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#8 Efectivamente, el primero el presidente del gobierno y su chuletón.
Como con la ley del solo sí es sí, la reforma laboral o la ley mordaza, la principal oposición al gobierno ha estado en el gobierno.
Porque gente como Calviño, Marlaska o DOÑA MARGARITA pueden ser perfectamente ministros del PP.

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#23 Es gracioso, porque la mayoría de esas cosas se consiguieron con la resistencia de Sánchez. El SMI es un claro ejemplo y la reforma laboral salió adelante porque un señor del PP se equivocó al votar, ya que la PSOE se negaba a recuperar los salarios de tramitación y la indemnización por despido improcedente de 45 días.
De hecho, por poner un ejemplo, la ley del solo sí es sí la ha derogado de facto junto con el apoyo del PP. Cuando únicamente había un problema en el diseño de las penas por parte del ministerio de justicia.

Varlak

#178 Si, si ya lo sé, pero con estas cartas hay que jugar

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#26 Pero vamos a ver, si aquí se habla de médicos que acaban la residencia y en lugar de continuar en Madrid deciden irse a otra CCAA. ¿Cómo no va a ser un problema de Ayuso? ¿Cómo no va a tener que ver con que las condiciones de trabajo en Madrid es mucho peor a lo que se ofrece en otras Comunidades?

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Pues una de dos:
-Son ETA.
-Son enemigos de España.

Lo que viene a ser lo mismo

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#6 Porque siempre ha habido una guerra de clases y la que la está ganando no es la trabajadora. Ya lo decía el peligroso comunista Warrent Buffet

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#1 El otro día leía una noticia de cómo a una gran empresa por un sanción muy grave en el ámbito laboral le imponían una sanción de 30.000 euros.
las sanciones, o son proporcionales a la cifra de negocio o no tienen sentido. En muchas ocasiones son un incentivo a continuar infringiendo la ley.

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#3 Tienes toda la razón. De hecho, habría que empezar por dotar de mayor progresividad a las rentas del capital, que coticen en los mismos tramos que las del trabajo (por ejemplo, el número de tramos y de tipos en las que tienen origen en capital mobiliario es sensiblemente menor). Seguir por eliminar la absurda reducción del 60% en las rentas del alquiler de viviendas. Mientras en paralelo se trabaja a nivel europeo acabar con los paraísos fiscales dentro de la UE y tener un tipo mínimo efectivo del Impuesto de Sociedades que no suponga a las grandes empresas ventajas sobre las PYMES.

¡Anda que no hay dinero ahí!

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#2 Fíjate más que el dinero que cuesta el desplazamiento, yo creo que habría que reclamar el tiempo.

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#3 Estoy de acuerdo, solo que yo lo diría de otra forma.
Muy poca gente vota a los partidos que no pretenden cargarse la sanidad pública.
Porque la situación es horrible en Madrid, Cataluña o Andalucía; pero no está mucho mejor en Asturias, Valencia o Castilla La Mancha.

A lo mejor es hora que cierto partidos den a la sanidad la importancia que tiene y que entre todos quitemos las caretas a algunos otros.

D

#29 "pero no está mucho mejor en Asturias, Valencia o Castilla La Mancha."
no está mucho mejor, no. Está peor.

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El titular de este artículo es tan infame como el del los medios patrocinados Ayuso.
Este medio de comunicación no es más que un planfeto al servicio de la PSOE.
Toda iniciativa del gobierno es de todo el Consejo de Ministros.
Qué hartura de PPSOE.

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#10 De hecho quizá toque ir más allá y reducir los infladísimos sueldos de directivos y remuneraciones a Consejeros. ¿A dónde nos propones llegar? ¿A los años 70? ¿Dónde la diferencia de salarios entre la alta dirección y los trabajadores medios era de unas 20/30 veces en lugar de las más de 300 veces como estamos ahora? ¿A que se remunere de igual forma el capital y el trabajo?

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#1 Si lo de Esperanza Aguirre era de traca, lo de esta señora es ya una vuelta de tuerca infame.
Es que cualquiera que no comulgue con sus dictados es COMUNISTA, hasta los de su propio partido.

sorrillo

#44 Las administraciones de las Comunidades Autónomas son parte del estado.

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#36 No se las cuestiones específicas de Cataluña, lo que digo es que 'la administración' no es un ente único. Si en Cataluña lo están aplicando mal, pues os tendréis que mirar a quién votáis en Cataluña.
Lo que dice la noticia es que la Comunidad en cuestión (Castilla y León) utilizó ese valor para posteriormente pedir un peritaje y liquidar el inmueble en base a ese valor de peritaje, no en base a ese valor de referencia. Lo que afea la sentencia es que la administración utilice ese valor de referencia como argumento para solicitar un posterior peritaje.

Ya digo que no conozco el caso de Cataluña, pero yo en mi Comunidad tuve que afrontar el pago de estos impuestos y el valor a aplicar era el mayor entre el valor de tasación (al estar financiada por un banco hubo tasación) y el precio de compraventa; y dentro de la información entregada a la Comunidad está el informe de tasación del perito.

Que la noticia está regular escrita, pero que no quitan la razón a la Comunidad en el fondo.

sorrillo

#41 La tasación la debería pagar el estado si considera que la necesita, si tiene indicios que el comprador y vendedor no están haciendo una operación dentro del precio de mercado.

E insisto, si el estado quiere cobrar más impuestos porque considera que la vivienda vale más que el precio que se está pagando el estado debería estar obligado a comprarla por ese precio que dice que vale si alguna de las partes así lo desea.

Que es muy cómodo eso de decir que pagas más impuestos porque yo digo que eso vale más pero no me juego ni un euro en ello.

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#42 Aquí el estado no pinta nada, es un impuesto autonómico.

sorrillo

#44 Las administraciones de las Comunidades Autónomas son parte del estado.

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#2 En el caso concreto, la Comunidad acaba aplicando el valor que da a la vivienda un perito. Y el tribunal le da la razón.
Lo que hace el tribunal es dar un tirón de orejas a la Comunidad y decirles que para tirar atrás el valor declarado por el contribuyente no puede valerse de aplicar un coeficiente que se sacan de la mano al valor catastral, que es lo que hacen de forma previa al peritaje de la vivienda.

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#1 Eso no es así.
Impuesto sobre las viviendas están:
IVA/ITP: IVA se calcula sobre el precio de venta y aplica a obra nueva. ITP se calcula sobre el mayor entre el valor de tasación* y el valor de venta.
AJD: se utiliza el mayor entre el valor de tasación o el precio de transmisión.
IBI: se calcula sobre el valor catastral.
Ganancia patrimonial: se calcula sobre la diferencia entre el precio de venta y el precio de compra.

El valor catastral suele ser mucho menor al valor de compraventa de cualquier piso y tiene en cuenta tanto las revaloraciones de los terrenos como las depreciaciones de las construcciones. La sentencia no pone en duda el cálculo que realiza la Agencia Tributaria (que es la estatal) si el método utilizado por la Comunidad para argumentar que el valor no es apropiado.

* La sentencia da la razón a la Comunidad en cuanto al valor utilizado para el cálculo de la base imponible (valor de tasación). Únicamente pone en duda el método que utilizan para verificar de forma previa si el importe se corresponde al valor de mercado o no, que es el valor catastral multiplicado por un coeficiente ya que dicen que es demasiado genérico y poco justificado.
Es decir, lo que hace la Comunidad es aplicar un coeficiente al valor catastral y si algo no le cuadra entonces es cuando hace/exige una tasación y le aplica ese valor de tasación.

sorrillo

#32ITP se calcula sobre el mayor entre el valor de tasación* y el valor de venta.

Si el valor de referencia es superior a lo anterior la administración, al menos en Cataluña, usa el valor de referencia para el cálculo del impuesto. El valor de referencia ha salido del orto de alguien en un despacho y nada tiene que ver con ningún valor de mercado ni tasación ni nada.

Aquí explican cómo reclamar esa atrocidad si eres víctima de ella: https://www.dig.es/es-posible-impugnar-el-valor-de-referencia-catastral/

Que luego estén los juzgados diciendo tal o cual no cambia el punto de partida que es que la administración abusa y el ciudadano luego tiene que defenderse con recursos o judicialmente. Es una vergüenza.

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#36 No se las cuestiones específicas de Cataluña, lo que digo es que 'la administración' no es un ente único. Si en Cataluña lo están aplicando mal, pues os tendréis que mirar a quién votáis en Cataluña.
Lo que dice la noticia es que la Comunidad en cuestión (Castilla y León) utilizó ese valor para posteriormente pedir un peritaje y liquidar el inmueble en base a ese valor de peritaje, no en base a ese valor de referencia. Lo que afea la sentencia es que la administración utilice ese valor de referencia como argumento para solicitar un posterior peritaje.

Ya digo que no conozco el caso de Cataluña, pero yo en mi Comunidad tuve que afrontar el pago de estos impuestos y el valor a aplicar era el mayor entre el valor de tasación (al estar financiada por un banco hubo tasación) y el precio de compraventa; y dentro de la información entregada a la Comunidad está el informe de tasación del perito.

Que la noticia está regular escrita, pero que no quitan la razón a la Comunidad en el fondo.

sorrillo

#41 La tasación la debería pagar el estado si considera que la necesita, si tiene indicios que el comprador y vendedor no están haciendo una operación dentro del precio de mercado.

E insisto, si el estado quiere cobrar más impuestos porque considera que la vivienda vale más que el precio que se está pagando el estado debería estar obligado a comprarla por ese precio que dice que vale si alguna de las partes así lo desea.

Que es muy cómodo eso de decir que pagas más impuestos porque yo digo que eso vale más pero no me juego ni un euro en ello.

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#42 Aquí el estado no pinta nada, es un impuesto autonómico.

sorrillo

#44 Las administraciones de las Comunidades Autónomas son parte del estado.

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#8 Para mi esto es la clave. Si estaba antes la autovía lo que no tiene sentido es quitarla; que tiren abajo las viviendas y les den casa en otro lado. No tiene sentido que entre todos paguemos una infraestructura de miles de millones para que particulares especulen con sus viviendas.

g3_g3

#55 Pues nada que sigan votando a Almeida verás que bien les va. lol

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#2 Desde luego que es la justicia quien deberá determinar qué es lo que sucedió realmente.
Pero tampoco podemos obviar que la justicia ya ha determinado que existen indicios suficientes como para decretar prisiión provisional; eso es algo que no se puede obviar de cualquier análisis riguroso que se haga.