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La magistrada Victoria Rosell recuerda que España sí tiene competencias para juzgar a Julio Iglesias en virtud de los artículos 23.4 l) y m) de la LOPJ

Durante la tarde de este viernes, se conocía la noticia de que la Fiscalía de la Audiencia Nacional ha acordado archivar las diligencias de investigación contra Julio Iglesias por las preguntas agresiones sexuales y la comisión de presuntos delitos de trata de personas contra dos ex empleadas de su servicio doméstico en las mansiones del cantante en Bahamas y República Dominicana.

| etiquetas: momentos musicales , tribunales , orden público
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#8 En un comentario anterior dices que hay que leerse lo que dice la fiscalía como respuesta. Te demuestro que eso ya viene reflejado en el artículo, pero no te parece suficiente.

¿Si reviso tus comentarios voy a encontrarte igual de exigente en cada noticia o voy a encontrarme todo lo contrario?
#9 Los argumentos de la fiscalía son suficientemente sólidos para archivar la causa.
#12 Y aparecen en el artículo que tú mismo dices que no es bueno "porque no da la otra versión", que ha sido tu queja. Era evidente que lo hacías porque no tienes argumentos de ningún tipo para contradecirlo y tu única intención ha sido embarrar el meneo.

No te habría costado nada decir "la fiscalía dice otra cosa" desde el principio.
Eso da igual , Julito tiene el Fachapass Diamond VIP
#1 La Fiscalía es la que ha archivado la caída. ¿ Quién controla la fiscalía?
Si solo entrevistas a la magistrada que apoya tu relato e ignoras a los 50 magistrados que no , entonces no estas informando, estás manipulando
#2 Vaya ejemplo del dedo y la Luna que te has marcado.
Si lees bien el titular verás que hay que mirar la LOPJ y no a Victoria.
#4 ¿Te has leído la argumentación de la Fiscalía para archivar la causa?
#2 "En el decreto de archivo, el Ministerio Público afirma que su decisión de archivar está motivada en la "falta de jurisdicción de los tribunales españoles y por lo tanto la falta de competencia de la Fiscalía de la Audiencia Nacional para conocer de la investigación preprocesal de los hechos denunciados".

Pues yo juraría que esa opinión diferente ya viene reflejada en el artículo. ¿Han reproducido el resto de medios que han dado por válido esos argumentos la opinión de quien considera que sí se le puede juzgar?
#5 Los medios tienen que informar, no servir de altavoz a opiniones. ¿ Por qué tienen que publicar la opinión de esta señora y no la de otros 50 que opinan lo contrario?¿Deben los medios publicar todas las opiniones de todos ?
#8 ahora citar artículos de leyes es dar opiniones?
Mira...
#14 ¿Las leyes de que país? Porque el supuesto crimen ha sido en República Dominicana y no en la república bananera de esta mujer...:popcorn:
¿O podemos abrir juzgados españoles por todo el mundo?
#16 Sí, si es un delito en ambos países y si la víctima pone denuncia en España, se le puede juzgar aquí e incluso pedir extradición para juzgarle aquí.
#2 Pues como haceís los fachapobres con cuenta clon de enero 2026. Venir solo hablar de vuestro libro.
Qué raro diario red acudiendo a Rosell.
Me da que Julito tiene tanto poder en punta cana como en España par amover "hilos"....
Esta jurista era Secretaria de Estado de Igualdad cuando sacaron la ley del solo sí es sí. Como para fiarse.
#15 No, nunca ha sido Secretaria de Estado. Como para fiarnos de ti...
#17 Perdón. Delegada del Gobierno para Violencia de Género. Gracias por la rectificación.
Si hubiera sido un heroico combatiente del PKK frente a la barbarie del ISIS, ya estaría condenado. No dirían: que lo juzgue Turquía.
sin saber de Jurisdicción pregunto:
Me gustaría saber primero si el país donde cometió supuesto crimen tiene acuerdos bilaterales con España.
Por muy español que sea Julio.... Bahamas y republica Dominicana son países soberanos...
#3 Entiendo que podría haber acuerdos de extradición, pero ¿juzgar a los tuyos por delitos en otro país? ¿eso existe?
#10 Sí, si el mismo delito existe en ambos países y si la víctima pone denuncia en España. Es el principio de jurisdicción por nacionalidad.

También el acusado no ha de ser absuelto por el tribunal del otro país.
claro que si guapi

menéame