Se trata de la primera incidencia procesal que busca aplicar la jurisprudencia que ha creado la fórmula usada por Sala Penal del Tribunal Supremo sobre la autoría del fiscal general del Estado “o alguien de su entorno” para condenar a Álvaro García Ortiz por la filtración del correo del 2 de febrero de 2024
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etiquetas: peinado , fiscal general , jurisprudencia
Toma, te van a hacer falta.
Voy a por más.
Si total, nadie se va a enterar, porque sus medios no van a contar que la justicia es un pitorreo.
La Justicia en España es a la carta. Cada juez y tribunal se agarra al clavo ardiendo que le da la santa gana para justificar la condena que ya traía mascada.
Todo lo demás es buscarle tres pies al gato.
No ha ocurrido.
El Supremo lo que dice, con toda la lógica, es que informaciones (no solo de prensa) que no se pueden contrastar, por ejemplo, artículos de opinión o noticias basadas en "fuentes", no se pueden utilizar como base indiciaria para abrir causas.
Cosa distinta es que se haga un artículo de prensa que adjunte o referencie documentos contrastables,… » ver todo el comentario
Ocultar que la información denunciada viene de prensa es absurdo, no aporta nada, cualquiera va a saber que viene de la prensa, ¿dices que ante un análisis hecho por un periodista deben copiar y pegar su trabajo y asumir la autoría? Absurdo y poco educado.
Referenciar la nota de prensa resulta de lo más normal, y no hay nada de malo.
#6 No es cosa menor, o dicho de otra forma, es cosa mayor, como dijo alguien de la Cerámica de Talavera.
M. Rajoy
www.youtube.com/shorts/qewiC9anfRo
El caso del FGE es un ejemplo, que envían correos con información reservada a cuentas personales de Gmail y no se pone ningún control, ni sanción, sino que encima salen los "expertos" de la fiscalía a decir que es de lo más normal.
Mientras no se pongan marcas de agua o cualquier cosa para poder rastrear de forma efectiva filtraciones seguirán ocurriendo y de forma impune.
Para condenar con prueba indiciaria necesitas una pila de indicios que apunten a alguien concreto, y aquí apenas tienes un indicio que no apunta a nadie concreto.
Intentando hacer ahora un red herring a otro tema, el de la nota delictiva, y con la trola de que se habia dictaminado que no era delito cuando hay un total de CERO autos judiciales que hagan eso, y hablando del voto particular que también tiene CERO argumentos jurídicos para decir que no sea delito.
>Brillante argumentación, no se nota que te escuece no saber manipular bien sabiendo que no tienes razón
Buen intento de cambio de tema. No me tomas por tonto.
Este hilo explica bastante bien la suma de indicios en el caso de la filtración del correo por el ex-fiscal
threadreaderapp.com/thread/1998456129131618388.html
Y se llegó a esa conclusión por varios indicios, por ejemplo:
-El FGE después de la filtración no llevó a cabo investigación alguna sobre su procedencia.
-Cuando aún no había habido filtración, redactó una nota de prensa con contenido claramente delictivo y cuya única excusa para publicarlo era intentar decir que ya se había revelado el secreto, es… » ver todo el comentario
- El punto 1 es aplicable igual a Peinado.
- El punto 2 es falso. La "excusa" de publicar la nota de prensa era la filtración que desmentía, no la que le condenaba.
- El punto 3 es irrelevante.
- El punto 4 también es aplicable a Peinado.
1- Desconozco si Peinado lo ha hecho o es responsable siquiera
2- La nota al ser redactada, declarado por la propia persona a la que el ex FGE le redactaba lo que escribir a las 11 de la noche, incluía textos literales del correo filtrado. No sé qué pretendes decir.
3- No según la nueva FGE
4- ¿Me he perdido algo?¿Ha ido alguien de Vox o del PP a firmar ante notario que les llegó la providencia antes de publicarse en medios para hacer guerra sucia?¿Ha salido el juez Peinado escribiendo a alguien para ganar relatos? No ha ocurrido lo que dices.
Todo lo que pones son falsedades chico.
1 - No ha investigado ningun caso.
2 - Que tuviera acceso a correo no prueba que lo filtrara. Es más, tuvo el correo después de la filtración.
3 - Lo que ha sido irrelevante es que haya multiples testimonios indicando que el filtrador era otro.
4 - Me da que te has perdido mucho. El caso lleva mucho tiempo, y hemos visto ese comportamiento múltiples veces.
1-De nuevo, lo desconozco y si corresponde, ya ha quedado patente que afirmas sin saber. Irrelevante.
2-Ignoras la argumentación inicial, irrelevante.
3-Ningún testimonio se ha ignorado, pese a no presentar ninguna prueba. El hecho sigue siendo que no hay rastro alguno de la filtración hasta después de que el FGE maniobrara, y que lo pudo filtrar alguien de su equipo con su conocimiento.
4-No aportas nada, irrelevante.
Cuando la sentencia se refirió al entorno, se refiere a que la culpabilidad también incluye al autor intelectual, y lo hizo dando por probado que era el ex-Fiscal quien estaba detrás de la filtración. El delito es el mismo enviase él (personalmente) el correo o le dijese a un asistente que lo enviase.
Pregunto, porqué sinceramente no estoy al caso de este tema, pero ya que dicen que "es lo mismo" ...
Amiguetes: criterio A
Enemigos: criterio B
Pueden retorcer los argumentos todo lo que quieran. Y si les pilla buenas fechas resuelven el próximo 20-N con su efemérides favorita.
La jurisprudencia del amigo ha sido ampliamente documentada en España.
Inda dirá que eso es secreto profesional, pero que no fue Peinado.
Como Inda es un periodista fiable, de prestigio y neutral, no tiene motivos para mentir.
Se considera el testimonio de Inda y se archiva.
Total, el papel lo aguanta todo.