#50 Pues es algo que está a lo orden del día, los requisitos para aceptar pruebas y derivar veredictos en derecho penal son muchísimo más estrictos que en derecho civil.
La responsabilidad civil | la absolución en el ámbito penal no exime de responsabilidades en el civil
https://prime.tirant.com/es/actualidad-prime/la-responsabilidad-civil-la-absolucion-en-el-ambito-penal-no-exime-de-responsabilidades-en-el-civil/
Y en ese ejemplo hablamos de responsabilidades derivadas por lo penal y por lo civil en la misma pieza, la noticia habla de dos casos distintos (el de maltrato y el de custodia). En el caso de custodia ni siquiera sería necesario que el maltrato fuese ilegal, con que la juez apreciase que es perjudicial para el menor sería suficiente.
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#13 como puede ser ser notorio que exista pero no ser probado?
O puedes probarlo o no, que use considere no probado penalmente pero si probado civilmente no tiene sentido