos padres de las clases afectadas "las monitoras se llevaban a los niñ [...]

Comentarios

neotobarra2

#5 La noticia no dice que no se haya encontrado un solo indicio. Dice que no han encontrado suficientes, que es distinto.

BiRDo

#30 Y ni una sola prueba

crispra

#3 Pues entiendo que les habrán mirado también los móviles, que en otra noticia decían que podría haber fotos o vídeos, supongo que no han encontrado nada que sustente el caso.

Atusateelpelo

#4 Pues juraria que no se pueden mirar moviles sin el permiso de los dueños u orden judicial.
Por no decir que tanto fotos como videos se pueden borrar o estar ocultos y que solo expertos podrian encontrar las pruebas.

De todas formas fue el centro medico quien activo el protocolo.

TipejoGuti

#6 Yo tb creía eso
ya que ninguno de los informes médicos avala que las niñas fueran víctimas de tocamientos

Atusateelpelo

#9
Del meneo relacionado...

Según algunos padres de las clases afectadas, "el primer caso en el que se dieron cuenta de que podrían haber presuntas agresiones sexuales fue tras apreciar lesiones en zonas íntimas en una de las menores compatibles con abusos". Tras llevarla al hospital, "el centro activó el protocolo perceptivo porque podía tratarse de un caso de presuntos abusos sexuales"

Ascienden a siete los menores que presuntamente sufrieron agresiones sexuales en un colegio de Vallirana (Barcelona)

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CC #11

TipejoGuti

#10 Ajam, gracias, por eso lo creía.

frankiegth

#18. No voté la noticia anterior precisamente por la posibilidad de que la investigación lo dejase todo en nada. Y eso que solo leí el titular y la entradilla, no entré en la noticia. Y aquí estamos ahora confirmándolo en #0.

S

#21 Una cosa, personalmente no diría que esto confirme nada, y por lo que he visto en la declaración de una de las familias creo que es algo bastante claro (#18), otra cosa es que sea demostrable, que los padres se inventen algo, o que incluso los niños se inventen/tergiversen algo.

BiRDo

#21 Hice lo mismo que tú.

crispra

#6 Tampoco yo sé a qué punto pueden mirar los móviles. Pensé que ya tendrían una orden judicial para ello, teniendo en cuenta la otra noticia, pero quizás no... No sé cuántos indicios hacen falta para que puedan examinarte el móvil la verdad. De cualquier forma, yo creo que si fuera inocente, dejaría que me lo miraran en este caso, porque las acusaciones son muy graves.

Cierto, creo que en la otra noticia dijeron que fue el centro médico que había activado el protocolo, pero ahora dicen que no había motivo?. No entiendo la verdad, supongo que ya saldrá más información.

c

#11 Yo no dejo que miren mi móvil sin orden judicial, es una invasión de la intimidad y no hay que permitirlo porque a unos cuantos padres se les vaya la pinza en un ataque de locura colectiva. Cuando leo casos así me viene a la cabeza el caso McMartin.

crispra

#13 Pues a ver, yo en un principio, así en frío, pienso que tampoco lo permitiría, pero sinceramente, si me veo en esa tesitura de que puedo ser acusada de un delito grave por una turba de locos y el dejar que me miren el móvil puede hacer que termine la cosa de forma rápida...Pues no sé, yo pienso que si lo dejaría la verdad. Aunque claro, es difícil ponerse en la situación hasta que no la vives.

c

#16 Que te miren el móvil no va a hacer que acabe más rápido. Pueden pasar dos cosas, o hay dentro pruebas que te incriminan, con lo que vas directo al calabozo, o no hay nada y sigue la investigación su curso. Que no haya nada no te hace inocente.

Magankie

#19 a ver, ahorrar tiempo se ahorra, y si bien es cierto que no termina la investigación, la actitud de poder ayudar sí se tiene en cuenta.

l

#39
#19
#32 5 Años por un tectimonio inversimil de una paliza en la que rompen armarios con el cuerpo y no tiene lesiones que serian esperables en ese caso. Lo suelta cuando llevan 5 de 7años, porque la susodicha iba pregonando que lo habia metido mintiendo.


Al padre de yaiza, la niña que su madre mato. Tras 28 absoluciones tuvo una condena, a pesar de que el testimino tenia partes que se sabian falsas.
https://medium.com/el-saco-del-coco/los-tribunales-condenaron-al-padre-de-olivia-sin-m%C3%A1s-prueba-de-cargo-que-la-palabra-de-la-mujer-42e7e1d5bc14?source=collection_home---6------0-----------------------
https://scribe.rip/el-saco-del-coco/los--condenaron-al-padre-de-olivia-sin-m%C3%A1s-prueba-de-cargo-que-la-palabra-de-la-mujer-42e7e1d5bc14

#27 No existe la obligacion de reincorporarlas al trabajo una vez se saben inocentes?

S

#13 #16 Antes que nada, ni idea que haria en una situación así, los ideales a veces están claros, pero el ser práctico es complicado. Idealmente, pienso que no tendrían que mirar mi móvil si no estoy obligado a ello.

Por una parte, no tienes ni idea de lo que puedan encontrar y que luego, por omisión o error, usen en tu contra, por eso siempre se recomienda no hablar con la policía sin un abogado. No eres un experto en informática forense, tampoco sabes como manejan esas investigaciones, ni conoces al dedillo la jusrisprudencia, leyes, ni procesos judiciales..

Y por otra, no descarto que puestos a incriminarte injustamente por indicios, el que no cedas simplemente refuerce esa postura.

Siempre pienso en el caso de Rocio Waninkof, y eso te suele jugar en contra generalmente mientras más ambiguo queda el caso.

l

#12 Que lesiones hacia para que un tobogan provocas indicios de abuso sexual?

#6 No se si alguien puede solicitar un indeminzacion por el trastorno de la acusacion, aunque no fuese mal intencionada.

Sendas_de_Vida

#14 ese tobogán tenía algunos rebordes que si se tiraban o se movían mientras bajaban la zona de la vulva podía sufrir lesiones.

Con respecto a una indemnización siempre se puede pedir.

MAD.Max

#17 en ese caso ya estarían retirados.
En los parques infantiles de ahora solo les falta poner airgabs. Cuando éramos niños nosotros, los parques infantiles si que eran una aventura de supervivencia.

Sendas_de_Vida

#26 hay laterales para que no salgan despedidos #17
Esos laterales pueden causar daños si se es muy bruto o bruta. Solo erosiones, eso sí.

I

#17 No sé cómo sería el tobogán, pero para causar lesiones en la zona genital, me imagino que las causaría antes en las piernas o en el culo... Vamos, del 'diseño moderno' ya me espero cualquier cosa...

S

#14 Recuerdo que de pequeño tuve una lesión en el cóxis por un tobogan, no es lo mismo, pero fue algo bastante grave, y cuya lesión me duró meses. Tampoco hice nada fuera de lo normal.

También he leído que es fácil que por ejemplo, una mujer rompa su himen haciendo ciertas actividades físicas intensas. Y aunque no tenga nada que ver, es como esa advertencia de no usar shorts de baño con malla porque te puede atrapar la piel del escroto. Es algo rarísimo que siempre le pasa a alguien.

Solo lo digo que al menos no pienso que sea imposible.

l

#37 Las preguntas eran para entender como paso, no por incredulidad.
Ahora tengo dudas como paso lo del coxis y lo del escroto.
Lo del coxis, pienso que pudo ser al caer a plomo de final del tobogan.

Ehorus

#6 como mirartelo te lo pueden mirar.. luego en el juicio, a poco que tu abogado sepa de leyes, solicita la anulación de pruebas por haber conseguido la obtención de documentación sin el preceptivo orden judicial - y como eso sea todo la carga judicial, ya puedes ir diciendo adiós al caso.
No sería la primera vez, que habiendo obtenido escuchas de forma ilegal, el abogado defensor - pese a lo crítico del caso, consigue que el sistema desestime las escuchas, y por tanto, el sobreseimiento del caso.

e

#6 entiendo que harian un analisis forense de los moviles, que no le mandarian ala abuela del capitan mirar si veia algo. No estan facil borrar las cosas y sin rastro.

gontxa

#3 hombre, no es que pasen el marrón al juez, simplemente informan al juez con sus conclusiones, sean cuales sean. Es el juez el que decide.

G

#12 los padres, por sobreprotectores pueden caer en la paranoia, recuerdo el caso de la ola de histerismo en USA, donde los padres estaban convencidos de que había rituales satánicos por guarderías de toda USA, al final todo eran fantasías de algunos niños que sus padres habían fomentado por un clima de histeria colectiva

MIrahigos

#3 Yo sigo con lo mío, si hubiesen sido curas dudaría de todos y para mí serían culpables. ¿Para ti no?

Si hubiesen sido curas pondría en duda la legitimidad del estado opresor y me pondría de parte de las víctimas.

Si fuesen curas, siempre.

Es que estudié en colegio de curas estando interno y nunca me pusieron una mano encima pero les cogí un asco que ni veas, y soy ateo anticlerical y muy racista con todas las putas religiones.

d

#3 Si claro, yo te lo explico es muy sencillo, todo depende de si te cuelga algo o no

S

#20 A mi me parece una simple cuestión de estadística, si tienes 20 niños a tu cargo, lo mismo si tienes 4 grupos diferentes, son 80 niños, cada uno con 2 padres/tutores, pues son 160 adultos protegiendo a sus crías, es fácil que cada año te toquen al menos un gilipollas.

En todo caso, creo que las declaraciones que he visto por parte de una de las familias, no tiene nada que ver con algo "interpretable". Tampoco lo reproduzco porque al final lo importante será lo que se vea en el juicio y era bastante truculenta su versión.

m

#20 Tu amiga es una floja: se queja por dos horitas de comedor cuando las maestras tienen que aguantar a esos angeitos y sus familias toda la jornada, de sol a sol.

Yagona

#45 Creo que te falta comprension lectora.

m

#49 Y a ti te falta pillar las ironías

Yagona

#65 Ya puede ser

t

Cuando uno tiene hijos descubre que hay mucho padre gilipollas también. “¿Cómo que le ha tocado la polilla a mi hijo? ¡A la AN!”.

Magankie

Parece ser que el propio testimonio de las víctimas no es suficiente.

Bixio7

#32 y no puede recurrir con un abogado de oficio ? o eso existe solo en las películas? (por suerte no he estado en ningún juicio)

K

#36 Abogado de oficio tenía. Creo que si pierde el recurso le podían hacer pagar los costes. Y también se arriesga a que le condenen por más tiempo y hacerle pisar cárcel. Su abogada de oficio le aconsejo no recurrir. Es una persona mayor de 60 años el acusado.

K

#44 ACOJONANTE

JohnnyPergamino

#2 Qué atrevida sigue siendo la ignorancia.

BiRDo

#39 cuando el acusado es hombre y la víctima mujer si basta con el testimonio de la víctima. Lo dice la ley y lo confirma el TS

elkaladin

#50 Imagino que se refiere a la LIVG que es la única ley que establece diferentes delitos para los mismos hechos en función del sexo de quien los cometa.

r

#50 No es exactamente una ley, sino una doctrina judicial que surge de múltiples sentencias del TS y TC

https://www.langreocuatro.es/noticias-gijon/40-requisitos-para-la-suficiencia-de-la-declaraci%C3%B3n-de-la-v%C3%ADctima-en-el-proceso-penal

Según otro artículo que leí hace tiempo pero que hoy no soy capaz de encontrar, el mismo principio se aplica a cualquier clase de delito, no solo violencia de género.

r

#62 Para que el testimonio de la denunciante/víctima tenga valor de prueba directa, se tienen que cumplir unas condiciones (coherencia, plausiblidad, que no haya enemistad que la induzca a mentir...)

...pero tales condiciones son valoraciones subjetivas (qué grado de incoherencia es normal o no en una narración de eventos traumaticos y lejanos) (estar en un proceso de divorcio no cuenta como enemistad, y los beneficios enomicos que recibiría como víctima tampoco cuentan como motivo) y de ahí surgen situaciones esperpénticas, como el chico condenado por sobar a un chica y fugarse en moto, pese a que el chico era gay, nunca tuvo moto y ni coincidía con la descripcion inicial que dio la acusada.

B

#38 Lo que dices es falso. La jurisprudencia del testimonio como prueba no distingue si la víctima o agresor son hombres o mujeres. Da igual.

Y si no, ¿me puedes decir cuál es esa ley "tan clara" que dice eso y dónde?

#39 Insisto. Lo que dices es totalmente falso. Y si no enlaza esa jurisprudencia y demuéstralo.

K

#2 pero ES QUE el testimonio puede ser suficiente... por muchas gilipolladas que digas.
Por ejemplo para que tu pareja duerma en el calabozo si tiene pene y tu vagina. ¿A que al revés no pasa?. No se quien dice gilipolladas...

J

#2 Si mal no recuerdo el 80% de los casos de viogen se condena con la única prueba del testimonio de la denunciante. La cual tiene que tener una serie de requisitos.

MIrahigos

#2 Yo si te creo hermana.

Pero si hubiesen sido curas todos hubiésemos pensado que el estado los protege, y yo el primero.

avalancha971

#1 ¿Para meterlas sin pruebas en el calabozo?
No, ya que en estos casos no existe riesgo...

Ya que para lo que sí sirvió el propio testimonio de las víctima fue para apartarlas de su puesto de trabajo. Que también es un gran daño que sería injustificado en caso de denuncia falsa.

BiRDo

#27 Injustificado no, colateral. No se puede justificar una acción por un hecho posterior. Las causas son anteriores a las consecuencias.

Djalminha

#1 No me digas que no han creído a las víctimas!

anv

#31 No están obligados por la ley a creer a la víctima cuando el agresor es mujer.

B

#41 ¿No tienes nada que decir, verdad? La próxima vez que digas algo parecido te voy a reportar por bulo.

anv

#69 Uff... ya una vez me tomé el trabajo de buscar las sentencias y poner todos los enlaces. No tenía ganas de hacerlo de nuevo.

A ver qué te encuentro rápidamente en google:

https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunal-Supremo/Noticias-Judiciales/El-Tribunal-Supremo-afirma-que-las-victimas-de-la-violencia-de-genero-deben-ser-tratadas-como-testigos-cualificados-de-las-agresiones-

El Tribunal Supremo afirma que las víctimas de la violencia de género deben ser tratadas como testigos cualificados de las agresiones

La Sala explica que este problema no se resolvió en la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito, donde se pudo hacer una modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que habilitara una especial y privilegiada posición de la víctima del delito desde el punto de vista del proceso penal

la versión que puede ofrecer del episodio vivido es de gran relevancia, pero no como mero testigo visual, sino como un testigo privilegiado, cuya valoración es valorada por el tribunal bajo los principios ya expuestos en orden a apreciar su credibilidad, persistencia y verosimilitud”.


Igual la vez pasada había encontrado artículos más claros y explicativos.

B

#70 ¿ Y dónde dice que solo se aplica cuando la víctima es mujer, que es lo que te digo que es falso?

Esa jurisprudencia es previa a la Ley de Violéncia de Género y que se aplique en casos de violencia de género no excluye que se aplique en otros.

Así que es falso lo que dices.

anv

#71 a ti te falla un poco la comprensión lectora.

Según el ts, tratándose de la ley de violencia de género (esa que habla específicamente de violencia de hombres hacia mujeres), la palabra de la mujer está al nivel de un testigo experto.

O sea que si es tu palabra contra la de ella, el juez está obligado a creerle a ella. Si miente, eres tú quien tiene que demostrarlo.

B

#72 La comprensión te falla a ti, que se aplique especialmente en casos de violencia de género no excluye que se aplique en otros casos. Se aplica a delitos cometidos en la intimidad, como maltrato,abusos, etc.

La doctrina del testimonio de la víctima como única prueba de cargo se aplicó ya mucho antes de la Ley de Violencia de Género.

https://www.langreocuatro.es/noticias-gijon/40-requisitos-para-la-suficiencia-de-la-declaraci%C3%B3n-de-la-v%C3%ADctima-en-el-proceso-penal

anv

#73 que se aplique especialmente en casos de violencia de género no excluye que se aplique en otros casos.

Aja, pero queda claro entonces que en los casos de violencia de hombres hacia mujeres, la sola palabra de la mujer es prueba suficiente de la culpabilidad del hombre, ¿no?

Tu dices que en otros casos también, puede ser. Pero lo que ha dicho el TS es que en lo referente a violencia de género, el juez está obligado a creer en la palabra de la mujer a no ser que sea evidente que miente.

B

#74 No, la declaración de la víctima tiene más valor que la de cualquier otro testigo. Pero el juez no está obligado a creerla.
El testimonio como prueba única de cargo tiene que tener muchos requisitos. No basta con que la víctima diga: "me ha pegado", hala a condenar.

Hay muchas absoluciones en delitos de violencia de género precisamente porque a veces la única prueba es el testimonio de la víctima y no se considera suficiente para desvirtuar la presuncion de inocencia. Piensa en maltrato sin lesiones, injurias o amenazas sin testigos. A veces la única prueba es la declaración de la víctima. Y si su sola palabra bastara ¿no crees que habría muchas más condenas?

anv

#75 la declaración de la víctima tiene más valor que la de cualquier otro testigo. Pero el juez no está obligado a creerla.

Cuando es consistente y se repite cuando se interroga varias veces, la sentencia del TS dice que hay que creerle. Y las sentencias del TS sientan jurisprudencia así que los jueces están obligados a hacer lo mismo.

Hay muchas absoluciones en delitos de violencia de género precisamente porque a veces la única prueba es el testimonio de la víctima y no se considera suficiente para desvirtuar la presuncion de inocencia.


¿Tienes algún ejemplo? Me refiero a un ejemplo donde la declaración de la víctima no se contradiga con nada y aún así no haya sido considerada prueba suficiente.

B

#76 Es que si no se contradice con nada y reúne el resto de requisitos necesarios (que son bastantes), la declaración de la víctima puede considerarse prueba de cargo, igual que en cualquier otro delito sin más testigos.
Te lo pongo en negrita, a ver si así lo entiendes.

anv

#77 la declaración de la víctima puede considerarse prueba de cargo

Es que parece que no te queda claro que en el caso de violencia de género no es "prueba de cargo". Se pone al nivel de un testigo experto. O sea que a no ser que el acusado tenga pruebas de que es inocente, la palabra de la mujer es prueba suficiente.

O sea, que en estos casos la presunción de inocencia queda anulada por la ley.

Normalmente en casos de palabra contra palabra, prevalece la presunción de inocencia. En los casos de violencia de género no es así. Lo dice el TS.

B

#78 De tu propio enlace:

Ello no quiere decir, precisa la Sala, que la credibilidad de las víctimas sea distinta del resto de los testigos, en cuanto al valor de su declaración, aunque el tribunal sí podrá apreciar y observar con mayor precisión la forma de narrar cómo ocurrió el hecho por haberlo vivido en primera persona y ser sujeto pasivo del delito, sus gestos, sus respuestas y su firmeza a la hora de atender el interrogatorio en el juicio con respecto a su posición como un testigo cualificado que es, al mismo tiempo, la víctima del delito.

Que no, que el TS no dice eso, que tú te lo inventas.

Y lee los hechos probados de la sentencia en que el TS razonó eso, que es que encima hay más pruebas que el testimonio de la víctima.

Y ya lo dejo.

anv

#79 A ver, un último intento esta vez con un ejemplo.

Supongamos que te metes a solas en una habitación con una mujer. Pasados 5 minutos salen y ella dice "este degenerado me ha tocado el culo ahí dentro". Ella te denuncia y cada vez que le preguntan cuenta la misma historia. Tu, por otro lado, dices que ni hablar. Que no te has acercado a ella.

Resultado: que vas mínimo 2 años al la cárcel. Si no tienes antecedentes no irás preso pero serás declarado culpable porque eso es lo que dice la ley y lo que ha confirmado el TS. Y no va a ser el primer caso.

B

#80 No, ni es así ni tiene por qué ser así. Ningún juez tiene la obligación de dar eso por probado, porque puede hacer razonamientos en contra de dar por probado el testimonio de ella por los motivos que sea, y establecer en la sentencia por qué duda de que haya sucedido así.

Y además en ese caso, la pena es de 1 a 4 años. No mínimo dos.

Por favor, vuelve a leer el extracto que te he puesto en #78

anv

#81 A ver, la sentencia del TS dice:

puede ser prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia, siempre que cumpla los requisitos de credibilidad subjetiva, verosimilitud y persistencia en la acusación

Los requisitos de credibilidad subjetiva, verosimilitud y persistencia en la acusación son los siguientes:

Credibilidad subjetiva: La declaración de la víctima debe ser coherente y convincente.
Verosimilitud: La declaración de la víctima debe ser compatible con las reglas de la lógica y de la experiencia.
Persistencia en la acusación: La declaración de la víctima debe ser constante en el tiempo y en las circunstancias.

O sea, que la presunción de inocencia queda anulada si lo que dice la mujer es creíble.

anv

#1 no. Porque las acusadas son mujeres.

En el caso de hombres acusados la ley es muy clara: basta con el testimonio de la víctima si es consistente y creíble.

Reiner

#1 Si fueran monitores (hombres) estaban más que encerrados y ya todos habríamos visto su cara en todas las cadenas de TV.

vildor

Al parecer una de las madres denunciantes tiene antecedentes por estafa...

Fuente: https://cronicaglobal.elespanol.com/vida/20231026/los-mossos-indicios-presuntos-sexuales-escuela-vallirana/804919684_0.html

Vamos, que han hundido la vida de las dos mujeres por una pandilla de gilipollas histéricos. El perfil de persona que provoca avalanchas en aglomeraciones y que se lleva todo el aceite del supermercado.

Por cierto, muy recomendable ver la peli sueca "La caza" (no la de Carlos Saura, que también está muy bien).