P

#7 los drones de ocio no se registran en ningún sitio...

P

#5 me refería a que primero derriban... luego será como ir a recoger el pato, pero tienes razón no hay matrícula y no creo que salvo que lo identifiquen en el momento puedan denunciar a nadie.

D

#6 sin conocer como va, imagino que tienen un número de serie y que deben estar registrados

P

#7 los drones de ocio no se registran en ningún sitio...

#6 Pondrán la denuncia y abrirán la investigación. Otra cosa es que se localice al culpable, aunque hay varios métodos.

t

#6 Pues sabiendo que el drone tiene un alcance de no muchos kilómetros, igual basta con ir al bar del pueblo, preguntar si alguien sabe de quién es este drone, y en un pueblo pequeño es fácil que alguno lo sepa y se lo diga. Teniendo en cuenta que están estorbando las labores de búsqueda de desaparecidos y tal, no sé yo hasta qué punto van a encontrar mucha solidaridad como para no hablar con la policía...

D

#6

Por ley el dron debe llevar un placa ignífuga con los datos del contacto del operador/proietario.

P

#3 no dicen denunciar... dicen derribar... pum y listo...

jonolulu

#4 No leemos ni las noticias que meneamos

...avisa que los dispositivos aéreos están "molestando" a los helicópteros oficiales y destaca que, en caso de continuar sobrevolando la zona "serán derribados y denunciados".

P

#5 me refería a que primero derriban... luego será como ir a recoger el pato, pero tienes razón no hay matrícula y no creo que salvo que lo identifiquen en el momento puedan denunciar a nadie.

D

#6 sin conocer como va, imagino que tienen un número de serie y que deben estar registrados

P

#7 los drones de ocio no se registran en ningún sitio...

#6 Pondrán la denuncia y abrirán la investigación. Otra cosa es que se localice al culpable, aunque hay varios métodos.

t

#6 Pues sabiendo que el drone tiene un alcance de no muchos kilómetros, igual basta con ir al bar del pueblo, preguntar si alguien sabe de quién es este drone, y en un pueblo pequeño es fácil que alguno lo sepa y se lo diga. Teniendo en cuenta que están estorbando las labores de búsqueda de desaparecidos y tal, no sé yo hasta qué punto van a encontrar mucha solidaridad como para no hablar con la policía...

D

#6

Por ley el dron debe llevar un placa ignífuga con los datos del contacto del operador/proietario.

dphi0pn

#4 No se yo eso de disparar desde las alturas así al pum y listo. Suena a fiasco, problema, muerte, peligro y estúpido.

P

pongo este enlace porque la anterior noticia era AEDE...

i

#1 ahora te la tiraran por duplicada lol

P

#2 ya me he llevado uno negativo

P

Francamente pagar 900€ por una jornada multitudinaria de coach... hay que ser muy lerdo...

H

#62 Igual que los iPhones .

"Si es caro, es bueno". Falacia de libro pero que funciona de perlas. Donde más, en estos "cursos". Pero también en ciertos colegios privados (que luego tienen una atención de mierda y comida del catering más cutre disponible), productos de marca... Podría hacerse una lista más larga que el Quijote.

Inviegno

#68 Hombre, un iPhone es un producto de primer nivel, con márgenes de beneficio bastante altos, todo sea dicho.
Lo realmente absurdo es pensar que necesitas un aparato con esas especificaciones.

P

#1 cry joer pues a ver si lo encuentro en otro medio porque me parece interesante... sobre todo para los droneros... entre los que me incluyo

i

#2 pues cuidado con tu dron, que tiran a dar, jaja

P

#1 yo creo que aquí solo se discutía si le podían quitar el paro o no, y parece que permiten trabajos esporádicos oficiales.

P

#1 Pues no entiendo porque no pidió una indemnización por daños y perjuicios por vulneración de derechos fundamentales porque se la hubieran dado y la cuantía mínima sin acreditar más que esa vulneración es de 6.000 y puede ser de mucho más

eldarel

#30 ¿eso se hace en la misma jurisdicción laboral?, ¿o hay que ir al juzgado de lo civil?

P

#17 por defender el matrimonio homosexual ya te digo que si lo despiden lo tendrían que readmitir... no es el mismo caso, pero te doy la razón es un tema que dará que hablar según lo usen las empresas y siempre estará sujeto al último criterio del juez de turno que valorará caso por caso

Liet_Kynes

#18 Es exactamente el mismo caso. En ambos casos estarías expresando opiniones que no gustan a la empresa

P

#10 pues ya está... y seguro que tampoco tu empresa te ha hecho firmar un código de conducta en redes sociales. Es un caso especial.

D

#16 claro que sí. Medianamente todas lo están haciendo. Si te "relacionas" en tu perfil personal con tu actividad laboral tienes que medir lo que dices. Es de sentido común.

Si digo algo y lo relaciono, aunque sea mínimamente, con la empresa para la que trabajo me puede caer una buena colleja. Y si es inapropiado puedo acabar igual que este trabajador. La diferencia está en que mi perfil laboral/profesional no lo mezclo con mi perfil personal. Salvo en LinkedIn

P

#9 sí si el límite es muy fino en cuanto pones el nombre de tu empresa en un perfil, y lo de humor negro no sé yo, no he visto las fotos pero si tenía un código de conducta que incumplió podría haber ido con más cuidado. Igual que la empresa te puede exigir una determinada vestimenta laboral te puede exigir que no se relacione en ningún caso su nombre o marca con imágenes denigrantes. De todas formas es una sentencia de un juzgado de lo social y habrá recurso seguro.

Liet_Kynes

#15 Pero es que él no ha relacionado a su empresa con esas imágenes. Ha sido la mojigata que no sabe diferenciar entre la cuenta oficial de la empresa, que es donde se publica la postura de la empresa, y la de un trabajador cuyas opiniones son suyas y no de la empresa. Es muy peligroso que te puedan despedir por tus opiniones. Hoy es por unas fotos de mal gusto, pero mañana puede ser porque la empresa está oficialmente en contra del matrimonio homosexual y un trabajador lo defiende en sus redes sociales

P

#17 por defender el matrimonio homosexual ya te digo que si lo despiden lo tendrían que readmitir... no es el mismo caso, pero te doy la razón es un tema que dará que hablar según lo usen las empresas y siempre estará sujeto al último criterio del juez de turno que valorará caso por caso

Liet_Kynes

#18 Es exactamente el mismo caso. En ambos casos estarías expresando opiniones que no gustan a la empresa

P

#6 a ver.. no sé si era un currito super trabajador y honrado pero las fotos suenan a un tío un poco nazi la verdad...

Liet_Kynes

#7 Las fotos son humor negro. Y en todo caso, los motivos de despido tienen que estar relacionados con el trabajo y no con la vida privada del trabajador

P

#9 sí si el límite es muy fino en cuanto pones el nombre de tu empresa en un perfil, y lo de humor negro no sé yo, no he visto las fotos pero si tenía un código de conducta que incumplió podría haber ido con más cuidado. Igual que la empresa te puede exigir una determinada vestimenta laboral te puede exigir que no se relacione en ningún caso su nombre o marca con imágenes denigrantes. De todas formas es una sentencia de un juzgado de lo social y habrá recurso seguro.

Liet_Kynes

#15 Pero es que él no ha relacionado a su empresa con esas imágenes. Ha sido la mojigata que no sabe diferenciar entre la cuenta oficial de la empresa, que es donde se publica la postura de la empresa, y la de un trabajador cuyas opiniones son suyas y no de la empresa. Es muy peligroso que te puedan despedir por tus opiniones. Hoy es por unas fotos de mal gusto, pero mañana puede ser porque la empresa está oficialmente en contra del matrimonio homosexual y un trabajador lo defiende en sus redes sociales

P

#17 por defender el matrimonio homosexual ya te digo que si lo despiden lo tendrían que readmitir... no es el mismo caso, pero te doy la razón es un tema que dará que hablar según lo usen las empresas y siempre estará sujeto al último criterio del juez de turno que valorará caso por caso

Liet_Kynes

#18 Es exactamente el mismo caso. En ambos casos estarías expresando opiniones que no gustan a la empresa

P

#4 he buscado en otros medios y no he encontrado la noticia, que me parece muy interesante, en ningún otro...

P

#1 y en tu facebook tienes puesto cuál es tu empresa? porque esa es la clave de este caso.

D

#2 pues tampoco

P

#10 pues ya está... y seguro que tampoco tu empresa te ha hecho firmar un código de conducta en redes sociales. Es un caso especial.

D

#16 claro que sí. Medianamente todas lo están haciendo. Si te "relacionas" en tu perfil personal con tu actividad laboral tienes que medir lo que dices. Es de sentido común.

Si digo algo y lo relaciono, aunque sea mínimamente, con la empresa para la que trabajo me puede caer una buena colleja. Y si es inapropiado puedo acabar igual que este trabajador. La diferencia está en que mi perfil laboral/profesional no lo mezclo con mi perfil personal. Salvo en LinkedIn

Lofega

#2 Por FB trabajo en la NASA y me gradué en el MIT, ¿en serio hay gente que le da sus datos reales al bueno de Mark? Y más si al firmar el contrato firmas una clausula de buen uso de las redes sociales.

P

#4 lo peor que no es una denuncia de un particular, fue una sanción de la administración...