Publicado hace 7 años por --519911-- a personas-gizakixxi.blogspot.ie

Amplía la consideración de accidente "in itinere" para aquellos supuestos en los que el trabajador tiene que desplazarse desde su domicilio familiar hasta su lugar de residencia por razones laborales. La distancia ente los dos puntos justifica el viaje en la tarde anterior a la entrada al trabajo. (El domicilio habitual está en Puente Almuhey (León) y el desplazamiento se realizaba hasta Almazán (Soria), donde residía durante la semana debido a su trabajo). Establece razones de "realidad social" a la vista de "las nuevas formas de organización del trabajo".