Hace 4 años | Por Meneador_Compul... a lasexta.com
Publicado hace 4 años por Meneador_Compulsivo a lasexta.com

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 14 años de prisión a una mujer por prostituir en Puertollano a una de sus hijas, que tiene un grado de discapacidad del 51% y 15 años en el momento de los hechos. La misma pena de 14 años de cárcel es ratificada para cuatro hombres por abusar sexualmente de la menor. La madre y los cuatro acusados son condenados a 5 años de prisión por delito de prostitución y a otros 9 por delito de abuso sexual con acceso carnal, en el caso de la madre, como cooperadora necesaria.

Comentarios

ﻞαʋιҽɾαẞ

Hace falta ser muy hija de puta.

D

Maldita machista, colaboradora del heteropatriarcado.

Guanarteme

Pocos me parecen...

Ainhoa_96

#45 vuelve a leer.

Ainhoa_96

#24 Entonces es más grave tener sexo consentido con una menor que prostituir a una menor (+combo de discapacidad)?? Pues vaya.

D

#3 el tribunal que ha emitido la sentencia es diferente, habrá que ver cuando ese caso llegue al Supremo lo que hace con él.

14 años no son pocos al final, pero yo también creo que el prostituir a una hija (discapacidad aparte, que tela), es peor que el abuso de menores en ese caso.

Fisionboy

#6 La proxeneta eres tú.

D

#24 no es violación.

D

"El violador eres tú"

No, los violadores eran su madre y los 4 hombres.

D

#36 yo no defiendo tal cosa. Pero a los bocazas que se inventan las tipificaciones penales y los hechos hay que decirles algo

D

#18 ¿sabes de algún posible elemento exculpatorio en esta sentencia? Porque a lo mejor simplemente no hay dónde agarrarse si somos objetivos.

JohnBoy

#3 Sí es cierto que es curioso, porque si los cuatro hombres abusaron de la niña, como parece deducirse, lo cierto es que la madre debería acarrear con cuatro penas por colaboración necesaria en el abuso, siguiendo el criterio que han tomado con el caso de la Arandina.

Lo que tampoco sé es por qué a los hombres se les condena por prostitución, aunque es cierto que la noticia no es demasiado clara.

StuartMcNight

#11 Lo que si que puedes ver es que en esta noticia no hay nadie defendiendo la inocencia de la madre como si se puede ver en las noticias de machotes violadores (siempre que sean españoles de pura cepa).

D

#74 lo de abuso lo decía por el caso de los futbolistas, pero gracias por la información de este caso.

StuartMcNight

#34 Pues porque este caso es del 2013 antes de que el Supremo hubiera dado un tiron de orejas a los juzgados tras el caso Manada y seguiran aplicando lo de aquel momento. De hecho, en esta noticia, el supremo se ha limitado a desestimar el recurso.

r

Está claro que la hetero opresión, el techo de cristal y su puta madre han obligado a esta pobre mujer a protituir a su discapacidata hija para poder comer.

¿Hasta dónde va a llegar la incesante violencia patriarcal? ¡¡VASTA LLA, LLO SI TE QREO ERMANA!!

KoLoRo

#36 Es que no es del todo "delito" tener relaciones consensuadas con un menor si la otra persona tiene mas o menos la misma edad, eso lo tiene que ver el Juez.

El tema es que no es que apoyen una violación, el tema es que ponen en duda que exista dicha violación, que por cierto estan condenados como Abuso Sexual y no violación, que os fallan las palabras.

Por cierto, te reporto por "en la manada meneante" por que me parece repulsivo.

D

#57 pero el caso con el que compara aún no ha pasado por el Supremo.

f

Segun las estadisticas las madres matan mas y prostituyen mas a sus hijas que los hombres, esto no cuadra con el heteropatriarcado.

StuartMcNight

#43 lol ¿Te refieres a los jueces que lo han juzgado y condenado por ello?

Siento55

#21 Está colaborando activamente con el abuso, está usando su autoridad sobre la víctima y además se está lucrando. Yo veo ahí un montón de posibles agravantes.

TyrionGal

#15 Por la misma regla de 3 aquí deberían haber multiplicado las penas por cuatro: son al menos cuatro hombres con los que ha prostituido a la niña. La sentencia de los del Arandina es un escándalo...

Conde_Lito

#12 No sería abuso de menores, sino explotación sexual de menores.
Y la pena que le han impuesto estoy viendo que también es exagerada para lo que pone el Código Penal en estos casos
La pena máxima por explotación sexual a menores de 16 años es de 10 años de cárcel y multa de 18 a 24 meses en caso de haberse cometido con fuerza y/o intimidación, en caso contrario de 8 años de cárcel y la misma multa. (CP. Art. 188)

Artículo 188

1. El que induzca, promueva, favorezca o facilite la prostitución de un menor de edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección, o se lucre con ello, o explote de algún otro modo a un menor o a una persona con discapacidad para estos fines, será castigado con las penas de prisión de dos a cinco años y multa de doce a veinticuatro meses.

Si la víctima fuera menor de dieciséis años, se impondrá la pena de prisión de cuatro a ocho años y multa de doce a veinticuatro meses.

2. Si los hechos descritos en el apartado anterior se cometieran con violencia o intimidación, además de las penas de multa previstas, se impondrá la pena de prisión de cinco a diez años si la víctima es menor de dieciséis años, y la pena de prisión de cuatro a seis años en los demás casos.

3. Se impondrán las penas superiores en grado a las previstas en los apartados anteriores, en sus respectivos casos, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) Cuando la víctima sea especialmente vulnerable, por razón de su edad, enfermedad, discapacidad o situación.
b) Cuando, para la ejecución del delito, el responsable se haya prevalido de una relación de superioridad o parentesco, por ser ascendiente, descendiente o hermano, por naturaleza o adopción, o afines, con la víctima.
c) Cuando, para la ejecución del delito, el responsable se hubiera prevalido de su condición de autoridad, agente de ésta o funcionario público. En este caso se impondrá, además, una pena de inhabilitación absoluta de seis a doce años.
d) Cuando el culpable hubiere puesto en peligro, de forma dolosa o por imprudencia grave, la vida o salud de la víctima.
e) Cuando los hechos se hubieren cometido por la actuación conjunta de dos o más personas.
f) Cuando el culpable perteneciere a una organización o asociación, incluso de carácter transitorio, que se dedicare a la realización de tales actividades.

StuartMcNight

#13 ¿Que dudas tienes sobre que tener sexo con alguien que es menor de la edad de consentimiento legal va a ser violacion si lo haces conscientemente de la edad que tiene?

KoLoRo

#99 Esa persona no esta defendiendo una violación, simplemente esta diciendo que desde su punto de vista no es una violación.

Repito, tienes alguno DEFENDIENDO una violación, que es lo que tu has dicho, ojo.

¿Por que te das por aludido si no defiendes las violaciones?
Tienes comentarios en esta misma noticia haciendolo.

powernergia

#20 En 2018 fueron condenados 49 hombres y 1 mujer por prostitución de menores:

https://www.ine.es/jaxiT3/Datos.htm?t=28750

D

#54 Aqui tienes los infanticidios de España en los ultimos años:

StuartMcNight

#22 Dejando claro que a mi los 38 años de lo de Arandina me parece un escandalo.... no. No se multiplican las penas porque en este caso no hay la intimidacion ambiental para que se considerada una agresion sexual. Y las penas de abuso sexual no se suman.

CC a #3 #13 y #14 aunque reconociendo los nicks ya se que la respuesta no les interesa porque aqui han venido a otra cosa.

D

#32 el sentimiento general que he visto hacia ese caso es queja por la parte de la agresión sexual y elevar pena por lo de la cooperación necesaria, debido a las pruebas que existen de que la joven accedió a esos actos e incluso amenazó con inventarse cosas para joder a esas personas.

Con la parte del no poder dar consentimiento al ser menor no he visto queja. Aunque también es cierto que con la ley anterior no habría ocurrido, y que la ley se modificó en solitario por el PP estando el resto de partidos en contra, se podría iniciar debate con eso, pero vamos, que la queja en general es otra.

alalimayallimon

#1 Venía a decir exactamente lo mismo. Que asco de ser.

Conde_Lito

#63 "Si vas a corregir algo... asegurate de haberte enterado bien."
roll

Te has confundido de artículo, en este caso es el artículo aplicable es el 183 ya que la víctima es menor de 16 años de edad.

KoLoRo

#95 Puedes citar alguno?

Conde_Lito

#36 A ver, seamos realistas y pensemos un poco, aunque igual es mucho pedir.
A la chavala del Arandina le faltaba ni un mes para cumplir los 16 años y por tanto estar en edad de consentimiento, es más si las felaciones de marras las hubiera hecho un par de años antes, en 2015 cuando ella tenía 13 años ni nos hubieramos enterado ya que en 2015 aún era legal en este país que un adulto mantuviera relaciones sexuales consentidas con un menor de 13 años, hasta que se cambió a mediados de ese mismo año fijándola en la actual edad, en 16 años.

Los del arandina técnicamente han sido sentenciados por violadores (agresión sexual) porque los jueces determinaron que había intimidación ambiental ya que lo hicieron con las luces apagadas y porque había más hombres que mujeres en esa habitación.

Por otro lado, si te han violado normalmente no te quedan ganas de tener una relación sexual con penetración vaginal esta vez con el exjugador del Arandina restante, el que ha quedado en libertad, minutos después y en la misma casa en la que te acababan de violar brutalmente entre tres tíos.
Con pararse a pensar un poco te das rápidamente cuenta que no hay ni por donde coger esta sentencia, es una total incongruencia.

Lo de la intimidación ambiental ha sido la forma de que han tenido digamos de "colar", la excusa para ratificar la sentencia condenatoria del juez de guardia en 2017, recordemos además que la madre les denunció por abusos sexuales y no por agresión sexual.
Se ve a todas luces que como mucho era un delito de abusos sexuales con penetración oral pero han querido colar la intimidación ambiental para condenarles por violación, además de poderles también condenar por ayudantes necesarios de las otras personas implicadas que han cometido el delito. ¿Han sido cabezas de turco?, bajo mi punto de vista tiene toda la pinta.
14 años más otros 24 (12+12 años) por unas felaciones con una chavala a la que le quedaba un mes para cumplir los 16 años.

Además, las condenas en este tipo de casos cuando el menor está cerca de la edad de consentimiento es raro que pasen de los 4 años de cárcel.
Hace un par de días recopilé unas cuantas noticias parecidas al del caso Arandina y las puse en un comentarío por aquí, la mayoría eran de abusos sexuales con penetración vaginal y solo hay una condena que se dispara hasta los 10 años de cárcel.
El resto de condenas son entre 0 años, supuestamente por no saber la edad del menor, y los 5 años de cárcel.

j

#3 toda la razón te doy. Lo.de.los jugadores de la arandina es una pasada.

powernergia

#42 Supongo que entonces #20 podrá aportar la fuente de su contundente afirmación.

Nathaniel.Maris

#2 ¿Cómo era la canción que está tan de moda últimamente en todos lados? ... "La explotadora sexual eres tú, no importa dónde estaba ni como vestía, tu eres mi madre y debes cuidarme, la explotadora sexual eres tú, el matriarcado explotador eres tú" ya me estoy viendo el especial de esto abriendo todos los informativos y el twitter de las feministas en twitter.

Ainhoa_96

#32 Lo de a sabiendas de su edad dónde sale? Porque en declaraciones a prensa uno de los condenados dice que no sabía la edad de la chica.

D

#1 Pero te parecían bien los 38 del Arandina. ¿Cuántos te parecerían justos en este caso? ¿50 o 60 años? ¿Cadena perpetua?

#18 Ya llegaran los votos negativos o telecinco/lasexta buscaran excusas como han hecho en casos de "suicidios" ampliados, danos tiempo.

nemesisreptante

#3 ¿es peor? Osea, ¿de verdad es peor ser la persona que vende la violación que la persona que la ejecuta? Y que conste que los dos me parecen basura.

StuartMcNight

#66 Supongo que te pondras a reportar a todos aquellos que niegan que sea violacion porque te parecera igual de repulsivo que yo les llame manada por defender a violadores...

Seguro que si. Aqui espero sentado lleno de esperanzas por la coherencia en repulsion.

D

#74 Es que esas leyes aún no se han revisado con perspectiva de género.

Para que metan penas potentes ha de ser un escándalo viral y que el gobierno actúe por presión social.

D

#88 Nadie ha dicho que estén bien los 38 años, son lo que marca la ley, lo que es anormal es que se intente menospreciar una y otra vez a la víctima, para justificar a los violadores... y así seguirán como con la manada de Pamplona... dan asco.

L

#59 https://www.google.com/amp/s/www.lavanguardia.com/sucesos/20021209/51262766499/condenan-a-un-padre-por-prostituir-a-su-hija-con-varios-hombres.html%3ffacet=amp

Ahí lo tienes: condenado a 6 (SEIS) años de cárcel un padre por prostituir a su hija menor de 13 con
varios hombres.
Le debieron dar un pussypass de esos que dices por error.

Otro pussypass a hombres por error
https://www.google.com/amp/s/amp.europapress.es/andalucia/almeria-00350/noticia-condenado-14-anos-prostituir-pareja-hija-menor-abusaba-sexualmente-20101128113740.html

14 años, la misma condena, por prostituir a su pareja y a la hija menor de esta, y abusar sexualmente de esa niña desde los 7 años. Y recibe la misma condena que en este caso.

KoLoRo

#63 Tiene usted razón, es por agresión. El resto sigue igual.

StuartMcNight

#25 Tampoco hay elemento exculpatorio en tener sexo con alguien menor de la edad de consentimiento sexual a sabiendas de su edad y eso no impidio a la manada meneante defender a los otros.

powernergia

#71 Hablaba también de prostitución de hijos.

Filicidios los cometen más mujeres, pero entre ellos, hay que distinguir entre homicidio no intencionado (tráfico o accidentes domésticos), asesinatos de recién nacidos por menores, asesinatos por venganza, homicidios relacionados con enfermedad mental... Los casos son muy diferentes de unos a otros.

StuartMcNight

#86 ¿Por que te das por aludido si no defiendes las violaciones?

D

#90 ¿la madre de esta noticia no sabía la edad de su hija?

Enésimo_strike

#89 pues no tiene mucho sentido.

Berlinguer

#3 Entre con la certeza de encontrarme este comentario y aqui está el Ciudadaner para no decepcionar.

Sabes por qué se les condena a 38 anhos?

D

#56 puedes poner la fuente original de esas afirmaciones? Incluida la del comentario #20

D

#12 Salvo si eres mujer. Entonces aplica el #PussyPass.
Me habría gustado ver el restultado de esta MISMA sentencia en caso de ser un hombre.

Pero eh, que "la justicia es igual para todos". Que lo dice nuestro querido y votado rey y nuestra querida y democrática Constitución.

D

#24 No tengo dudas en eso. Tengo dudas que 38 años sea una sentencia razonable.

StuartMcNight

#39 Pues repasate los comentarios. Porque si ha habido quejas. Y varios usuarios.

StuartMcNight

#65 Me parece perfecto. Yo tambien. El comentario al que respondo NO. Dice claramente que tenga dudas sobre la violacion.

StuartMcNight

#93 Tienes comentarios en esta misma noticia haciendolo. No te digo nada si vas a las otras.

PD: Si no te das por aludido deja de hablar en “nosotros” que queda un hermanamiento raruno.

StuartMcNight

#96 Ya lo cito en la respuesta donde lo he escrito y en la que tú has decidido darte por aludido.

StuartMcNight

#97 lol No hombre... ninguna. Solo tienes mensajes de whatsapp de ellos reconociendo habersela mamado/follado y a multitud de testigos confirmando que conocian que tenia 15 años.

Pero sí. Aparte de eso, ninguna.

StuartMcNight

#101 lol Ah vale hombre... que unos actos que encajan perfectamente en la descripción de violacion no son violacion no es defenderla.

lol

¿Ves por que uso manada? Precisamente por esta necesidad imperiosa de defender lo indefendible porque son otros hombres.... No me extraña que te des por aludido si tu objetivo es defenderlos a ellos.

KoLoRo

#159 creo que lo tuyo empieza a ser acoso.... déjame anda #157

StuartMcNight

#46 De la sentencia.

nemesisreptante

#27 ¿es peor la colaboración que la propia violación?

squanchy

#24 A ver, que la chica tenía 15 años y pico, y la edad de consentimiento es 16. Tampoco nos rasguemos las vestiduras. Yo no le quito razón a #13, porque ¿qué hubiera pasado si la chica hubiese dicho a los jugadores "NO, Y COJO MIS COSAS Y ME VOY"? Probablemente, que no le hubiese hecho la felación a nadie.

squanchy

#12 El número de veces también creo que es importante. Abusar de una menor una vez, o prostituir a una menor decenas de veces.

Conde_Lito

#79 Ni hubiera mantenido relaciones sexuales minutos después y en la misma casa con el exjugador del Arandina que ha quedado en libertad. roll

D

#131 Pues sí. Son casos incomparables. Una madre (agravante de parentesco y persona donde un hijo deposita toda su confianza y amor), prostituyendo (abusos sexuales continuados) por dinero a su hija con discapacidad intelectual. Este caso parece muchísimo más grave que el primero si cabe.

Siento55

#29 Personalmente no te sé decir si es mejor o peor.

Hay que ser tan hijo de puta para cualquiera de los dos casos, que me cuesta valorar la diferencia.

Cart

#12 Es el Supremo el que ha confirmado esa pena, puesta en instancias inferiores.

Conde_Lito

#3 He entrado a preguntar lo mismo.
Luego me he dado cuenta que igual el tema radica en que una sentencia esta mediatizada y esta por contra no.

Leslie_Knope

Esta noticia claramente ha llegado a portada para compararla con el caso Arandina. "Claro, como es mujer sólo le caen 14 anyos, si hubiera sido un hombre...". Si os leéis la noticia veréis que los hombres implicados también han sido condenados sólo a 14 anyos. Dáis asco intentando defender a violadores.

Enésimo_strike

#36 yo perdí la virginidad con 15 y nadie me violo ... se de bastante gente que lo mismo o antes y no hay más que buenos recuerdos. Y la chica con la que lo hice era mayor que yo ... lo único malo fue el ridiculo espantoso que hice, pero ese es otro tema.

D

#17 Te contestaran que los culpables son los hombres que pagan por ello y obligan a las mujeres a venderlo.

Psignac

#22 Edito: es verdad, se da un tratamiento distinto claramente a prostituir que a violar parece ser. Supongo que porque la prostitución suele darse el acto sexual muchas veces y las condenas serían todas disparatadas. Pero vamos, ahí te voy a dar la razón en que no parece proporcionado.

StuartMcNight

#31 Estais desatados en la manada meneante defendiendo la libertad de tener sexo con menores de la edad de consentimiento sexual.

Conde_Lito

#83 Al contrario, la ley es más laxa si se prostituye a un menor que si se abusa sexualmente de él habiendo acceso carnal o se le agrede sexualmente.

D

#88 pues se te ha leído bastante defendiendo la condena.

D

#18 Ha de haber pruebas irrefutables para que no se diga aquello de que la madre estaba mal de la cabeza porque "una mujer nunca haría eso".

Pero el caso es que no es sorpresa ni la primera madre que prostituye a su hija, la sorpresa aún más desagradable es que está sea discapacitada.

Guanarteme

#113 Te lo digo con respeto y con buen tono: habla del caso de la Arandina con quien tenga interés en hacerlo.

Conde_Lito

#44 Están condenados por agresión sexual con penetración oral en este caso (violación), no te pueden condenar a 14 años de cárcel habiendo cometido un abuso sexual, no existe tal condena en el Código Penal por cometer un abuso sexual.

Como mucho te pueden condenar a 12 años por un abuso sexual a menores con penetración oral, vaginal o anal.
Si se ve que ha habido intimidación o violencia, en este caso intimidación ambiental por tener la luces apagadas y haber dos o más hombres en la habitación, es un delito de agresión sexual con penetración oral (violación) y tiene penas de 12 a 15 años de cárcel.

Conde_Lito

#70 ¿Te has quejado alguna vez de alguna sentencia?
¿Por ejemplo, con la de Urdangarín o la de su mujer que no sabía nada y lo hizo todo por amor?
¿O la condena a los de Alsasua, titiriteros, Valtonyc, y demás?

devilinside

#9 No. No lo es. Para ponerte un ejemplo múy básico. Tú, señor Blanco, y tus colegas el señor Rosa y el señor Rubio, os dáis cuenta de que el señor Naranja es un poli infiltrado en vuestro grupo de atracadores. Entre los tres lo atáis a una silla. Rubio empieza a torturarle en vuestra presencia y le saca un ojo. Os váis animando y Blanco le revienta otro ojo; por su parte Rosa decide cortarle varios dedos de una mano. Rubio es autor de un delito de torturas, Blanco de otro y Rosa de otro, pero como estábais allí y colaborásteis para que cada uno de los otros torturase a Naranja sóis autores de vuestro propio delito de torturas y además cooperadores necesarios en cada uno de los otros delitos de torturas, ya que entre todos redujisteis a Naranja y no impedísteis a ninguno de vuestros otros colegas torturar a Naranja

Psignac

#3 Esos están condenados por varios delitos y las penas se han sumado. Que podemos estar de acuerdo con que las penas sean acumulativas o no, pero creo que está muy clara la diferencia.

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