Recibir el bautismo es un “hecho” histórico fundamental que debe ser anotado puntualmente, de él dependen los sacramentos posteriores y, en consecuencia, “no está permitido modificar ni suprimir” los datos inscritos en el Registro de Sacramentos, “salvo para corregir posibles errores de transcripción”. Así lo refuerzan el prefecto y el secretario del Dicasterio para los Textos Legislativos, Filippo Iannone y Juan Ignacio Arrieta, en una nota explicativa sobre la prohibición de eliminar los datos de bautismo de los registros parroquiales.
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