todotuto

A mí tampoco me parece irrelevante esta historia, al contrario, es un tema y un testimonio de suma importancia para Internet.

todotuto

#1 Pues lo dice la WAO, si eso te parece erróneo apaga y vámonos.

todotuto

#4 muchas gracias de nuevo, ya está autodescartada, efectivamente no tiene sentido duplicar noticias.

Jeau

#3 Al final de la entradilla verás un botón amarillo para editarla. Púlsalo y en la nueva ventana cambia el estado de "pendiente" a "descartada", y le das a guardar.

Lo explica el enlace que puse en #1.

todotuto

#4 muchas gracias de nuevo, ya está autodescartada, efectivamente no tiene sentido duplicar noticias.

todotuto
Jeau

#0 Duplicada: "El euro tiene fallas de origen"

Hace 12 años | Por ensame a bbc.co.uk


#2 Aún puedes autodescartar, para evitar votos negativos. Aquí explican cómo hacerlo: @917862

Jeau

#3 Al final de la entradilla verás un botón amarillo para editarla. Púlsalo y en la nueva ventana cambia el estado de "pendiente" a "descartada", y le das a guardar.

Lo explica el enlace que puse en #1.

todotuto

#4 muchas gracias de nuevo, ya está autodescartada, efectivamente no tiene sentido duplicar noticias.

todotuto

Por lo que se ve los capos estaban pero que muy bien informados

todotuto

#9 en absoluto, no sé qé puede hacerte pensar que insinúo algo así. Lo que pienso es que en ese momento ni ellos ni nadie podían tener un idea de lo que se nos venía encima con la crisis. Y que por una vez, no iba a ser el banco el que saliera ganando

todotuto

Yo me pregunto ¿qué hacen analfabetos digitales legislando sobre internet? Realmente, creo que no están capacitados.

todotuto

Aunque lo haya hecho de forma , digamos "poco ortodoxa" , tiene más razón que un santo. Lo legal no siempre es legítimo y viceversa. En cualquier caso se trata de una acción reivindicativa interesante.

todotuto

#20 Vale. Lo que está claro es que no has entendido el artículo. Porque no es un artículo jurídico y no se habla de compartir ni de derechos de imagen ni de ausencia de lucro. Sino de explotación de derechos de reproducción sin autorización. Por lo que considero ésta una discusión totalmente estéril. Saludos!

D

#22 la explotación(la propía definición implica lucro) sin permiso si es delito, hay lucro, donde no hay lucro en la distribución vía P2P y demás sistemas de compartir información, no se vulnera ningún derecho del autor, por eso compartir no es delito, aún. Solo sería caso de delito en caso de ser una obra de “arte” que o quieras que se divulgue, por tanto es invasión de intimidad.
Tu puedes descargarte una película, música, imágenes para verla a modo personal, no puedes para usarlo de cine o de servicio añadido a un negocio. el disfrute personal de arte o cultura está carente de lucro, esos dos supuestos no.

¿quieres que el supuesto que no es delito se convierta en delito? esa es las pregunta.

todotuto

Los bancos y cajas de ahorro quisieron hacerse con cuanto mayor capital inmobiliario mejor, antes del pinchazo de la burbuja, claro. Yo me alegro por esos pocos abuelos, que sin saberlo han hecho un buen negocio.

g3_g3

#2 ¿De donde te sacas que no sabían el negocio que hacían? ¿Piensas que los ancianos son ignorantes o algo así?

alecto

#9 Dudo que en aquel momento, salvo que estuvieran muy puestos en el tema, fueran conscientes de que el precio de la vivienda iba a desplomarse y su hipoteca iba a suponer recibir en la pensión en cuestión el doble de lo que el banco sacará nunca de su vivienda. Que es lo que lo convierte en un negocio mucho mejor de lo que entonces parecía.

#4 Estas cosas se han hecho sobre todo por gente que no tenía herederos, y aunque los tengan hay opciones. Puedes renunciar a la herencia, o lo más razonable en estos casos, aceptar la herencia a beneficio de inventario.
Esa figura te permite gestionar la herencia sin que las deudas que haya caigan sobre el resto de tus bienes, y tratar de apañar el asunto compensando con otros bienes de la herencia o negociando con el banco o lo que sea (el banco firmó que se quedaba la vivienda si nadie pagaba, lo que pierdes es la casa). Si te hace una ilusión que jode la casa, pues sí, tendrás que negociar con el banco la re-compra. Pero igual la sacas por la mitad.

e

#11 otra forma es hacer una cesion en vida o venta (a precio de familia ) a los herederos de todo aquello que tenga el anciano excepto la vivienda que se queda para el banco, manteniendo el anciano el usufructo de esos vienes, así cuando llega el momento de heredar lo unico que hay es lo que no han podido sacar de la cuenta y el piso que ya era del banco

alecto

#15 La donación paga muchos más impuestos que la sucesión entre familiares directos... Y un impuesto de sucesiones de un patrimonio negativo o muy bajo puede ser una suerte de la hostia. Recuerda que el banco firmó que se quedaba con la casa a cambio de la pasta: calculas las sucesiones con la deuda, liquidas la deuda con la casa, y a vivir lol

Summertime

#21 mira que jamas he entendido por que hay que pagar para recibir algo que es de tu familia y en algunos casos lleva siendolo desde hace generaciones.
Que te cobren por cambiar un bien de nombre una vez has heredado pues vale, pero vamos que te valoren en la herencia hasta el rosario de la abuela y te cobren impuestos que sucesion ......jamas lo he entendido

Aros

#9 La mayoría de los que firmamos cosas con el banco somos ignorantes o algo así. De ser tan listos todos, no estaríamos donde estamos...

T

#13 Pues no sé si lo dices en ironía o no, pero la mayoría de gente normal, que ha firmado cosas con el banco no tiene ni idea de lo que firma. Clausulas, euribor, tipos, diferenciales, la gente no tiene o no tenía cuidado.

Recuerdo un claro ejemplo, cuando vendí mi antiguo piso, me lo compro un chico de mi edad mas o menos, digamos trentaitantos lol.

Le pregunte con quien iba a pedir la hipoteca, dialogo:

- Es que mi primo trabaja en Caja madrid y me da una hipoteca muy buena
- Que diferencial te dan?
- 1%
- Buena? Si muchos bancos dan un 0,40% y 0,50% si pides el 80%, (epocas de vacas gordas) y en Caja Madrid te cobran un 1% por cancelacion y un diferencial de 1% es muy alto.
- Esta es muy buena, me lo ha dicho mi primo

No considero este chico una excepcion la verdad, ah no era un perroflauta, ni nadie raro, era un chico normal. Supongo que a día de hoy con la que esta cayendo, la gente tendrá más cuidado.

Aros

#26 pues a eso me refería.

m

#9 Algunos fueron incluso mucho mas listos, firmaron hipotecas en yenes antes de que se apreciase, http://www.rankia.com/foros/hipotecas/temas/504650-ruina-hipotecas-yenes-150-000-euros-convertido-198.

kelosepas

#16, típico ejemplo de 'Manolete, si no sabes torear, pa que te metes..."
Esa subnormalidad de hipotecarse en otra divisa fué la moda de los que se creían altos magnates ¿que pensaban que el cambio iba a ser favorable durante los 30 años de hipoteca? Algo básico en economía doméstica es que pagues con lo que cobras, y la gente en españa no cobra en yenes así que para pagar en yenes tienes primero que comprarlos, a veces los compras baratos y a veces caros, pero ¡no siempre los vas a comprar baratos!

todotuto

#9 en absoluto, no sé qé puede hacerte pensar que insinúo algo así. Lo que pienso es que en ese momento ni ellos ni nadie podían tener un idea de lo que se nos venía encima con la crisis. Y que por una vez, no iba a ser el banco el que saliera ganando

todotuto

#17 bueno, esas cosas pasan, así es menéame, sacas una cosa y legan dos que ni entienden lo que leen y te lo echan abajo. Otra vez será

todotuto

#16 Vas flojo en jurispruedencia, existe una ley de propiedad intelectual, por si no lo sabías, y su incumplmiento trae sus consecuencias. Ni violencia ni no violencia, así que según tú robar un coche sin violemcia es hurto, ¡válgame! y si encima se hace sin ánimo de lucro ¿qué? ¡válgame! ¿has fumado algo? El arículo no habla de nada relacionado con invasión de intimidad ni con derechos de imagen, pero bueno ni merece la pena explicarlo. Porque uno habla de churros y el otro sale con merinas. Lo dicho propongo que cambien el nombre de ¡menéame! por ¡válgame!

D

#18 pues claro que puede ser hurto, sobre todo abierto con las llaves puestas, si te lo fuerzan, es robo. Claramente siempre se denuncia robo, otra cosa es lo que es realmente. Lo que diferencia hurto de robo es la violencia para la obtención, algo con acceso público sin daño no es robo. Da igual el valor, te pueden robar 5 euros o hurtar 400 millones.

Sobre ley de propiedad intelectual, no hay derecho de imagen, hablarás del de explotación: Corresponde al autor el ejercicio exclusivo de los derechos de explotación de su obra en cualquier forma y, en especial, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación, que no podrán ser realizadas sin su autorización, salvo en los casos previstos en la presente Ley. Si en la distribución no hay lucro, no se vulnera ningún derecho del autor, por eso compartir no es delito, aún. Solo sería caso de delito en caso de ser una obra de “arte” que o quieras que se divulgue, por tanto es invasión de intimidad.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg1-1996.html

todotuto

#20 Vale. Lo que está claro es que no has entendido el artículo. Porque no es un artículo jurídico y no se habla de compartir ni de derechos de imagen ni de ausencia de lucro. Sino de explotación de derechos de reproducción sin autorización. Por lo que considero ésta una discusión totalmente estéril. Saludos!

D

#22 la explotación(la propía definición implica lucro) sin permiso si es delito, hay lucro, donde no hay lucro en la distribución vía P2P y demás sistemas de compartir información, no se vulnera ningún derecho del autor, por eso compartir no es delito, aún. Solo sería caso de delito en caso de ser una obra de “arte” que o quieras que se divulgue, por tanto es invasión de intimidad.
Tu puedes descargarte una película, música, imágenes para verla a modo personal, no puedes para usarlo de cine o de servicio añadido a un negocio. el disfrute personal de arte o cultura está carente de lucro, esos dos supuestos no.

¿quieres que el supuesto que no es delito se convierta en delito? esa es las pregunta.

todotuto

Ellos se lo reparten todo. Esto para tí esto para mí. Total, somos nosotros quien pagamos

todotuto

El mismo que vota que es irrelevante la apertura de la mayor tienda de Apple, así es menéame, podría llamarse ¡válgame!

todotuto

Pues a mí me gusta ¿por qué han cerrado la votación?

Darvvin

#14 básicamente porque me la petaron a negativos.

todotuto

#17 bueno, esas cosas pasan, así es menéame, sacas una cosa y legan dos que ni entienden lo que leen y te lo echan abajo. Otra vez será

todotuto

Lo que son faleces son alguos comentarios. Si alguien te roba tus fotos las sigues teniendo ¿Excusa para robar?

D

#13 “robar fotos” como copiar un archivo no entra en jurisprudencia, primero por que robo implica violencia(pudiera ser el caso), así que sería hurto, de hecho para existir hurto tiene que existir elemento subjetivo del injusto que es el ánimo de lucro.
Invasión de intimidad es lo que podría llamar a lo que coloquialmente dices robar fotos.

todotuto

#16 Vas flojo en jurispruedencia, existe una ley de propiedad intelectual, por si no lo sabías, y su incumplmiento trae sus consecuencias. Ni violencia ni no violencia, así que según tú robar un coche sin violemcia es hurto, ¡válgame! y si encima se hace sin ánimo de lucro ¿qué? ¡válgame! ¿has fumado algo? El arículo no habla de nada relacionado con invasión de intimidad ni con derechos de imagen, pero bueno ni merece la pena explicarlo. Porque uno habla de churros y el otro sale con merinas. Lo dicho propongo que cambien el nombre de ¡menéame! por ¡válgame!

D

#18 pues claro que puede ser hurto, sobre todo abierto con las llaves puestas, si te lo fuerzan, es robo. Claramente siempre se denuncia robo, otra cosa es lo que es realmente. Lo que diferencia hurto de robo es la violencia para la obtención, algo con acceso público sin daño no es robo. Da igual el valor, te pueden robar 5 euros o hurtar 400 millones.

Sobre ley de propiedad intelectual, no hay derecho de imagen, hablarás del de explotación: Corresponde al autor el ejercicio exclusivo de los derechos de explotación de su obra en cualquier forma y, en especial, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación, que no podrán ser realizadas sin su autorización, salvo en los casos previstos en la presente Ley. Si en la distribución no hay lucro, no se vulnera ningún derecho del autor, por eso compartir no es delito, aún. Solo sería caso de delito en caso de ser una obra de “arte” que o quieras que se divulgue, por tanto es invasión de intimidad.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg1-1996.html

todotuto

#20 Vale. Lo que está claro es que no has entendido el artículo. Porque no es un artículo jurídico y no se habla de compartir ni de derechos de imagen ni de ausencia de lucro. Sino de explotación de derechos de reproducción sin autorización. Por lo que considero ésta una discusión totalmente estéril. Saludos!

D

#22 la explotación(la propía definición implica lucro) sin permiso si es delito, hay lucro, donde no hay lucro en la distribución vía P2P y demás sistemas de compartir información, no se vulnera ningún derecho del autor, por eso compartir no es delito, aún. Solo sería caso de delito en caso de ser una obra de “arte” que o quieras que se divulgue, por tanto es invasión de intimidad.
Tu puedes descargarte una película, música, imágenes para verla a modo personal, no puedes para usarlo de cine o de servicio añadido a un negocio. el disfrute personal de arte o cultura está carente de lucro, esos dos supuestos no.

¿quieres que el supuesto que no es delito se convierta en delito? esa es las pregunta.

todotuto

¿Alguna razón para que no sea arte?

todotuto

¿A título individual? ¿Y dónde están las Cámaras de Comercio y las asociaciones de empresas y autónomos, para qué sirven si no defienden los intereses de sus representados? ver en relacionadas "quiero mi dinero" Quiero mi dinero

Hace 13 años | Por Jivagos_1 a churbayportillo.com