Hace 1 año | Por joseangelaparic...
Publicado hace 1 año por joseangelaparicio

Comentarios

johel

Yo me conformo con que pague lo que debe al sistema sanitario y medico español, fijate si soy cutre que no pido ni inversion directa en mi persona.

p.d. ¿A vosotros tambien os consideran no aptos para el sistema sanitario privado o aun sois jovenes e ingenuos?

D

¿ Pero de verdad Pedro Sánchez va a dar dinero a los españoles ?
No creo. De entrada, prometieron el SMI a 1.200 euros, que contando la inflación serán un poco menos que 1.400€.
Eso es lo que prometió, eso es lo que quiero.
Y prometió otras muchas cosas, todas realizables, como por ejemplo la mano dura contra la corrupción. Todo eso tiene que cumplirlo.
Si además paga hipotecas, pues mejor que mejor, pero que no piense que con un pellizquito por aquí y otro por allá nos vamos a olvidar de sus promesas.
https://www.psoe.es/media-content/2019/12/30122019-Coalici%C3%B3n-progresista.pdf

G

El pasado 15 de Octubre, el Gobierno remitió a las autoridades comunitarias el Proyecto de Plan Presupuestario de 2023 (breve comentario en PLAN PRESUPUESTARIO DE 2023 – Gorgojo Rojo (wordpress.com)) en el que se afirma que: 
“La senda de gasto incluida en el Plan Presupuestario cumple con las directrices publicadas el pasado 23 de mayo por la Comisión Europea. A pesar de que actualmente se encuentra en vigor la cláusula general de escape……..” 
En el Proyecto de Plan Presupuestario de 2023 se cuantifica en 24.696 millones el límite máximo del incremento del gasto corriente primario en relación al actual ejercicio. Esta cifra resulta de multiplicar 537.001 millones, base estimada de gasto para 2022, por 4,6%. 
La plasmación definitiva de las directrices de la Comisión Europea fue realizada por la Recomendación del Consejo de la UE de 12 de Julio de 2022 y, entre otras cuestiones, realiza a España la petición de que, en 2023, tome medidas para “garantizar una política presupuestaria prudente, en particular limitando el incremento de los gastos primarios corrientes financiados a nivel nacional por debajo del crecimiento potencial a medio plazo, teniendo en cuenta la continuación de la ayuda temporal y específica en favor de los hogares y las empresas más vulnerables a las subidas de los precios de la energía y de las personas que abandonan Ucrania”. 
En el texto de la Recomendación se realiza la siguiente referencia: “sobre la base de las previsiones de la Comisión de la primavera de 2022, el crecimiento potencial de la producción a medio plazo (media de 10 años) se estima en el 0,8%. Sin embargo, esta estimación no incluye los efectos de las reformas que forman parte del Plan de Recuperación y Resiliencia y pueden impulsar el crecimiento potencial de España”. 
Según el Proyecto de Plan Presupuestario de 2023, esta recomendación se traduce en que el gasto nacional corriente primario debe crecer por debajo de la tasa referencia de medio plazo y, por otra parte, se hace una llamada aclaratoria indicando que la tasa referencia de medio plazo queda determinada por la suma de la tasa de crecimiento del PIB potencial a medio plazo -media de 10 años- más el deflactor del PIB esperado para 2023. 
El concepto de “la tasa de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de la economía española” está recogido en el art. 12 la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera donde se encomienda su cálculo al ahora Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ateniéndose a la metodología utilizada por la Comisión Europea. 
El desarrollo del precepto legal llevado a cabo por la Orden ECC/2741/2012 establece que: “para el crecimiento del deflactor, cada año se elegirá el menor de los dos valores siguientes: o bien el 2% o bien la tasa de crecimiento del deflactor del PIB prevista o efectivamente registrada según la Contabilidad Nacional.” 
Para terminar, hay que señalar que en las previsiones de primavera de la Comisión Europea el deflactor estimado del próximo año era del 3,3%, en tanto que en Proyecto de Plan Presupuestario de 2023 se eleva al 3,8%. 
Por otra parte, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha incumplido la obligación de publicar la tasa de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo en el Informe de Situación de la Economía Española de 2022. 
La variación de gasto primario corriente prevista para 2023 en el Proyecto de Plan Presupuestario es de 23.733 millones, que supone un incremento de un 4,4% sobre el previsto para el presente ejercicio. 
Resumen: 
a) La Recomendación del Consejo de la UE exige a España que, con relación a este ejercicio, en 2023 incremente sus gastos primarios corrientes financiados a nivel nacional por debajo del crecimiento potencial a medio plazo que las previsiones de primavera de la CE cifraban en el 0,8%. 
b) El Gobierno considera, a mi juicio, de manera un tanto forzada que por crecimiento potencial a medio plazo debe entenderse la tasa de referencia de crecimiento del PIB de medio plazo, cuya publicación ha omitido, y además en su versión “nominal”, es decir, que debe incorporar la variación del deflactor que estima en un 3,8%. 
c) El Gobierno no toma en cuenta la norma que establece que para determinar la tasa de referencia nominal de crecimiento del PIB de medio plazo el valor máximo a considerar como variación del deflactor es el 2%. 
d) Al final, el incremento porcentual de gasto primario corriente, financiado a nivel nacional, previsto para 2023 es del 4,4%, que queda por debajo del límite fijado por la Recomendación del Consejo de la UE que sería del 4,6% a criterio del Gobierno (a mi entender, resultado de sumar el 0,8% de crecimiento potencial de la producción a medio plazo y el 3,8% por la variación del deflactor prevista en el Proyecto de Plan Presupuestario de 2023). 
Esperemos que la Comisión Europea, que tiene hasta el próximo 30 de Noviembre para evacuar su dictamen sobre el Proyecto de Plan Presupuestario remitido, dé su visto bueno a las interpretaciones gubernamentales llevadas a cabo sobre esta cuestión. 

G

El pasado 15 de Octubre, el Gobierno remitió a las autoridades comunitarias el Proyecto de Plan Presupuestario de 2023 (breve comentario en PLAN PRESUPUESTARIO DE 2023) en el que se afirma que: 
“La senda de gasto incluida en el Plan Presupuestario cumple con las directrices publicadas el pasado 23 de mayo por la Comisión Europea. A pesar de que actualmente se encuentra en vigor la cláusula general de escape……..” 
 En el Proyecto de Plan Presupuestario de 2023 se cuantifica en 24.696 millones el límite máximo del incremento del gasto corriente primario en relación al actual ejercicio. Esta cifra resulta de multiplicar 537.001 millones, base estimada de gasto para 2022, por 4,6%. 
La plasmación definitiva de las directrices de la Comisión Europea fue realizada por la Recomendación del Consejo de la UE de 12 de Julio de 2022 y, entre otras cuestiones, realiza a España la petición de que, en 2023, tome medidas para “garantizar una política presupuestaria prudente, en particular limitando el incremento de los gastos primarios corrientes financiados a nivel nacional por debajo del crecimiento potencial a medio plazo, teniendo en cuenta la continuación de la ayuda temporal y específica en favor de los hogares y las empresas más vulnerables a las subidas de los precios de la energía y de las personas que abandonan Ucrania”. 
En el texto de la Recomendación se realiza la siguiente referencia: “sobre la base de las previsiones de la Comisión de la primavera de 2022, el crecimiento potencial de la producción a medio plazo (media de 10 años) se estima en el 0,8%. Sin embargo, esta estimación no incluye los efectos de las reformas que forman parte del Plan de Recuperación y Resiliencia y pueden impulsar el crecimiento potencial de España”. 
Según el Proyecto de Plan Presupuestario de 2023, esta recomendación se traduce en que el gasto nacional corriente primario debe crecer por debajo de la tasa referencia de medio plazo y, por otra parte, se hace una llamada aclaratoria indicando que la tasa referencia de medio plazo queda determinada por la suma de la tasa de crecimiento del PIB potencial a medio plazo -media de 10 años- más el deflactor del PIB esperado para 2023. 
El concepto de “la tasa de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de la economía española” está recogido en el art. 12 la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera donde se encomienda su cálculo al ahora Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ateniéndose a la metodología utilizada por la Comisión Europea. 
El desarrollo del precepto legal llevado a cabo por la Orden ECC/2741/2012 establece que: “para el crecimiento del deflactor, cada año se elegirá el menor de los dos valores siguientes: o bien el 2% o bien la tasa de crecimiento del deflactor del PIB prevista o efectivamente registrada según la Contabilidad Nacional.” 
Para terminar, hay que señalar que en las previsiones de primavera de la Comisión Europea el deflactor estimado del próximo año era del 3,3%, en tanto que en Proyecto de Plan Presupuestario de 2023 se eleva al 3,8%. 
Por otra parte, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha incumplido la obligación de publicar la tasa de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo en el Informe de Situación de la Economía Española de 2022. 
La variación de gasto primario corriente prevista para 2023 en el Proyecto de Plan Presupuestario es de 23.733 millones, que supone un incremento de un 4,4% sobre el previsto para el presente ejercicio. 
Resumen: 
a) La Recomendación del Consejo de la UE exige a España que, con relación a este ejercicio, en 2023 incremente sus gastos primarios corrientes financiados a nivel nacional por debajo del crecimiento potencial a medio plazo que las previsiones de primavera de la CE cifraban en el 0,8%. 
b) El Gobierno considera, a mi juicio, de manera un tanto forzada que por crecimiento potencial a medio plazo debe entenderse la tasa de referencia de crecimiento del PIB de medio plazo, cuya publicación ha omitido, y además en su versión “nominal”, es decir, que debe incorporar la variación del deflactor que estima en un 3,8%. 
c) El Gobierno no toma en cuenta la norma que establece que para determinar la tasa de referencia nominal de crecimiento del PIB de medio plazo el valor máximo a considerar como variación del deflactor es el 2%. 
d) Al final, el incremento porcentual de gasto primario corriente, financiado a nivel nacional, previsto para 2023 es del 4,4%, que queda por debajo del límite fijado por la Recomendación del Consejo de la UE que sería del 4,6% a criterio del Gobierno (a mi entender, resultado de sumar el 0,8% de crecimiento potencial de la producción a medio plazo y el 3,8% por la variación del deflactor prevista en el Proyecto de Plan Presupuestario de 2023). 
Esperemos que la Comisión Europea, que tiene hasta el próximo 30 de Noviembre para evacuar su dictamen sobre el Proyecto de Plan Presupuestario remitido, dé su visto bueno a las interpretaciones gubernamentales llevadas a cabo sobre esta cuestión. 

G

#3 PLAN PRESUPUESTARIO DE 2023 = PLAN PRESUPUESTARIO DE 2023 – Gorgojo Rojo (wordpress.com)