#4
Se define la violencia vicaria como aquella violencia que se ejerce sobre la mujer con el fin de causarle el mayor y más grave daño psicológico a través de terceras o interpositas personas y que consigue su grado más elevado de crueldad con el homicidio o asesinato de esas personas (hijos e hijas, madre, padre, pareja actual etc.).
Del BOE
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-15248
Y te dejo el manual del ministerio también.
https://www.google.com/url?sa=t&source=web&rct=j&opi=89978449&url=https://violenciagenero.igualdad.gob.es/otrasFormas/violenciaVicaria/Violenciavicaria8.pdf&ved=2ahUKEwiQjfmU7tiFAxUPgf0HHd3iBV0QFnoECBoQAQ&usg=AOvVaw3l4UIy8IZJ_FUJf9VrJ_VY
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#3 Curiosos tus dos ultimos enlaces llenos de meneantes diciendo que la ley en España no considera la violencia vicaria la realizada por las mujeres.
A ver si en tu batalla manipuladora con la selección de relacionadas te guardas también el enlace a esta noticia que nos ocupa para usarla. Seguro que sí lo haces. Segurisimo.