El recurso es un trámite sencillo. Para hacerlo, debes seguir los siguientes pasos: Pagar primero la tasa: recurrir no exime del pago, pero si el recurso prospera se devolverá el importe abonado. Presentar el recurso en el plazo de un mes desde la notificación de la liquidación. No se necesita abogado ni procurador. Cumplimentar el texto tipo preparado por Más Madrid y adjuntar el recibo del pago. El texto en verde sólo se utilizará si se presenta el recurso en representación de una entidad o de otra persona. Presentarlo ante la sede electrónic