Un magistrado de lo Mercantil de Córdoba firma un auto reclamando los nombres y apellidos, el DNI y las direcciones de los titulares de direcciones IP que estén usando servicios de P2P.
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etiquetas: juez , demanda , liga , orden , operadores , entrega , datos , fútbol , pirata
buscar culpables sin haber acusados particulares?
Bien común.
Gracias!!!
Pero es que además ya se paga un canon para cubrir las posibles pérdidas derivadas de la piratería, en tu cuota de internet y en tus discos duros.
Aquí lo que pasa, es que "la liga" quiere acceder a los datos de navegación de "todos los usuarios", para poder saber, "a quiénes ha de denunciar".
Si el juez, es quien le facilita a "la liga" el listado de "estos son los sospechosos".... quieras, o no quieras... eso, es prospección.
Esa investigación, le compete a a policía... y en caso de que le competa... no a un juez.
Entiendo que si se dedican a mirar esas ip, deberán buscar alguna manera de extraer la información para asegurarse de quién ha estado mirado el fútbol y quién (si es que eso es posible). No creo que acusen por acusar, pero con éste sistema judicial, vete tu a saber
Primeramente... has de ser "sospechoso" por una acusación específica, que no puede ser el propio juez, quien la formule, ni la investigue prospectivamente.
Ha de haber una acusación primeramente, por un particular, o por un fiscal... bajo premisas que sostengan la acusación.
Por… » ver todo el comentario
Un juez, ha de basarse en una acusación particular (o popular en su caso).
Conoces algún caso donde "los jueces", busquen evasores de hacienda? Por poner un ejemplo, que sería clarísimo.
No, no se hace, puesto que eso, es prospección.
Un juez,… » ver todo el comentario
A no ser que trabajen coordinados, como una organización delictiva... y presentes las pruebas de que son una organización delictiva.
Cada denuncia, lleva nombre y apellidos, o en su caso, el cif de la empresa, si se trata de denunciar a la empresa.
De nuevo... la investigación, es la Policía, la UCO, Hacienda, o cualquier particular (o empresa, como puede ser la SGAE), quien presente las pruebas de un delito ante el juez... y… » ver todo el comentario
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En derecho, prospección es cuando un juez busca información sin un fin procesal concreto, es decir:
Investiga sin causa,
Pide datos sin indicios,
Ordena diligencias sin relación con un delito específico,
Explora a ver “qué encuentra”,
O usa su posición para indagar sin justificación jurídica.
Es lo contrario de una… » ver todo el comentario
Pero no os engañéis, los gobiernos occidentales tienen el mismo control, sino más que el Chino. Y luego además se lo venden o se lo tienen que dar a gobiernos extranjeros, que a mi eso me gustaría aun menos.
En china es ilegal usar VPNs sin permiso.
Fin de la cita.
Todos los caminos de la corrupción del fútbol español llevan siempre al mismo sitio.
#52 Es que eso no es una opción, o hay anonimato o hay verificación de edad, pero no se pueden tener ambas.
Llevo unos días dándole vueltas a la idea: Igual que tenemos el certificado digital con todos los datos, uno que indique únicamente si somos mayores de edad o no. Con caducidad de 1 hora. Te lo sacas con tu certificado digital, lo presentas en la web que requiere comprobación de edad y para adelante. Luego caduca y con ello se evita la reutilización por terceros.
La empresa no tiene ningún dato tuyo salvo si eres mayor de edad o no
No estamos hablando de mantener el anonimato en la arquitectura??
Lo que me parece absurdo, es que estemos todos de acuerdo en que las redes son un peligro para los críos, pero cuando se hace por limitarlo y protegerlos, la libertad patatas. Se puede hacer bien y se debe exigir que se haga bien,.pero se debe hacer.
Y mira que en las noticias de los últimos días han salido bastantes diciendo lo mismo.
Que yo lo flipara con la gente, y pensara que esto va más de seguidismo político (si me lo dice mi político yo digo: amen jesus) que otra cosa... pues si.
Pero lo de la coherencia y la capacidad crítica que debería estar asociada a la mentalidad progresista hace mucho que murió, por lo menos en este sitio.
PD: Free @detectivelibrero (al menos calentaba esos temas) .
Saben más de tí Elon Musk, Google o Mark Zuckerberg que el gobierno o que tú mismo.
Quien tenga los metadatos tiene el poder. Esa es la verdadera batalla que todos saben pero nadie dice
Lo que es ilegal es venderlo o retransmitirlo.
Asi que si lo ves desde un proveedor y desde tu equipo no se reemite la señal no pueden hacer nada contra ti
No tiene nada que ver con el tema del control de edad para acceder a las redes sociales.
Cuando ya todo el mundo tenía el TV de color, empezaron a vender vídeograbadores (Beta, VHS) anunciándolos "para que tu mujer pueda grabar la telenovela que ponen en el otro canal mientras tú ves el fútbol". Entonces nadie hablaba de que pudiera ser ilegal grabar lo que ponen por TV.
Lo que es ilegal es emitir sin pagar los derechos, pero la señal la pueden captar millones de aparatos receptores. Hasta que algún lumbreras decidió que los televisores "emiten".
Que por cierto para el despipote de luz y de color de todos los programas de gente que chilla, bien podríamos volver al blanco y negro, sería mejor para la vista
Supongamos que no es ilegal consumir futbol sin ánimo de lucro. Eso no implica que no sea un ilícito civil o de otro tipo ¿no?
En ese caso ¿Es legal pedir las direcciones IP de los usuarios para una demanda civil?
Sobre si es legal. En general tú puedes solicitar al punto neutro judicial datos que te permitan identificar o localizar a los demandados. Pero concretamente en este caso (y repito que no soy especialista, en serio, tomadme con cautela) el 256.11 LEC parece excluir que las operadoras aporten datos si hay buena fe y son meros consumidores, aunque el artículo se refiere a la… » ver todo el comentario
Si tienes la seguridad de que quien recibe la señal no se lucra y no cede la señal a otro que tampco se lucra y asi sucesivamente no pueden hacer nada contra ti. El problema es que si usas un sistema P2P pues a saber si puede haber alguien al cabo de X pasos que le este cobrando a un tercero y entonces te puedan empurar a ti
in dubito pro reoin dubio pro reo
Aunque últimamente está de moda in dubio pitorreo, que no deja de tener su gracia.
El 286.3 CP castiga con multa "A quien, sin ánimo de lucro, facilite a terceros el acceso descrito en el apartado 1", es decir, "Será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a 24 meses el que, sin consentimiento del prestador de servicios y con fines comerciales, facilite el acceso inteligible a un servicio de radiodifusión sonora o
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"...sin consentimiento del prestador de servicios y con fines comerciales..."
Creo que está línea es clara según la entiendo yo: aunque no haya lucro debe de haber fines comerciales en la distribución ¿No?
Pero vamos que siendo la hora que es, mi raciocinio está aún limitado.
Sí, a ver, eso es el apartado 1, lo de "fines comerciales". Pero después el apartado 3 dice que también sin ánimo de lucro, es decir, sin fines comerciales, sólo que referencia de nuevo a ese primer apartado.
Igual es confuso.… » ver todo el comentario
el unico futbol que he visto recientemente ha sido la selección española de mujeres
En Valladolid tenemos dos equipos de División de Honor de Rugby y solo les falta pedir en la puerta del supermercado...
Luego que no nos metamos con los fachas con toga...