Todos estamos hartos de escuchar las 3 reglas básicas:
- Los coches que circulan en el interior de una rotonda tienen preferencia.
- La salida se realiza siempre por el carril exterior.
- El conductor debe señalizar correctamente cualquier cambio de carril.
Pero nunca he visto que ningún organismo oficial (ni ninguna web) aclare el siguiente caso: Si un coche se va a incorporar a una rotonda y viene otro coche por un carril interior sin intermitentes. ¿El coche puede incorporarse a la rotonda por el carril exterior?
Mi interpretación es que sí y es que realmente una rotonda tiene las mismas reglas que una carretera de dos carriles en el mismo sentido, y si queremos incorporarnos a una autovía y viene un coche por el carril izquierdo sin marcar intermitentes todos tenemos claro que podemos incorporarnos. Es más, el coche que viene por la autovía tiene que facilitar esa incorporación dentro de lo posible.
Reconozco que podría interpretarse que se incumple la regla básica 1, pero al fin y al cabo si el conductor que va en la rotonda tiene que cumplir las reglas 2 y 3, entiendo que si no está marcando el intermitente no está cambiando de carril por lo tanto no debería molestarle que el coche se incorpore a la rotonda por el carril exterior. Algunos interpretarán que hay alta probabilidad de que le moleste segundos después cuando sí quiera cambiarse al carril exterior para salir, pero por experiencia creo que no es nada que no pueda solventarse fácilmente si el coche que se incorpora a la rotonda lo hace a una velocidad razonable y facilita también el cambio de carril si lo solicita con el intermitente.
¿Qué opináis? ¿Habéis visto algún organismo oficial que aclare explícitamente (sin distintas interpretaciones posibles) esta cuestión? ¿Quién tendría la razón oficial en caso de accidente?
Comentarios
Perdón por la pedantería de autocitarme, #0, pero lo que dices de las rotondas es muy interesante y me hace pensar en la filosofía del derecho, como dije aquí hace ya tres años:
desesperacion-guardia-civil-porque-nadie-sabe-circular-rotondas/c05#c-5
La 'desesperación' de la Guardia Civil porque nadi...
elespanol.comLas rotondas siempre me han parecido el ejemplo perfecto del debate sobre la eficacia de la norma. Me refiero al acuerdo tácito de todos los conductores de que, si vas a dar un cambio de sentido, pongas al entrar en la rotonda el intermitente izquierdo.
Yo no lo hacía nunca; no estaba previsto en la norma. Sin embargo, después de un par de sustos, me di cuenta de que los conductores aceptaban esa indicación y, si no la hacías, se sorprendían y a veces te increpaban. Así que ahí viene el dilema: circular correctamente y tener más riesgo de accidente (sólo en estos casos), o hacer algo no previsto pero que todos los conductores entienden.
Así que es el ejemplo perfecto de cómo una norma es eficaz sólo si es seguida por una masa crítica muy amplia. Los conductores hemos creado una serie de normas tácitas (se podría llamar incluso derecho vial consuetudinario).
En cuanto a la pregunta que planteas, no tengo una respuesta firme. Supongo que habría que investigar un poco en la jurisprudencia. No sé si hay por aquí algún abogado especialista en tráfico. Me suena que sí.
Yo coincido co tu interpretación.
Es más, no se por qué las rotondas pequeñas tienen más de 1 carril.