JossyWells

#34 Ah, bueno, perdone usted, pues no parece que a los moderadores les haya parecido así. Quizás tú quisieras ser moderador para 'meterme en cintura' ?...

JossyWells

#20 Pues porque me ha parecido mejor, sin más. No creo que sea muy relevante.
Y también lo he puesto porque en cierto modo esa doctrina es opuesta a la que ha sustentado sentencias del TS y también de TSJUE en sentido inverso en 2012. Yo lo se porque soy 'del gremio', desde fuera no se conoce.

K

#33 Es tan relevante que va en contra de las normas de meneame...

JossyWells

#34 Ah, bueno, perdone usted, pues no parece que a los moderadores les haya parecido así. Quizás tú quisieras ser moderador para 'meterme en cintura' ?...

JossyWells

Al interino se le echa por dos meses o más, por tanto pierde días de finiquito y días de vacaciones respecto de que sólo le echaran el mes de agosto.

Aparte, NO ES CIERTO eso de la 'desaparecer la necesidad'. Hay interinos que son contratados una y otra vez, incluso en el mismo centro (YO FUI UNO DE ELLOS), y eso significa que la necesidad permanece a través de los años.

Tampoco tiene los interinos la culpa de que las plazas no salgan a oposición. No salían a oposición porque era más barato tener interinos que funcionarios de carrera, a los que hay que pagar complementos. Pero cuando ZP y el TS (a través del EBEP) les dieron los 'trienios' y luego el TJUE (en una decisión justa y que no es coherente con la última) y el TS, decidieron que había que pagar también los "sexenios" a los interinos, entonces tenía el mismo coste. Si aún encima se vío que estaban en fraude de ley precisamente porque no salían las plazas a oposición y te contrataban una y otra vez para lo mismo...pues decidieron sacar muchísimas este año.

Si se tratara del trabajador de una fábrica no estaríamos debatiendo, pero como se trata de funcionarios, y por cierto, la gente mejor preparada del país, porque se nos exige más que a nadie, pues entonces hay que joderla. Viva la solidaridad entre trabajadores. Divide y vencerás, dijo el político que decide sobre nuestras vidas y a quien no se le exige nada para tener esa capacidad.

En vuestros trabajos estais contratados porque tienen necesidad de un trabajador en vuestro puesto, ¿os gustaría que os echaran en vuestras vacaciones para volver a contrataros un mes después?. NO, ¿verdad?, pero como unos son funcionarios hay que joderles.
Divide y vencerás!!

JossyWells

Estos jueces, ultima línea de defensa ante las injusticias que estaban sufriendo miles de interinos y trabajadores, claudica a hora ante las presiones de aquellos que han abusado de ellos a través de la Ley, una secuela del caso de las hipotecas con nuestro Tribunal Supremo. Por un puñado de dólares...¿o eran diez monedas de plata?.

manuelpepito

#1 Pues yo en parte le veo una logica. El interino ocupa un puesto porque no hay un funcionario de carrera que ocupe ese puesto. Cuando se acaba la necesidad de ocupar el puesto el interino sobra.

i

#2 todo correcto

Veelicus

#2 Efectivamente, asi es, el problema de los interinos no es que los despidan en verano, sino que ocupan plazas durante años que no deberian ser de interinos sino de funcionarios de carrera.

powernergia

#2 Si, casualmente se acaba la necesidad en vacaciones, y vuelve en septiembre.

Pero bueno, será eso, una casualidad.

#5 ¿Y que tiene que ver un problema con el otro?.

La administración está llena de interinos que no son despedidos en julio.

Priorat

#5 Y que pueden llevar 10 años seguidos trabajando en el mismo sitio y no les despiden y pagan indemnización. Simplemente no les contratan de nuevo. Eso es totalmente ilegal. A los 3 años deberían ser fijos.

D

#5 El problema de la gente que tiene plaza es que se acomodan, sabiendo que ni dios lo va a despedir no se preocupan en mejorar sus cualificaciones. Los interinos si o si deben mejorar sus méritos para poder trabajar. PD los interinos también necesitan de una carrera para estar en la bolsa de trabajo.

Perogrullo.

#15 Supongo que antes de hacer esa afirmación no te habrás informado de que los profesores (cuerpo de que trata la noticia), deben mejorar sus cualificaciones a través de cursos si quieren cobrar sus sexenios.
Por tanto en la práctica todos mejoran sus cualificaciones de manera continua con un mínimo de horas anuales.
Saludos.

pendejo1983

#2 si funcionase así sería correcto pero la administración hace trampas ya que plazas que deberían estar siendo ocupadas por funcionarios lo hacen una y otra vez con interinos de modo que así aligeran nóminas y derechos de los trabajadores a costa de los usuarios (chavales y sus familias)

Si no recuerdo mal en, por ejemplo, Aragón hay un 35% de interinos

D

#2 lógica tiene, pero las vacaciones las deben cobrar y estar a la vez dados de alta en la seguridad social, como cualquier otro empleado en una empresa privada, en la que si te despiden debiendo días de vacaciones legalmente sigues contratado durante esos días (y los cobras, claro)

ic.wiener.3

#2 Entiendo el razonamiento, pero es falaz: las vacaciones son descanso retribuido, que guarda relación con el trabajo realizado. Si un interino hace el mismo curro que un profesor con plaza a lo largo del año, y al funcionario con plaza tiene vacaciones pagadas y el interino no, es discriminatorio.

D

#9 El interino tambien tiene vacaciones pagadas. Otra cosa es que las disfure o que las cobre con el finiquito y además tienen 1 mes de paro (o 2).

D

#2 Algo de lógica tiene, el problema real es que están en una plaza temporalmente "años". De todas formas, solo por exagerar, eso lo podríamos llevar a que se podría hacer un contrato al inicio de la jornada escolar y otro al finalizar la jornada cada día, pues podríamos alegar que ahí acaba el la necesidad de ocupar ese puesto. Si el día de mañana todavía no tienen profesor, pues sería otro tema.

D

#11 ¿Como crees que ocurre que por cada tres nuevos trabajadores con contrato temporal haya dos nuevos trabajadores con contrato fijo, y sin embargo solo un 10% de los contratos sean fijos?
Pues exactamente así.

Varlak

#2 que sea lógico no significa que sea justo.
Y a parte no estoy de acuerdo contigo, el interino ocupa la plaza de un profesor, esa plaza no desaparece en verano, si esa plaza incluye 2 meses de vacaciones, lo justo, lógico y razonable es uqe el interino siga contratado esos dos meses. Si un interino no tiene derecho a 2 meses de vacaciones en verano entonces un profesor tampoco debería tenerlo...

manuelpepito

#21 Personalmente pienso que los profesores no deberian tener dos meses de vacaciones. Uno de los meses deberian usarlo en formacion.

Varlak

#22 muy bien, una opinión muy interesante que no tiene nada que ver con este tema.

Si los profesores tienen 2 meses de vacaciones y un interino está ocupando una plaza de profesor, la está ocupando entera, no solo cuando le viene bien al estado.

manuelpepito

#24 La plaza de interino por definicion se ocupa cuando le viene bien al estado. El profesorado solo dispone del mes de agosto de vacaiones, julio es laborable, otra cosa es que no trabajen, pero los niños si que tienen los dos meses, por tanto el interino no es necesario:

Con respecto a la jornada laboral y el periodo vacacional correspondiente, los funcionarios y funcionarias docentes sólo disfrutan oficialmente del mes de agosto como vacaciones. De hecho, el mes de julio es a todos los efectos laboral y el profesorado está a disposición de la administración para reuniones, participación en tribunales o comisiones de evaluación y baremación, revisión de notas, etc.

http://www.ustea.es/guiadocente/#N.Calendarioescolar.Vacacionesdelprofesoradoypr%C3%B3rrogavacacionaldelprofesoradointerino

Otra cosa, y en eso no estoy de acuerdo con la sentencia es que el disfrute de vacaciones es obligatorio, por tanto deberia tenerlos contratados la parte proporcional de vacaiones de los meses trabajados, en vez de pagarles una indemnizacion

Varlak

#25 Depende de si el interino está de apoyo o si el interino está ocupando la plaza de un profesor. Si el interino está ocupando una plaza (como a menudo pasa durante años o décadas) entonces el interino ocupa esa plaza, no los dias que le venga bien al colegio.

Guanarteme

#22 El que tengan dos meses también es tema de salud mental del profesor...

D

#22 entonces no tendrían vacaciones prácticamente jamás.
solo aguantarían los masocas o desesperados o los inútiles que igualmente no hacen nada. Todo el capaz huiría a un trabajo menos desquiciante.
solo se quedarían trabajando gente desquiciada o ataráxica, justo los que no quieres que estén en ese trabajo

Mensi_San

#22 que es lo que algunos docentes hacemos.

D

#2 entonces que los despidan el 20/12. ¿Qué necesidad hay de interinos durante las vacaciones de Navidad?

o mejor, que se los contrate por horas. Que se presenten y esperen en el patio por si hay necesidad de ellos.
Acabada la hora se le dan los honorarios correspondientes y a tomar viento al patio otra vez

JossyWells

Que razón tienes José, como se nota que conoces bien a la Universidad Pública.
Yo he terminado mi tercera etapa de asociado en ella. En la primera era muy novato y como peligraba la plaza de alguien, me coaccionaron y engañaron, para que me apartara, tenía que entar el yerno de un titular. En la segunda, estuve hasta que encontré un sitio en las EEMM, porque es mucho mejor que tu plato de lentejas dependa de ellas que de la universidad.

En la tercera y por ahora última, tras trece años en la misma área (y técnica, nada de letras), he sufrido desde hace dos años abusos de autoridad, y DELITOS. Un contratado doctor, que ni siquiera jugaba en la misma liga que yo, cometió un delito (presunto, venga) de descubrimiento y revelación de secretos usando un comentario anónimo, único y sesgado, para convocar una reunción de funcionarios fijos e intentar que no me renovaran el contrato, desprestigiándome ante toda mi área, lo que es otro presunto delito. Meses después, la comisión competente, me puso en la evaluación de docencia la máxima calificación. Ese mismo, el curso anterior, me amenazó a gritos con cambiarme el horario para que fuera incompatible con mi trabajo principal y 'echarme'... y muchas cosas más, algunas cosas ni siquiera las se, porque los profesores permanentes las hablaban en 'petit comité'.
Un ayudante doctor acreditado para CDOC me chivó cosas (cosas que todavía no sabía, como la reunión para desprestigiarme y echarme), acabó purgado y en el paro cuando salió su oposición. Entre medias de ésto yo, visto que estaba sufriendo, como poco, abusos de autoridad, y posiblemente un presunto acoso laboral, acudí al recién nombrado director de dpto. (limpio a priori porque era de otra área) a quejarme, y este tipo, la siguiente vez que le vi, me trató a gritos en una habitación a solas...... se puso de parte de sus colegas permanentes.

Acudí a la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales (UPRL) de la uni., y el funcionario (PAS) de turno, se cuidó bien de insinuarme que si iniciaba algo sin poder probarlo me abrirían expediente. De paso, un sindicalista, le chivó a mi director de dpto. lo que había contado en la UPRL y a él mismo, lo que llevó a que mi compañero ayudante doctor fuera 'marcado' y mandado al paro.
Acudí al Defensor Universitario, acudimos los dos a la vez incluso, a ambos estamentos, y no sirvió de nada. No sirvió de nada porque todos los compañeros del área, donde hay más asociados que titulares, miraron hacia otro lado, haciéndose cómplices y encubridores de todos los delitos descritos antes, porque por los míseros cientos de euros que cobra un asociado, a mis compañeros, todos autónomos con dificultades en sus trabajos, y arrivistas, les venía muy bien callar y quitarseme de enmedio al más veterano de todos ellos.

En el dpto. llegaron a modificar el baremo de asociados para poder quitarme de en medio por lo legal, dado que ya tenían miedo de 'abusar'.
Al final, estoy convencido que destapé, no sólo lo que cuento, sino una mala práxis de de convivencia generalizada de los funcionarios hacia los no permanentes, en sus reuniones de sólo permanentes, y como todos se sentían en pecado, cuando saltó la cosa todos hicieron piña; había que echame pensando que muerto el perro se acabó la rabia, pero la rabia se ha quedado en la uni, todos impunes, aunque no indemnes.

Así que, al final, tras trece años en mi última área y muchas evaluaciones docentes de 'sobresaliente', incluida la del curso que intentaron echarme en esa reunión por ser mal profesor, he dejado la universidad por fin de contrato. Pero lo he hecho con la cabeza bien alta, y a toda esa chusma de delincuentes (presuntos...) y arrivistas me encarqué de dejarlos en su sitio, y avergonzados, si es que tienen vergüenza.

La Universidad es la mayor burbuja de corrupción del país, no tiene que ver con dinero, pero sí con poder, con influencias, con ser amo y señor de la vida de muchos profesores.
Lo que se ha visto en la URJC es algo aislado por su temática , lo que es común es mucho peor y generalizado.

Que bien se está en las EEMM, aunque haya que estar litigiando contantemente por tus dere

JossyWells

#14 Los interinos somos la moneda de cambio y víctimas de todo tipo de alimañas de la sociedad
Todo esto nos pasa por depender de sindicatos de clase. Ya es hora de que todos los interinos formemos un sindicato específico para nosotros y a nivel nacional

JossyWells

a ver si son algo torpes como en la Rioja y se callan dos veces seguidas

JossyWells

Y decidme, con esa actitud, ¿no prevarica la administración (presuntamente)?

JossyWells

#118
Los dos sabemos que por la cuenta que les trae me dirñan que no, o mejor, ni me responderán. Y lo que ocurrió en la Rioja de la 'doble negación', y encima emitieron certificado, es de ciencia ficción, jajaja

JossyWells

#117 Hola José
pero en el caso de la universidad presentar la reclamación administrativa va a significar que estaré fuera antes de que me respondan . Voy a perder el presente concurso, se han esforzado mucho en ello. Es complicado, me ha faltado un pelo para denunciarles por ac. lab. y revel. de sec.

En el caso de mi adm.educativa de E.S., supongo que tendré nueva plaza de interino el proóximo curso, .. y seguirécon nombramiento, pero en la uni. seguro que no. Ya serúa una buena manera de joderles a quienes me han hecho mobbing que me hicieran fijo, jajaj

JossyWells

#118
Los dos sabemos que por la cuenta que les trae me dirñan que no, o mejor, ni me responderán. Y lo que ocurrió en la Rioja de la 'doble negación', y encima emitieron certificado, es de ciencia ficción, jajaja

JossyWells

#115 ¿Y qué crees que es mejor?, darle a la UZ o a la DGA (porque en mi caso puedo a las dos) la oportunidad de hacerlo por las buenas o ir directamente al juez?

D

#116 presenta primero la reclamación, no pierdes nada

JossyWells

#117 Hola José
pero en el caso de la universidad presentar la reclamación administrativa va a significar que estaré fuera antes de que me respondan . Voy a perder el presente concurso, se han esforzado mucho en ello. Es complicado, me ha faltado un pelo para denunciarles por ac. lab. y revel. de sec.

En el caso de mi adm.educativa de E.S., supongo que tendré nueva plaza de interino el proóximo curso, .. y seguirécon nombramiento, pero en la uni. seguro que no. Ya serúa una buena manera de joderles a quienes me han hecho mobbing que me hicieran fijo, jajaj

JossyWells

#118
Los dos sabemos que por la cuenta que les trae me dirñan que no, o mejor, ni me responderán. Y lo que ocurrió en la Rioja de la 'doble negación', y encima emitieron certificado, es de ciencia ficción, jajaja

JossyWells

Hola José,

necesito una aclaración de procedimiento administrativo.

Me acabo de dar cuenta que habéis sacado una versión 2 del escrito del verano. Los cambios son mínimos, pero supongo que necesarios si lo habéis publicado.
Yo ya he cursado la solicitud, pero supongo que puedo hacer un escrito de corrección, a fin de cuentas mejora de mi solicitud.

- ¿Hace falta que me ampare en algúna disposición tipo art. 68 de la Ley 39/2015 ?. Si es necesario, y no es esa (no me queda claro) en cual?. ¿O simplemente pedir que se añada a mi expediente y se tengan en cuenta las modificiaciones en lugares concretos de mi escrito principal?

- No estando obligado a presentación telemática y habiendola presentado presencialmente, ¿la fecha de registro de esta mejora es relevante o sigue siendo la fecha de la solicitud inicial la que cuenta?

muchas gracias

JossyWells

Pero ¿qué debo mirar en mis papeles para saber si puedo pedirlo/demandarles o no?.
¿Qué papeles son?. Yo tengo mis contratos, que se renovaban, hace años cada 4, luego cada dos, y ahora año tras año, y tengo mi hoja de servicios.
¿Necesito algúna cosa más?. ¿Qué es lo que debo mirar en ellos?
gracias

JossyWells

#111 ¿Sin recurso de alzada posterior?
¿¡Hay hecho por sindicatos algún modelo de escrito para esto?.

D

#112 Con la nueva ley, ya no es necesario poner reclamación previa si vas a demandar a una administración por salarios, despido o fraude en tu contrato. Así que incluso podrías demandar directamente.

JossyWells

#115 ¿Y qué crees que es mejor?, darle a la UZ o a la DGA (porque en mi caso puedo a las dos) la oportunidad de hacerlo por las buenas o ir directamente al juez?

D

#116 presenta primero la reclamación, no pierdes nada

JossyWells

#117 Hola José
pero en el caso de la universidad presentar la reclamación administrativa va a significar que estaré fuera antes de que me respondan . Voy a perder el presente concurso, se han esforzado mucho en ello. Es complicado, me ha faltado un pelo para denunciarles por ac. lab. y revel. de sec.

En el caso de mi adm.educativa de E.S., supongo que tendré nueva plaza de interino el proóximo curso, .. y seguirécon nombramiento, pero en la uni. seguro que no. Ya serúa una buena manera de joderles a quienes me han hecho mobbing que me hicieran fijo, jajaj

JossyWells

#118
Los dos sabemos que por la cuenta que les trae me dirñan que no, o mejor, ni me responderán. Y lo que ocurrió en la Rioja de la 'doble negación', y encima emitieron certificado, es de ciencia ficción, jajaja

JossyWells

#84 Hola José
me dices que demande a la universidad, pero ¿directamente?, sin pedir antes por escrito por registro que me hagan laboral indefinido?
Por otra parte, qué debo mirar en mis papeles para saber si puedo pedirlo/demandarles o no?. ¿Qué papeles son?. Yo tengo mis contratos, que se renovaban, hace años cada 4, luego cada dos, y ahora año tras año, y tengo mi hoja de servicios.
¿Necesito algúna cosa más?. ¿Qué es lo que debo mirar en ellos?
gracias

PD:y gracias otra vez por la ayuda en lo de los veranos, tu sontribución junto con las de CGT de Murcia y Aragón y la mia propia me han hecho un escrito 'de postín', pobre funcionario que o tramite, jajaj

D

#110 Jajaja me alegro! Si quieres puedes presentar una reclamación administrativa previa al rector pidiendo que te hagan indefinido y, si no te responden en 3 meses, demandar.

JossyWells

#111 ¿Sin recurso de alzada posterior?
¿¡Hay hecho por sindicatos algún modelo de escrito para esto?.

D

#112 Con la nueva ley, ya no es necesario poner reclamación previa si vas a demandar a una administración por salarios, despido o fraude en tu contrato. Así que incluso podrías demandar directamente.

JossyWells

#115 ¿Y qué crees que es mejor?, darle a la UZ o a la DGA (porque en mi caso puedo a las dos) la oportunidad de hacerlo por las buenas o ir directamente al juez?

D

#116 presenta primero la reclamación, no pierdes nada

JossyWells

#117 Hola José
pero en el caso de la universidad presentar la reclamación administrativa va a significar que estaré fuera antes de que me respondan . Voy a perder el presente concurso, se han esforzado mucho en ello. Es complicado, me ha faltado un pelo para denunciarles por ac. lab. y revel. de sec.

En el caso de mi adm.educativa de E.S., supongo que tendré nueva plaza de interino el proóximo curso, .. y seguirécon nombramiento, pero en la uni. seguro que no. Ya serúa una buena manera de joderles a quienes me han hecho mobbing que me hicieran fijo, jajaj

JossyWells

#106
Otra duda, que anque sea técnico me gusta aprender Derecho. ¿por qué la vía de revisión de oficio y mo simplemente "solicito que se me reconozca el derecho a cobrar el verano"?, es porque de declarar nulos de pleno derecho, en caso de Murcia el Acuerdo/, en mi caso las disp. adic. de las Leyes, se derivaría la nulidad de todo acto administrativo emanado de los ilegales?. Espero haberme expresado bien

Quiero estar seguro de que para mi caso, que no hsy acuerdo sino disposiciones adicionales en ley de presupuestos, la fórmula de la revisión de oficio es la más adecuada.
gracias

D

#108 Porque está fuera del plazo ordinario de impugnación, y por tanto solo puede recurrirse mediante la vía extraordinaria de la revisión de oficio, que no está sujeta a plazo de prescripción aunque exige como requisito para admitirse a trámite la violacion de derechos fundamentales

JossyWells

#106
Buenas noches, gracias por responder.
yo entiendo que aqui también había norma autonómicas, la Ley de presupuestos de la comunidad autónoma. Pero si se trata de derechos fundamentales, dará igual.

Pero entonces por qué narices nos dicen aquí que la sentencia no vale?... no me extrañaría que los sindicatos nos estuvieran vendiendo, pero CGT.... ellos no van de ese palo.... no sé

¿Algún consejo para hacerme el escrito?

muchas gracias

JossyWells

#100
Hola José
disculpa que te de la murga pero el 30 de este mes se acaba el plazo para reclamar el verano del curso 2013-2014.
Necesito dar finiquito al escrito antes de que lea la oposición a finales de semana.
Te ruego me respondas a las siguientes preguntas:

- Con las referencias que te pasé (mira el hilo), ¿qué diferencias tiene Aragón que hacen que la sentencia del TS igual no sirva?. Aquí nadie loha explicado, nadie mueve ficha de nada.

- Respóndeme a lo que te pregunto en #85, please.

- Por último, aunque llevo 13 años con plazas de interino de curso y jornada completa, he cambiado a menudo de centro, y a veces de especialidad. ? ¿Afecta eso a mi presunta situación de fraude de ley y a mis posibilidades de que me concedan el ser indefinido no fijo?.

Si las cosas están lo suficientemente claras , aunque estés lejos podrías ganarte aquí unoscuantos clientes, ya te lo dije, uno yo mismo.

muchas gracias

D

#105 Hola! Da igual que las plazas hayan variado año tras año. La diferencia entre Aragón y Murcia es que aquí había una norma autonómica que derogaba los acuerdos de interinos expresamente, estableciendo que no se cobraría el verano. Esa es la norma que anuló el Supremo. Pero hablamos de derechos fundamentales, así que yo entiendo que en Aragón podéis reclamarlo igual. Usa la vía de la revisión de oficio.

JossyWells

#106
Buenas noches, gracias por responder.
yo entiendo que aqui también había norma autonómicas, la Ley de presupuestos de la comunidad autónoma. Pero si se trata de derechos fundamentales, dará igual.

Pero entonces por qué narices nos dicen aquí que la sentencia no vale?... no me extrañaría que los sindicatos nos estuvieran vendiendo, pero CGT.... ellos no van de ese palo.... no sé

¿Algún consejo para hacerme el escrito?

muchas gracias

JossyWells

#106
Otra duda, que anque sea técnico me gusta aprender Derecho. ¿por qué la vía de revisión de oficio y mo simplemente "solicito que se me reconozca el derecho a cobrar el verano"?, es porque de declarar nulos de pleno derecho, en caso de Murcia el Acuerdo/, en mi caso las disp. adic. de las Leyes, se derivaría la nulidad de todo acto administrativo emanado de los ilegales?. Espero haberme expresado bien

Quiero estar seguro de que para mi caso, que no hsy acuerdo sino disposiciones adicionales en ley de presupuestos, la fórmula de la revisión de oficio es la más adecuada.
gracias

D

#108 Porque está fuera del plazo ordinario de impugnación, y por tanto solo puede recurrirse mediante la vía extraordinaria de la revisión de oficio, que no está sujeta a plazo de prescripción aunque exige como requisito para admitirse a trámite la violacion de derechos fundamentales

JossyWells

#92
En los dos siguientes cursos, consumaron la infamia en:
En 2014 fue en la ley 1/14 de 23 de enero que aparece publicada en BOA de 25 de enero, disposición adicional 26.
En 2015 fue en la ley 13/15de 30 de diciembre, la misma disposición adicional.

JossyWells

#85
Por favor José, aclárame lo que te pregunto en #85, por favor

JossyWells

#100 no me referia a alguien de CGT sino a alguien, colega de profesión, sindicalista, lol que sea a quien puedas preguntar y recabar información

JossyWells

#98 Pues yo no veo diferencia entonces!!, yo este año soy tutor, doy las mismas horas de clase... guardias, etc
No entiendo por qué dicen que hay diferencias
¿Conoces a alguien en Zaragoza/Huesca/Teruel a quien puedas preguntar?

D

#99 Jaja no, llevo a CGT también pero solo en murcia

JossyWells

#100 no me referia a alguien de CGT sino a alguien, colega de profesión, sindicalista, lol que sea a quien puedas preguntar y recabar información

JossyWells

#100
Hola José
disculpa que te de la murga pero el 30 de este mes se acaba el plazo para reclamar el verano del curso 2013-2014.
Necesito dar finiquito al escrito antes de que lea la oposición a finales de semana.
Te ruego me respondas a las siguientes preguntas:

- Con las referencias que te pasé (mira el hilo), ¿qué diferencias tiene Aragón que hacen que la sentencia del TS igual no sirva?. Aquí nadie loha explicado, nadie mueve ficha de nada.

- Respóndeme a lo que te pregunto en #85, please.

- Por último, aunque llevo 13 años con plazas de interino de curso y jornada completa, he cambiado a menudo de centro, y a veces de especialidad. ? ¿Afecta eso a mi presunta situación de fraude de ley y a mis posibilidades de que me concedan el ser indefinido no fijo?.

Si las cosas están lo suficientemente claras , aunque estés lejos podrías ganarte aquí unoscuantos clientes, ya te lo dije, uno yo mismo.

muchas gracias

D

#105 Hola! Da igual que las plazas hayan variado año tras año. La diferencia entre Aragón y Murcia es que aquí había una norma autonómica que derogaba los acuerdos de interinos expresamente, estableciendo que no se cobraría el verano. Esa es la norma que anuló el Supremo. Pero hablamos de derechos fundamentales, así que yo entiendo que en Aragón podéis reclamarlo igual. Usa la vía de la revisión de oficio.

JossyWells

#106
Buenas noches, gracias por responder.
yo entiendo que aqui también había norma autonómicas, la Ley de presupuestos de la comunidad autónoma. Pero si se trata de derechos fundamentales, dará igual.

Pero entonces por qué narices nos dicen aquí que la sentencia no vale?... no me extrañaría que los sindicatos nos estuvieran vendiendo, pero CGT.... ellos no van de ese palo.... no sé

¿Algún consejo para hacerme el escrito?

muchas gracias

JossyWells

#106
Otra duda, que anque sea técnico me gusta aprender Derecho. ¿por qué la vía de revisión de oficio y mo simplemente "solicito que se me reconozca el derecho a cobrar el verano"?, es porque de declarar nulos de pleno derecho, en caso de Murcia el Acuerdo/, en mi caso las disp. adic. de las Leyes, se derivaría la nulidad de todo acto administrativo emanado de los ilegales?. Espero haberme expresado bien

Quiero estar seguro de que para mi caso, que no hsy acuerdo sino disposiciones adicionales en ley de presupuestos, la fórmula de la revisión de oficio es la más adecuada.
gracias

D

#108 Porque está fuera del plazo ordinario de impugnación, y por tanto solo puede recurrirse mediante la vía extraordinaria de la revisión de oficio, que no está sujeta a plazo de prescripción aunque exige como requisito para admitirse a trámite la violacion de derechos fundamentales

JossyWells

#96
Hola
me he leído superficialmente la sentencia del TS. Habla de que allí en Murcia los interinos hacen algo en juLio, ¿es cierto?
Aquí no, si no es formación

¿puede que esas diferencias de las que te hablo vayan por ahi?

Me he puesto en contacto con CGT, único sindicato que funciona bien para los interinos aquí, y me dicen lo mismo, que no,lo tienen claro, arrjjj

D

#97 En Murcia tampoco suelen hacer nada salvo formación. La clave de la sentencia es que si trabajan los mismos meses que un funcionario de carrera, deben cobrar lo mismo.

JossyWells

#98 Pues yo no veo diferencia entonces!!, yo este año soy tutor, doy las mismas horas de clase... guardias, etc
No entiendo por qué dicen que hay diferencias
¿Conoces a alguien en Zaragoza/Huesca/Teruel a quien puedas preguntar?

D

#99 Jaja no, llevo a CGT también pero solo en murcia

JossyWells

#100 no me referia a alguien de CGT sino a alguien, colega de profesión, sindicalista, lol que sea a quien puedas preguntar y recabar información

JossyWells

#100
Hola José
disculpa que te de la murga pero el 30 de este mes se acaba el plazo para reclamar el verano del curso 2013-2014.
Necesito dar finiquito al escrito antes de que lea la oposición a finales de semana.
Te ruego me respondas a las siguientes preguntas:

- Con las referencias que te pasé (mira el hilo), ¿qué diferencias tiene Aragón que hacen que la sentencia del TS igual no sirva?. Aquí nadie loha explicado, nadie mueve ficha de nada.

- Respóndeme a lo que te pregunto en #85, please.

- Por último, aunque llevo 13 años con plazas de interino de curso y jornada completa, he cambiado a menudo de centro, y a veces de especialidad. ? ¿Afecta eso a mi presunta situación de fraude de ley y a mis posibilidades de que me concedan el ser indefinido no fijo?.

Si las cosas están lo suficientemente claras , aunque estés lejos podrías ganarte aquí unoscuantos clientes, ya te lo dije, uno yo mismo.

muchas gracias

D

#105 Hola! Da igual que las plazas hayan variado año tras año. La diferencia entre Aragón y Murcia es que aquí había una norma autonómica que derogaba los acuerdos de interinos expresamente, estableciendo que no se cobraría el verano. Esa es la norma que anuló el Supremo. Pero hablamos de derechos fundamentales, así que yo entiendo que en Aragón podéis reclamarlo igual. Usa la vía de la revisión de oficio.

JossyWells

#106
Buenas noches, gracias por responder.
yo entiendo que aqui también había norma autonómicas, la Ley de presupuestos de la comunidad autónoma. Pero si se trata de derechos fundamentales, dará igual.

Pero entonces por qué narices nos dicen aquí que la sentencia no vale?... no me extrañaría que los sindicatos nos estuvieran vendiendo, pero CGT.... ellos no van de ese palo.... no sé

¿Algún consejo para hacerme el escrito?

muchas gracias

JossyWells

#106
Otra duda, que anque sea técnico me gusta aprender Derecho. ¿por qué la vía de revisión de oficio y mo simplemente "solicito que se me reconozca el derecho a cobrar el verano"?, es porque de declarar nulos de pleno derecho, en caso de Murcia el Acuerdo/, en mi caso las disp. adic. de las Leyes, se derivaría la nulidad de todo acto administrativo emanado de los ilegales?. Espero haberme expresado bien

Quiero estar seguro de que para mi caso, que no hsy acuerdo sino disposiciones adicionales en ley de presupuestos, la fórmula de la revisión de oficio es la más adecuada.
gracias

JossyWells

#93 hola
los cursos 2013-2014 y 2014-2015, simplemente pusieron la fecha de 30 de junio en el nombramiento. He mirado mis nóminas, tengo nóminas de mes de Julio (que no de agosto), supongo que porque las vacaciones correspondientes han de pagarlas. ¿no?

D

#95 Claro. Debes impugnar los nombramientos y ceses de julio de cada año, así como el nombramiento inicial en septiembre y tu cese el 30 de junio. Esos son los actos administrativos cuya revisión de oficio hay que pedir.

JossyWells

#96
Hola
me he leído superficialmente la sentencia del TS. Habla de que allí en Murcia los interinos hacen algo en juLio, ¿es cierto?
Aquí no, si no es formación

¿puede que esas diferencias de las que te hablo vayan por ahi?

Me he puesto en contacto con CGT, único sindicato que funciona bien para los interinos aquí, y me dicen lo mismo, que no,lo tienen claro, arrjjj

D

#97 En Murcia tampoco suelen hacer nada salvo formación. La clave de la sentencia es que si trabajan los mismos meses que un funcionario de carrera, deben cobrar lo mismo.

JossyWells

#98 Pues yo no veo diferencia entonces!!, yo este año soy tutor, doy las mismas horas de clase... guardias, etc
No entiendo por qué dicen que hay diferencias
¿Conoces a alguien en Zaragoza/Huesca/Teruel a quien puedas preguntar?

D

#99 Jaja no, llevo a CGT también pero solo en murcia

JossyWells

#100 no me referia a alguien de CGT sino a alguien, colega de profesión, sindicalista, lol que sea a quien puedas preguntar y recabar información

JossyWells

#100
Hola José
disculpa que te de la murga pero el 30 de este mes se acaba el plazo para reclamar el verano del curso 2013-2014.
Necesito dar finiquito al escrito antes de que lea la oposición a finales de semana.
Te ruego me respondas a las siguientes preguntas:

- Con las referencias que te pasé (mira el hilo), ¿qué diferencias tiene Aragón que hacen que la sentencia del TS igual no sirva?. Aquí nadie loha explicado, nadie mueve ficha de nada.

- Respóndeme a lo que te pregunto en #85, please.

- Por último, aunque llevo 13 años con plazas de interino de curso y jornada completa, he cambiado a menudo de centro, y a veces de especialidad. ? ¿Afecta eso a mi presunta situación de fraude de ley y a mis posibilidades de que me concedan el ser indefinido no fijo?.

Si las cosas están lo suficientemente claras , aunque estés lejos podrías ganarte aquí unoscuantos clientes, ya te lo dije, uno yo mismo.

muchas gracias